Profe una inquietud; Siendo una empresa Gran Contribuyente la que vende, esta auto renta general aplica cuando se le vende unicamente a RESPONSABLE DE IVA o también aplica cuando le vendemos a los regímenes: RST, Gran contribuyente y tambien al G.C.A.?? Muchas gracias por la aclaración.
que buen contenido profesor Andres, yo soy administrador de empresas pero actualmente trabajo en el area contable de una empresa y este curso me va super bien, me ha aclarado muchas dudas 😄
Son dos: ruclips.net/video/0d8HCY7mFEE/видео.html Y ruclips.net/video/sFNwerI-ZPc/видео.html Por fa, si puedes, mira la lista de reproducción en orden.
Profe puedes subir un vídeo sobre las retenciones que puede hacer una inmobiliaria a los arrendatarios y en ventas...como IVA en contrato de arrendamiento..gracias profe..un abrazo
Disculpa, tengo una pregunta, en resumidas cuentas, cuando un no responsable de IVA y un régimen simplificado realizan una venta a cualquiera de las otras categorías o entre ellas, en su contabilidad no tienen en cuenta las autorretenciones?
Muchas gracias Andrés pues estaba repasando estos temas y esta muy util pues estan actualizados eso hacia mucha falta, por favor sigue haciendo estos videos pues lo haces muy bien y como te comentaba de contabilidad si hacian falta videos actualizados. Vere el canal que aconsejas de matematicas financieras del Profesor Hugo.
Hola! Muchas gracias!! Es muy bueno leer comentarios positivos. A cada vídeo se le dedica tiempo y cariño, así que para uno un comentario agradable es muy importante. Gracias y continuaré subiendo contenido actualizado 😁👍🏼
muy buenos videos solo que fue hace un año y la tabla de retencion cambia cada año los valores o eso creo si es asi tocaria que hiciera los videos cada año
Hola, Alexandra. Recuerda que los que se Practican la Autorretención Especial son: Personas jurídicas, y que además estén exoneradas del pago de aportes a seguridad social en términos del artículo 114-1 del estatuto tributario. En el video dije que prácticamente todas... Pero igual, siempre es mejor revisar, porque hay empresas que no se acogen al beneficio. Respondiendo tu pregunta, no existe un monto mínimo o base mínima para practicarse la Autorretención y tampoco importa el régimen de a quién le estés vendiendo. En conclusión: Si el Responsable de IVA se acoge al Art. 114-1 ET, debe practicarse Autorretención. La Autorretención Especial es para que el Estado no deje de percibir tanto dinero por exonerar a Empresas de los pagos del Art 114-1 ET.
Las retenciones de Renta, IVA e ICO se siguen haciendo. Esta figura de este video (las autorrerenciones) son distintas. Pero ninguna reemplaza a la otra. Te recomiendo ver el curso en orden. Creo que dejé la lista de reproducción en las pantallas finales del video.
HOLA PROFESOR QUE PENA TENGO UNA DUDA SI A MI ME PRACTICAN RETENCION POR UNA VENTA AUN A SI DEBO PRACTICARME AUTORRETENCION SOBRE ESA MISMA VENTA? RENTENCION ESPECIAL- CUMPLE CON LOS REQUISITOS ES EXONERADA DE PARAFISCALES
@@anaramirez6166 El artículo 1.2.6.7 del Decreto 1625 dice que la base para calcular la Autorretención Especial es la misma que utilizas para calcular la Retención en la Fuente a título de renta, PERO hay algunas excepciones. Son 9 excepciones y solo una habla de AIU. Es la número 6. Aunque te invito a que las leas todas para tener mejor claridad sobre el tema. Te comparto el Link para leer el artículo. www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Decretos/30030361 Búscalo con F3 o control + F
Hola profe excelentes tus videos, muchas gracias; tengo una pregunta? para autorretenedores generales solo se aplica la autorretención general, verdad?
Gracias por tu comentario. ☺️ Recuerda que esas autorretenciobes NO son mutuamente excluyentes. Es decir, una empresa puede estar obligada a ser autorretenedor (general) y haberse acogido al Art. 114-1 del E.T., Y por ende, estar obligada a realizar la autorretención especial. En este caso, es así, pero en la vida real depende de esos factores que expliqué. Me alegra leerles. ¡Un saludo!
DESCARGA el EXCEL del Video:
🔥🔥👉💚bit.ly/ExcelAutorretenciones
Canal de Hugo Carrillo (Profesor FINANCIERA)
👉bit.ly/MatemáticasFinancieras
Perfecto ...
Profe una inquietud; Siendo una empresa Gran Contribuyente la que vende, esta auto renta general aplica cuando se le vende unicamente a RESPONSABLE DE IVA o también aplica cuando le vendemos a los regímenes: RST, Gran contribuyente y tambien al G.C.A.?? Muchas gracias por la aclaración.
EXCELENTE PROFE. PUNTUAL Y ENTENDIBLE
Excelente video profe, si pudiera darle 100 veces like lo haria, por favor sigue haciendo videos así
Tan linda. Muchas gracias por tus buenos ánimos. Seguiré adelante con el curso de contabilidad 😁
Hola, excelente profe, mas gente como usted
Hola, Santiago. ¡Muchas gracias!
Muchísimas gracias, ahora si entendí la autorretención ;)
¡Me alegra mucho! :D
Gracias, pwro una pregunta, pero cuanfonse paga a la dian, que cuentas secancelan, bajo que contrapartida
que buen contenido profesor Andres, yo soy administrador de empresas pero actualmente trabajo en el area contable de una empresa y este curso me va super bien, me ha aclarado muchas dudas 😄
¡Me alegra mucho, Andrés! Espero que te vaya súper bien en tu trabajo. 💪🏼
Mil gracias me ayudaste mucho con mi exposición
Me alegra mucho; espero seguir ayudando te😁
@@ProfeAndrés sii muchas gracias!
Profe buenas tardes, no encuentro el video en donde explicas la tabla de COMPRAS/VENTAS es decir GCA le compra a un GCA y asi sucesivamente
Son dos:
ruclips.net/video/0d8HCY7mFEE/видео.html
Y
ruclips.net/video/sFNwerI-ZPc/видео.html
Por fa, si puedes, mira la lista de reproducción en orden.
MUCHAS GRACIAS....EXCELENTE
Profe puedes subir un vídeo sobre las retenciones que puede hacer una inmobiliaria a los arrendatarios y en ventas...como IVA en contrato de arrendamiento..gracias profe..un abrazo
¡Gracias, Erika! Lo tendré presente. Y muchas gracias por dejar tu comentario. ¡Un abrazo! 😁
Profe haslo será de mucha ayuda si por fis.. un abrazo
Profe buenas noches una pregunta a la persona natural no declarante de renta se le aplica retención
Hola, Kary. Así es.
Muchas Gracias Profe
Gracias
Excelente explicación muchas gracias
Con mucho gusto, Emilse.
Excelente. Podria hacer videos para la contabilidad pública??
¿Contabilidad Pública? ¡Suena bien! ¿Te interesa algún tema en especial?
Disculpa, tengo una pregunta, en resumidas cuentas, cuando un no responsable de IVA y un régimen simplificado realizan una venta a cualquiera de las otras categorías o entre ellas, en su contabilidad no tienen en cuenta las autorretenciones?
Así es: lo que importa es si el que vende de Autorretenedor General y/o Especial.
Muchas gracias Andrés pues estaba repasando estos temas y esta muy util pues estan actualizados eso hacia mucha falta, por favor sigue haciendo estos videos pues lo haces muy bien y como te comentaba de contabilidad si hacian falta videos actualizados. Vere el canal que aconsejas de matematicas financieras del Profesor Hugo.
Hola! Muchas gracias!! Es muy bueno leer comentarios positivos. A cada vídeo se le dedica tiempo y cariño, así que para uno un comentario agradable es muy importante. Gracias y continuaré subiendo contenido actualizado 😁👍🏼
una autorretención por ICA como seria? 236575 contra la 155510?
muy buenos videos solo que fue hace un año y la tabla de retencion cambia cada año los valores o eso creo si es asi tocaria que hiciera los videos cada año
Sí, tienes razón. Saludos y gracias por la sugerencia.
El responsable de IVA, se tiene que practicar autorretención especial por renta en todas las ventas sin importa el régimen ni el monto?
Hola, Alexandra. Recuerda que los que se Practican la Autorretención Especial son:
Personas jurídicas, y que además estén exoneradas del pago de aportes a seguridad social en términos del artículo 114-1 del estatuto tributario.
En el video dije que prácticamente todas... Pero igual, siempre es mejor revisar, porque hay empresas que no se acogen al beneficio.
Respondiendo tu pregunta, no existe un monto mínimo o base mínima para practicarse la Autorretención y tampoco importa el régimen de a quién le estés vendiendo. En conclusión: Si el Responsable de IVA se acoge al Art. 114-1 ET, debe practicarse Autorretención.
La Autorretención Especial es para que el Estado no deje de percibir tanto dinero por exonerar a Empresas de los pagos del Art 114-1 ET.
La duda que tengo es : qué pasa con la doble retención que se hacía antes ? Se autoretenia ica e renta y veo varios videos así
Las retenciones de Renta, IVA e ICO se siguen haciendo. Esta figura de este video (las autorrerenciones) son distintas. Pero ninguna reemplaza a la otra.
Te recomiendo ver el curso en orden. Creo que dejé la lista de reproducción en las pantallas finales del video.
Muchas Gracias, excelentes videos
Con mucho gusto 😁
HOLA PROFESOR QUE PENA TENGO UNA DUDA SI A MI ME PRACTICAN RETENCION POR UNA VENTA AUN A SI DEBO PRACTICARME AUTORRETENCION SOBRE ESA MISMA VENTA?
RENTENCION ESPECIAL- CUMPLE CON LOS REQUISITOS ES EXONERADA DE PARAFISCALES
Hola, Ana. Así es, debes practicar te la autorretención especial.
Profe y en empresas que manejas aiu que es de construcción esa autorretencion se practica sobre todo el valor es que los costos directos son muy altos
@@anaramirez6166 El artículo 1.2.6.7 del Decreto 1625 dice que la base para calcular la Autorretención Especial es la misma que utilizas para calcular la Retención en la Fuente a título de renta, PERO hay algunas excepciones.
Son 9 excepciones y solo una habla de AIU. Es la número 6. Aunque te invito a que las leas todas para tener mejor claridad sobre el tema.
Te comparto el Link para leer el artículo.
www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Decretos/30030361
Búscalo con F3 o control + F
Que bueno video profe, gracias.
Estás muy lindo profe 😊
¡Con mucho gusto! Y gracias a ti por tu comentario, Evelin 😊💓
Buen dia
¡Buenos días, Jenny!
Hola profe excelentes tus videos, muchas gracias; tengo una pregunta? para autorretenedores generales solo se aplica la autorretención general, verdad?
Gracias por tu comentario. ☺️
Recuerda que esas autorretenciobes NO son mutuamente excluyentes. Es decir, una empresa puede estar obligada a ser autorretenedor (general) y haberse acogido al Art. 114-1 del E.T., Y por ende, estar obligada a realizar la autorretención especial.
En este caso, es así, pero en la vida real depende de esos factores que expliqué.
Me alegra leerles. ¡Un saludo!
Ha ok profe, todo depende... Bueno, muchísimas gracias
@@marcelapaez7222 Sí! Así es.
Gracias profe, exelente video. 🤗
Me perdi en la especial 🤷♀️🤷♀️🤷♀️🤷♀️😬😬😬😬
Super profe!!
Excelente video, gracias
¡Gracias a ti! ¿Vienes desde TikTok?
Saludos, Paola.
Si soy independiente, como hago la retefuente
En mi vídeo de Impuestos y Retenciones, hay una tablita. Los independientes serían las Personas Naturales, en la tablita.
También puedes descargarla.
Gracias profe, bendiciones
¡Amén!
La verdad nunca lo vi en mi tecnologo en contabilidad 🤷♀️🤷♀️🤷♀️🤷♀️🤷♀️
Excelente video 👍👍
Profe como me uno?
Excelente video!! 💯
Muchas gracias 😁
muy buen video 10/10
Gracias 😁
Buen vídeo Profesor Andrés 😊
¡Gracias, Pao! 😁
Revise las personas naturales, no están obligadas
profe te reto a un vs en lol
Jajaja, hoy lo actualicé.
calidad de prefosor con lolsito y valorant
Jajaja, hay que despejar la mente de vez en cuando.
Excelente video profe, muchas gracias.
¡Gracias a ti, Daniel!