El baño en los ríos (Dominio Público Hidráulico) es según la ley de Aguas, un uso común de las asguas en las que no se necesita ninguna autorización. Eso no quiere decir que no haya riesgos en ello y que siempre se recomiende ese uso lúdico del agua en zonas de baño reconocidas por las Comunidades Autónomas o promovidas por los Ayuntamientos. En esas zonas si puede haber algunas limitaciones en aras del mentenimiento de la calidad de las aguas o de seguridad.
EXCELENTE INFORMACION!!!! N 1000000 POR ESTE APORTE DE CONOCIMIENTO!
Muchísimas gracias por el comentario y por el interés.
1000 gracias!
Gracias a ti por el interés.
Que lo anoto 🤯📒
No lo sabía todo eso 😱
buen vidio chaval
Cuanto es la medida mínima de via de servidumbre de pasó?
Son 5 metros en cualquier caso. Tienes esa información en el minuto 2:19 del vídeo y en el siguiente enlace www.chebro.es/ca/zonificacion
Ósea puedo bañarme en cualquier zona mientras sea en el rio del Ebro, sin la necesidad de pedir permisos ?
El baño en los ríos (Dominio Público Hidráulico) es según la ley de Aguas, un uso común de las asguas en las que no se necesita ninguna autorización. Eso no quiere decir que no haya riesgos en ello y que siempre se recomiende ese uso lúdico del agua en zonas de baño reconocidas por las Comunidades Autónomas o promovidas por los Ayuntamientos. En esas zonas si puede haber algunas limitaciones en aras del mentenimiento de la calidad de las aguas o de seguridad.