TREBEP - Modificación artículo 48 y 49. Junio 2023 - BOE Actualizado (03/07/2023)
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- Опубликовано: 26 сен 2024
- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
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Apreciado Paco, este es ya el último video que veo, y no porque no me guste el canal, que me encanta, sino porque he sacado el A1.1100 libre de la Junta de Andalucía! Tres ejercicios imposibles, que han dado como resultado que solo se hayan cubierto 215 de las 344 plazas convocadas..en fin, solo me queda agradecer tu ayuda y consejos, no me duelen prendas en reconocer que parte de mi éxito es tuyo mismo, sin tu ayuda me hubiera costado mucho más o, incluso podría no haberlo conseguido..mil gracias Paco!! Te deseo lo mejor, has sido un profe genial, te estaré agradecido siempre, mis hijos pequeños ya te conocen de tanto poner tus videos en ratillos libres, hasta siempre y salud!
Enhorabuena!! Ojalá pronto pueda escribir yo algo parecido jejej!! Disfruta mucho de tu porfin conseguida plaza
Felicidades tío, A1 joder menudo crack
VAMOSSSSSSSS!!!!!!
Enorme abrazo, agradecimiento y felicidades!!.
Disfruta mucho de ese tan merecido puesto de A1.
Ganado a pulso lo tienes. Bien lo sabes.
😊😊
Enhorabuena 👏
Enhorabuena🎉 yo aún así los seguiría viendo los vídeos de Paco por que son entretenidísimos😅
Gracias Paco. No te puedes imaginar el bien que haces con tu trabajo. ❤
Muchas gracias Paco!!!! Yo te nombraba Secretario de Estado de Función Pública ,pero ya mismo
Lo van a acabar fichando de asesor y no me extraña!! ❤
Jajajajja, no me merezco tanto honor. 😘😘
Yo lo nombraba rey o algo así 😂, pero Secretario de Estado tp está mal
Se agradece mucho tu implicación con la comunidad, realmente eres el único que SIEMPRE está ahí de verdad, mil gracias !!!
Es genial tener a alguien que se preocupa por explicarnos todo con tanto cariño y dedicación ¡¡¡¡ Muchísimas , muchísimas gracias!!!!!
Este tío es el puto amo ❤
buahhh estos te han visto, son tus seguidores por eso han cambiado tal cual dijiste. Gracias 1000 por todo. Eres el mejor
Muchas gracias Paco al preparador que iba no sabia ni los cambios que se hacian...lo único que haciamos era.leer 4 articulos de aqui y de alla sin apenas explicaciones y 4 tests...despúes de 9 meses no hemos visto ni un caso práctico.
Paco, eres GRANDE!! MIL GRACIAS. TE QUEREMOS❤️🤗. GRACIAS POR TU IMPLICACIÓN! BESOS!!!
Eres un amor!❤❤❤
Madre mía! Eres rápido no, eres una machine!!!
Eres un Sol Paco!! adelantas lo adelantado. ;) abrazos desde Alicante.
Paco, vales un potosí.... Mil millones de gracias
Mil millones de millonésimas gracias 🎉
Ni el BOE recoge la modificación. Paco, eres el mejor!!
Gracias Paco, de verdad que no sé de dónde sacas el tiempo, pero es brutal tu implicación, GRACIAS, GRACIAS Y MIL GRACIAS
Perfecto Paco, lo han rectificado muy rápido y eso viene genial!!! Muchas gracias por tu trabajo como siempre, eres una máquina!!! 😁
Muchas gracias Paco, eres una máquina. Paco for INAP ya!!!
Super bueno explicabdo Paco mejor imposible, un abrazo hijo 😘, haber si nos pudieras hacer la de protección de datos🙏
Pues yo me quedo (tengo mi plaza, pero me encanta como lo haces Paco), soy una fiel seguidora, aunque últimamente tengo problemas para que se cobre la mensualidad..y me "cierran" las puertas un tiempo..😐. No es lo mismo leer la ley o que te lo explique Paco 🤷. ❤
Estoy preparando la oposición y la llevo al día, ya solo estoy repasando. Tus vídeos me sirven mucho para seguir repasando cuando ya estoy quemado del papel. Eres un crack 💪
La actualización del 48 a del trebep también es aplicable para el personal laboral del IV convenio?
Muchas gracias por todo, justamente estaba estudiando este tema y van y me lo modifican 😅
Muchas gracias Paco!!!! Te recomiendo por todos lados de lo bueno que eres!
Mil gracias.
Millones de gracias Paco!!!!!! :)
Muchas gracias Don Francisco!
Gracias Paco. A penas empiezo a opositar...y no sé por dónde empezar...con tus explicaciones al menos, me entero
Esperando tu vídeo estaba, mil gracias, Paco.
MUCHAS GRACIAS, PACO!!!! Son modificaciones muy importantes!!!!
Muchas gracias 😊. Esperemos que no sigan haciendo modificaciones 🤞🏻
MUCHÍIMAS GRACIAS, PACO
Como siempre genial, Paco. Gracias por este vídeo y el del viernes. Saludos.
Eres muy hábil y competente 👏👏👏
Muchas gracias Paco!!!!
Muchas gracias
Muchas gracias Paco Barbié, eres genial, aclaras un montón, te lo agradezco mucho. Mar.
Muchísimas gracias Paco, ya nos dirás el resto de artículos que han cambiado de subvenciones, contencioso-admtva y Gobierno, si son importantes o no.
Que bueno eres
Hola Paco, si me acuerdo y lo dijiste, seguro lo modificaría, mil gracias 😊
Gracias Paco, eres un crack
Gracias Paco
Trabajo en un dpto. De personal y esto es una absurdez. Tengo 5 días si hospitalizan a un compañero de piso y sólo tengo 3 días en caso de fallecimiento??? Respecto al paternal, se ha pedido a función pública que se pronuncie y nos han prohibido autorizarlo de momento.
Desde luego, es incoherente lo que han hecho, pero es lo que dice el Trebep. A ver qué dice Función pública sobre el permiso parental. Si no dice nada la ley, se entiende retribuido.
Muchísimas gracias Paco por estar siempre ahí!!
Buenos días Paco, De nuevo GRACIAS por el trabajazo que haces. Tengo una duda muy importante para mi sobre el tema de los 5 días de permiso por enfermedad... En el Trebep SI han especificado que son días hábiles, pero en el estatuto del trabajador siguen sin especificarlo, en el video comentas que en el caso de permisos si no se especifica serían naturales, pero me gustaría saber en qué norma aparece este dato, ya que si nos ceñimos a la ley 39/2015, en su artículo 30 dice que siempre que no se especifique por ley estos serán hábiles. Espero tu respuesta. Un saludo!!!!!
Paco muchísimas gracias!! He aprobado gracias a usted.
Muchas gracias por tu gran ayuda!
Muchas gracias por tu buen trabajo.
Que fuerte la OEP del 2023 sin salir¡!
Gracias Paco!!!
Muchísimas gracias por las aclaraciones Paco, eres una maquina!
Gracias. Qué gran ayuda eres!
Hola Paco! Alucinante lo bien que explicas. Yo he llegado a tu canal tratando de averiguar si los profesores de secundaria (de la pública) tenemos o no derecho al permiso de 8 semanas, porque me llegan informaciones contradictorias. ¿Me lo podrías aclarar, por favor? Viendo tu vídeo, y siendo también funcionarios públicos, entiendo que sí.
Gracias por todo Paco. Por favor cuando puedas súper resumen de Paco de LGPD ajjaja auxilio por favor jajaa
Gracias Paco ,
Muchísimas gracias! 😊
Hola Paco!!! gracias....
Un lujazo de video
Eres un máquina Paco ❤ Gracias!!
Por fin me he enterado mil gracias Paco
No dejo de estar eternamente agradecida por tu inmensa ayuda Paco , no se si yo lo conseguire , pero tu nos facilitas que ese camino sea mas facil.
Muy buen video
La JCYL ha establecido unos criterios de aplicación el permiso parental Art 49 g) en el que dice que durante este permiso no se tendrá derecho a retribución, sin perjuicio de su cómputo a efectos de antigüedad, debiendo ser objeto de anotación en el Registro General de Personal al afectar a derechos económicos.
Muchísimas gracias
Gracias😘
Menos mal que han rectificado!🎉 😅
Muchas gracias de nuevo Paco! Nunca fallas 😁
Paco, tengo una duda a respecto del minuto 3:01 apróx. del vídeo. Comentas que ¿cómo son estos 15 días del permiso por matrimonio? Y dices que como la redacción no especifica nada, se entienden naturales. Sin embargo, en el temario de la oposición se nos dice, en relación a la circunstancia en la que no se nos especifica la condición de plazos expresados en días: "Siempre que por Ley o en el Derecho de la UE no se exprese otro cómputo, cuando los plazos se señalen por días, se entiende que estos son hábiles, excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos" Entonces se supone que en defecto de especificación se deben entender hábiles, no naturales. Si son naturales se debe expresar al efecto, ¿no?
Graciaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaassssssssssssssssssssssssssssssssssssssss
Gracias
Muchas gracias Paco.
Un apunte respecto al permiso de 8 semanas, los sindicatos, en la información que envían a los funcionarios, están diciendo que NO son retribuidos. Ojalá se equivoquen y sea como tú dices.
Puede ser perfectamente, pero que nos digan dónde lo tienen acordado.
@@PacoBarbie habrá que preguntarlo, si obtuviera respuesta lo comentaré por aquí.
@@PacoBarbie ahora están diciendo que para funcionarios SI es remunerado.
Una vez más vuelves a dar en el clavo.
Gracias y enhorabuena.
Muchas gracias. En mi servicio, el sindicato nos ha dicho que No son retribuidos
Me lo creo. Pero que te digan dónde lo tienen acordado.
Cuando sepa algo más, ya te comento. Muchas gracias x todo.
Gran video!! tu explicacion es muy buena!! sigue asi!! una pregunta subiras un video del rd 6/2023 que afecta al trebep? tengo examen el 4 de febrero.muchas gracias
Por fallecimiento de un familiar de primer grado, si yo vivo en la misma localidad que el fallecido pero trabajo en diferente provincia, que me corresponde 5 ó 3 días.
Según la ley 39 sin embargo los plazos son siempre en días hábiles sino pone lo contrario. Y mi duda es, en casos como la Constitución, ejemplos con constitución de las CG, aprobación de leyes etc, se entiendes hábiles o naturales? Que lío!
Buenos días. Si no he entendido mal.Si convives con alguien con el que tengas o no una relación (es tu pareja sentimental pero ni estás casado ni eres pareja de hecho o es simplemente tu compi de piso)te corresponden días por hospitalizacion, pero si esa persona a fallece. No te corresponde nada?
Sabes si Han cambiado eso también en el estatuto de los trabajadores?
Muchas gracias eres un supercrack. Me encanta escucharte
Paco... Una pregunta.... Entonces en el caso de un funcionario que actualmente tenga un hijo de siete años se podría coger las 8 semanas del tirón?.... Uffff y si fue parto múltiple..... Dios mío qué barbaridad 😂
Buena pregunta
Inicialmente si, pero falta desarrollo interpretativo. Pienso que será para momentos justificados concretos cuando puedes hacer uso de este permiso.
Buenas Paco. Lo primero de todo, agradecerte lo muchísimo que haces por nosotros. Vales oro.
Lo segundo, me surge una duda respecto al artículo 49.g. El permiso de 8 semanas para el cuidado por hijo, es al año o cómo? 🤔
Eres el mejor paco, TE QUERO ajajaj
🙌🙌🙌🙌🙌
Un sindicato mando circular diciendo que para funcionarios si es retribuido. No se.
Habrá que esperar a que escriban y acuerden un poco más sobre este asunto.
Según entiendo el permiso parental es retribuido 6 de las ocho semanas según DIRECTIVA (UE) 2019/1158 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 20 de junio de 2019 europea en su artículo 20.2 (última dos semanas hay que esperar hasta el desarrollo de las diposiciones legales, reglamentarias y administrativas y habiendo fecha límite hasta el 2 de agosto del 2024). Corríjanme si me equívoco.
A mi también me gustaría saberlo. Gracias
Como siempre, un video genial. Es que explicas tan bien que todo lo conviertes en ameno. Gracias Paco!!! Pero que es BODECO??? 🧐 Una regla memotécnica?
Boletín de consultas en materia de Recursos Humanos.
Pon BODECO en Google. ;)
Contigo que hagan las modificaciones que quieran.... Nos las comemos con papas! Y..... Croquetas (guiño, guiño)
Gracias, "jomío"
😂😂
5:32 Ojo porque en el estatuto de los trabajadores está puesto a continuación de las suspensiones de contrato. Con esa intepretación sistemática, debería ser no retribuido.
Los sindicatos están diciendo que el 49 g es sin retribución
Puede ser perfectamente, pero que nos digan dónde lo tiene acordado.
¡Muchas gracias Paco por todo lo que haces y lo fácil que nos lo das! A raíz de la modificación del artículo 48 a) del TREBEP me surge una duda:
En el caso de que me encuentre conviviendo con mi hermana y esta deba ser intervenida, ¿de cuántos días dispongo de permiso? ¿de 5 días hábiles o de 4? Porque, por una lado, es conviviente y, por el otro, familiar dentro del segundo grado consanguinidad. Deduzco que primaría la convivencia por encima del grado o ¿estoy equivocada?
Muchas gracias y un saludo.
Respecto al art. 48,entiendo que el permiso es para la persona que conviva con el funcionario,pero no incluye por ejemplo la madre o el padre de esa persona.
Por favor. Podrias hacer un video con lo básico de la ley 6/2023 de 30 de marzo de la Comunidad de Madrid?. Felicidades por tus explicaciones. Queda todo claro.
Mil gracias por la explicación Paco! Se entiende perfectamente, pero me surge una duda, en el artículo 48.a incorpora a parientes¿ Quienes puedes ser éstos últimos?
Por ejemplo, si convivo con una persona hace 20 años ( ya tendria permiso en caso de intervención , etc etc) , si su padre está hospitalizado¿Me corresponden dias por pariente?
Comentario a parte, muy fuerte me parece que tengas permiso ante una intervención y hospitalización de tu conviviente y no lo tengas por su fallecimiento. Esperemos que vaya mejorando esta ley poco a poco.
1000 besos!
perdona Paco, pero cuando la norma no dice nada, no se entienden que los días son hábiles en función de la ley 39?
En procedimiento administrativo si, estos son permisos. Hay que llevar mucho ojo. No es nada sencillo.
Buenas tardes Paco, lo primero gracias por tus videos, pero me surge una duda.
Hasta ahora siempre se entendió que los días son hábiles si no especifica y aquí estás comentando lo contrario. Quería saber si esto sólo aplica a permisos. Gracias de nuevo
Q tal Paco, duda con el nuevo permiso parental, en mi unidad de personal están diciendo a la gente q no es retribuido.
Me lo creo. Que pida justificación de porqué no es retribuido.
😂 Hola, estoy hecha un lío. Me presento a promoción interna administrivo de la AGE., en septiembre.Qué normativa tengo q estudiar.
Pues hay bastante por estudiar. Dale un vistazo al programa y la parte de estudio del opositor del BOE
Hola Paco, muchas gracias. ¿Son 8 semanas por año? ¿U 8 semanas a contar desde que el niño ha cumplido 1 año hasta los 8 años?
Gracias Paco! 🎉 Una pregunta ❔, porque la verdad no lo sé... Por qué se suele modificar tanto el Trebep??? Muchas gracias
Hay de todo.
Cambios sociales, políticos, jurisprudencia, directivas europeas....
Tus vídeos me motivan mucho. 😊
¿Podemos afirmar que la extracción de las muelas del juicio por la seguridad social con cirugía sin hospitalización pero sí reposo domiciliario de un conviviente estaría dentro del permiso de los 5 días del articulo 48? Al ser algo nuevo no encuentro muchas respuestas.
eso no creo porque no requiere reposo...
Paco, comparando la redacción del punto i) con los apuntes antiguos (antes de la última modificación), no observo diferencia. Está todo igual. ¿Se me escapa algo?
❤❤❤❤
Hola , entra el sabado como dia habil para los 2 primeros permisos ? Gracias x tu trabajo ❤😊.
Buenas tardes, me gustaría preguntar si existe algún artículo tanto en el EBEP, como en la legislación andaluza de función pública, q posibilite la adaptación de jornada tal y como viene recogida en el artículo 38.4 del estatuto de los trabajadores.
Gracias por tu contenido.!!