En principio están obligados a pagar las mismas cuotas de comunidad que el resto. Puede ser que en la escritura de división horizontal o en los estatutos digan otra cosa con respecto a este tema, o bien en un momento determinado cuando se propuso la instalación del ascensor haya un acta que indique otras cuotas diferentes para favorecer a los bajos que no utilicen el ascensor, o bien que los bajos puedan estar exentos de los gastos de mantenimiento del ascensor. Saludos Miguel 691564359
Hola!!tengo una duda mi comunidad de vecinos no quieren aceptar las cuotas de participacion que deberia de hacer?eso es legal que no quieran aceptarlas? Aunque tan solo sea un vecino el que las quiera?
buenos días: El reparto de gastos de una comunidad de propietarios siempre se debe de hacer en base al coeficiente que venga reflejado en el título constitutivo o escritura nueva de división horizontal. Si no fuera así digamos, porque se quiere cambiar el sistema de coeficientes a un sistema de partes iguales esto se debería decidir por la unanimidad de los propietarios. Un propietario que considere que se le está perjudicando con este nuevo reparto siempre tiene la posibilidad de presentar la impugnación si está en tiempo para hacerlo según el artículo 18 de la LPH o presentar una demanda ante el juzgado de 1º instancia. Un cordial saludo. Miguel 691564359
Hola, el vecino de los bajos como no usan el ascensor están obligados a pagar menos cuota de comunidad? Gracias!
En principio están obligados a pagar las mismas cuotas de comunidad que el resto. Puede ser que en la escritura de división horizontal o en los estatutos digan otra cosa con respecto a este tema, o bien en un momento determinado cuando se propuso la instalación del ascensor haya un acta que indique otras cuotas diferentes para favorecer a los bajos que no utilicen el ascensor, o bien que los bajos puedan estar exentos de los gastos de mantenimiento del ascensor.
Saludos
Miguel
691564359
Hola!!tengo una duda mi comunidad de vecinos no quieren aceptar las cuotas de participacion que deberia de hacer?eso es legal que no quieran aceptarlas? Aunque tan solo sea un vecino el que las quiera?
buenos días:
El reparto de gastos de una comunidad de propietarios siempre se debe de hacer en base al coeficiente que venga reflejado en el título constitutivo o escritura nueva de división horizontal. Si no fuera así digamos, porque se quiere cambiar el sistema de coeficientes a un sistema de partes iguales esto se debería decidir por la unanimidad de los propietarios. Un propietario que considere que se le está perjudicando con este nuevo reparto siempre tiene la posibilidad de presentar la impugnación si está en tiempo para hacerlo según el artículo 18 de la LPH o presentar una demanda ante el juzgado de 1º instancia.
Un cordial saludo.
Miguel
691564359