TEORÍA GENERAL DEL DELITO - Lic. Omar Francisco Garnica Enríquez
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- Опубликовано: 2 авг 2019
- En el presente vídeo podemos apreciar una clase magistral impartida por el Licenciado Omar Garnica, explicando la teoría general del delito.
Dile NO AL EGOÍSMO!!!
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Ojala todos los catedráticos explicaran el Derecho de esta forma, de manera sencilla, entendíble y con buena didáctica. Saludos Licenciado, Bendiciones
Exacto tengo un pésimo catedrático de derecho penal 🥺 y con la explicación 👌
Gracias licenciado es un magnífico material el que comparte es excelente
Que fácil resulta criticar o ver "errores" (supuestamente) en los demás, lo difícil es tener iniciativa o ser proactivo.
Es la primera vez que veo un vídeo de la carrera de Derecho Penal (aunque me gusta el Civil) que lo hace de corazón, porque se ve que ama su carrera y sobre todo GRÁTIS.
Mis felicitaciones Lic. Omar Garnica, excelente clase, que la vida le devuelva todo multiplicado por mil.
Saludos desde Perú 🇵🇪
PD: DESDE HOY SOY UN SUSCRIPTOR MÁS DE SU CANAL.
Hay que saber mucho para explicar de esa forma, un genio!
Mi admiración para ud porque no es envidioso en compartir sus conocimientos
Tan bello lic, lo quiero tanto 💕
Muchas gracias gracias gracias por sus enseñanzas y por compartir su conocimiento, felicitaciones muy excelente la clase. Saludos cordiales y muchas bendiciones desde Lima Perú 💐👋
Muchas gracias por su aportación. Saludos desde México.
Maestro le agradezco de todo corazón está gran explicación, de manera sencilla y amena!
Soy su fan!
Y digo NO al egoísmo !!!
que crack! GRACIAS LIC.
Muchas gracias por compartir sus conocimientos Lic. Sus vídeos me ayudaron mucho.
Gracias por compartir sus conocimientos
Muy buen video Licenciado espero que siga haciendo sus vídeos, ya que son de mucha ayuda lo felicito por compartir su conocimiento.
Gracias por este repaso, me ayudo mucho, sus conceptos y ejemplos, divertidos y claros!!
Excelente video Lic.
Más allá que no sea la que use mi facultad (por la punibilidad) me sirve... los conceptos y ejemplos que dio son muy claros.
Muy bien explicado, gracias por el aporte
Omar, me recuerdo cuando estudiábamos en la gloriosa USAC e íbamos a comer y cuando encontrábamos algo caro siempre decías: Esto es asalto a mano armada, jajajaja. Saludos.
Bendiciones abogado me gusta su pensar Dios lo bendecirá
Muchas gracias me re sirvio esta explicación , muy bien ejemplificada y claros conceptos 🤩
Gracias Lic..... bendiciones para su vida🙏
Es un crack. Excelentísima explicación...
Hola me encanto su clase, esta muy bien explicada gracias por comentarlo tan fácil de entender.
chevre mi Lic. muchas gracias, mejor explicado ni los grandes juristas, saludos éxitos y bendiciones.
excelente catedra 😊 muy agradecida por esta clase licenciado.
Gracias Lic Por compartir y decir no al egoísmo felicitaciones
Buenas noches Licenciado Omar.
Mi nombre es Jaime Ruben Tejeda Ollero.
A titulo personal es una de las mejores clases q Tube gracias, fue muy fructífera la clase con el tema TEORÍA GENERAL DEL DELITO
Gracias está buenísimo su explicación, está muy claro y es de mucha ayuda,suerte!
Saludos Lic que Dios lo bendiga grandemente, gracias excelente video.
Muy bien explicado lic 💯
Me encanta. Gracias Lic
Gracias. Aprendo mucho con sus videos. Dios lo bendiga.
Excelente LIC 💯
buenisimo licenciado que sencilles la suya bendiciones
Excelente Regalo de la Teoria General del Delito ..gracias por compartir
Excelente manera de explicar Lic
Excelente !!!
Excelentes catedras Lic.,
Me encanto muchas gracias me ayudo mucho en mi tarea
Gracias..... gracias......
Buenísimas sus clases Lic. Muy amenas!!!
Gracias Omar por esa cátedra tan clara y motivadora lo felicito le entendí al 100/1000 por cuento así deben de ser los docentes en la universidad
Que excelente explicación, gracias!!
Tengo que hacer un resumen de este video 😁 hola para los que vienen hacer un resumen 😇 JAJA HAY SE BAÑAN
Muchas gracias por compartir
Excelente explicación es una clase magistral te FELICITO
Está buenisimo más claro que agua
Muchas felicitaciones, no es lo mismo dar clase y cumplir con su trabajo , que enseñar. Los docentes debemos de enseñar. Todo claro como el agua y como diría el lic. Ricardo Alvarado , sino entienden es porque los dejaron caer de pequeños. Mil gracias.
Realmente una muy buena explicación 👌
No hay palabras para definir lo bien que explica este Licenciado, jajaja cuando dijo: "Igual está lloviendo" me dio risa y me sentí dentro su salón porque acá por mi casa ahora mismo también está lloviendo.
El Lic. Omar Garnica tiene un don para enseñar y no pienso discutirlo con nadie.
Excelente Clase 10/10 🥳🥳🥳🥳🥳🥳🥳🥳🤯🤯🤯🤯🤯😎💯💯💯💯💯💯
muchas gracias lic, estoy en examenes y me ha ayudado mucho su leccion
Súper 👌 que clase 😁😁😁 🤗❤️
muchas gracias por ese apoyo
Muy buenos ejemplos!!!! Muchas gracias por la clase!!! Desde Argentina.
Le agradezco de todo corazón que se haya tomado el tiempo en ver el vídeo. Espero los demás también le gusten.
gracias licdo Omar... muy útiles sus videos y sobre todo excelente habilidad para transmitir. Gracias por no ser egoísta, tal como Ud lo repite.
Es Lic. Es la abreviatura correcta.
gracias Licenciado
me encatan sus clases
EXCELENTE CLASE MAGISTRAL
Aprendi más en 30 minutos que en medio semestre 👏👏👏👏👏
Yo también un crack explicando excelente
Waoooo gracias muy buen taller me da buena enseñanza
Mejor que mi clase! Gracias
Me encanta su forma de explicar lo entiendo perfectamente muchas gracias por compartir su conocimiento.
Comparto su opinión practico sencillo y muy pero muy entendible su explicación sobre el tema.
Me encantasvtu
buena onda esta muy resumido asertivo la letra le toca a pocos jeje 👍👍👍
👍
Excelente
Gracias lic por su explicación. Por qué no todos lo explican de esa manera
Te amo
Una forma llana y muy comprensible para entender la teoría del delito, a sido de mucho provecho muchas gracias-
Gracias Lic. Omar
Esta es la rama del Derecho que más se me ha complicado 😥
X2
Lic. Garnica muchas gracias por compartir su conocimiento, Dios lo bendiga y le de mucha más sabiduría e inteligencia.
entre el monton, es unico este lic.
Mis respetos Licenciado, el mejor!- ,`) .Pude entender todo de un modo tan facial y rápido .Le agradezco asì deberían ser muchos maestros ,no tratar de confundir a los alumnos y que odien la materia ,este semestre con usted estoy amando Derecho Penal...Saludos desde Ecuador -Universidad Central del Ecuador Carrera de Derecho,quien le saluda y lo bendice Joselyne Carrillo C.
Nunca diarias la materia penal, la más fregona de todas, no cualquiera es penalista. 👍👍👍👍👍
Odiarias*
Exelente
Jajajajaja me encanto la clase 🤣🥳😊
Que excelente video, gracias por compartir su conocimiento se ve muy poco.
Ja, ja, ja que goce ese profe
Al final me parece que menciona dos veces lo ininputable y al principio del video los alumnos no pidieron la explicación de la preterintencionalidad y el caso fortuito.
Buen video lic. Omar siga adelante!
Hola lic excelente vídeo, tengo una duda el caso fortuito si entra en la culpabilidad, ya q en caso fortuito considero q no hay culpabilidad xq al ser x accidente el no pudo haber tomado otra actitud porque fue x mero accidente, tampoco hubo dolo y culpa pero si quisiera q Ud me ayudará en esta teoría q tengo, tambien quisiera saber bien la diferencia entre preterintencionalidad y caso fortuito le estaré muy agradecida jeje Dios le bendiga
Justo es el tema que dará mañana mi lic de penal 🤭☺️💪🏻
Gracias mañana tengo examen
Soy de Perú, abogado, nosotros tenemos influencia de la dogmática española y a través de esta de la Alemana; siendo así, aquí el Sistema que está en auge es el funcionalista (Roxin y Jakobs) y también se mantiene el finalismo. A partir de ello, definimos el delito, de manera general (sin tomar en cuenta los matices de cada sistema), como una ACCIÓN (comportamiento humano voluntario), TÍPICA (objetiva: imputación objetiva - subjetiva: dolo - culpa - elementos subjetivos diferentes al dolo), ANTIJURÍDICA (causas de justificación), CULPABLE (CAPACIDAD DE CONOCER LA NORMA, esto es, la prohibición: aquí es donde analizamos si el sujeto es o no imputable - EXIGENCIA DE UNA CONDUCTA CONFORME A LA NORMA, por ej. miedo insuperable o estado de necesidad exculpante) y PUNIBLE. Bajo ese panorama, entiendo por su vídeo que Usted no sigue ninguno de estos sistema, sino que, por la estructura que expone se estaría adhiriendo al sistema CAUSALISTA, solicitaría que precise ello, y mi pregunta sería si en su país tanto la doctrina como la jurisprudencia sigue dicho sistema, de ser así, le pediría como favor que realice algunas citas sobre ello, para tomar en cuenta por fines académicos. Gracias de antemano.
Será que usted tiene algún vídeo didáctico donde podamos comprender y aprender el sistema de funcionalista que menciona??
Le recomiendo los vídeos del Dr. Fernando Miró Linares. Puede encontrarlos en RUclips
Ojalá tuviera un profesor así, y eso que no es penalista. Excelente exposición 👏👏👏
Es bastante elocuente enseña bien el profe
Con el respeto debido al Lic. No considero que este usando una teoría del delito actualizada, la imputabilidad ya no es un elemento independiente del delito, quedó absorbida por la culpabilidad que es el juicio de reproche que se da cuando se configuran sus tres elementos, la punibilidad aún es discutible con algunos autores que consideran que es una consecuencia del delito u otros como Roxin que indica que el delito es una acción u omisión típica, antijuridica, culpable y en ocasiones punible... Pero creo que desde el momento que se toma la imputabilidad como elemento independiente es una alerta necesaria para actualizar el conocimiento
CONCUERDO
Soy estudiante de Derecho y nos dieron como elemento la imputabilidad
Excelente, saludos Lic, y un ejemplo también podría ser, el acoso sexual en el ámbito laboral
Ejemplo de que?
Lic. Y para cuand el video de los elementos accidentales del Delito
Yo quiero un licenciado así ♥️
Lo quieres ya lo tienes, en México CDMX.
Lic me quiero pasar a derecho si usted da todas las materias
Excelente explicación Lic. Disculpe de que país es?
Con todo respeto que corpus más hermoso
Como extraño las clases presenciales 😔
Ya viendo bien su ponencia abogado, esa teoría es eptatónica y no es que haya desaparecido las otras únicamente se restructuraron ahora pasa en tres elementos del delito, que es: típico, antijurídico y culpable, saludos.
Licenciado, permítame hacerle algunas consideraciones, de su explicación deduzco que usted defiende a la escuela causalista, teoría causal-mecanicista superada hace algún tiempo. En su ponencia, pude observar ciertas cosas que merecen atención: 1.- En la acción no explica si la conducta persigue un fin o es simplemente una inervación que causa un resultado perceptible sensorialmente. 2.- No explica que en la tipicidad se estudia los elementos objetivos, subjetivos y normativos del tipo para poder adecuar la conducta al tipo. No estudia los errores de tipo (vencible o invencible) , no estudia el error de prohibición, no analiza la prohibición de regreso. (imputación objetiva) 3.- Respecto al dolo eventual, difiero de su criterio, el dolo eventual es cuando el sujeto se representa el posible resultado, sin embargo confía en que no sucederá, no deteniendo su conducta y causa el resultado.
Es que el Licdo. Lo explica en forma sencilla para poder darse a entender con el estudiante. En consecuencia lo que usted menciona es pura doctrina, el no lo menciona no porque no lo sepa simplemente, el lo hace para poder darse a entender, porque lo que usted menciona es púra doctrina extranjera. Ok. Es mi humilde opinión.
Doctor, antes que nada, agradecida x tan sencilla explicación. Lo saludo desde Argentina. Disculpe la ignorancia, ésta teoría es universal? Se aplica a todos los paises? Todas las jurisdicciones? O varía según el país, cultura, etc?
La teoria General del delito es como lo dicen General... Para Guatemala, argentina, colombia, costarrica, etc.....ahora El tipo penal va regulado según el país ( en el caso de las penas y las faltas)...
De que pais es usted?
Se dice con base... NO en base
Se pone, punto final.
"... mi novia me hace vergueo por algo que hice o por algo que no hice..." jajajajajaja
Mi novia me hace vergueo oor cosas q hago y oor cosas q no hago.... Excepcional ejemplo 😂 😂 😂 😂
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Esto no fue una clase esto fue un repaso. :(
y su uniforme licenciado?
Bendiciónes mi lic,
Esta maaaal ... Esa es una teoria totalmente causalista . El tipo es objetivo y subjetivo. No se analiza la tipicodad subjetiva en la culpabilidad . Ya pasaron cien años de ese esquema . Gracias al finalismo y el funcionalismo