Me encanta escuchar siempre a esta Inma Recio. Muy buena actitud y me inspiró a empezar el arriendo a empresas. Sólo un matiz, en los contratos a empresas, sea el arrendador particular o sea persona jurídica, hay que cobrar IVA salvo que en el contrato se recoja que el uso de la vivienda es para un trabajador/es concreto/s cuya identidad hay que consignar en el contrato y recoger que va a cubrir la necesidad de vivienda de tale o tales trabajadores durante el tiempo que dure el contrato. Si no hacemos esto, el arrendamiento estaría sometido y no exento de IVA. Insisto, con independencia de quién alquile sea particular o no
Muchas gracias por el matiz, porque me ha aclarado la duda principal por la que empecé a ver el video. La verdad es que Inma lo comenta por encima, pero no entra el detalle en esa parte y quizás por eso no queda muy claro.
Buenas, muchas gracias por este vídeo. Tengo una empresa interesada en alquilar mi piso, tendreis algun link para ver un contrato entre particular y empresa?
Me ha parecido entender que tiene dos pisos y que lleva dos años con este tema. Crees q tiene suficiente experiencia para hacer un libro y dar clases? Tener en cuenta q os sigue gente con menos experiencia aun y que la ignorancia es muy valiente y pueden meterse en problemas gordísimos. Es mucha responsabilidad la q realmente tenéis
No se que tiene de ignorante decir que no desgrava el 50% por vivienda habitual cuando alquilas a una sociedad. La arrogancia que destilas y el creerte superior a los demás si que es de ignorantes
Vaya 2 cracks os habéis juntado 🤌
Me encanta escuchar siempre a esta Inma Recio. Muy buena actitud y me inspiró a empezar el arriendo a empresas. Sólo un matiz, en los contratos a empresas, sea el arrendador particular o sea persona jurídica, hay que cobrar IVA salvo que en el contrato se recoja que el uso de la vivienda es para un trabajador/es concreto/s cuya identidad hay que consignar en el contrato y recoger que va a cubrir la necesidad de vivienda de tale o tales trabajadores durante el tiempo que dure el contrato. Si no hacemos esto, el arrendamiento estaría sometido y no exento de IVA. Insisto, con independencia de quién alquile sea particular o no
Gracias
Si
Así es como dices
Muchas gracias por el matiz, porque me ha aclarado la duda principal por la que empecé a ver el video. La verdad es que Inma lo comenta por encima, pero no entra el detalle en esa parte y quizás por eso no queda muy claro.
Buenas, muchas gracias por este vídeo. Tengo una empresa interesada en alquilar mi piso, tendreis algun link para ver un contrato entre particular y empresa?
Me ha parecido entender que tiene dos pisos y que lleva dos años con este tema. Crees q tiene suficiente experiencia para hacer un libro y dar clases? Tener en cuenta q os sigue gente con menos experiencia aun y que la ignorancia es muy valiente y pueden meterse en problemas gordísimos. Es mucha responsabilidad la q realmente tenéis
Ella básicamente gestiona alquileres para empresa ..creo. En su parcela es buena
Un saludo
Aqui la gurú de los dos pisos. La vanidad de estas mujeres es épica
No compensa porque no te puedes desgravar el 50% en la declaración. No hagáis caso a estos vendehumos
Cuando se habla desde la más absoluta ignorancia .. salen estos comentarios , a jugar al parque ale !😅
No se que tiene de ignorante decir que no desgrava el 50% por vivienda habitual cuando alquilas a una sociedad. La arrogancia que destilas y el creerte superior a los demás si que es de ignorantes