buenas ! muy claro todo. cobre ahora en mayo y me descontaron 31811 ((ajustes ganancias año anterior)) mas 56000 ((impuestos a las ganacias)) me arruinaron este mes!!! me descontaron un total de casi 88 mil pesos. una locura labure para ellos.
Hola Abril, muchas gracias!! uff, te descontaron mucho. Es clave que cargues el siradig para que puedas deducir cargas de familia u otras cosas que explico en el video para que te retengan menos ganancias!
Hola me acerqué a una Afip y me confirmaron que habiendo pagado el ITI, ya está completo el trámite. Muchas gracias por tu ayuda!!! te tendré en cuenta por cualquier otra consulta ya sea mirando tus videos como sí necesitara tus servicios de manera particular!!! Muy buen trabajo!!
Excelente!! tema completado, muchas gracias por comentar!! me ayuda al algortimo de youtube, y yo les comparto mis conocimientos, es un ganar ganar jaja Seguimos en contacto, gracias!!
Excelente explicación como siempre, gracias! Respecto del Siradig: 1- ¿Por qué al cargar que cobra asignaciones familiares por hijos menores, sale un aviso que dice que no corresponde deducir?, pero como es para informar las cargas de familia, tildo que no para enviar al empleador. Si no los cargo y envío sería como si no tuviera hijos y los tiene.
@@rgaestudio si, hice la carga de mis sobrinos y cuñada a mi hermano, pero marcando que no cobra asignaciones familiares (que si cobra) , sino no me dejaba cargarlos. Gracias por responder! 👏👏
cuando puedo hacer la carga porque cuando intente cargar en Otras retenciones , Percepciones y Pagos a Cuenta. a Compra de billetes y divisas en moneda extranjera y . me dice que no es encuetra habilitado,.(Concepto no habilitado para el período 2022. La carga de este concepto debe realizarse una vez terminado el año calendario por el cual se quieran informar las percepciones sufridas.) El fondo de mi consulta es porque quiero comprar en tienda mia y me dice que puedo recuperar el impuesto , pero quiero saber cuando me lo devuelven los impuestos los chorros de la afip. para ver si me conviene comprarlo ahora o no Gracias, Un saludo!!
Buen finde!! Suscrito en este instante! Gracias por los videos! La devolución de los dólares no la hicieron aún, verdad? Yo lo hice x siradig en relación de dependencia,, es lo mismo? Gracias!
Hola Juan! Gracias y bienvenido! Conozco personas que la devolución del 2020 ya la recibieron. Del 2021 no conozco casos aun. El siradig es para que te retengan menos ganancias. Son dos cosas distintas. Acá te dejo un video sobre la devolución de los gastos en dólares: ruclips.net/video/72S5VHPEPE4/видео.html
Hola excelente su video, ahora pregunto también debo poner el gasto de internet y de vestimenta? y los honorarios médicos hoy por hoy no dan facturas los médicos. hay alguna manera para hacer figurar esto?
hola, te paso un video donde muestro todas las deducciones permitidas del impuesto a las ganancias: ruclips.net/video/FJR62grJVyw/видео.html&ab_channel=RGAEstudio
Hola Ramiro. Muchas gracias por la info! Te hago una consulta: Una vez realizado todo lo que mencionas en el video, ¿como puedo hacer un seguimiento para saber si me estan devolviendo lo declarado? Es muy dificil analizar los recibos de sueldo y los descuentos de ganancias porque la economia es muy fluctuante. Se puede hacer el seguimiento desde algunos de los servicios de la web de AFIP?
hola buenas tarde .. yo alquilo y este año tengo que llenar el formulario ..siradig pongo la direcion de mi documento o la direcion de donde alquilo..\? ya que son distintas.. desde ya gracias
Soy DR, estoy en relacion de dependencia en salud para el gobierno y aparte soy monotributista. La pregunta ese conviene facturar las guardias con el monotributo o q me carguen las guardias en el recibo de sueldo? Por ahora la estoy haciendo cargar en el recibo de sueldo pero me descuentan mucho de ganancias y si la facturo no me descuentan ganancias. Q me conviene hacer? Facturar o cargar en el recibo de sueldo?
Muy instructivo el video. Te consulto por los beneficios para jubilados/trabajadores patagonicos. Hay una preguntacon respuesta SI/NO donde la AFIP consulta si hay entradas por monotributo, autonomos e intereses de plazo fijo y si las mismas superan el minimo no imponible. Podrias comentar sobre el tema? La pregunta es si ese minimo se considera mensualmente o de forma anual?
Hola Jose, te paso el ultimo video actualizado del siradig, los plazos fijos estan exentos de ganancias: ruclips.net/video/tfaayHXCL2M/видео.html&ab_channel=RGAEstudio
@@rgaestudio Hola buenas noches , mi pregunta es con respecto a zona patagónica, pero el enlace que dejo lo sacaron de circulación , en ese caso que debemos hacer ?
Hola ¡¡ sabes que estoy mirando muchos de estos vídeos 572, pero ninguno explica como llenar cuando tennes pluriempleo, cuando abrís esa pantalla es un mundo, y nadie se mete en ella, vos tendrás algún ejemplo de como llenarlo. Gracias
Hola Claudia! buena pregunta. Para cargar pluriempleo, dentro del siradig abajo de "detalles cargas de familia" deberas ir a la parte de: "importe de las ganancias liquidadas en el transcurso..." y ahi tenes que poner los cuit de tus otros empleadores. Eso te referis? Gracias!!
@@rgaestudio es cuando ingresas nuevo empleador, colocas los datos, le pongo que no es agente de retención, porque el primero sigue siendo el que retiene. cuando le doy guardar , no me deja y hay una pestaña en la parte izquirda abajo que dice "Altas de importes mensuales", tengo dudas por ejejmplo cuando habla de Aportes de la seguridad social (Va el 11%+ 3% ley 19032?) y en SAC que cargo el importe gcias bruta/12?, esas son mis dudas
@@claudiamarquez2069 Aportes de la seguridad social solo tenes que poner el 3% que corresponde a INSSJP. Y en SAC tenes que poner el monto que cobras por SAC, recorda que es un sueldo anual (de ahi las siglas SAC: Sueldo Anual Complementario)
Muchas gracias por la info. y te consulto. Que pasa cuando el empleador ya realiza descuentos en el año. parciales eje, descuento imp e descuent de impu año anterior??
Hola te hago una consulta. En 2022 me descontaron 50000 de ganancias, pero tengo 150000 de percepción por el 35% de compra de dólares. Que me devuelven?
Muy bien explicado muchas gracias! Consulta, que pasa si declaré los impuestos de mi crédito personal como hipotecario? Acabo de ver que dices que eso no se puede hacer. Y por otro lado como podría contactarte y me puedas pasas tus honorarios para aclarar unas consultas? Gracias
@@rgaestudio muy agradecido por tu ayuda. Ya que tu comentario me orienta. Ojalá cuando esté activo puedas hacer un video explicando como gestionarlo ante la afip. Saludos cordiales
Hola, muy didáctico y claro el video! Tengo una duda, un cliente no presentó el F.572 en marzo/22, es posible cargarlo ahora para que vaya disminuyendo las retenciones que quedan del año?
Hola Agustina, muchas gracias por tu apoyo! Si, podes cargarlo ahora, pero depende de afip si lo toma o no. Hay veces que lo toma e impacta en las retenciones del mes que viene, y hay veces que espera al 2023 para aplicarlo. Espero haberte ayudado. Gracias!
Hola! Excelente explicaciones!!! Te consulto: Soy docente de DGCYE y percibo retencion 4ta. categoria, debo realizar y completar el form. 572 que mostras tan claro en el video?
Hola. Disculpa vendí un par de cosas y me hicieron una transferencia superior a 1millon. Como se si debo algo a la afip o si la afip me esta investigando?
Hola exelente video! Tengo una duda con respecto a la deducción de alquileres, por ej un contrato celebrado entre 3 personas, los 2 inquilinos y el dueño, el dueño emite factura AFIP a nombre de uno de los inquilinos que no sufre retenciones de ganancias, puede el otro inquilino deducirla figurando en el contrato pero no en la factura?
Tal vez.puedas respónderme: por qué pagamos ganancias de los aportes sindicales/obras sociales/ y jubilación cuando en realidad no son nuestras ganancias?
@@locodamian22 Si, pero despues se descuenta eso que decis. Pero claro, eso contempla si entras o no a pagar ganancias cuando no deberia contemplar. Tenes razon en eso, pero el maldito estado busca recaudar!
@@rgaestudio para ser muy ordinario lo llamo doble penetración, y por tal motivo los sindicatos no se preocupan.en defender a los trabajadores estafados
Hola excelentes videos!! Aportan mucho contenido claro y práctico, Muchas gracias! Una consulta, una vez que el empleador presentó el F 1357 y determina el a pagar de I.G., No hay forma de reducir monto no?? Eso mismo va a parecer en la DDJJ de ganancias?
Muchas gracias Ayelen!! Si, el f1357 es la liquidacion final de ganancias, igual se puede rectificar, te paso el video donde muestro eso: ruclips.net/video/FJR62grJVyw/видео.html&ab_channel=RGAEstudio
Hola Dario, esto aplica solo para empleados en relacion de dependencia. Fijate si tenes que presentar esta DJ que te muestro en el video a continuacion: ruclips.net/video/RB7kNfbaSvQ/видео.html&ab_channel=RGAEstudio
Ramiro genio! yo envié el F572 de mi hermana el 1° de abril, (extendieron hasta el 10 o 12 de abril el plazo 2022) empleada en relac. de dep., soltera, sin hijos, retenciones 2021 por $ 9,38 y percepciones por $ 39.000, no inscripta en ganancias. De qué manera solicito la devolución de la diferencia? en los formularios enviados figura presentado, fecha de lectura 3/04 pero han pasado 6 meses y en consulta del F1357 (Liq. de gcias. 4ta.cat. presentada por su agente de retención ), no aparece la liquidación, será que no la hicieron? ella trabaja para el Gob. Ciudad de Bs. As. Si por RG 4815/2020 se puede pedir la devolución de percepciones por régimen 592 y 594 (Compra dls, y tarjeta), cómo debería proceder? Envié consulta web y Afip me respondió con el manual de procedimiento de carga de las percepciones, lo que hice igual. Por devolución de percepciones sale un aviso que dice que registra retenciones de ganancias, que deberé hacer la rectificativa, al hacer la liquidación, no entiendo sobre que rectificar si no aparece el F1357. Su sueldo no supera los 280 mensual.
Gracias!! si, podes pedir las devoluciones de percepcion de ganancias: si te retuvieron ganancias, tenes que hacerlo a traves del siradig. si no te retienen ganancias, tenes que hacerlo a traves de este video: ruclips.net/video/72S5VHPEPE4/видео.html&ab_channel=RGAEstudio que error te tira??
@@rgaestudio el error que tira al ir por el devolución de percepciones f1746 es que para el periodo para el que usted solicita la devolución, registra retención de ganancias, que deberé hacerla en la liquidación de ganancias, o si ya la hizo, hacer una rectificativa. No aparece la liquidación de ganancias hecha por su empleador. El f572 si fue presentado. Gracias por responder.
Gracias contador, exceltente la explicación , yo tengo esta duda, xq tengo un cliente q es médico, cobra sus guarias y le hacen retenciones imprtntes de ganancias, el es monotribusta tambien xq trabaja en una clínica en forma independiente. Hace 3 meses q llevo sus papeles, q puedo hacer ahora en septiembre/2022 para q no le retengan tanto? debo ahcer una presentación mensual o debo esperar hasta marzo/2023 para recien presentar su DDJJ y desde alli ya no le retendran tanto?Gracias
Hola, muchas gracias por tu apoyo!! Presentala por si afip la llega a tomar y quizas te baja las retenciones, y despues la volves a presentar correctamente en enero2023
Hola. Soy jubilada y no pago ni ganancias ni bienes personales, hice una compra de moneda extranjera y por impericia apreté el botón de bienes personales, por lo que no figura la retención en Mis retenciones. ¿Lo ingreso manualmente el año que viene?
Hola Ramiro, muchas gracias por tu video. Tengo una duda boba, no llego a entender bien un tema sobre el envio de formulario. Si yo no quiero esperar 1 año para enviarlo y quiero que todos los meses del año actual 2022 poder cobrar mas sueldo, deduciendo de mis ganancias alquiler, etc.. igual debo enviar el formulario en 2023? (mi preocupacion es, si me pagan todas las deducciones al final del año, la moneda se devaluara tanto que ya no tendria valor)
Excelente!! Gracias! Claro y didáctico!! Si tengo espacio, me gustaría compartir mi situación: Hasta Marzo 2022 trabaje como consultor por cuenta, ubicándome como monotributista en Cat D. Desde marzo 2022 me reinserte en relación de dependencia y mi expectativa es continuar en esta situación de ahora en mas. Aun no di de baja mi monotributo. Mi pregunta es: Si acaso me diera de baja y el día de mañana quisiera volver a la actividad independiente, es posible o es muy engorroso el tramite por haberme dado de baja? (He consultado a conocidos, no contadores, que me recomendaron no darme de baja, por eso mi pregunta). Mil gracias! Miguel
Hola Miguel, como estas? Muchas gracias!! Si te das de baja en monotributo podes inscribirte al mes siguientes si asi lo deseas. Tambien podes mantener tu monotributo activo, pero vas a tener que pagar la cuota del monotributo, sino te empieza a correr deuda. Espero haberte ayudado.
Hola Cecilia! Consumos de tarjeta de credito en el siradig? Mmmm... raro, no me suena. No es una deduccion permitida por la ley. Hasta tampoco afip te da esa opcion para completar. Si hay algo que este obviando me avisas! Gracias!
Hola el sueldo del periodo 2022 al cual te referis es mensual? o mensual proporcional?. gracias por la info. pero no tengo claro el monto imponible, ya que lei que a partir de noviembre 2022 es de 330.000?. Como veras estoy algo o muy perdida. saludos
Hola Betty, si, a partir de noviembre2022 el piso era de 330 mil, a partir de enero2023 el piso subio a 404 mil bruto. Te paso un video actualizado sobre este tema: ruclips.net/video/1G6eqCJI66o/видео.html&ab_channel=RGAEstudio
Hola. Muchas gracias por el video. Tengo una consulta. En carga de formulario, en la opción 4. Los impuestos sobre lo que pago mes a mes de tarjeta de crédito, los puedo cargar? Desde ya muchas gracias
Hola, si no pagas ganancias no hace falta que presentes el Siradig. Si compraste dolares el año pasado te conviene pedir la devolucion de ese impuesto a las ganancias que pagaste y no te corresponde. Aca en este video te explico paso a paso como pedir esa devolucion, cualquier cosa me decis, gracias! ruclips.net/video/72S5VHPEPE4/видео.html
Hola, este año cambié de empleador y en el primer mes me descontaron mal ganancias. Me dijeron que tengo que cargar en Siradig mis recibos de sueldo (lo cual ya hice) pero me siguen diciendo que hay diferencias con el 1357 que me dio mi anterior empleador y por ende no pueden hacerme el reajuste de lo que me descontaron mal. Tenes algun video/instructivo de como tengo que hacer la carga de los recibos de sueldo (basandome tambien en el 1357) para que me puedan devolver esa diferencia de ganancias?
Muy claro el video! Muchas gracias! Les consulto sobre la sección "Aportes correspondientes a Planes de Seguro de Retiro Privados", puedo cargar simplemente los montos mensuales deducidos del plan de retiro que aparecen en mi recibo de sueldo?
Hola consulta... si inicie una relación laboral a partir del 29 de diciembre, que se puede deducir en el siradig 2021, dado que solamente trabaje 2 días en 2021
Buen video. Una consulta: yo ya hice el formulario el mes pasado. Cuando voy a cargar los de este mes, aparecen los que habia cargado con anterioridad. Debo borrar estos (ya me hicieron las deducciones) y cargar solo los nuevos del mes o debo dejarlos y cargar el mes en curso?. Gracias, saludos!!
@@rgaestudio Es correcto, podés hacerlo una vez al año. Pero podés presentar todos los meses. Ya averigüe y me saque la duda, no se deben borrar los subidos. Vas sumando los nuevos. El empleador lo descuenta mes a mes. Saludos!!
Hola buenas tardes! Excelente el video pero tengo una duda que no explico! En la parte de agregar deducciones y desgravaciones! En la parte que dice vehículos de corredores y viajantes de comercio? Que significa y para que es eso? Yo por ejemplo viajo casi 96km diarios para ir y volver a mi trabajo, saber si con eso puedo solventar un poco el gasto o deducción de combustible y peaje?
Hola Cristian, muy buena tu pregunta. Si, podes poner solamente la amortizacion impositiva del rodado para deducir ganancias, y si tenes intereses por la compra de ese auto. Fijate de entrar en la opcion esa y seguir los pasos. Amortizacion impositiva del rodado = precio compra dividido 5 (son 5 años que contempla la afip como vida util del rodado) Cualquier cosa avisame. Saludos
Hola. Muy bueno los vídeos!!. Estoy empezando la profesión y tus vídeos son de mucha ayuda. Consulto, sobre deducir la amortización o intereses de vehículos. Lo puedo hacer para el caso de un médico que hace 80 km para ir al hospital ? Gracias
Hola, todavia no pago mpuesto a las ganancias, pero estoy al limite, puedo hacer el F572 "preventivo" por si hago algunas hs exras o consigo que me actualicen el sueldo y supere el minimo actual??
Hola muchas gracias por el video, sirve y mucho. Quisiera consultarles, una vez que se presente el formulario por el año 2022, con todos los pagos de alquiler y percepciones sufridas en la tarjeta ¿recién en 2023 el o la beneficiaria comienza a sufrir menos retenciones de ganancias? de ser asi ¿se va prorrateando o por ejemplo en un mes le descuentan menos que lo que se declare en total?a la persona mensualmente le están descontando 118000 y aproximadamente va a tener a favor para deducir 150.000, eso se lo deducen en un mes o lo van dividiendo durante el año? gracias!
Hola Julio, las deducciones son anuales, es decir, la liquidacion de ganancias tmb es anual. Hay que presentar esta DJ una vez al año para que le retengan menos. Te paso un video donde te oriente como se liquida: ruclips.net/video/FJR62grJVyw/видео.html&ab_channel=RGAEstudio
@@rgaestudio Muchas gracias! ahí lo ví está muy bien explicado y verlo en una DDJJ facilita el entendimiento. También vi el que mostras el calculo del impuesto mensual. Ese si me mareo jaja pero es por mi desconocimiento. Te deje un comentario en ese mismo, desde ya mil gracias!
Hola Rama, gracias por tus videos informativos! son muy utiles!, Te hago una consulta, yo trabajo bajo relacion de dependencia y estoy por debajo del piso, por ende no me retienen ganancias, pero si pago algunos servicios (spotify y compra de dolares) en donde entiendo que tengo una retencion del 35%. ahora bien, me fije en mis retenciones y por el item 219 me aparece 0, pero por el 217 me aparecen varios items a cobrar, cuando los quiero cargar en la parte de devolucion de retenciones me dice q esta presentado y archivado con esta leyenda "Tu solicitud de devolución fue archivada por haber transcurrido mas de 30 días sin regularizar tu deuda o sin presentar las Declaraciones Juradas pendientes. Si ya regularizaste tu deuda o presentaste tus Declaraciones Juradas, podés realizar una nueva solicitud." Nunca presente una DDJJ, deberia hacerlo por mas que mi sueldo no supere el piso minimo? y bienes personales tambien? Desde ya muchas gracias!
Gracias Marcelo! si no sueldo no pasa el minimo no hace falta presentar. Igualmente siempre te conviene tener presentado el siradig por si llegas pasar el minimo. Bienes personales te paso el video donde explico quienes deben pagarlo: ruclips.net/video/zphvjCDT5SQ/видео.html
para las deducciones por ejemplo de personal domestico a cargo o de prestamos hipotecarios (intereses), debo hacer mes a mes? y presentar el formulario todos los meses o hacerlo al finalizar el año (en este caso finalizado el 2022 presentar recién en 2023 lo del 2022)?
Si, exacto, se hace a año vencido, es decir, en 2023 vas a presentar todo lo del 2022. Igualmente si aun no presentaste nada en 2022, te conviene presentarla ahora, y despues volver a presentar en 2023.
Hola soy profe y trabajo en relacion de depenfencia, durante el 2021 me descontaban impuesto a las ganancias, este año perdi horas y no me alcanza para que me descuenten el impuesto. Pero a principio de año presenté el f572 para la devolucion del 35%, estoy teniendo todo ese saldo a favor supuestamente, quería saber como hago para cobrarlo?
@@rgaestudio hola, en el 2021, no presenté el f572 pero si me retuvieron ganacias. En cambio, este año si presenté el f572 pero no alcanzo a superar el piso de ganancias, como hago para recuperar el impuesto del 35% retenido durante el 2021? Y el retenido en el 2020 se puede recuperar todavía o no?
@@rgaestudio período 2022 no me retienen ganancias porque estoy por debajo del piso pero hice la presentacion f572 este año, entonces como hago para que me devuelvan el 35%?
@@diegogonzalez5893 si no te retienen ganancias hay que hacer la declaracion que explico en este video: ruclips.net/video/72S5VHPEPE4/видео.html&ab_channel=RGAEstudio
Hola buenas noches!!!yo tengo una hija menor pero no a mi cargo,tengo que cargar los datos igual ?yo no cobro asignación por hijo ,solo ayuda escolar en marzo
Puedo contactarte por algun otro medio? watthsapp por ejemplo? Mis padres, son jubilados y vendieron una casa el año pasado. Tienen que cumplimentar y presentar ahora, algun formulario de Afip? Y en tal vos me podrias asesorar por favor? muchas gracias!
Hola Carla, si, por la venta de inmueble hay que presentar y pagar el ITI (impuesto transferencia inmueble), o en caso de vender tu vivienda hay que pedir el certificado de exencion. Si precisas un asesoramiento personal para realizar y agilizar el tramite podes contactarme, pero para ese tramite deberia pasarte mis honorarios. Sino con paciencia y buscando en youtube o leyendo en internet podes hacerlo. Yo aun no he hecho video sobre eso, pero es probable que mas adelante haga un video explicando paso a paso sobre ese impuesto. Gracias!
Hola! nueva suscripta a tu canal!! Quería preguntarte por lo escuche no es aconsejable colocar si la pareja en union convivencial se encuentra en blanco o percibe un ingreso mayor al minimo imponible. Es asi? o debe agregarme? Desde ya muchas gracias
Hola, bienvenida! Se puede colocar pareja de union convivencial. Pero si se encuentra trabajando en blanco, cuando la agregas te va a saltar un cartel de afip que esa persona no cumple con los requisitos para deducirla.
Hola, como estas? Lamento escuchar eso, es un impuesto al salario, tienen que cambiar radicalmente la ley. Por donde pagas ganancias? recibo de sueldo?
Se hace por año, pero si tenes gastos mensuales lo podes ir cargando mensual. Te paso el video actualizado: ruclips.net/video/tfaayHXCL2M/видео.html&ab_channel=RGAEstudio
Excelente contenido, muchas gracias. Una pregunta, si renuncie a mitad de ano y ahora soy monotributista, igualmente tengo que enviar el siradig a mi ex empresa?
Hola, se hace una vez al año entre los periodos enero a marzo! y ahi declaras todo lo del periodo que esta cerrando. Por ejemplo en enero febrero o marzo 2022, tenes que hacer la ddjj de todo el periodo 2021
Hola, muchas gracias!! Se puede hacer una vez al año, en los periodos enero, febrero y marzo, haces lo del periodo anual pasado, es decir, en enero febrero o marzo (2023), haces la declaracion jurada correspondiente a todo el periodo 2022
Hola, esa ddjj qué haces en enero, febrero o marzo de 2023 sería para que afip te categorice en una escala de retención que correrá para 2023 cierto? Para 2022 ya no se puede corregir nada, ósea se debería haber hecho a principio de año. Es así?
Hola excelentes videos, estoy estudiando para contadora y este tema me cuesta bastante estoy intentando liquidar ganancias a una persona que trabaja en relación de dependencia, la misma recibio un premio por parte de la empresa en esos caso eso lo puedo deducir ?
Hola te consulto, vi que en otro comentario respondiste que no se pueden cargar consumos de tarjeta de crédito pero yo pago 3 seguros de vida debitados directamente en mi tarjeta y los cargo con número de cuil correspondiente a cada asegurador y el importe mensual junto con el numero de comprobante, sera que no me lo toma entonces cuando presento el formulario porque yo lo envió y me deja presentarlo a mi empleador, podrías aclararme esa duda? Muchas gracias..ya soy seguidor de tu canal
Hola Victor, seguro de vida si podes cargar! independendientemente de como lo pagues. Si cargas todos los datos te lo deberian tomar para el computo de ganancias.
@@rgaestudio te consulto lo ultimo, estaría bien que el seguro de vida cuando me pide el tipo de comprobante elija la ultima opción que dice "Otros comp. Doc. Exceptuados? Me dijeron que elija esa opcion pero no se si realmente seria la correcta. Gracias
@@victorcalderon5605 Hola, lo ideal es que adjuntes la factura del servicio. Si no tenes factura, podes probar poniendolo en "Otrs comprobantes" pero no es garantia de que te lo tomen al 100%
Justamente no tengo las facturas de mis seguros ya que los mismos se me debitan directamente de mi tarjeta de crédito todos los meses y nunca me llegan en papel o email, solo en el resumen de la tarjeta. Seria conveniente que pida esas facturas para cargarlos de distinta forma?
@@victorcalderon5605 Claro Victor, si agregas las facturas afip te lo toma si o si. Ya que por ley este comprobante te lo tienen que tomar. En cambio si cargas "otros compr." queda a validar por afip.
Muchísimas gracias por la explicación, esta muy clara! Tengo una duda con el tema de equipamiento y las donaciones, yo tengo teletrabajo, el equipamiento que cargo hoy por ejemplo, voy a pagar menos ganancias hasta fin de año? O en diciembre me harían el ajuste? Y con respecto a las donaciones, si este mes dono 10 mil(tengo el margen del 5%) el mes que viene pago 10 mil menos de ganancias? O recién la devolución sería al terminar el año?? Desde ya muchísimas gracias!!
Hola Maxi, gracias por el apoyo! Si la empresa toma la ddjj que subis en afip, puede que te retenga menos, sino en diciembre te hacen el ajuste. El ejemplo que pones de la donacion no es asi tan directo. Vos pones que donas 10 mil y esos 10 mil van a parar a tu sueldo ANUAL, luego se le descuentan las deducciones personales y generales, y dps entra tu donacion. Es dificil y complejo, el impuesto a las ganancias es anual. Espero haberme entendido. Gracias!
@@rgaestudio esta muy claro!! y en caso de presentar una deducción de equipamiento (compra de celular) por ejemplo, yo soy ing. en sistemas y teletrabajo, por lo que uso el cel para reuniones, internet si se corta la principal, hacer pruebas de paginas, etc. Que pasa si lo presento y AFIP no la considera "obligatoria", me van a notificar o pueden salirme con un juicio o algo de eso de acá a un tiempo? Muchas gracias por la respuesta!
@@maxifarias7178 No juicio olvidate, vos lo podes cargar, enviar la ddjj, y mas adelante ellos te lo aprueban o no. Fijate si podes deducirlo seria un golazo.
Cómo estás, consulta, empecé a trabajar el 19/04 de este año. Lo único que puedo deducir es zona Patagónica, lo puedo hacer ya ahora para que corra para este año? O lo hago 2023 para recuperar 2022? No entendí bien eso que se habla en los comentarios que aplica sobre el año anterior trabajado
Hola Martin, podes hacerlo para que te retengan menos este año, hay que ver si la afip lo levanta. Estas ddjj se hacen entre el 01-01 y 31-03 de cada año.
Buenisimo hno! Éxitos en este nuevo proyecto
Gracias genio!!!
Gracias Ramiro. Sos un grande 🫡🤩
Gracias Lucas!!
Vine buscando cobre y encontré oro. Tenés una suscriptora más 👍
Bienvenida al canal Jose!!
Muchas gracias ♥
Gracias por tu explicación. Es muy clara 🤗
Gracias Graciela!! bienvenida!! ♥
Muy bueno! gracias, pd: que buena musica de fondo ;)
Jaja gracias!! super chill la musica
rama, sos el messi de los contadores
gracias por todo
Jaja, muchas gracias por tu apoyo!!
Gracias por la información!
A la orden!
buenas ! muy claro todo. cobre ahora en mayo y me descontaron 31811 ((ajustes ganancias año anterior)) mas 56000 ((impuestos a las ganacias)) me arruinaron este mes!!! me descontaron un total de casi 88 mil pesos. una locura labure para ellos.
Hola Abril, muchas gracias!! uff, te descontaron mucho.
Es clave que cargues el siradig para que puedas deducir cargas de familia u otras cosas que explico en el video para que te retengan menos ganancias!
Hola me acerqué a una Afip y me confirmaron que habiendo pagado el ITI, ya está completo el trámite. Muchas gracias por tu ayuda!!! te tendré en cuenta por cualquier otra consulta ya sea mirando tus videos como sí necesitara tus servicios de manera particular!!! Muy buen trabajo!!
Excelente!! tema completado, muchas gracias por comentar!! me ayuda al algortimo de youtube, y yo les comparto mis conocimientos, es un ganar ganar jaja
Seguimos en contacto, gracias!!
Excelente, gracias
a la orden!
Excelente explicación como siempre, gracias! Respecto del Siradig:
1- ¿Por qué al cargar que cobra asignaciones familiares por hijos menores, sale un aviso que dice que no corresponde deducir?, pero como es para informar las cargas de familia, tildo que no para enviar al empleador. Si no los cargo y envío sería como si no tuviera hijos y los tiene.
Gracias!! tenes que cargar a tus hijos menores de 18 años, y a tu conyuge/concubina.
Eso no te deja??
@@rgaestudio si, hice la carga de mis sobrinos y cuñada a mi hermano, pero marcando que no cobra asignaciones familiares (que si cobra) , sino no me dejaba cargarlos. Gracias por responder! 👏👏
@@ZJFL Jeje, genial!
Podes subir un video o videos con pasos para darte de alta en el monotributo o para abrir una pyme?
Hola Mario! genial, lo agendo para los proximos videos.
Gracias!!
La tableta de ganancias ! Estaría bueno explicarla! Gracias
Ok genial, me lo anoto para hacer video sobre eso!
Excelente!!!
Muchas gracias Soledad!!
cuando puedo hacer la carga porque cuando intente cargar en Otras retenciones , Percepciones y Pagos a Cuenta.
a Compra de billetes y divisas en moneda extranjera y . me dice que no es encuetra habilitado,.(Concepto no habilitado para el período 2022. La carga de este concepto debe realizarse una vez terminado el año calendario por el cual se quieran informar las percepciones sufridas.)
El fondo de mi consulta es porque quiero comprar en tienda mia y me dice que puedo recuperar el impuesto , pero quiero saber cuando me lo devuelven los impuestos los chorros de la afip. para ver si me conviene comprarlo ahora o no Gracias, Un saludo!!
periodo 2022 sobre percepciones de ganancias abren el 2023 el aplicativo correspondiente
Hola! Muy claros tus videos muchas gracias!
Como puedo hacer para cargar la compra de un vuelo al exterior? Soy trabajador categoría 4
hola, te paso el video actualizado:
ruclips.net/video/tfaayHXCL2M/видео.html&ab_channel=RGAEstudio
Buen finde!! Suscrito en este instante! Gracias por los videos! La devolución de los dólares no la hicieron aún, verdad? Yo lo hice x siradig en relación de dependencia,, es lo mismo? Gracias!
Hola Juan! Gracias y bienvenido!
Conozco personas que la devolución del 2020 ya la recibieron. Del 2021 no conozco casos aun.
El siradig es para que te retengan menos ganancias.
Son dos cosas distintas. Acá te dejo un video sobre la devolución de los gastos en dólares:
ruclips.net/video/72S5VHPEPE4/видео.html
Hola excelente su video, ahora pregunto también debo poner el gasto de internet y de vestimenta? y los honorarios médicos hoy por hoy no dan facturas los médicos. hay alguna manera para hacer figurar esto?
Muchas gracias Liliana!!
Si, podes. Pero todo tiene q ser con factura original electronica emitida de afip, si no te lo rechazan
Buenas tardes. Cuales son las deducciones que se toman mensualmente y cuales las que son anuales?
hola, te paso un video donde muestro todas las deducciones permitidas del impuesto a las ganancias:
ruclips.net/video/FJR62grJVyw/видео.html&ab_channel=RGAEstudio
Hola Ramiro. Muchas gracias por la info! Te hago una consulta: Una vez realizado todo lo que mencionas en el video, ¿como puedo hacer un seguimiento para saber si me estan devolviendo lo declarado? Es muy dificil analizar los recibos de sueldo y los descuentos de ganancias porque la economia es muy fluctuante. Se puede hacer el seguimiento desde algunos de los servicios de la web de AFIP?
hola buenas tarde ..
yo alquilo y este año tengo que llenar el formulario ..siradig
pongo la direcion de mi documento o la direcion de donde alquilo..\?
ya que son distintas..
desde ya gracias
hola, te paso el video actualizado del siradig donde hablo de eso tmb:
ruclips.net/video/tfaayHXCL2M/видео.html&ab_channel=RGAEstudio
Soy DR, estoy en relacion de dependencia en salud para el gobierno y aparte soy monotributista. La pregunta ese conviene facturar las guardias con el monotributo o q me carguen las guardias en el recibo de sueldo? Por ahora la estoy haciendo cargar en el recibo de sueldo pero me descuentan mucho de ganancias y si la facturo no me descuentan ganancias. Q me conviene hacer? Facturar o cargar en el recibo de sueldo?
Hola Ivan, habria que analizar tu situacion para ver que conviene mas
Hola muy bueno el video. Una consulta puedo agregar a mi concubina que trabaja como empleada domestica?
Hola Vanessa, si, podes!
Muy instructivo el video. Te consulto por los beneficios para jubilados/trabajadores patagonicos. Hay una preguntacon respuesta SI/NO donde la AFIP consulta si hay entradas por monotributo, autonomos e intereses de plazo fijo y si las mismas superan el minimo no imponible. Podrias comentar sobre el tema? La pregunta es si ese minimo se considera mensualmente o de forma anual?
Hola Jose, te paso el ultimo video actualizado del siradig, los plazos fijos estan exentos de ganancias:
ruclips.net/video/tfaayHXCL2M/видео.html&ab_channel=RGAEstudio
@@rgaestudio Hola buenas noches , mi pregunta es con respecto a zona patagónica, pero el enlace que dejo lo sacaron de circulación , en ese caso que debemos hacer ?
Como deducir consulta médica de la factura de un profesional monotributista
Hola Mariel, fijate en la parte de "otras deducciones" tenes gastos de medico
Hola ¡¡ sabes que estoy mirando muchos de estos vídeos 572, pero ninguno explica como llenar cuando tennes pluriempleo, cuando abrís esa pantalla es un mundo, y nadie se mete en ella, vos tendrás algún ejemplo de como llenarlo.
Gracias
Hola Claudia! buena pregunta.
Para cargar pluriempleo, dentro del siradig abajo de "detalles cargas de familia" deberas ir a la parte de: "importe de las ganancias liquidadas en el transcurso..." y ahi tenes que poner los cuit de tus otros empleadores.
Eso te referis?
Gracias!!
@@rgaestudio es cuando ingresas nuevo empleador, colocas los datos, le pongo que no es agente de retención, porque el primero sigue siendo el que retiene. cuando le doy guardar , no me deja y hay una pestaña en la parte izquirda abajo que dice "Altas de importes mensuales", tengo dudas por ejejmplo cuando habla de Aportes de la seguridad social (Va el 11%+ 3% ley 19032?) y en SAC que cargo el importe gcias bruta/12?, esas son mis dudas
@@claudiamarquez2069 Aportes de la seguridad social solo tenes que poner el 3% que corresponde a INSSJP.
Y en SAC tenes que poner el monto que cobras por SAC, recorda que es un sueldo anual (de ahi las siglas SAC: Sueldo Anual Complementario)
@@rgaestudio gracias, igualmente no entiendo. Voy a ir averiguando gracias
Muchas gracias por la info. y te consulto. Que pasa cuando el empleador ya realiza descuentos en el año. parciales eje, descuento imp e descuent de impu año anterior??
Gracias Luli! Habria que analizar los recibos de sueldos
Muy clara tu explicación? Y te consulto algo relacionado, se pueden hacer DD.JJ retroactivas, correspondientes al 2020 y 2021? Gracias!
en siradig ya cerraron esos periodos. Te paso el video actualizado:
ruclips.net/video/tfaayHXCL2M/видео.html
Hola te hago una consulta. En 2022 me descontaron 50000 de ganancias, pero tengo 150000 de percepción por el 35% de compra de dólares. Que me devuelven?
Hola, te devuelven las percepciones de ganancias, te paso el video actualizado:
ruclips.net/video/tfaayHXCL2M/видео.html&ab_channel=RGAEstudio
Hola. ¿Cómo estás? Consulta, Compra de Medicamentos se pueden cargar?
Hola, te paso un video donde explico las cosas que podes cargar en Siradig:
ruclips.net/video/Cc-go0Al1Bs/видео.html&ab_channel=RGAEstudio
Muy bien explicado muchas gracias! Consulta, que pasa si declaré los impuestos de mi crédito personal como hipotecario? Acabo de ver que dices que eso no se puede hacer. Y por otro lado como podría contactarte y me puedas pasas tus honorarios para aclarar unas consultas? Gracias
en la descripcion del video esta mi contacto
Muy bueno, consulta, el impuesto del 35% a compras en dolares no es a cuenta de ganancias? Si yo no pago ganancias lo puedo recuperar?
si, lo podes recuperar. te paso el video donde lo explico:
ruclips.net/video/72S5VHPEPE4/видео.html
HOLA COMO PUEDO DESCARGAR EN AFIP LA CUOTA DEL COLEGIO DE MI HIJO? PODRIA DESCARGAR TAMBIEN LOS UTILES, INDUMENTARIA QUE COMPRO PARA EL?
si, se puede, pero aun afip no abrio el item de gastos educativos. Estamos esperando que afip actualice el nuevo aplicativo
@@rgaestudio muy agradecido por tu ayuda. Ya que tu comentario me orienta. Ojalá cuando esté activo puedas hacer un video explicando como gestionarlo ante la afip. Saludos cordiales
Hola, muy didáctico y claro el video! Tengo una duda, un cliente no presentó el F.572 en marzo/22, es posible cargarlo ahora para que vaya disminuyendo las retenciones que quedan del año?
Hola Agustina, muchas gracias por tu apoyo!
Si, podes cargarlo ahora, pero depende de afip si lo toma o no.
Hay veces que lo toma e impacta en las retenciones del mes que viene, y hay veces que espera al 2023 para aplicarlo.
Espero haberte ayudado.
Gracias!
Hola! Excelente explicaciones!!! Te consulto: Soy docente de DGCYE y percibo retencion 4ta. categoria, debo realizar y completar el form. 572 que mostras tan claro en el video?
si queres que te retengan menos si! jaja
Te paso el video actualizado:
ruclips.net/video/tfaayHXCL2M/видео.html&ab_channel=RGAEstudio
Una vez que se presenta el siradig, no es necesario pedir la devolucion de percepciones o si?
Hola. Disculpa vendí un par de cosas y me hicieron una transferencia superior a 1millon. Como se si debo algo a la afip o si la afip me esta investigando?
Hola una consulta. Si lo ago ahira al siradig. Que año le tengo que poner ?
Hola Exequiel, solo te permite hacer lo del 2022
Hola exelente video! Tengo una duda con respecto a la deducción de alquileres, por ej un contrato celebrado entre 3 personas, los 2 inquilinos y el dueño, el dueño emite factura AFIP a nombre de uno de los inquilinos que no sufre retenciones de ganancias, puede el otro inquilino deducirla figurando en el contrato pero no en la factura?
Muchas gracias Nayla!! No, es necesaria que la factura salga a su nombre!
Muy 👍
Gracias Marcelo!
Tal vez.puedas respónderme: por qué pagamos ganancias de los aportes sindicales/obras sociales/ y jubilación cuando en realidad no son nuestras ganancias?
Hola Damian, sobre eso no se paga, de hecho son deducciones.
Donde has visto que se pagA?
@@rgaestudio el calculo de ganancias no se hacen sobre el bruto?
@@locodamian22 Si, pero despues se descuenta eso que decis.
Pero claro, eso contempla si entras o no a pagar ganancias cuando no deberia contemplar. Tenes razon en eso, pero el maldito estado busca recaudar!
@@rgaestudio para ser muy ordinario lo llamo doble penetración, y por tal motivo los sindicatos no se preocupan.en defender a los trabajadores estafados
Holaaa ! Tenes algun Video sobre Impuesto a la ganancia Sobre Cryptos Monedas cuanto hay que pagar o calcular ,Gracias...
Hola, no tengo exactamente eso, pero este video se asemeja:
ruclips.net/video/lm6V5zGmK2g/видео.html&ab_channel=RGAEstudio
Hola excelentes videos!! Aportan mucho contenido claro y práctico, Muchas gracias! Una consulta, una vez que el empleador presentó el F 1357 y determina el a pagar de I.G., No hay forma de reducir monto no?? Eso mismo va a parecer en la DDJJ de ganancias?
Muchas gracias Ayelen!! Si, el f1357 es la liquidacion final de ganancias, igual se puede rectificar, te paso el video donde muestro eso:
ruclips.net/video/FJR62grJVyw/видео.html&ab_channel=RGAEstudio
buenisimo el video.consulta yo soy monotributista autonomo puedo cargar igual deduccion es por aducacion ?como hago ?'porque me pide cargar empleador
Hola Dario, esto aplica solo para empleados en relacion de dependencia. Fijate si tenes que presentar esta DJ que te muestro en el video a continuacion:
ruclips.net/video/RB7kNfbaSvQ/видео.html&ab_channel=RGAEstudio
Ramiro genio! yo envié el F572 de mi hermana el 1° de abril, (extendieron hasta el 10 o 12 de abril el plazo 2022) empleada en relac. de dep., soltera, sin hijos, retenciones 2021 por $ 9,38 y percepciones por $ 39.000, no inscripta en ganancias. De qué manera solicito la devolución de la diferencia? en los formularios enviados figura presentado, fecha de lectura 3/04 pero han pasado 6 meses y en consulta del F1357 (Liq. de gcias. 4ta.cat. presentada por su agente de retención ), no aparece la liquidación, será que no la hicieron? ella trabaja para el Gob. Ciudad de Bs. As. Si por RG 4815/2020 se puede pedir la devolución de percepciones por régimen 592 y 594 (Compra dls, y tarjeta), cómo debería proceder? Envié consulta web y Afip me respondió con el manual de procedimiento de carga de las percepciones, lo que hice igual. Por devolución de percepciones sale un aviso que dice que registra retenciones de ganancias, que deberé hacer la rectificativa, al hacer la liquidación, no entiendo sobre que rectificar si no aparece el F1357. Su sueldo no supera los 280 mensual.
Gracias!!
si, podes pedir las devoluciones de percepcion de ganancias:
si te retuvieron ganancias, tenes que hacerlo a traves del siradig.
si no te retienen ganancias, tenes que hacerlo a traves de este video:
ruclips.net/video/72S5VHPEPE4/видео.html&ab_channel=RGAEstudio
que error te tira??
@@rgaestudio el error que tira al ir por el devolución de percepciones f1746 es que para el periodo para el que usted solicita la devolución, registra retención de ganancias, que deberé hacerla en la liquidación de ganancias, o si ya la hizo, hacer una rectificativa. No aparece la liquidación de ganancias hecha por su empleador. El f572 si fue presentado. Gracias por responder.
Gracias contador, exceltente la explicación , yo tengo esta duda, xq tengo un cliente q es médico, cobra sus guarias y le hacen retenciones imprtntes de ganancias, el es monotribusta tambien xq trabaja en una clínica en forma independiente. Hace 3 meses q llevo sus papeles, q puedo hacer ahora en septiembre/2022 para q no le retengan tanto? debo ahcer una presentación mensual o debo esperar hasta marzo/2023 para recien presentar su DDJJ y desde alli ya no le retendran tanto?Gracias
Hola, muchas gracias por tu apoyo!!
Presentala por si afip la llega a tomar y quizas te baja las retenciones, y despues la volves a presentar correctamente en enero2023
Hola. Soy jubilada y no pago ni ganancias ni bienes personales, hice una compra de moneda extranjera y por impericia apreté el botón de bienes personales, por lo que no figura la retención en Mis retenciones. ¿Lo ingreso manualmente el año que viene?
Si fue durante el 2022 te va a figurar recien en el 2023 para pedir esa devolucion
@@rgaestudio gracias.
Si el pagó del alquiler es directamente al dueño en éste caso no pudo declararlo?
Si, se puede cargar siempre y cuando tengas las facturas de alquiler y el contrato
Hola Ramiro, muchas gracias por tu video. Tengo una duda boba, no llego a entender bien un tema sobre el envio de formulario. Si yo no quiero esperar 1 año para enviarlo y quiero que todos los meses del año actual 2022 poder cobrar mas sueldo, deduciendo de mis ganancias alquiler, etc.. igual debo enviar el formulario en 2023? (mi preocupacion es, si me pagan todas las deducciones al final del año, la moneda se devaluara tanto que ya no tendria valor)
Hola! si, igual hay que mandarlo en 2023 porque es la definitiva.
Si tengo una casa en bien de familia con mis hermanos y yo alquilo otra casa puede deducirlo igual al alquiler?
si, podes
Consulta . Pago una obra social prepaga a mi hijo mayor de edad. La puedo deducir?
Hola Silvia, no, eso no se puede deducir porque tu hijo es mayor de edad.
Hola que tal. Yo soy soltero sin hijos y alquilo informalmente. Puedo hacer este tramite? Aclaro que estoy en blanco. Gracias
Si, podes, pero no va a tener mucha repercusion en tu retencion de ganancias
Excelente!! Gracias! Claro y didáctico!! Si tengo espacio, me gustaría compartir mi situación: Hasta Marzo 2022 trabaje como consultor por cuenta, ubicándome como monotributista en Cat D. Desde marzo 2022 me reinserte en relación de dependencia y mi expectativa es continuar en esta situación de ahora en mas. Aun no di de baja mi monotributo. Mi pregunta es: Si acaso me diera de baja y el día de mañana quisiera volver a la actividad independiente, es posible o es muy engorroso el tramite por haberme dado de baja? (He consultado a conocidos, no contadores, que me recomendaron no darme de baja, por eso mi pregunta). Mil gracias! Miguel
Hola Miguel, como estas? Muchas gracias!!
Si te das de baja en monotributo podes inscribirte al mes siguientes si asi lo deseas.
Tambien podes mantener tu monotributo activo, pero vas a tener que pagar la cuota del monotributo, sino te empieza a correr deuda.
Espero haberte ayudado.
@@rgaestudio Muchas gracias! Pense que era una complicacion darme de baja. Gracias una vez mas!!!
Hola, muchas gracias, muy claro, me dijeron que podía agregar también consumos de tarjeta de crédito, ¿es así? Saludos
Hola Cecilia!
Consumos de tarjeta de credito en el siradig?
Mmmm... raro, no me suena. No es una deduccion permitida por la ley.
Hasta tampoco afip te da esa opcion para completar.
Si hay algo que este obviando me avisas!
Gracias!
@@rgaestudio Gracias. Ya me parecía raro...
Hola el sueldo del periodo 2022 al cual te referis es mensual? o mensual proporcional?. gracias por la info. pero no tengo claro el monto imponible, ya que lei que a partir de noviembre 2022 es de 330.000?. Como veras estoy algo o muy perdida. saludos
Hola Betty, si, a partir de noviembre2022 el piso era de 330 mil, a partir de enero2023 el piso subio a 404 mil bruto.
Te paso un video actualizado sobre este tema:
ruclips.net/video/1G6eqCJI66o/видео.html&ab_channel=RGAEstudio
Hola tienen que hacer un matrimonio jubilados que vendieron una casa?
Hola Carla, como estas?
Perdon no entiendo la pregunta...
Hola. Muchas gracias por el video.
Tengo una consulta. En carga de formulario, en la opción 4. Los impuestos sobre lo que pago mes a mes de tarjeta de crédito, los puedo cargar?
Desde ya muchas gracias
Si, hay que cargarlos ahi!
hola! no pago ganancias, hice compra de dolares el año pasado, afip me solicita el SIRADIG TRABAJADOR , debo presentarlo o no ? muchas gracias
Hola, si no pagas ganancias no hace falta que presentes el Siradig.
Si compraste dolares el año pasado te conviene pedir la devolucion de ese impuesto a las ganancias que pagaste y no te corresponde.
Aca en este video te explico paso a paso como pedir esa devolucion, cualquier cosa me decis, gracias!
ruclips.net/video/72S5VHPEPE4/видео.html
Hola buen día, te hago una pregunta, se puede cargar la tarjeta de crédito?
hola, te paso el video actualizado de siradig:
ruclips.net/video/tfaayHXCL2M/видео.html&ab_channel=RGAEstudio
@@rgaestudio gracias crack
Buen dia. Pago la jubilacion de por ama de casa de mi mujer. Se puede cargar..donde?
Hola Pablo, te podes deducir directamente a tu conyuge/concubina
No aclaras como considerar lo pagado al comprar dolares
Hola Adriana, eso hay que aclararlo en la declaracion jurada de ganancias, no en el siradig.
Espero haberte ayudado, cualquier duda me avisas.
Gracias
Buenas tardes, cómo puedo cargar a mi hijo que tiene 19 años pero esta estudiando?
Hola, ya terminó el periodo para cargar el siradig en afip
Y como debería hacer para cargarlo de todas maneras en otra ocacion
Hola, este año cambié de empleador y en el primer mes me descontaron mal ganancias. Me dijeron que tengo que cargar en Siradig mis recibos de sueldo (lo cual ya hice) pero me siguen diciendo que hay diferencias con el 1357 que me dio mi anterior empleador y por ende no pueden hacerme el reajuste de lo que me descontaron mal.
Tenes algun video/instructivo de como tengo que hacer la carga de los recibos de sueldo (basandome tambien en el 1357) para que me puedan devolver esa diferencia de ganancias?
Hola Diego, aun no he hecho video sobre el 1357
Lo anoto para mas adelante.
Gracias!
Muy claro el video! Muchas gracias! Les consulto sobre la sección "Aportes correspondientes a Planes de Seguro de Retiro Privados", puedo cargar simplemente los montos mensuales deducidos del plan de retiro que aparecen en mi recibo de sueldo?
Hola Nicolas, gracias!
Si te figura ese concepto si, podes deducirlo!
Hola consulta... si inicie una relación laboral a partir del 29 de diciembre, que se puede deducir en el siradig 2021, dado que solamente trabaje 2 días en 2021
Por dos dias ni te gastes jaja.
Cuando empiece el 2023 ahi si vas a poder deducir todo lo del 2022
Buen video. Una consulta: yo ya hice el formulario el mes pasado. Cuando voy a cargar los de este mes, aparecen los que habia cargado con anterioridad. Debo borrar estos (ya me hicieron las deducciones) y cargar solo los nuevos del mes o debo dejarlos y cargar el mes en curso?.
Gracias, saludos!!
Hola Juan, se hace una vez por año. En el video lo explico bien
@@rgaestudio Es correcto, podés hacerlo una vez al año. Pero podés presentar todos los meses. Ya averigüe y me saque la duda, no se deben borrar los subidos. Vas sumando los nuevos. El empleador lo descuenta mes a mes. Saludos!!
Hola buenas tardes! Excelente el video pero tengo una duda que no explico! En la parte de agregar deducciones y desgravaciones! En la parte que dice vehículos de corredores y viajantes de comercio? Que significa y para que es eso? Yo por ejemplo viajo casi 96km diarios para ir y volver a mi trabajo, saber si con eso puedo solventar un poco el gasto o deducción de combustible y peaje?
Hola Cristian, muy buena tu pregunta.
Si, podes poner solamente la amortizacion impositiva del rodado para deducir ganancias, y si tenes intereses por la compra de ese auto.
Fijate de entrar en la opcion esa y seguir los pasos.
Amortizacion impositiva del rodado = precio compra dividido 5 (son 5 años que contempla la afip como vida util del rodado)
Cualquier cosa avisame.
Saludos
Hola. Muy bueno los vídeos!!. Estoy empezando la profesión y tus vídeos son de mucha ayuda.
Consulto, sobre deducir la amortización o intereses de vehículos. Lo puedo hacer para el caso de un médico que hace 80 km para ir al hospital ? Gracias
👏👏👋
Gracias!!
Que tal. Yp no lo cargue en su momento y ahora por un tema de aumentos y horas extras me toc pagar. Puedo hacer algo al respecto?
Hola Marcelo, ya pasó para hacer el periodo 2021, pero podes hacer para la del 2022
Hola, todavia no pago mpuesto a las ganancias, pero estoy al limite, puedo hacer el F572 "preventivo" por si hago algunas hs exras o consigo que me actualicen el sueldo y supere el minimo actual??
Si, siempre conviene tenerlo presentado
Puedo agregar a mi conviviente que es monotributista social?
Hola, no te va a dejar porque es monotributista!
@@rgaestudio gracias 😊
Hola muchas gracias por el video, sirve y mucho. Quisiera consultarles, una vez que se presente el formulario por el año 2022, con todos los pagos de alquiler y percepciones sufridas en la tarjeta ¿recién en 2023 el o la beneficiaria comienza a sufrir menos retenciones de ganancias? de ser asi ¿se va prorrateando o por ejemplo en un mes le descuentan menos que lo que se declare en total?a la persona mensualmente le están descontando 118000 y aproximadamente va a tener a favor para deducir 150.000, eso se lo deducen en un mes o lo van dividiendo durante el año? gracias!
Hola Julio, las deducciones son anuales, es decir, la liquidacion de ganancias tmb es anual.
Hay que presentar esta DJ una vez al año para que le retengan menos.
Te paso un video donde te oriente como se liquida:
ruclips.net/video/FJR62grJVyw/видео.html&ab_channel=RGAEstudio
@@rgaestudio Muchas gracias! ahí lo ví está muy bien explicado y verlo en una DDJJ facilita el entendimiento. También vi el que mostras el calculo del impuesto mensual. Ese si me mareo jaja pero es por mi desconocimiento. Te deje un comentario en ese mismo, desde ya mil gracias!
Hola Rama, gracias por tus videos informativos! son muy utiles!,
Te hago una consulta, yo trabajo bajo relacion de dependencia y estoy por debajo del piso, por ende no me retienen ganancias, pero si pago algunos servicios (spotify y compra de dolares) en donde entiendo que tengo una retencion del 35%. ahora bien, me fije en mis retenciones y por el item 219 me aparece 0, pero por el 217 me aparecen varios items a cobrar, cuando los quiero cargar en la parte de devolucion de retenciones me dice q esta presentado y archivado con esta leyenda "Tu solicitud de devolución fue archivada por haber transcurrido mas de 30 días sin regularizar tu deuda o sin presentar las Declaraciones Juradas pendientes.
Si ya regularizaste tu deuda o presentaste tus Declaraciones Juradas, podés realizar una nueva solicitud." Nunca presente una DDJJ, deberia hacerlo por mas que mi sueldo no supere el piso minimo? y bienes personales tambien? Desde ya muchas gracias!
Gracias Marcelo! si no sueldo no pasa el minimo no hace falta presentar. Igualmente siempre te conviene tener presentado el siradig por si llegas pasar el minimo.
Bienes personales te paso el video donde explico quienes deben pagarlo:
ruclips.net/video/zphvjCDT5SQ/видео.html
para las deducciones por ejemplo de personal domestico a cargo o de prestamos hipotecarios (intereses), debo hacer mes a mes? y presentar el formulario todos los meses o hacerlo al finalizar el año (en este caso finalizado el 2022 presentar recién en 2023 lo del 2022)?
Si, exacto, se hace a año vencido, es decir, en 2023 vas a presentar todo lo del 2022.
Igualmente si aun no presentaste nada en 2022, te conviene presentarla ahora, y despues volver a presentar en 2023.
Hola soy profe y trabajo en relacion de depenfencia, durante el 2021 me descontaban impuesto a las ganancias, este año perdi horas y no me alcanza para que me descuenten el impuesto. Pero a principio de año presenté el f572 para la devolucion del 35%, estoy teniendo todo ese saldo a favor supuestamente, quería saber como hago para cobrarlo?
hola diego, una vez presentado el f572, la devolucion es automatica.
@@rgaestudio hola, en el 2021, no presenté el f572 pero si me retuvieron ganacias. En cambio, este año si presenté el f572 pero no alcanzo a superar el piso de ganancias, como hago para recuperar el impuesto del 35% retenido durante el 2021? Y el retenido en el 2020 se puede recuperar todavía o no?
@@diegogonzalez5893 periodo 2021 si te retenian ganancias ya caducó la fecha de presentacion
@@rgaestudio período 2022 no me retienen ganancias porque estoy por debajo del piso pero hice la presentacion f572 este año, entonces como hago para que me devuelvan el 35%?
@@diegogonzalez5893 si no te retienen ganancias hay que hacer la declaracion que explico en este video:
ruclips.net/video/72S5VHPEPE4/видео.html&ab_channel=RGAEstudio
Hola gracias por toda la info, tengo una consulta, cuando ingrese al mio me aparece periodo 2021 y 2022, cual de los dos tengo que hacer?
Hola, hay tiempo de hacer el periodo 2021 hasta el 13 de abril.
El periodo 2022 ya se puede empezar a cargar pero de todas formas se hace en 2023
@@rgaestudio Muchas gracias!
Hola buenas noches!!!yo tengo una hija menor pero no a mi cargo,tengo que cargar los datos igual ?yo no cobro asignación por hijo ,solo ayuda escolar en marzo
Hola, si, fijate si te deja cargarlo
Buenas tardes consulta, me descuentan un cierta cantidad impuestos a las ganancias. Aparte de realizar la deducción, hacen algún reintegro o no?
Hola Elizabeth, si tenes items (como por ejemplo cargas de familia) para deducir, si, te reintegran
Puedo contactarte por algun otro medio? watthsapp por ejemplo? Mis padres, son jubilados y vendieron una casa el año pasado. Tienen que cumplimentar y presentar ahora, algun formulario de Afip? Y en tal vos me podrias asesorar por favor? muchas gracias!
Hola Carla, si, por la venta de inmueble hay que presentar y pagar el ITI (impuesto transferencia inmueble), o en caso de vender tu vivienda hay que pedir el certificado de exencion.
Si precisas un asesoramiento personal para realizar y agilizar el tramite podes contactarme, pero para ese tramite deberia pasarte mis honorarios.
Sino con paciencia y buscando en youtube o leyendo en internet podes hacerlo.
Yo aun no he hecho video sobre eso, pero es probable que mas adelante haga un video explicando paso a paso sobre ese impuesto.
Gracias!
Hola! nueva suscripta a tu canal!! Quería preguntarte por lo escuche no es aconsejable colocar si la pareja en union convivencial se encuentra en blanco o percibe un ingreso mayor al minimo imponible. Es asi? o debe agregarme? Desde ya muchas gracias
Hola, bienvenida!
Se puede colocar pareja de union convivencial. Pero si se encuentra trabajando en blanco, cuando la agregas te va a saltar un cartel de afip que esa persona no cumple con los requisitos para deducirla.
Hola! El excedente que debo pagar a la prepaga lo puedo cargar en la ddjj??
si, te paso el video actualizado:
ruclips.net/video/tfaayHXCL2M/видео.html&ab_channel=RGAEstudio
Hola .. consulta la cuota sindical se puede deducir ? Vi un video en otro canal y decía que se podía deducir
Hola Jose, si, se puede deducir!
@@rgaestudio en que ítem se deduce?
Hola! Se sabe cuándo empezarian a hacer el reintegro???? En qué mes?
Hola Alejandra, aun no dieron fecha exacta, pero se comprometieron a hacer la devolucion
Muy bueno el video, consulta, soy trabajador no soy una empresa, tengo 2 hijos, no me alcanza para vivir, ¿por qué pago ganancias?.
Hola, como estas? Lamento escuchar eso, es un impuesto al salario, tienen que cambiar radicalmente la ley.
Por donde pagas ganancias? recibo de sueldo?
@@rgaestudio sí, en mí recibo de sueldo, junto latas para intentar equiparar lo que me saca el impuesto, pero quedo lejos. Es injusto.
@@glmaciel1 Pudiste hacer la declaracion que explico en el video para declarar a tus hijos y pagar menos ganancias?
@@rgaestudio sí, por eso no entiendo, cada año es más lo que pago.
hola, se hace por año o por mes?
Se hace por año, pero si tenes gastos mensuales lo podes ir cargando mensual. Te paso el video actualizado:
ruclips.net/video/tfaayHXCL2M/видео.html&ab_channel=RGAEstudio
Excelente contenido, muchas gracias.
Una pregunta, si renuncie a mitad de ano y ahora soy monotributista, igualmente tengo que enviar el siradig a mi ex empresa?
Hola Daniel, gracias!
Si, lo tenes que hacer por los meses que te retuvieron ganancias
@@rgaestudio Perfecto muchísimas gracias!!!
el formulario se envia una vez al mes?
Hola, se hace una vez al año entre los periodos enero a marzo! y ahi declaras todo lo del periodo que esta cerrando.
Por ejemplo en enero febrero o marzo 2022, tenes que hacer la ddjj de todo el periodo 2021
Hola muy buen vídeo, me queda una duda, el formulario se puede enviar mensualmente o debo esperar hasta fin de año?
Hola, muchas gracias!!
Se puede hacer una vez al año, en los periodos enero, febrero y marzo, haces lo del periodo anual pasado, es decir, en enero febrero o marzo (2023), haces la declaracion jurada correspondiente a todo el periodo 2022
Hola, esa ddjj qué haces en enero, febrero o marzo de 2023 sería para que afip te categorice en una escala de retención que correrá para 2023 cierto? Para 2022 ya no se puede corregir nada, ósea se debería haber hecho a principio de año. Es así?
Hola excelentes videos, estoy estudiando para contadora y este tema me cuesta bastante estoy intentando liquidar ganancias a una persona que trabaja en relación de dependencia, la misma recibio un premio por parte de la empresa en esos caso eso lo puedo deducir ?
Hola Eliana, muchas gracias por tu apoyo!!
Te paso este video que te viene al pelo!:
ruclips.net/video/ukt5kzJ0JBU/видео.html
Hola te consulto, vi que en otro comentario respondiste que no se pueden cargar consumos de tarjeta de crédito pero yo pago 3 seguros de vida debitados directamente en mi tarjeta y los cargo con número de cuil correspondiente a cada asegurador y el importe mensual junto con el numero de comprobante, sera que no me lo toma entonces cuando presento el formulario porque yo lo envió y me deja presentarlo a mi empleador, podrías aclararme esa duda? Muchas gracias..ya soy seguidor de tu canal
Hola Victor, seguro de vida si podes cargar! independendientemente de como lo pagues.
Si cargas todos los datos te lo deberian tomar para el computo de ganancias.
@@rgaestudio te consulto lo ultimo, estaría bien que el seguro de vida cuando me pide el tipo de comprobante elija la ultima opción que dice "Otros comp. Doc. Exceptuados? Me dijeron que elija esa opcion pero no se si realmente seria la correcta. Gracias
@@victorcalderon5605 Hola, lo ideal es que adjuntes la factura del servicio. Si no tenes factura, podes probar poniendolo en "Otrs comprobantes" pero no es garantia de que te lo tomen al 100%
Justamente no tengo las facturas de mis seguros ya que los mismos se me debitan directamente de mi tarjeta de crédito todos los meses y nunca me llegan en papel o email, solo en el resumen de la tarjeta. Seria conveniente que pida esas facturas para cargarlos de distinta forma?
@@victorcalderon5605 Claro Victor, si agregas las facturas afip te lo toma si o si. Ya que por ley este comprobante te lo tienen que tomar.
En cambio si cargas "otros compr." queda a validar por afip.
Muchísimas gracias por la explicación, esta muy clara! Tengo una duda con el tema de equipamiento y las donaciones, yo tengo teletrabajo, el equipamiento que cargo hoy por ejemplo, voy a pagar menos ganancias hasta fin de año? O en diciembre me harían el ajuste? Y con respecto a las donaciones, si este mes dono 10 mil(tengo el margen del 5%) el mes que viene pago 10 mil menos de ganancias? O recién la devolución sería al terminar el año?? Desde ya muchísimas gracias!!
Hola Maxi, gracias por el apoyo!
Si la empresa toma la ddjj que subis en afip, puede que te retenga menos, sino en diciembre te hacen el ajuste.
El ejemplo que pones de la donacion no es asi tan directo. Vos pones que donas 10 mil y esos 10 mil van a parar a tu sueldo ANUAL, luego se le descuentan las deducciones personales y generales, y dps entra tu donacion. Es dificil y complejo, el impuesto a las ganancias es anual.
Espero haberme entendido.
Gracias!
@@rgaestudio esta muy claro!! y en caso de presentar una deducción de equipamiento (compra de celular) por ejemplo, yo soy ing. en sistemas y teletrabajo, por lo que uso el cel para reuniones, internet si se corta la principal, hacer pruebas de paginas, etc. Que pasa si lo presento y AFIP no la considera "obligatoria", me van a notificar o pueden salirme con un juicio o algo de eso de acá a un tiempo? Muchas gracias por la respuesta!
@@maxifarias7178 No juicio olvidate, vos lo podes cargar, enviar la ddjj, y mas adelante ellos te lo aprueban o no.
Fijate si podes deducirlo seria un golazo.
Hola te hago una consulta, como se cargas en AFIP hijos con discapacidad? Porque no aparece ningún ítem u opción para cargar.
Hola Patricia, en cargas de familia podes cargar un hijo con discapacidad.
Estas en el Siradig?
Porque este formulario ya terminó el 13-04
Cómo estás, consulta, empecé a trabajar el 19/04 de este año. Lo único que puedo deducir es zona Patagónica, lo puedo hacer ya ahora para que corra para este año? O lo hago 2023 para recuperar 2022? No entendí bien eso que se habla en los comentarios que aplica sobre el año anterior trabajado
Hola Martin, podes hacerlo para que te retengan menos este año, hay que ver si la afip lo levanta. Estas ddjj se hacen entre el 01-01 y 31-03 de cada año.