Ampliando la anterior pregunta, es que solicitado por escrito al investigador para que me informe en que va el proceso Disciplinario qué llava más de tres años sin adoptar nada en primera instancia, no me dan respuesta por o ser sujeto procesal. Solo dilata para esperar los 5 años para decretar la caducidad. Como hago para exigir su cumpliento en el debido proceso
Doctor, una aclaración la ley 734 del 5 febrero 2002,está vigente, o el Procedimiento Disciplinario está sujeto solo la ley 1952,o es una reforma. Otro pregunta cuando uno es el Demandante sobre las malas actuaciones de un funcionario público puede recurrir ante el investigador sobre el estado que se encuentra el proceso, máxime cuando han transcurrido más de (3) años. Cómo opera el art, 197 ley 1952. En su defecto ante quién averiguar.para evitar la caducidad de los 5 años. Le agradezco la atención mi Doctor
Dr si existia una inhabilitad activa por 10 años basada en el codigo disciplinario derogado y la nueva ley vigente mueve a máximo 5 años esta inhabilitad que sucede?
Excelente, conferencia. Gracias.
Excelente, mil gracias 🎉
Excelente información y muy clara la exposición, muchas gracias doctor Manuel
Doctor gracias muchas gracias por la bondad en compartir sus conocimientos, Dios lo bendiga siempre 🙏
Excelente y muy comprensible la información
Excelente explicación doctor, gracias.
Excelente explicación. Felicitaciones
Excelente, muchas gracias.
Muchas gracias por su valioso aporte, Dr.
Muy buena tu explicación. Gracias por el contenido.
Excelente exposición muy clara
Gracias profe por desenrredar esos ansuelos.
Ampliando la anterior pregunta, es que solicitado por escrito al investigador para que me informe en que va el proceso Disciplinario qué llava más de tres años sin adoptar nada en primera instancia, no me dan respuesta por o ser sujeto procesal. Solo dilata para esperar los 5 años para decretar la caducidad. Como hago para exigir su cumpliento en el debido proceso
Muchas gracias por compartir.
Doctor, una aclaración la ley 734 del 5 febrero 2002,está vigente, o el Procedimiento Disciplinario está sujeto solo la ley 1952,o es una reforma. Otro pregunta cuando uno es el Demandante sobre las malas actuaciones de un funcionario público puede recurrir ante el investigador sobre el estado que se encuentra el proceso, máxime cuando han transcurrido más de (3) años. Cómo opera el art, 197 ley 1952. En su defecto ante quién averiguar.para evitar la caducidad de los 5 años. Le agradezco la atención mi Doctor
Gracias
Dr si existia una inhabilitad activa por 10 años basada en el codigo disciplinario derogado y la nueva ley vigente mueve a máximo 5 años esta inhabilitad que sucede?
Doctor una pregunta...¿Un docente del sector público, es sujeto disciplinable según la ley 1952?
que nos dices de esta pregunta?
No es procedente, puesto que según la novedad ocurrida en 2023. Nadie sabrá lo que ocurrió con el submarino.