Tremendo videazo !! Grande profe Banjamin !! 😀 Pd: Tremendo chispazo intelectual que tuvo Don Eugenio Velasco, de seguro estaba de madrugada con su buen whiskasho y para que al final su super tesis y descubrimiento tenga poca o nula aceptacion por los Tribunales xD jajajajaja aunque igual se entiende ya que iria contra el principio de la Buena fe.
Tremendo videazo !! Grande profe Banjamin !! 😀
Pd: Tremendo chispazo intelectual que tuvo Don Eugenio Velasco, de seguro estaba de madrugada con su buen whiskasho y para que al final su super tesis y descubrimiento tenga poca o nula aceptacion por los Tribunales xD jajajajaja aunque igual se entiende ya que iria contra el principio de la Buena fe.
Clarísimo! Muchas gracias por la explicación y por su generosidad de compartir!
Gracias, estaba estudiando con diversos manuales, entre otros el de Orrego, y no entendía. Con esto me quedó clarito.
Las cosas muebles del 3 y 4 se podrían enajenar según el la tesis Velasco, solo que son susceptibles de nulidad. Corriganme si me equivoco.
Gracias! no lograba entender esto
Ecelente profe....cuidese nucho.... arto aprecio....
es el art 1810 - no 2810 de todas maneras ! esta genial la explicación
Obvio el cc tiene 2524 artículos
Buenísima explicación, todo super claro
Muy claro, gracias!
un capo, me ayudó mucho
Gracias profee se pasó con la explicación
Un abrazo Felipe!💪🏻😊