Principio de primacía de la realidad laboral
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- Опубликовано: 14 окт 2024
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Su exposición es cumplida, cierta, eficaz y eficiente en dirección a la tutela y protección de los Derechos Humanos de los trabajadores y, particularmente, de las Damas trabajadoras. Me es sumamente grato recomendar su trabajo.
Excelentes videos, le felicito por compartir sus conocimientos y opiniones 👍
Gracias maestra, una vez más aprendiendo, me gusta la forma en que explica cada tema, es claro y se entiende muy bien el concepto. ( me hubiese gustado tener clases en mis tiempos con usted 🤯), hasta pronto. Saludos cordiales
Buenas tardes estimada maestra Kelly, gracias por compartir el conocimiento jurídico y su experiencia profesional, saludos cordiales desde León Guanajuato a todos. Excelente tarde
Excelente día 🙋🏻
Saludos desde Venezuela, quiero platear el siguiente caso: teníamos dos años de suspensión laboral, en una empresa de alimentos y durante ese tiempo la empresa continuó pagando el salario, pero fijado al salario de hace 2 años. Al cabo de esos dos años, la empresa decidió liquidarnos, pero con el último salario fijado. cabe destacar que en mi país nuestra moneda se devalúa a diario en relación al dólar. El salario fijado era 163 bs/dólar diario, al cabo de 3 años se convirtió en 35500bs/dólar diario…la empresa pretende cancelar las prestaciones en base a 163 (alegando que la ley dice que la liquidación es en base al último salario devengado) y no en base al costo actual de 35500.producto de la inflación.
¿¿¿¿Se puede aplicar la primacía de la realidad para este caso????
Gracias Maestra, comentar q lo del vídeo también está en su E-Book 100% recomendado, saludos
Es correcto en las sentencias que tocamos en el libro hablamos de este principio. Saludos 🙋🏻