hola contador Mario Beltrán , Excelente video con explicación tan objetiva y profesional , confirmada con su ejemplo, por su atención Gracias---Saludos CDMX
Mario, buenas noches desde Ensenada México, saludos. Muchas gracias por la información tan clara. He visto otros tutoriales y están muy confusos, de verdad se agradece. Quisiera hacerte una consulta, si me lo permites. Las personas físicas que tributan en este régimen (resico) al prestar un servicio a una personal moral deberán de cobrar IVA ? (bueno creo que la palabra correcta es RETENERLO). o la persona moral me retendra el IVA a mi. De antemano mil gracias.
Hola contador podría hablar de arrendamiento de inmuebles en coopropiedad, el cálculo de pago provisional, en resico, o con tabla de arrendamiento, mil gracias
Buens noches contador. Sólo una pregunta: al concluir la elaboración en RESICO de isr e iva, ¿ se da clic primero en ADMINISTRACIÓN DE LA DECLARACIÓN, ó GUARDAR. Muchas gracias.
Buenos dias, gracias por el video. Sobre los ingresos que se obtienen por criptomonedas, trading, etc, como se pueden declarar? estoy en RESICO. Un saludo!!
BUENAS NOCHES CONTADOR MARIO BELTRAN. CONTRIBUYO EN RESICO, SOLO VENTAS AL PÚBLICO EN GENERAL PRODUCTOS DE TASA 0%, 8% IEPS y tasa 16%. PERO AL ELABORAR LA DECLARACION DE IVA, SOLO TIENE LOS CAMPOS DE actividades gravadas al 16% y ACTIVIDADES GRAVADAS AL 0%, A DONDE SE COLOCA actividades gravadas al 8% IEPS? ES LA ÚNICA DUDA QUE TENGO. MUCHAS GRACIAS Y DISCULPE LA MOLESTIA
Buen dia contador, nose si estoy mal pero tengo entendido que para las retenciones del 1.25 es entre persona moral del resico y persona fisica del resico, si no se cumple ese criterio se estaria reteniendo el 10%, ¿Es correcto?
Buenas noches contador.Soy persona física en RESICO, le vendo a una persona moral, al yo elaborar la factura debo hacer la retención de ISR o como se maneja esta situación. pues en el video escucho que el moral me retendrá el 1.25 gracias
Oiga, pero sí puedo tener ingresos por asimilados a salarios y resico siempre y cuando en su conjunto ambos regímenes no superen los 3.5 millones de pesos
Dr. Mario gracias por compartir con generosidad su conocimiento! Saludos desde CDMX!
hola contador Mario Beltrán , Excelente video con explicación tan objetiva y profesional , confirmada con su ejemplo, por su atención Gracias---Saludos CDMX
Como se realiza la factura global de resico solo vendo al publico en general tengo una farmacia
Mario, buenas noches desde Ensenada México, saludos. Muchas gracias por la información tan clara. He visto otros tutoriales y están muy confusos, de verdad se agradece. Quisiera hacerte una consulta, si me lo permites. Las personas físicas que tributan en este régimen (resico) al prestar un servicio a una personal moral deberán de cobrar IVA ? (bueno creo que la palabra correcta es RETENERLO). o la persona moral me retendra el IVA a mi. De antemano mil gracias.
Gracias Mario, ¿Qué pasa si inviertes en CETES, FIBRAS, UDIBONOS, inversiones fijas y variables, etc ¿tampoco puedes tributar en RESICO?
Hola contador podría hablar de arrendamiento de inmuebles en coopropiedad, el cálculo de pago provisional, en resico, o con tabla de arrendamiento, mil gracias
Buens noches contador. Sólo una pregunta: al concluir la elaboración en RESICO de isr e iva, ¿ se da clic primero en ADMINISTRACIÓN DE LA DECLARACIÓN, ó GUARDAR. Muchas gracias.
Buenos dias, gracias por el video. Sobre los ingresos que se obtienen por criptomonedas, trading, etc, como se pueden declarar? estoy en RESICO. Un saludo!!
Y en el caso de ser persona moral RESICO, debo retener a persona moral? por actividad empresarial ó prestación de servicios personales independientes?
Hola Mario, para los que obtenemos ingresos por RUclips nos aplica el régimen de confianza?
BUENAS NOCHES CONTADOR MARIO BELTRAN. CONTRIBUYO EN RESICO, SOLO VENTAS AL PÚBLICO EN GENERAL PRODUCTOS DE TASA 0%, 8% IEPS y tasa 16%. PERO AL ELABORAR LA DECLARACION DE IVA, SOLO TIENE LOS CAMPOS DE actividades gravadas al 16% y ACTIVIDADES GRAVADAS AL 0%, A DONDE SE COLOCA actividades gravadas al 8% IEPS? ES LA ÚNICA DUDA QUE TENGO. MUCHAS GRACIAS Y DISCULPE LA MOLESTIA
El IEPS lo declaras en otras obligaciones
Buenas noches. Muy amable, gracias@@mariadelrosariosolismenese8156
Aún no entiendo x que m pasaron a resico y era del rif. Cada dos meses reportaba y x no avisar m pasaron a resico eso m dijeron.. muchas dudas
buenas tardes contador puedo seguir RIF si no rebase 300,000 anuales y empese a tributar enero 2014?
Hola, no tener ingresos asimilados? Se refiere a entradas de dinero por tu trabajo?
Buen dia contador, nose si estoy mal pero tengo entendido que para las retenciones del 1.25 es entre persona moral del resico y persona fisica del resico, si no se cumple ese criterio se estaria reteniendo el 10%, ¿Es correcto?
Buenas noches contador.Soy persona física en RESICO, le vendo a una persona moral, al yo elaborar la factura debo hacer la retención de ISR o como se maneja esta situación. pues en el video escucho que el moral me retendrá el 1.25 gracias
Sí, la PM te debe retener ISR por lo cual la factura debe venir emitida de tu parte con esa retención
Muchisimas gracias Contador.@@saulrojas7306
MUCHÍSIMAS GRACIAS CONTADOR@@saulrojas7306
Oiga, pero sí puedo tener ingresos por asimilados a salarios y resico siempre y cuando en su conjunto ambos regímenes no superen los 3.5 millones de pesos