Buen día en el caso de que tenga retención de cuarta categoría y no sobre pase el monto tengo que realizar la declaración anual y segunda pregunta con respecto al registro de ventas eso tengo que realizarlo o se genera automáticamente cuando generó cada recibo por honorario.
Estimado. Escriba su consulta en nuestra red social Facebook: facebook.com/SUNAT Nuestros especialistas de la #Sunat lo atenderán gustosamente. Saludos.
BUENOS DIAS EN LA PAGINA DE SUNAT REALIZE TODOS LOS PASOS QUE ME DICE LA SUNAT PARA VER SI TENGO DEVOLUCION DE 5TA CATEGORIA Y ME ALE SALDO A FAVOR REALIZE MI SOLICITUD Y ME LO HAN DECLARADO IMPROCEDENTE POR QUE?
Que tipos de gastos se deben considerar en la 514. Yo tengo gastos familiares y de adquisición de materiales de construcción para mi vivienda. Puedo considerar esos gastos.
Estimada contribuyente, en la casilla 514 se coloca los gastos adicionales de las 3 UIT, que pueden ser gastos por arrendamiento, honorarios profesionales, aportaciones a essalud por trabajadoras del hogar y gastos por alojamiento en hoteles y consumos en restaurantes. Para mayor información puede revisar el siguiente enlace. orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/impuesto-a-la-renta-personas-ultimo/deduccion-adicional-de-3-uit/6972-2017-06-13-15-14-31 Saludos
Estimado Iber , mediante el siguiente enlace le detallamos los supuestos de quienes deben declarar y pagar renta 2020 - Cuarta y quinta categoría :www.gob.pe/12274-declarar-y-pagar-renta-2020-cuarta-y-quinta-categoria .Recuerde que, la contraprestación pagada a la persona con CAS, constituye ingresos de 4ta categoría del impuesto a la Renta. Saludos.
Buenos días estimada Nancy, tenga en cuenta que declarar como persona natural, puede ver la siguiente información sobre los obligados a realizar la declaración anual, ingrese al enlace: renta.sunat.gob.pe/personas/quienes-deben-declarar-el-impuesto-la-renta Si tiene alguna consulta adicional o específica la puede realizar a través de nuestros canales de orientación: orientacion.sunat.gob.pe/1093-canales-de-atencion
Acabo de solicitar la devolución por saldo a mi favor de los años 2021 y 2023. Cuánto es el plazo de espera para ver que se me haya depositado a la cuenta solicitada
Estimado. Escriba su consulta en nuestra red social Facebook: facebook.com/SUNAT Nuestros especialistas de la #Sunat lo atenderán gustosamente. Saludos.
Buenas tardes, si soy REMYPE como persona natural con negocio y solo facture en enero 2021 y febrero 2021, cómo debo declarar como renta personas? tengo ruc 10.
Estimado NARDO, se encuentran obligados a presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta quienes hayan generado rentas o pérdidas de tercera categoría y que estén comprendidos en el Régimen General del impuesto a la Renta o en el Régimen MYPE Tributario - RMT, durante todo o parte del año 2021. Para mayor información en: renta.sunat.gob.pe/ Saludos.
Estimada Georgina, si prefiere pagar su impuesto anual 2021 de manera presencial, deberás acercarte a cualquier agencia bancaria autorizada con tu Guía para Pagos Varios - Formulario Nº 1662. En la siguiente imagen visualizarás los datos que debes incluir en la Guía para Pago Varios - Formulario 1662, según tu tipo de renta: sofiape.mybluemix.net/imgPagoRentaAnualPres.jpg Considere el horario de pago en bancos señalado en el siguiente enlace: www.gob.pe/11429-bancos-y-horarios-de-atencion-para-tramites-de-sunat Saludos.
Estimado. Escriba su consulta en nuestra red social Facebook: facebook.com/SUNAT Nuestros especialistas de la #Sunat lo atenderán gustosamente. Saludos.
Si declaro hoy hay problema si realizo el pago del monto a abonar recién el lunes mi último día de plazo para declarar es el 09 de abril según número de RUC
Estimada Ana, los intereses cuentan a partir de la fecha de vencimiento de acuerdo al último dígito de su RUC. En su caso particular, si el pago del impuesto lo realizará el mismo día de su vencimiento, ello no generará ni multas ni intereses. Si tienes alguna consulta específica, la puedes realizar a través de nuestros canales de orientación: www.gob.pe/9122-recibir-orientacion-tributaria-o-aduanera.
Buenis dias. Soy persona natural con negocio, puedo hacer mi declaracion anual con este tutorial. Es para declarar en cero, ya que el 2020 no genere ningún recibo por honorarios. Agradecería su informacion.
Estimada, en caso que el tipo de renta a declarar sea cuarta categoría debe utilizar el Formulario Virtual N° 709 Renta Anual y en caso desee declarar renta de tercera categoría (Régimen Mype tributario o régimen general) debe efectuar la declaración mediante el Formulario Virtual N° 710 Renta Anual. Saludos.
Estimado Thom g, las rentas de cuarta categoría tributan de acuerdo al criterio de lo percibido es decir cuando percibe el ingreso (pago). Corresponderá tributar en el año que percibe el ingreso. Saludos.
Estimado, Rubén. Puede presentar su solicitud de aplazamiento o fraccionamiento inmediatamente después de realizada la presentación de tu declaración jurada anual, ingresando al enlace que para dicho efecto se encuentre habilitado en SUNAT Operaciones en Línea. También puedes presentar tu solicitud siempre que hayan transcurrido 5 días hábiles, después de presentar tu Declaración Anual del Impuesto a la Renta del 2020. Para mayor información se le sugiere revisar el siguiente enlace. renta.sunat.gob.pe/personas/como-solicitar-fraccionamiento.
Buenas días estimada Carmen, tenga en cuenta que de ser una persona obligada a presentar la declaración anual persona natural formulario virtual 709, en la casilla saldo de la deuda determinada es el impuesto a pagar, de no pagar al contado tendría que indicar en la siguiente casilla importe a pagar cero (0), luego presentará la declaración, le saldrá la constancia y esperará la opción para fraccionar, de no ejercerse la opción descrita, la presentación de la solicitud de aplazamiento y/o fraccionamiento de la regularización del impuesto a la renta de personas naturales por rentas de capital y/o trabajo podrá realizarlo transcurrido cinco (5) días hábiles desde la fecha de presentación de la declaración jurada anual del impuesto a la renta.
Si tiene alguna consulta adicional o específica la puede realizar a través de nuestros canales de orientación: orientacion.sunat.gob.pe/1093-canales-de-atencion
Estimada contribuyente, para realizar la declaración anual de rentas de primera categoría le sugerimos revisar el siguiente video tutorial. ruclips.net/video/EIBmigz-60Q/видео.html. Saludos.
Soy trabajador dependiente y a través de los años solo he tenido impuesto a la quinta categoría. El 2020 vendí un inmueble e hice el pago respectivo del impuesto. Debo declarar y si es así en qué formulario_
Estimado Liudmila Murillo, Si durante el año 2020 generaste ingresos por rentas de trabajo, ya sea de cuarta categoría (prestación de servicios independientes) y/o de quinta categoría (trabajo dependiente en planilla), estás obligado a presentar la declaración jurada anual 2020 del impuesto a la renta si te encuentras en alguno de los siguientes supuestos: www.gob.pe/12274-declarar-y-pagar-renta-2020-cuarta-y-quinta-categoria Saludos.
Por Favor . En la ultima parte de la declaracion de 1ra. Categoria , ya al final apretando en " Presente/Pague " me sale Error Casilla 100: Tipo de Bien es Dato Obligarori Fila 1. Fui a la Casilla 100, revise y hice de todo y nada, no puedo imprimir la Constancia. Por Favor, que hay que hacer para que me deje imprimir la Constancia. De antemano , gracias por su Atención.
Estimado francomaky, de persistir el inconveniente con la plataforma puede comunicarse con un especialista informático para que lo asista con el inconveniente presentado. Puede llamar al 01-3150730 opción 2. También puede recibir asistencia informática detallando el error que le aparece mediante el siguiente chat en la opción consultas informáticas: www.sunat.gob.pe/institucional/contactenos/chat-SUNAT-online.html Saludos.
Estimada contribuyente, en la casilla 168 puede colocar el importe total o el monto que usted desea pagar con la declaración luego puede pagar la diferencia con una guía de pagos varios, también puede realizarlo a través de la nueva plataforma de mis declaraciones y pagos. Saludos.
Estimado(a) Ms.Haru, el presente formulario es para realizar la declaración anual, independientemente de sus declaraciones mensuales debe evaluar si se encuentra en alguno de los supuestos de obligación (renta anual 2020), la información en el siguiente enlace: renta.sunat.gob.pe/personas/quienes-deben-declarar-el-impuesto-la-renta Saludos.
Urgente!! Tengo una consulta. Estoy haciendo mi declaración anual y al momento de ingresar mis datos de impuestos retenido de la sección de capital de segunda categoria tengo impuestos por montos menores a 1 sol. ( x ejm 0.46, 0.82 y asi) pero el sistema de sunat no lo valida (casilla 359). ¿ Que puedo hacer en ese caso?. como puedo ingresar mis datos?
@@eduardouchpa7041 Estimado contribuyente, el contador público y el representante legal son los encargados de certificar los estados financieros. Saludos.
presente la declaracion anual. me sale un monto considerable de deuda y deseo fraccioanar la deuda. pero cuando voy a Mis declaraciones para fraccionar no aparece mi deuda , de modo que me es imposible declarar.
Estimado Karlos Dominik, si eres una persona natural y al presentar tu Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2020, determinaste deuda por rentas de trabajo puedes presentar una Solicitud de Aplazamiento o Fraccionamiento inmediatamente después de realizada la presentación de tu declaración jurada anual, ingresando al enlace que para dicho efecto se encuentre habilitado en SUNAT Operaciones en Línea. De no ejercer la opción descrita, la presentación de tu solicitud sólo se podrá realizar siempre que hayan transcurrido 5 días hábiles, desde la fecha de presentación de tu Declaración Anual del Impuesto a la Renta del 2020.
@@demerojasr.8336 Estimado Deme, si determinaste deuda por rentas de trabajo puedes presentar una Solicitud de Aplazamiento o Fraccionamiento inmediatamente después de realizada la presentación de tu declaración jurada anual. De no ejercer la opción descrita, la presentación de tu solicitud sólo se podrá realizar siempre que hayan transcurrido 5 días hábiles, desde la fecha de presentación de tu Declaración Anual del Impuesto a la Renta del 2020.Para mayor información del procedimiento puede revisar el siguiente enlace: renta.sunat.gob.pe/personas/como-solicitar-fraccionamiento Saludos.
@@SUNATOficial Por favor indicar si tengo que colocar 0 en la casilla 168 a pesar que tenga un monto a pagar en la casilla 146 para que me aparezca la constancia y el formulario de fraccionamiento, toda vez que cuando coloco el monto en la casilla 146 me sale de frente los medios para pagar.
Buenas noches, tengo una duda, durante todo el año 2020 estuve en planilla con un sueldo bajo, sin embargo me descontaban essalud, afp y otros, pero hoy día al momento de generar mi reporte electrónico tributario me sale todo el 2020 en "0" o con "N.A", con quien debo ver ese tema?
Estimado gonzalosor45, Si ha estado en planilla y le han realizado retenciones estos montos figuran en el reporte de retenciones y contribuciones realizadas por su empleador, este reporte se solicita directamente por internet con su clave SOL En el siguiente enlace, los pasos para hacer la consulta por internet con su clave SOL: www.gob.pe/679-consulta-de-contribuciones-y-retenciones Saludos.
Estimado Yeitonm, no están obligados a presentar la declaración jurada anual, los que obtienen Rentas de Tercera Categoría comprendidos en el Nuevo Régimen Único Simplificado - Nuevo RUS. En caso del video es sobre la declaración Anual por Rentas de Trabajo 2020, puede revisar los obligados a presentar la declaración en el siguiente enlace: www.gob.pe/12274-declarar-y-pagar-renta-2020-cuarta-y-quinta-categoria .
Consulta hay fraccionamiento para declarar los impuestos a la renta y si se puede hacer pagos mininos hasta llegar al monto total o tienen alguna fecha de vencimiento
Estimado Nilton Raul Santillan Ortega, si al presentar tu Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta del 2020, determinaste deuda por rentas de capital o trabajo puedes presentar una Solicitud de Aplazamiento o Fraccionamiento inmediatamente después de realizada la presentación de tu declaración jurada anual, ingresando al enlace que para dicho efecto se encuentre habilitado en SUNAT Operaciones en Línea. Debes tener en cuenta que, la deuda acogida debe ser mayor o igual al 10% de la UIT. La cuota del fraccionamiento no puede ser menor al 5% de la UIT Saludos.
@@SUNATOficial una consulta, yo declare con saldo por pagar automaticamente se genero, pero luego se anulo y no se llego a generar cuando coloco generar nuevamente sale importe cero? como puedo hacer para realizar el fraccionamiento? gracias
@@thalycumpaalcalde1750 Estimada si eres una persona natural y al presentar tu Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta del 2020, determinaste deuda por rentas de capital o trabajo puedes presentar una Solicitud de Aplazamiento o Fraccionamiento inmediatamente después de realizada la presentación de tu declaración jurada anual, ingresando al enlace que para dicho efecto se encuentre habilitado en SUNAT Operaciones en Línea. De no ejercer la opción descrita, la presentación de tu solicitud sólo se podrá realizar siempre que hayan transcurrido 5 días hábiles, desde la fecha de presentación de tu Declaración Anual del Impuesto a la Renta del 2020. Si tiene alguna consulta específica, le pedimos la realice a través de nuestros canales de orientación. Para mayor información en el siguiente enlace: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/centro-de-tramites-virtual/1093-canales-de-atencion Saludos.
Buenas tardes, por motivos del covid, los que no percibieron ningun tipo de ingresos 2020 por RH u otros, estan obligados a declarar y/o pagar multa por declarar fuera de fecha?, porque hasta la fecha las cabinas en sunat no atienden, y los telefonos para consultas siempre estan ocupados, ...
Estimado Tec. Marco Gutierrez, estás obligado a presentar la declaración jurada anual 2020 del impuesto a la renta si te encuentras en alguno de los siguientes supuestos: www.gob.pe/12274-declarar-y-pagar-renta-2020-cuarta-y-quinta-categoria Saludos.
Buenas tardes ......una consulta si yo trabajo para un empleador totalmente extranjero a tiempo completo ....claro el no va declarar plame........... ¿tendria que retenerme como ingresos de cuarta o 5ta categoria voluntaria por mes ? o seria pagar por renta de fuente extranjera una vez al año ? le agradeceria su respuesta
Buenos días estimado Max, si usted realiza servicios a su empleador no domiciliado que genera actividades en el país, de acuerdo a la relación laboral podrían ser ingresos de cuarta o de quinta categoría, pero si presta sus servicios a una empresa no domiciliada fuera del país, se podrían considerar ingresos de fuente extranjera, para más información ingrese al siguiente enlace personas.sunat.gob.pe/tengo-ingresos-del-extranjero Si tiene alguna consulta específica la puede realizar a través de nuestros canales de orientación: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/centro-de-tramites-virtual/1093-canales-de-atencion
También tengo una consulta similar, Ami me dijeron q solo se ingresa los montos de las boletas mensuales más no los bonos, q pueden ser uniforme vacaciones y otros. Por favor confirmar ésta información. Gracias
Me salió un pago que tengo que hacer, pero como no tengo saldo en tarjeta me generó un código para pagar en banco. Pero luego de hacer el pago en el banco, me surge la duda de si debo registrar el pago en alguna parte. Es verdad que si no dice en ninguna parte de la web de Sunat entonces no habría necesidad de hacerlo, pero sería bueno que lo indiquen ya que muchas personas podrían tener esta duda y la Sunat debería poner información para que nadie se quede con dudas
Estimado(a) freedosforever, si ya cancelo su deuda puede revisar dicho pago ingresando a SUNAT OPERACIONES EN LINEA con su RUC/DNI y clave sol, luego siga esta ruta: Mis declaraciones informativas > Consulto mis declaraciones y pagos > Declaraciones y pagos > Consulta general Finalmente diríjase a la opción de búsqueda número 3 “Fecha de presentación” en ingrese en desde y hasta la fecha en que realizo el pago y presione en “Buscar” Saludos.
@@SUNATOficial gracias por su respuesta. Pero respecto al momento de ir a hacer el pago, en el banco me dicen que la Sunat no me ha dado un código NPS. Debo indicar que se trata de un pago de impuesto a la renta de cuarta categoría donde aparte del descuento correspondiente me salio un monto a favor de Sunat, y por ello es que seleccione la opción para pagar dicho saldo en el banco, a lo cual su sistema web me genero una orden de pago. He ido 3 VECES al banco BCP llevando el número de orden que aparece en el formulario pero me dicen que ellos necesitan un NPS, y me mandaron a un agente, y ahí me dicen lo mismo me piden un codigo NPS. Creo que deberían ayudar a las personas poniendo información exacta para evitar perder tanto tiempo. Me podría indicar por qué me piden el código NPS si el sistema web de Sunat me genera un formulario donde solo hay datos como número de orden, periodo, pero nada de NPS !!
@@SUNATOficial Disculpe, una amiga me ayudó con esto y el código NPS estaba en la segunda hoja, por lo cual fue mi error en parte. Pero igual creo que Sunat debe indicar mejor ya que hay miles de personas que recién están conociendo el sistema y deberían indicarles que al banco solo se va con el código NPS, y dónde ubicar dicho código, ya que al final de cuentas lo que la gente quiere es hacer el pago para continuar sus tareas diarias sin demoras innecesarias. Muchas gracias
@@freedosforever -Estimada contribuyente, puede realizar el pago de sus tributos desde la nueva plataforma de mis declaraciones y pagos, si desea realizar el pago de sus tributos con NPS, puede revisar el siguiente video tutorial. ruclips.net/video/KkT2St7-bOo/видео.html Saludos.
Estimada Luisa Vargas, en caso de tener un saldo a favor, luego de haber presentado el Formulario Virtual N° 709 y de haber marcado la opción "Devolución" se habilitará el Formulario Virtual N° 1649 a fin de solicitar la devolución de dicho saldo a favor. Dicho formulario también podrá ser utilizado posteriormente en caso de no hacer uso de la habilitación indicada, ingresando a SUNAT Virtual. Si tiene alguna consulta específica, le pedimos la realice a través de nuestros canales de orientación. Para mayor información en el siguiente enlace: www.sunat.gob.pe/orientacionaduanera/exportafacil/contactenos.html Saludos.
Buenas noches al realizar mi declaracion anual observe unos montos elevados en ciertos meses crei q habia ocurrido algun error ya q la empresa a ala q trabajo es algo corrupta y pues asume q fue error de ellos los montos exagerados q me pusieron y declare lo q siempre se me paga y termine de declarar y pague mi deuda, luego consultando con mis compañeros me dijeron q no era un error q si me habian hecho esos depositos pero en diferentes( bonos)meses no todos en un mes como lo puso mi empleador fue por eso mi confusion, quiero saber si puedo rectificar mi declaracion para abonar lo q debo ya q aumentaria la cantidad si aumento los bonos q me han pagado y hasta q tiempo tengo para rectificarlo ya q mejor para asegurarme ire a recoger mis boletas de pago muchas gracias por la respuesta
Estimada Sheyla, puede presentar una declaración sustitutoria hasta el día del vencimiento de la declaración anual de acuerdo al último digito de su número de RUC, luego del vencimiento se considera como una declaración rectificatoria. Puede revisar el cronograma en el siguiente enlace: renta.sunat.gob.pe/personas/como-declarar-el-impuesto-la-renta Saludos.
Buen día. Una consulta: El importe en la Casilla 522 (Impuesto a las Transacciones Financieras - ITF) no se deduce en forma automática de la Casilla 512 (Total Renta Neta de Cuarta y Quinta Categoría). Como resultado, la Casilla 513 muestra el Subtotal sin considerar el importe del ITF y tampoco permite modificarlo. ¿Qué se puede hacer al respecto?
-Estimado contribuyente, la casilla 513 es el resultado de la casilla 512 menos las casillas 522 y 519. Casilla 513 = (Cas. 512 - (Cas. 522 + Cas. 519)). De tener una consulta especifica puede escribirnos a nuestro chat tributario o al facebook para poder atenderla. Saludos
Por que no hace tutorial para declaración de renta anual para primera categoria? no entiendo, todos los locales de sunat estan cerrados, llamo por telefono a Sunat ocupado? por que son tan ineficientes?
Buenos días estimado Jose, para el llenado de los datos de su declaración anual de renta de primera, puede ver la siguiente cartilla de instrucciones en el enlace : renta.sunat.gob.pe/sites/default/files/inline-files/Cartilla%20Instrucciones%20Personas_2.pdf
@@carocorrea7205 si tiene alguna consulta específica, le pedimos la realice a través de nuestros canales de orientación. Para mayor información en el siguiente enlace: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/centro-de-tramites-virtual/1093-canales-de-atencion Saludos.
Estimado contribuyente, el empleador es el obligado a retener el impuesto a la renta de quinta categoría, además de retener, declarar en la Planilla- PLAME y pagar mensualmente a la SUNAT el impuesto retenido, siempre que la Remuneración Bruta Anual sea mayor a 7UIT. Para mayor información se le sugiere revisar el siguiente enlace. personas.sunat.gob.pe/trabajador-dependiente/quien-esta-obligado-declarar-pagar-impuesto. Saludos.
Estimada Rosa, la información de los Recibos por Honorarios que te hayan emitido para poder sustentar la deducción adicional de las 3 UIT se ingresan en la casilla 514 del formulario virtual N° 709. Si tienes alguna consulta específica, la puedes realizar a través de nuestros canales de orientación: www.gob.pe/9122-recibir-orientacion-tributaria-o-aduanera.
Estimada Cecilia, puede obtener el detalle de sus retenciones de quinta categoría correspondientes al periodo 2021 ingresando a la opción MIS TRAMITES Y CONSULTAS en el siguiente enlace www.sunat.gob.pe/sol.html con su clave sol, luego debe seguir esta ruta: Personas > OTRAS DECLARACIONES Y SOLICITUDES > Aportes y retenciones > Consulta de Contribuciones y Retenciones > Consulta de Contribuciones y Retenciones Finalmente marque el concepto “Renta” e ingrese el rango de periodos y pulse en “Consultar”. Saludos.
Buenas noches como presento mi solicitud de devolucion de lo que me descontaron en julio y diciembre por retención de cuarta categoría porfavor ayúdeme
Estimada MARGARITA CRUZ, puede realizar la presentación de la declaración de renta anual 2020 - Personas que contiene un archivo personalizado mediante el Formulario Virtual Nº 709 - Renta Anual , el cual estará disponible a partir del 15 de febrero. En caso de tener un saldo a favor, luego de haber presentado el Formulario Virtual N° 709 y de haber marcado la opción "Devolución" se habilitará el Formulario Virtual N° 1649 a fin de solicitar la devolución de dicho saldo a favor. Dicho formulario también podrá ser utilizado posteriormente en caso de no hacer uso de la habilitación indicada, ingresando a SUNAT Virtual. Saludos.
Buenos días...en mi caso voy a realizar la Declaración Anual de Renta de 4ta 2020...mi pregunta es si puedo registrar el Comprobante de Documento Electrónico (Facturas Electrónicas) que me envía el banco por el pago mensual de mi crédito hipotecario (1er departamento) durante el período 2020 ???...en todo caso en qué sección debería colocarlas y si estas pueden generar devoluciones a mi favor al momento de realizar la declaración.....Muchas gracias
Estimado Miguel Flores, los gastos por créditos hipotecarios de primera vivienda fueron aplicables en la determinación del Impuesto a la Renta de Trabajo hasta el ejercicio 2018. (Derogado a partir del 2019). Para el ejercicio 2020, los gastos por deducción adicional de las 3 UIT sólo podían efectuarse por los siguientes conceptos: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/impuesto-a-la-renta-personas-ultimo/deduccion-adicional-de-3-uit/6972-2017-06-13-15-14-31 Saludos.
hola, yo realicé mi declaración del 2021, y en la casilla 111, después de revisar todos mis sueldos junto a la información de mis ingresos, me apareció un ingreso en el mes de diciembre el cual yo no lo reconocía porque el importe era el mismo que tuve en los primeros meses por parte de otra empresa hasta el mes de junio, por eso lo eliminé ya que no fue un ingreso real. Sin embargo ahora que han realizado la devolución del saldo a favor, el ingreso del mes de diciembre si lo están considerando ya que al momento de realizar el cruce de información dicho monto total incluye el monto que había eliminado. Quisiera saber si hay algún mecanismo para reclamar ya que no es lo que me corresponde.
Estimado JL VS, recuerde que la información es referencial de sus rentas, retenciones y pagos directos se ha incorporado de manera automática a la presente declaración. Usted deberá verificar dicha información y de ser el caso, completarla o modificarla antes de presentar la declaración. Asimismo, indicarle que la información que se visualiza en el sistema fue proporcionada por su empleador, se le sugiere corroborar la información con sus boletas de pago. Si tiene alguna consulta específica, puedes realizarla a través de los canales de atención que Sunat tiene disponibles: www.gob.pe/9122-recibir-orientacion-tributaria-o-aduanera Saludos.
Estimado Jorge Morillas, el formulario (APP -PERSONAS) está disponible para quienes generen exclusivamente rentas de cuarta categoría o Cuarta y quinta categoría y que además no tengan saldo a favor del 2018. De lo contrario, podrá presentar su declaración a través del portal de la SUNAT. Saludos.
Deseo fraccionar mi deuda, pero al dar en el botón PRESENTE/PAGUE me envía a las opciones de pago para que este se haga efectivo en su totalidad. Cual sería el procedimiento?
Estimado Oliver, la opción de fraccionamiento se mostrara habilitada si es una declaración original, si el monto de la “casilla 146 - casilla 168 > 0” y este resultado debe ser mayor o igual al 10% de la UIT, el contribuyente este habido, que la fecha de declaración sea igual o anterior a la fecha de vencimiento, que no exista 10 o más resoluciones de aplazamiento y/o fraccionamiento del mismo contribuyente y que no exista una resolución de perdida del fraccionamiento art. 36 o del RAF del contribuyente. Saludos.
@@SUNATOficial perfecto. Que pasa si es que tengo aún cuotas de fracionamiento del año 2019 y ahora quiero solicitar fraccionamiento del 2020? Desde cuando se empiezan a cobrar? Se superponen ambas cuotas?
@@overbass Estimado puedes presentar nuevas solicitudes de aplazamiento y/o fraccionamiento, por deuda tributaria distinta a aquella que hubiera sido o sea materia de aplazamientos y/o fraccionamientos anteriores otorgados con carácter particular por la SUNAT, siempre que no exista alguna resolución de pérdida de aplazamiento y/o fraccionamiento y/o refinanciamiento notificada y pendiente de pago y/o no se cuente con más de nueve (9) resoluciones aprobatorias de aplazamiento y/o fraccionamiento. Asimismo indicarle una vez presentada su solicitud se le notificara la resolución aprobatoria de su fraccionamiento, con el cronograma de pagos correspondiente. Saludos
@@SUNATOficial en la casilla 146 me sale un monto tengo que colocar 0 en la casilla 168 para que aparezca la constancia de declaración y solicitud de fraccionamiento??
no puedo terminar de declarar si no realizo el pago y lo que deseo hacer es fracccionarlo. Inmediatamente despues de declarar me sale las opciones de los bancos y yo deseo pagarlo luego, como puedo declarar sin tener que pagar en este momento???
Estimado ERICK TORRES, Si eres una persona natural y al presentar tu Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta del 2020, determinaste deuda por rentas de capital o trabajo puedes presentar una Solicitud de Aplazamiento o Fraccionamiento inmediatamente después de realizada la presentación de tu declaración jurada anual, ingresando al enlace que para dicho efecto se encuentre habilitado en SUNAT Operaciones en Línea. De no ejercer la opción descrita, la presentación de tu solicitud sólo se podrá realizar siempre que hayan transcurrido 5 días hábiles, desde la fecha de presentación de tu Declaración Anual del Impuesto a la Renta del 2020. Saludos.
Estimada contribuyente, puede consulta su constancia de presentación ingresando a Sunat operaciones en línea con su clave SOL, en la opción personas, mis declaraciones informativas, presento mis declaraciones y pagos, declarativas, por último, en la opción consulta de declaraciones juradas y pago, debe filtrar un rango de fechas en la cual presento la declaración. Saludos.
Buen día, una consulta, cuando voy a "validar", me sale un mensaje "Determinación de la Deuda-Renta de Trabajo: Ingrese el importe a pagar (casilla 168)", así mismo indicar que en Saldo de la Deuda Tributaria (146) tengo S/.0, le agradeceré me pueda orientar para validar y presentar, mi renta del 2020
Estimado Aldo Giovanni Macera, si en el casillero 146 Saldo de la Deuda Tributaria es 0, en el casillero 168 colocar “0”, va a la opción validar y aparece un mensaje indicando: Usted puede Presentar y Pagar. Saludos.
Estimado Marco, el fraccionamiento lo puede solicitar desde la Clave SOL, ingresando a la opción Trámites y Consultas / Mi fraccionamiento / Solicito Fraccionamiento Art. 36 / Fracc Art. 36. Para ello debe esperar que hayan transcurrido por lo menos 5 días hábiles siguientes a la presentación de la declaración anual. Si tienes alguna consulta específica, la puedes realizar a través de nuestros canales de orientación: www.gob.pe/9122-recibir-orientacion-tributaria-o-aduanera.
Estimado contribuyente, si desea fraccionar su deuda debe ingresar a Sunat operaciones en línea, tramites y consultas con su clave SOL. Le sugerimos revisar el siguiente enlace. ruclips.net/video/HW_poiSFO-0/видео.html Saludos.
Estimado contribuyente, para deducir las 3 UITs adicionales sus ingresos deben superar las 7 UIT. Para mayor información se le sugiere revisar el siguiente enlace. orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/impuesto-a-la-renta-personas-ultimo/deduccion-adicional-de-3-uit. Saludos
Estimado chingelart, una vez enviada la declaración, y de haber determinado Impuesto por Pagar, puedes realizar el pago por Internet, a través de SUNAT Virtual ingresando a la Nueva Plataforma en SUNAT Operaciones en Línea con tu clave SOL, ubica la opción Boleta de Pago - Pago de Tributos, selecciona el periodo 13/2020 y código de tributo 3073 Regularización - Rentas de trabajo. Puedes usar las siguientes modalidades de pagos: renta.sunat.gob.pe/personas/como-debes-pagar-tu-impuesto-la-renta Saludos.
@@SUNATOficial intento pagar con mi tarjeta de crédito, le doy clic a presente/pague, pero no aparece la ventana donde debo ingresar los datos de mi tarjeta. A qué se debe? Gracias
@@stefanyespinoza9753 Estimada se sugiere borrar las cookies y los archivos temporales o ingresar desde el navegador Internet Explorer. Si el problema persiste reportarlo al área de informática. Puede comunicarse con un especialista informático para que lo asista con el inconveniente presentado llamando desde celulares y teléfonos fijos: (01) 315 0730 opción 2. Saludos.
Estimado Raul, puede presentar una Solicitud de Aplazamiento o Fraccionamiento inmediatamente después de realizada la presentación de tu declaración jurada anual, ingresando al enlace que para dicho efecto se encuentre habilitado en SUNAT Operaciones en Línea. De no ejercer la opción descrita, la presentación de tu solicitud sólo se podrá realizar siempre que hayan transcurrido 5 días hábiles, desde la fecha de presentación de tu Declaración Anual del Impuesto a la Renta del 2020. De tener inconvenientes le sugerimos comunicarse con un especialista informático para que lo asista con el inconveniente, puede llamar al 01-3150730 opción 2 o nuestro chat informático sunatchat.sunat.gob.pe/wchat/.
Buenas tardes, Por favor tengo una deuda menor al 5% de la UIT. (menos de 200 soles) y aun así deseo aplazarla, es posible??? que tiempo tengo para pagarla, una vez presentada mi declaración jurada anual? SUNAT, agradezco su atención
buenas tardes. El 2020 me liberaron mis cts. En la opción de rentas inafectas se pone el valor del total de lo que me liberaron? o lo que se supone que me depositaron correspondiente de mayo, diciembre el 2020?
Estimada Claudia, las rentas de trabajo se declaran de acuerdo al criterio de lo percibido. Le sugerimos revisar la siguiente cartilla de aplicación práctica: renta.sunat.gob.pe/sites/default/files/inline-files/Caso%20practico%20Renta%20de%20Trabajo_1.pdf Saludos.
@@SUNATOficial Por qué no respondes a una pregunta tan básica y directa que ha hecho. ¿Se debe poner o no? Es un SÍ o un NO. No encuentro en ningún lado que aclaren ello. Gracias.
@@HenryFalconPE Lo mismo pensé. Tengo la misma duda y siento que su respuesta fue cero efectiva. En esas dos oraciones no entendí más que el saludo "Estimada Claudia" ... gracias por nada Sunat :(
@@HenryFalconPE Estimado Henry, considerando el criterio de lo indicado anteriormente, le informamos que los importes a considerar en la declaración anual serán los depositados en los meses de mayo y noviembre 2020. Si tienes alguna consulta específica, la puedes realizar a través de nuestros canales de orientación: www.gob.pe/9122-recibir-orientacion-tributaria-o-aduanera.
Una consulta, yo pagué 1100 por alquiler de una vivienda, por el lapso de un año. Pero en la casilla 514 solo me sale deducible 35 soles correspondiente a compras en restaurantes. Que debo hacer para que se deduzca el pago de alquiler?. Gracias
Tu arrendador tuvo que haberte entregado una factura electrónica o de lo contrario tuvo que haberte entregado el Formulario N° 1683 y sólo el 30% de gasto te corresponde.
Estimada Yolanda Zamudio, el pago por el arrendamiento debe sustentarse con alguno de los documentos indicados a continuación, dependiendo del tipo de contribuyente que deba emitir o proporcionar dicho documento. Es decir, si el arrendador es una persona natural sin negocio deberá entregar al arrendatario el formulario N° 1683 (físico o virtual) y si genera rentas de tercera categoría, deberá emitirle al arrendatario la factura electrónica respectiva. Porcentaje a deducir: -30% del pagado efectuado (incluyendo el IGV, de corresponder) Saludos.
@@SUNATOficial consulta: en mi caso cuando ingreso para declarar ya se encuentra toda la información de los alquileres pagados pero al momento de validar me sale un error en la casilla 514 indicando que ingrese la forma de pago, he buscado en la declaración la forma de ingresar este dato pero no encuentro ninguna opción, cómo puedo hacer o dónde encuentro esta opción?. Gracias
@@silvializrojas7777 Estimada. Escriba su consulta en nuestra red social Facebook: facebook.com/SUNAT Nuestros especialistas de la #Sunat la atenderán gustosamente. Saludos.
Estimada Cecilia, puede obtener el detalle de sus retenciones de quinta categoría correspondientes al periodo 2021 ingresando a la opción MIS TRAMITES Y CONSULTAS en el siguiente enlace www.sunat.gob.pe/sol.html con su clave sol, luego debe seguir esta ruta: Personas > OTRAS DECLARACIONES Y SOLICITUDES > Aportes y retenciones > Consulta de Contribuciones y Retenciones > Consulta de Contribuciones y Retenciones Finalmente marque el concepto “Renta” e ingrese el rango de periodos y pulse en “Consultar”. Saludos.
Estimado Robin, de haber determinado Impuesto por Pagar, usted deberá realizar el pago, en el siguiente enlace se muestra los medios para realizar el pago: renta.sunat.gob.pe/personas/como-debes-pagar-tu-impuesto-la-renta También puedes presentar una Solicitud de Aplazamiento o Fraccionamiento inmediatamente después de realizada la presentación de tu declaración jurada anual, ingresando al enlace que para dicho efecto se encuentre habilitado en SUNAT Operaciones en Línea. Mas información en el siguiente enlace: renta.sunat.gob.pe/personas/como-solicitar-fraccionamiento Saludos.
Buenas tardes, estoy poniendome al día con mis declaraciones, aún no he declarado lo del 2019 ni 2020, esto debo hacerlo por separado, es decir por cada año? o se junta todo en la del 2020. Por la demora, cuanto sería la multa para pagar?
Estimada contribuyente, recuerde que la determinación de la renta es de periodicidad anual por la cual debe declarar cada año por separado, puede realizar la declaración mediante el formulario virtual 709. Recuerde que si declara fuera de fecha la infracción es el 50% de la UIT, si subsana de forma voluntaria se le aplica la gradualidad del 90%. Saludos.
@@SUNATOficial y si explicas pensando como ciudadano al que no le explicaron nada de esto en el colegio, ni universidad y que además no trabaja en tu entidad :S? Te puedo asegurar que tendrías mejores resultados ;)!
Estimado Fernado, puede consultar los pagos realizados ingresando con su clave SOL a SUNAT Virtual por el siguiente enlace e-menu.sunat.gob.pe/cl-ti-itmenu/MenuInternet.htm , se dirige a Personas > Mis Declaraciones Informativas > Consulto mis Declaraciones y Pagos > Declaraciones y Pagos > Consulta General y completa la información solicitada. Saludos.
Estimado Jonatan Aburto, puede consultar sus pagos realizado a la Sunat, ingresando a operaciones en línea con su clave sol: Ingresa a Personas o Empresas selecciona las opciones: Mis declaraciones informativas/Consulto mis declaraciones y pagos/Declaraciones y pagos/Consulta general y completa la información solicitada. Debe tener en cuenta si realiza el pago forma presencial los verás registrados en el sistema después de 2 días hábiles. Si tiene alguna consulta específica, le pedimos la realice a través de nuestros canales de orientación. Para mayor información en el siguiente enlace: orientacion.sunat.gob.pe/1093-canales-de-atencion Saludos.
Hola una consulta, a partir de cuando subirán la información de su sistema, porque acabo de revisar y en mi sección Determinativa me aparece todo en cero, pese a que todo el 2020 he sido 4ta categoría.
Estimado Omar Manuel Cuenca Calixto, puede realizar la presentación de la declaración de renta anual 2020 - Personas que contiene un archivo personalizado mediante el Formulario Virtual Nº 709 - Renta Anual , el cual estará disponible a partir del 15 de febrero. Puede revisar el cronograma Renta Anual - Personas y como declarar en el siguiente enlace: renta.sunat.gob.pe/personas/como-declarar-el-impuesto-la-renta Saludos.
@@SUNATOficial buenas noches, consulta si solo a partir de agosto de 2020 presente mi hoja de 4ta categoría a RR.HH a la institución que me contrataron, también se declara renta anual?? si solo fue 5 meses DE AGOSTO A DICIEMBRE 2020 y soy personal técnico de salud como CAS COVID, no soy enfermera, ni médico. Percibo mi sueldo por planilla o tienen un correo ustedes, gracias espero su pronta repuesta.
@@Lariza25 Estimado Lariza Begazo, Si durante el año 2020 generaste ingresos por rentas de trabajo, ya sea de cuarta categoría (prestación de servicios independientes) y/o de quinta categoría (trabajo dependiente en planilla), estás obligado a presentar la declaración jurada anual 2020 del impuesto a la renta si te encuentras en alguno de los siguientes supuestos: www.gob.pe/12274-declarar-y-pagar-renta-2020-cuarta-y-quinta-categoria Saludos.
Estimado contribuyente, si no tiene cuenta afiliada para realizar el pago en línea. Tiene que colocar en importe a pagar cero y presentar la declaración, luego llenar la guía de pago varios y puede acercarse a una entidad bancaria a realizar el pago del tributo. Saludos
Cuando realizo la declaración y coloco la opción presente y pague en ningún lado me aparece la opción de fraccionar la deuda, me podrían mostrar una imagen en dónde salga esa opción? Entiendo que también puedo solicitarlo a través de un trámite a parte, pero ustedes señalan que debería aparecer esa opción al finalizar la declaración. No puedo finalizar la declaración sino pago en ese momento.
Estimada Giovanna, si la deuda determinada es mayor al 10% de la UIT (S/ 440.00) el contribuyente puede presentar la solicitud de aplazamiento y/o fraccionamiento, para lo cual en la constancia de presentación se mostrará automáticamente el enlace web con el link hacia el módulo en donde podrá presentar su solicitud de aplazamiento y/o fraccionamiento vía Internet (Formulario N° 687). En caso no ingrese al mencionado enlace, deberá solicitar el aplazamiento y/o fraccionamiento a través de SUNAT Virtual Operaciones en línea después de los 5 días hábiles de haber presentado el Formulario Virtual 709. Mas información en el siguiente enlace renta.sunat.gob.pe/personas/como-solicitar-fraccionamiento De tener algún inconveniente puede escribirnos a través del siguiente chat en la opción “consultas informáticas”: sunatchat.sunat.gob.pe/wchat/ Saludos.
Tengo el mismo problema, no aparece en ninguna parte esa opción de frente te manda a pagar, y no puedo pagar ahora quiero pedir fraccionamiento, peor culmino el proceso de declaración y solo hay opción de pago?
Este video no me ayuda mucho la verdad. casilla 142 A FAVOR DEL FISCO= 1694, casilla 144 PAGOS CONTRA EL SALFO A FAVOR DEL FISCO = S/. 0, casilla 146 SALDO DE LA DEUDA TRIBUTARIA =1694. Casilla 168 IMPORTE A PAGAR S/. = solo aparece el símbolo. Yo no sé cuánto debo pagar. ¿A cuál de todas las casillas le hago caso, y cuánto es mi importe a pagar? si cuando yo leo la casilla que dice IMPORTE A PAGAR NO DICE NADA SOLO UN SÍMBOLO DE DINERO S/. No entiendo. ayudaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaa
Estimada Roxana, mediante el siguiente enlace renta.sunat.gob.pe/personas/quienes-deben-declarar-el-impuesto-la-renta se detallan las situaciones en las cuales existe obligación de presentar la declaración anual Renta Personas 2020. Para conocer si tiene monto por pagar al fisco o saldo a favor (para pedir devolución) siga estos pasos: Entrar a la página renta.sunat.gob.pe/ , seleccionar en la parte superior 'Declare' y luego 'Personas' > Ingresar con su Clave SOL y seleccione el Formulario Virtual Nº 709 - Renta Anual - Personas > Luego seleccionar 'Ejercicio 2020' y marcar la casilla de Renta de Trabajo y/o Fuente Extranjera > Revisar la información y completar lo necesario en las secciones Informativa y Determinativa, en la segunda parte de la Sección determinativa verificar si tiene monto por pagar al fisco o saldo a favor. Saludos.
Estimada contribuyente, en la casilla 514 se reflejan aquellos gastos adicionales que no pueden ser mayor de 3 UIT. Esta deducción aplica si tus ingresos superan las 7 UITs. Para mayor información se le sugiere revisar el siguiente enlace. orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/impuesto-a-la-renta-personas-ultimo/deduccion-adicional-de-3-uit/6972-2017-06-13-15-14-31. Saludos.
al ingresar a la casilla 111 me sale un botón de nombre exportar, doy click y descargo un documento en excel en blanco, como detallo mis rentas de quita categoría
Estimado Adderly, debe hacer click en el botón “Agregar” y ahí indicar los datos de los importes percibidos por rentas de 5ta categoría desde el 01.01.2020 hasta el 31.12.2020. Si tienes alguna consulta específica, la puedes realizar a través de nuestros canales de orientación: www.gob.pe/9122-recibir-orientacion-tributaria-o-aduanera.
Estimado contribuyente, recuerde que si el sistema no cargo su información usted puede agregarlo. De lo contrario puede comunicarse con un especialista informático llamando al 01 315-0730 opción 2. También puede realizar su consulta por nuestro chat informático. www.sunat.gob.pe/institucional/contactenos/chat-SUNAT-online.html Saludos.
@@willyjuniorhuaquiagama9696 Estimado contribuyente, recuerde que si el sistema no cargo su información usted puede agregarlo. Recuerde que si en el transcurso del año tuvo saldo a favor se le envió su reporte de rentas de trabajo al buzón electrónico, puede validar la información. También puede realizar su consulta por nuestro chat informático. www.sunat.gob.pe/institucional/contactenos/chat-SUNAT-online.html Saludos.
Estimado Jesus Benite vegas, Si eres una persona natural sin negocio que en el año 2020 generaste rentas de primera categoría por el alquiler de bienes inmuebles (casa, departamentos, terrenos, cocheras, depósitos) o bienes muebles (vehículos, maquinarias, artefactos), y determinas un saldo a pagar en la Casilla 161 del Formulario Virtual 709 o tienes saldo a tu favor de años anteriores, estás obligado a presentar tu declaración y pago de la Renta Anual de Personas Naturales por el ejercicio 2020 mediante el Formulario Virtual 709. Para mayor información en el siguiente enlace: www.gob.pe/12268-declarar-y-pagar-renta-2020-primera-categoria Saludos.
@@SUNATOficial Buenas tardes, tengo una duda, si yo estoy inscrita como persona natural sin negocio con renta de 4ta categoria, pero no he emitido recibos por honorarios en ningun momento ni he tenido otros movimientos y no estoy en planilla, también debo realizar la Declaracion Anual?
@@juliafer987 estimado si no tuvo movimiento no tendría obligación de realizar la declaración anual de personas naturales.
Si tiene alguna consulta específica la puede realizar a través de nuestros canales de orientación: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/centro-de-tramites-virtual/1093-canales-de-atencion
Estimada Ketty, de haber olvidado consignar una información en su declaración puede presentar una declaración sustitutoria antes de la fecha de vencimiento o rectificatoria si lo realiza luego del vencimiento. Al ingresar debe elegir “Sustitutoria/Rectificatoria” y continuar con su declaración. Saludos.
he generado mi renta anual y tengo por pagar cerca de 850 y quiero fraccionarlo, cuando voy a fraccionar la deuda no me figura... que tengo deuda de renta anual. ¿Que debo hacer?
Estimado Mario Oliva Valle, Si eres una persona natural y al presentar tu Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta del 2020, determinaste deuda por rentas trabajo puedes presentar una Solicitud de Aplazamiento o Fraccionamiento inmediatamente después de realizada la presentación de tu declaración jurada anual, ingresando al enlace que para dicho efecto se encuentre habilitado en SUNAT Operaciones en Línea. De no ejercer la opción descrita, la presentación de tu solicitud sólo se podrá realizar siempre que hayan transcurrido 5 días hábiles, desde la fecha de presentación de tu Declaración Anual del Impuesto a la Renta del 2020. Saludos.
Estimado Russel, son varios los supuestos para estar obligado a presentar su declaración anual de impuesto a la renta, en el siguiente enlace puede revisarlos: renta.sunat.gob.pe/personas/quienes-deben-declarar-el-impuesto-la-renta Saludos.
Estimada contribuyente, recuerde que el sistema le muestra la casilla con su información correspondiente al ejercicio que va a declarar, la cual usted solo debe verificar que sean las correctas y realizar su declaración. Saludos.
Se imaginan que este proceso, algún día, sea muchisimo más sencillo? En fin...
Hola una consulta por alquiler de vivienda...se paga un mes después del contrato ?? Y también se declara renta anual??
Buen día en el caso de que tenga retención de cuarta categoría y no sobre pase el monto tengo que realizar la declaración anual y segunda pregunta con respecto al registro de ventas eso tengo que realizarlo o se genera automáticamente cuando generó cada recibo por honorario.
Estimado. Escriba su consulta en nuestra red social Facebook: facebook.com/SUNAT Nuestros especialistas de la #Sunat lo atenderán gustosamente.
Saludos.
Buenas tardes, porque no aparece el año 2021 para relizar la declaracion de Renta 2021
Estimada contribuyente, el inconveniente ha sido superado, ya puede realizar su declaración anual del ejercicio 2021.
Saludos.
BUENOS DIAS EN LA PAGINA DE SUNAT REALIZE TODOS LOS PASOS QUE ME DICE LA SUNAT PARA VER SI TENGO DEVOLUCION DE 5TA CATEGORIA Y ME ALE SALDO A FAVOR REALIZE MI SOLICITUD Y ME LO HAN DECLARADO IMPROCEDENTE POR QUE?
Que tipos de gastos se deben considerar en la 514. Yo tengo gastos familiares y de adquisición de materiales de construcción para mi vivienda. Puedo considerar esos gastos.
Estimada contribuyente, en la casilla 514 se coloca los gastos adicionales de las 3 UIT, que pueden ser gastos por arrendamiento, honorarios profesionales, aportaciones a essalud por trabajadoras del hogar y gastos por alojamiento en hoteles y consumos en restaurantes. Para mayor información puede revisar el siguiente enlace. orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/impuesto-a-la-renta-personas-ultimo/deduccion-adicional-de-3-uit/6972-2017-06-13-15-14-31
Saludos
Hola una consulta, los trabajadores CAS también están obligados a la presentación de la declaración jurada anual...
Estimado Iber , mediante el siguiente enlace le detallamos los supuestos de quienes deben declarar y pagar renta 2020 - Cuarta y quinta categoría :www.gob.pe/12274-declarar-y-pagar-renta-2020-cuarta-y-quinta-categoria .Recuerde que, la contraprestación pagada a la persona con CAS, constituye ingresos de 4ta categoría del impuesto a la Renta.
Saludos.
Buenas tardes, ahora no solo percibo rentas de trabajo sino también de alquiler , tengo que declarar las dos y marcar ambas al inicio de hacer la DJ ?
Buenos días estimada Nancy, tenga en cuenta que declarar como persona natural, puede ver la siguiente información sobre los obligados a realizar la declaración anual, ingrese al enlace: renta.sunat.gob.pe/personas/quienes-deben-declarar-el-impuesto-la-renta
Si tiene alguna consulta adicional o específica la puede realizar a través de nuestros canales de orientación: orientacion.sunat.gob.pe/1093-canales-de-atencion
Saludos
Acabo de solicitar la devolución por saldo a mi favor de los años 2021 y 2023. Cuánto es el plazo de espera para ver que se me haya depositado a la cuenta solicitada
Estimado. Escriba su consulta en nuestra red social Facebook: facebook.com/SUNAT
Nuestros especialistas de la #Sunat lo atenderán gustosamente.
Saludos.
Buenas tardes, si soy REMYPE como persona natural con negocio y solo facture en enero 2021 y febrero 2021, cómo debo declarar como renta personas? tengo ruc 10.
Estimado NARDO, se encuentran obligados a presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta quienes hayan generado rentas o pérdidas de tercera categoría y que estén comprendidos en el Régimen General del impuesto a la Renta o en el Régimen MYPE Tributario - RMT, durante todo o parte del año 2021. Para mayor información en: renta.sunat.gob.pe/
Saludos.
Buen día, si deseo pagar en el banco, no con tarjeta, con que documento voy
Estimada Georgina, si prefiere pagar su impuesto anual 2021 de manera presencial, deberás acercarte a cualquier agencia bancaria autorizada con tu Guía para Pagos Varios - Formulario Nº 1662.
En la siguiente imagen visualizarás los datos que debes incluir en la Guía para Pago Varios - Formulario 1662, según tu tipo de renta: sofiape.mybluemix.net/imgPagoRentaAnualPres.jpg
Considere el horario de pago en bancos señalado en el siguiente enlace: www.gob.pe/11429-bancos-y-horarios-de-atencion-para-tramites-de-sunat
Saludos.
consulta, se debe de declarar mensualmente o anual de tener ingreso del extranjero? Porque en otros videos dicen mensual.
Estimado. Escriba su consulta en nuestra red social Facebook: facebook.com/SUNAT
Nuestros especialistas de la #Sunat lo atenderán gustosamente.
Saludos.
Si declaro hoy hay problema si realizo el pago del monto a abonar recién el lunes mi último día de plazo para declarar es el 09 de abril según número de RUC
Estimada Ana, los intereses cuentan a partir de la fecha de vencimiento de acuerdo al último dígito de su RUC. En su caso particular, si el pago del impuesto lo realizará el mismo día de su vencimiento, ello no generará ni multas ni intereses.
Si tienes alguna consulta específica, la puedes realizar a través de nuestros canales de orientación: www.gob.pe/9122-recibir-orientacion-tributaria-o-aduanera.
En la casilla 117 no aparece el detalle de mis RH pagados en el 2021, ello a que se debe?
Buenos días estimado Julio, de tener ingresos de cuarta categoría se considera lo percibido en el ejercicio que corresponda.
Saludos
Buenis dias. Soy persona natural con negocio, puedo hacer mi declaracion anual con este tutorial.
Es para declarar en cero, ya que el 2020 no genere ningún recibo por honorarios.
Agradecería su informacion.
Estimada, en caso que el tipo de renta a declarar sea cuarta categoría debe utilizar el Formulario Virtual N° 709 Renta Anual y en caso desee declarar renta de tercera categoría (Régimen Mype tributario o régimen general) debe efectuar la declaración mediante el Formulario Virtual N° 710 Renta Anual.
Saludos.
si un recibo es emitido en diciembre de un año pero pagado en el siguiente año, a que año de declaracion anual corresponde???
Estimado Thom g, las rentas de cuarta categoría tributan de acuerdo al criterio de lo percibido es decir cuando percibe el ingreso (pago). Corresponderá tributar en el año que percibe el ingreso.
Saludos.
Sres SUNAT, quiero aplazar y fraccionar cuales son los pasos despues de validar??
Estimado, Rubén. Puede presentar su solicitud de aplazamiento o fraccionamiento inmediatamente después de realizada la presentación de tu declaración jurada anual, ingresando al enlace que para dicho efecto se encuentre habilitado en SUNAT Operaciones en Línea. También puedes presentar tu solicitud siempre que hayan transcurrido 5 días hábiles, después de presentar tu Declaración Anual del Impuesto a la Renta del 2020. Para mayor información se le sugiere revisar el siguiente enlace. renta.sunat.gob.pe/personas/como-solicitar-fraccionamiento.
Como puedo hacer para que me generen una constancia de presentación del formulario sin pagar. Y solicitar el fraccionamiento
pones 0 en el monto a pagar.
Buenas días estimada Carmen, tenga en cuenta que de ser una persona obligada a presentar la declaración anual persona natural formulario virtual 709, en la casilla saldo de la deuda determinada es el impuesto a pagar, de no pagar al contado tendría que indicar en la siguiente casilla importe a pagar cero (0), luego presentará la declaración, le saldrá la constancia y esperará la opción para fraccionar, de no ejercerse la opción descrita, la presentación de la solicitud de aplazamiento y/o fraccionamiento de la regularización del impuesto a la renta de personas naturales por rentas de capital y/o trabajo podrá realizarlo transcurrido cinco (5) días hábiles desde la fecha de presentación de la declaración jurada anual del impuesto a la renta.
Si tiene alguna consulta adicional o específica la puede realizar a través de nuestros canales de orientación: orientacion.sunat.gob.pe/1093-canales-de-atencion
Saludos
SI QUIERO HACER LA DECLARACION ANUAL DE IMPUESTO A LA RENTA DE 1ERA CATEGORÍA TIENEN TUTORIALES?
Estimada contribuyente, para realizar la declaración anual de rentas de primera categoría le sugerimos revisar el siguiente video tutorial. ruclips.net/video/EIBmigz-60Q/видео.html.
Saludos.
Soy trabajador dependiente y a través de los años solo he tenido impuesto a la quinta categoría. El 2020 vendí un inmueble e hice el pago respectivo del impuesto. Debo declarar y si es así en qué formulario_
Estimado Liudmila Murillo, Si durante el año 2020 generaste ingresos por rentas de trabajo, ya sea de cuarta categoría (prestación de servicios independientes) y/o de quinta categoría (trabajo dependiente en planilla), estás obligado a presentar la declaración jurada anual 2020 del impuesto a la renta si te encuentras en alguno de los siguientes supuestos: www.gob.pe/12274-declarar-y-pagar-renta-2020-cuarta-y-quinta-categoria
Saludos.
Por Favor . En la ultima parte de la declaracion de 1ra. Categoria , ya al final apretando en " Presente/Pague " me sale Error Casilla 100: Tipo de Bien es Dato Obligarori Fila 1.
Fui a la Casilla 100, revise y hice de todo y nada, no puedo imprimir la Constancia.
Por Favor, que hay que hacer para que me deje imprimir la Constancia. De antemano , gracias por su Atención.
Estimado francomaky, de persistir el inconveniente con la plataforma puede comunicarse con un especialista informático para que lo asista con el inconveniente presentado. Puede llamar al 01-3150730 opción 2. También puede recibir asistencia informática detallando el error que le aparece mediante el siguiente chat en la opción consultas informáticas: www.sunat.gob.pe/institucional/contactenos/chat-SUNAT-online.html
Saludos.
Muchísimas gracias.
Me sale un saldo a favor, pero me impide seguir avanzando, que hago?
Intenta probar con otro navegador (no Firefox), lo probé en Microsoft Edge y si funcionó
buenas tardes tengo un saldo a favor del fisco y abajo me sale importe a pagar pongo todo el saldo o solo una parte???
Estimada contribuyente, en la casilla 168 puede colocar el importe total o el monto que usted desea pagar con la declaración luego puede pagar la diferencia con una guía de pagos varios, también puede realizarlo a través de la nueva plataforma de mis declaraciones y pagos.
Saludos.
Cuando declaro por 4ta categoria en la web tbm debo llenar ese formulario que mencionan? O como la web es suficiente?
Estimado(a) Ms.Haru, el presente formulario es para realizar la declaración anual, independientemente de sus declaraciones mensuales debe evaluar si se encuentra en alguno de los supuestos de obligación (renta anual 2020), la información en el siguiente enlace: renta.sunat.gob.pe/personas/quienes-deben-declarar-el-impuesto-la-renta
Saludos.
Urgente!! Tengo una consulta. Estoy haciendo mi declaración anual y al momento de ingresar mis datos de impuestos retenido de la sección de capital de segunda categoria tengo impuestos por montos menores a 1 sol. ( x ejm 0.46, 0.82 y asi) pero el sistema de sunat no lo valida (casilla 359). ¿ Que puedo hacer en ese caso?. como puedo ingresar mis datos?
Qué solución le diste?
Buenas noches, una consulta. Siempre se requiere la firma de un contador o ya no es necesario... Gracias.
Estimado Eduardo, de no contar con los datos del Contador, en la casilla 687 puede elegir la opción “SIN DATOS”.
@@SUNATOficial eso quiere decir que ya no se requiere de un contador para las declaraciones anuales? 🤔
@@eduardouchpa7041 Estimado contribuyente, el contador público y el representante legal son los encargados de certificar los estados financieros.
Saludos.
presente la declaracion anual. me sale un monto considerable de deuda y deseo fraccioanar la deuda. pero cuando voy a Mis declaraciones para fraccionar no aparece mi deuda , de modo que me es imposible declarar.
Estimado Karlos Dominik, si eres una persona natural y al presentar tu Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2020, determinaste deuda por rentas de trabajo puedes presentar una Solicitud de Aplazamiento o Fraccionamiento inmediatamente después de realizada la presentación de tu declaración jurada anual, ingresando al enlace que para dicho efecto se encuentre habilitado en SUNAT Operaciones en Línea.
De no ejercer la opción descrita, la presentación de tu solicitud sólo se podrá realizar siempre que hayan transcurrido 5 días hábiles, desde la fecha de presentación de tu Declaración Anual del Impuesto a la Renta del 2020.
@@SUNATOficial YO TENGO LA MISMA PREGUNTA. ENTONCES A PESAR QUE DEBO SEÑALAR UNA TARJETA Y PONER PAGAR, ME DEJARÁ FRACCIONAR DESPÚES?
@@demerojasr.8336 Estimado Deme, si determinaste deuda por rentas de trabajo puedes presentar una Solicitud de Aplazamiento o Fraccionamiento inmediatamente después de realizada la presentación de tu declaración jurada anual. De no ejercer la opción descrita, la presentación de tu solicitud sólo se podrá realizar siempre que hayan transcurrido 5 días hábiles, desde la fecha de presentación de tu Declaración Anual del Impuesto a la Renta del 2020.Para mayor información del procedimiento puede revisar el siguiente enlace: renta.sunat.gob.pe/personas/como-solicitar-fraccionamiento
Saludos.
@@SUNATOficial Por favor indicar si tengo que colocar 0 en la casilla 168 a pesar que tenga un monto a pagar en la casilla 146 para que me aparezca la constancia y el formulario de fraccionamiento, toda vez que cuando coloco el monto en la casilla 146 me sale de frente los medios para pagar.
Buenas noches, tengo una duda, durante todo el año 2020 estuve en planilla con un sueldo bajo, sin embargo me descontaban essalud, afp y otros, pero hoy día al momento de generar mi reporte electrónico tributario me sale todo el 2020 en "0" o con "N.A", con quien debo ver ese tema?
Estimado gonzalosor45, Si ha estado en planilla y le han realizado retenciones estos montos figuran en el reporte de retenciones y contribuciones realizadas por su empleador, este reporte se solicita directamente por internet con su clave SOL
En el siguiente enlace, los pasos para hacer la consulta por internet con su clave SOL: www.gob.pe/679-consulta-de-contribuciones-y-retenciones
Saludos.
buenas noches, soy tengo nuevo rus persona natural con negocio, debo declarar algo? yo pago un tributo cada mes. No me aplica declarar cierto?
Estimado Yeitonm, no están obligados a presentar la declaración jurada anual, los que obtienen Rentas de Tercera Categoría comprendidos en el Nuevo Régimen Único Simplificado - Nuevo RUS.
En caso del video es sobre la declaración Anual por Rentas de Trabajo 2020, puede revisar los obligados a presentar la declaración en el siguiente enlace: www.gob.pe/12274-declarar-y-pagar-renta-2020-cuarta-y-quinta-categoria
.
Consulta hay fraccionamiento para declarar los impuestos a la renta y si se puede hacer pagos mininos hasta llegar al monto total o tienen alguna fecha de vencimiento
Estimado Nilton Raul Santillan Ortega, si al presentar tu Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta del 2020, determinaste deuda por rentas de capital o trabajo puedes presentar una Solicitud de Aplazamiento o Fraccionamiento inmediatamente después de realizada la presentación de tu declaración jurada anual, ingresando al enlace que para dicho efecto se encuentre habilitado en SUNAT Operaciones en Línea.
Debes tener en cuenta que, la deuda acogida debe ser mayor o igual al 10% de la UIT. La cuota del fraccionamiento no puede ser menor al 5% de la UIT
Saludos.
@@SUNATOficial una consulta, yo declare con saldo por pagar automaticamente se genero, pero luego se anulo y no se llego a generar cuando coloco generar nuevamente sale importe cero? como puedo hacer para realizar el fraccionamiento? gracias
@@thalycumpaalcalde1750 Estimada si eres una persona natural y al presentar tu Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta del 2020, determinaste deuda por rentas de capital o trabajo puedes presentar una Solicitud de Aplazamiento o Fraccionamiento inmediatamente después de realizada la presentación de tu declaración jurada anual, ingresando al enlace que para dicho efecto se encuentre habilitado en SUNAT Operaciones en Línea.
De no ejercer la opción descrita, la presentación de tu solicitud sólo se podrá realizar siempre que hayan transcurrido 5 días hábiles, desde la fecha de presentación de tu Declaración Anual del Impuesto a la Renta del 2020.
Si tiene alguna consulta específica, le pedimos la realice a través de nuestros canales de orientación. Para mayor información en el siguiente enlace: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/centro-de-tramites-virtual/1093-canales-de-atencion
Saludos.
Buenas tardes, por motivos del covid, los que no percibieron ningun tipo de ingresos 2020 por RH u otros, estan obligados a declarar y/o pagar multa por declarar fuera de fecha?, porque hasta la fecha las cabinas en sunat no atienden, y los telefonos para consultas siempre estan ocupados, ...
Estimado Tec. Marco Gutierrez, estás obligado a presentar la declaración jurada anual 2020 del impuesto a la renta si te encuentras en alguno de los siguientes supuestos: www.gob.pe/12274-declarar-y-pagar-renta-2020-cuarta-y-quinta-categoria
Saludos.
Buenas tardes ......una consulta si yo trabajo para un empleador totalmente extranjero a tiempo completo ....claro el no va declarar plame........... ¿tendria que retenerme como ingresos de cuarta o 5ta categoria voluntaria por mes ? o seria pagar por renta de fuente extranjera una vez al año ? le agradeceria su respuesta
Buenos días estimado Max, si usted realiza servicios a su empleador no domiciliado que genera actividades en el país, de acuerdo a la relación laboral podrían ser ingresos de cuarta o de quinta categoría, pero si presta sus servicios a una empresa no domiciliada fuera del país, se podrían considerar ingresos de fuente extranjera, para más información ingrese al siguiente enlace personas.sunat.gob.pe/tengo-ingresos-del-extranjero
Si tiene alguna consulta específica la puede realizar a través de nuestros canales de orientación: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/centro-de-tramites-virtual/1093-canales-de-atencion
Saludos
soy personal de salud, recibí un bono por subsidio de luto - sepelio de un familiar directo está impuesto a la renta?
También tengo una consulta similar, Ami me dijeron q solo se ingresa los montos de las boletas mensuales más no los bonos, q pueden ser uniforme vacaciones y otros. Por favor confirmar ésta información. Gracias
Me salió un pago que tengo que hacer, pero como no tengo saldo en tarjeta me generó un código para pagar en banco. Pero luego de hacer el pago en el banco, me surge la duda de si debo registrar el pago en alguna parte. Es verdad que si no dice en ninguna parte de la web de Sunat entonces no habría necesidad de hacerlo, pero sería bueno que lo indiquen ya que muchas personas podrían tener esta duda y la Sunat debería poner información para que nadie se quede con dudas
Estimado(a) freedosforever, si ya cancelo su deuda puede revisar dicho pago ingresando a SUNAT OPERACIONES EN LINEA con su RUC/DNI y clave sol, luego siga esta ruta:
Mis declaraciones informativas > Consulto mis declaraciones y pagos > Declaraciones y pagos > Consulta general
Finalmente diríjase a la opción de búsqueda número 3 “Fecha de presentación” en ingrese en desde y hasta la fecha en que realizo el pago y presione en “Buscar”
Saludos.
@@SUNATOficial gracias por su respuesta. Pero respecto al momento de ir a hacer el pago, en el banco me dicen que la Sunat no me ha dado un código NPS. Debo indicar que se trata de un pago de impuesto a la renta de cuarta categoría donde aparte del descuento correspondiente me salio un monto a favor de Sunat, y por ello es que seleccione la opción para pagar dicho saldo en el banco, a lo cual su sistema web me genero una orden de pago. He ido 3 VECES al banco BCP llevando el número de orden que aparece en el formulario pero me dicen que ellos necesitan un NPS, y me mandaron a un agente, y ahí me dicen lo mismo me piden un codigo NPS. Creo que deberían ayudar a las personas poniendo información exacta para evitar perder tanto tiempo. Me podría indicar por qué me piden el código NPS si el sistema web de Sunat me genera un formulario donde solo hay datos como número de orden, periodo, pero nada de NPS !!
@@SUNATOficial Disculpe, una amiga me ayudó con esto y el código NPS estaba en la segunda hoja, por lo cual fue mi error en parte. Pero igual creo que Sunat debe indicar mejor ya que hay miles de personas que recién están conociendo el sistema y deberían indicarles que al banco solo se va con el código NPS, y dónde ubicar dicho código, ya que al final de cuentas lo que la gente quiere es hacer el pago para continuar sus tareas diarias sin demoras innecesarias. Muchas gracias
@@freedosforever -Estimada contribuyente, puede realizar el pago de sus tributos desde la nueva plataforma de mis declaraciones y pagos, si desea realizar el pago de sus tributos con NPS, puede revisar el siguiente video tutorial. ruclips.net/video/KkT2St7-bOo/видео.html
Saludos.
No aparece la opción para devolución, seguro que si tendría que pagar si funcionaba perfectamente.
Estimada Luisa Vargas, en caso de tener un saldo a favor, luego de haber presentado el Formulario Virtual N° 709 y de haber marcado la opción "Devolución" se habilitará el Formulario Virtual N° 1649 a fin de solicitar la devolución de dicho saldo a favor. Dicho formulario también podrá ser utilizado posteriormente en caso de no hacer uso de la habilitación indicada, ingresando a SUNAT Virtual.
Si tiene alguna consulta específica, le pedimos la realice a través de nuestros canales de orientación. Para mayor información en el siguiente enlace: www.sunat.gob.pe/orientacionaduanera/exportafacil/contactenos.html
Saludos.
Buenas noches al realizar mi declaracion anual observe unos montos elevados en ciertos meses crei q habia ocurrido algun error ya q la empresa a ala q trabajo es algo corrupta y pues asume q fue error de ellos los montos exagerados q me pusieron y declare lo q siempre se me paga y termine de declarar y pague mi deuda, luego consultando con mis compañeros me dijeron q no era un error q si me habian hecho esos depositos pero en diferentes( bonos)meses no todos en un mes como lo puso mi empleador fue por eso mi confusion, quiero saber si puedo rectificar mi declaracion para abonar lo q debo ya q aumentaria la cantidad si aumento los bonos q me han pagado y hasta q tiempo tengo para rectificarlo ya q mejor para asegurarme ire a recoger mis boletas de pago muchas gracias por la respuesta
Estimada Sheyla, puede presentar una declaración sustitutoria hasta el día del vencimiento de la declaración anual de acuerdo al último digito de su número de RUC, luego del vencimiento se considera como una declaración rectificatoria. Puede revisar el cronograma en el siguiente enlace: renta.sunat.gob.pe/personas/como-declarar-el-impuesto-la-renta
Saludos.
Buen día. Una consulta:
El importe en la Casilla 522 (Impuesto a las Transacciones Financieras - ITF) no se deduce en forma automática de la Casilla 512 (Total Renta Neta de Cuarta y Quinta Categoría). Como resultado, la Casilla 513 muestra el Subtotal sin considerar el importe del ITF y tampoco permite modificarlo. ¿Qué se puede hacer al respecto?
-Estimado contribuyente, la casilla 513 es el resultado de la casilla 512 menos las casillas 522 y 519. Casilla 513 = (Cas. 512 - (Cas. 522 + Cas. 519)). De tener una consulta especifica puede escribirnos a nuestro chat tributario o al facebook para poder atenderla.
Saludos
Por que no hace tutorial para declaración de renta anual para primera categoria? no entiendo, todos los locales de sunat estan cerrados, llamo por telefono a Sunat ocupado? por que son tan ineficientes?
Buenos días estimado Jose, para el llenado de los datos de su declaración anual de renta de primera, puede ver la siguiente cartilla de instrucciones en el enlace : renta.sunat.gob.pe/sites/default/files/inline-files/Cartilla%20Instrucciones%20Personas_2.pdf
Saludos
Exacto, tal vez deberían habilitar un correo electrónico, pues teléfono está siempre ocupado
@@carocorrea7205 si tiene alguna consulta específica, le pedimos la realice a través de nuestros canales de orientación. Para mayor información en el siguiente enlace: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/centro-de-tramites-virtual/1093-canales-de-atencion
Saludos.
Como puedo hacer para q no me descuenten mucho en la 5ta categoría..?
Estimado contribuyente, el empleador es el obligado a retener el impuesto a la renta de quinta categoría, además de retener, declarar en la Planilla- PLAME y pagar mensualmente a la SUNAT el impuesto retenido, siempre que la Remuneración Bruta Anual sea mayor a 7UIT. Para mayor información se le sugiere revisar el siguiente enlace. personas.sunat.gob.pe/trabajador-dependiente/quien-esta-obligado-declarar-pagar-impuesto.
Saludos.
Consulta si me han girado recibos por honorarios a mi nombre por personas que contrate, que casilla debo llenar?
Estimada Rosa, la información de los Recibos por Honorarios que te hayan emitido para poder sustentar la deducción adicional de las 3 UIT se ingresan en la casilla 514 del formulario virtual N° 709.
Si tienes alguna consulta específica, la puedes realizar a través de nuestros canales de orientación: www.gob.pe/9122-recibir-orientacion-tributaria-o-aduanera.
me estan pidiendo mi declaracion de renta de quinta categoria de enero a abril 2021,
Estimada Cecilia, puede obtener el detalle de sus retenciones de quinta categoría correspondientes al periodo 2021 ingresando a la opción MIS TRAMITES Y CONSULTAS en el siguiente enlace www.sunat.gob.pe/sol.html con su clave sol, luego debe seguir esta ruta:
Personas > OTRAS DECLARACIONES Y SOLICITUDES > Aportes y retenciones > Consulta de Contribuciones y Retenciones > Consulta de Contribuciones y Retenciones
Finalmente marque el concepto “Renta” e ingrese el rango de periodos y pulse en “Consultar”.
Saludos.
Buenas noches como presento mi solicitud de devolucion de lo que me descontaron en julio y diciembre por retención de cuarta categoría porfavor ayúdeme
Estimada MARGARITA CRUZ, puede realizar la presentación de la declaración de renta anual 2020 - Personas que contiene un archivo personalizado mediante el Formulario Virtual Nº 709 - Renta Anual , el cual estará disponible a partir del 15 de febrero.
En caso de tener un saldo a favor, luego de haber presentado el Formulario Virtual N° 709 y de haber marcado la opción "Devolución" se habilitará el Formulario Virtual N° 1649 a fin de solicitar la devolución de dicho saldo a favor. Dicho formulario también podrá ser utilizado
posteriormente en caso de no hacer uso de la habilitación indicada, ingresando a SUNAT Virtual.
Saludos.
y el llenado de la casilla 127
Buenos días...en mi caso voy a realizar la Declaración Anual de Renta de 4ta 2020...mi pregunta es si puedo registrar el Comprobante de Documento Electrónico (Facturas Electrónicas) que me envía el banco por el pago mensual de mi crédito hipotecario (1er departamento) durante el período 2020 ???...en todo caso en qué sección debería colocarlas y si estas pueden generar devoluciones a mi favor al momento de realizar la declaración.....Muchas gracias
Estimado Miguel Flores, los gastos por créditos hipotecarios de primera vivienda fueron aplicables en la determinación del Impuesto a la Renta de Trabajo hasta el ejercicio 2018. (Derogado a partir del 2019). Para el ejercicio 2020, los gastos por deducción adicional de las 3 UIT sólo podían efectuarse por los siguientes conceptos: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/impuesto-a-la-renta-personas-ultimo/deduccion-adicional-de-3-uit/6972-2017-06-13-15-14-31
Saludos.
hola, yo realicé mi declaración del 2021, y en la casilla 111, después de revisar todos mis sueldos junto a la información de mis ingresos, me apareció un ingreso en el mes de diciembre el cual yo no lo reconocía porque el importe era el mismo que tuve en los primeros meses por parte de otra empresa hasta el mes de junio, por eso lo eliminé ya que no fue un ingreso real.
Sin embargo ahora que han realizado la devolución del saldo a favor, el ingreso del mes de diciembre si lo están considerando ya que al momento de realizar el cruce de información dicho monto total incluye el monto que había eliminado.
Quisiera saber si hay algún mecanismo para reclamar ya que no es lo que me corresponde.
Estimado JL VS, recuerde que la información es referencial de sus rentas, retenciones y pagos directos se ha incorporado de manera automática a la presente declaración. Usted deberá verificar dicha información y de ser el caso, completarla o modificarla antes de presentar la declaración.
Asimismo, indicarle que la información que se visualiza en el sistema fue proporcionada por su empleador, se le sugiere corroborar la información con sus boletas de pago.
Si tiene alguna consulta específica, puedes realizarla a través de los canales de atención que Sunat tiene disponibles: www.gob.pe/9122-recibir-orientacion-tributaria-o-aduanera
Saludos.
Gracias por tu ayuda!!!
buenos dias , puedo hecer este tramite via la APP SUNAT PERSONAS?
Estimado Jorge Morillas, el formulario (APP -PERSONAS) está disponible para quienes generen exclusivamente rentas de cuarta categoría o Cuarta y quinta categoría y que además no tengan saldo a favor del 2018. De lo contrario, podrá presentar su declaración a través del portal de la SUNAT.
Saludos.
En mi trabajo no me dan los recibos de pago, pero dicen que si me retienen los pagos de la sunat. donde puedo hacer la consulta?
En la ultima ficha de la declaracion aparecen todos los aportes (click en la cajita y aparecerá el listado de declaraciones de la empresa)
Deseo fraccionar mi deuda, pero al dar en el botón PRESENTE/PAGUE me envía a las opciones de pago para que este se haga efectivo en su totalidad. Cual sería el procedimiento?
Estimado Oliver, la opción de fraccionamiento se mostrara habilitada si es una declaración original, si el monto de la “casilla 146 - casilla 168 > 0” y este resultado debe ser mayor o igual al 10% de la UIT, el contribuyente este habido, que la fecha de declaración sea igual o anterior a la fecha de vencimiento, que no exista 10 o más resoluciones de aplazamiento y/o fraccionamiento del mismo contribuyente y que no exista una resolución de perdida del fraccionamiento art. 36 o del RAF del contribuyente.
Saludos.
@@SUNATOficial perfecto. Que pasa si es que tengo aún cuotas de fracionamiento del año 2019 y ahora quiero solicitar fraccionamiento del 2020? Desde cuando se empiezan a cobrar? Se superponen ambas cuotas?
@@overbass Estimado puedes presentar nuevas solicitudes de aplazamiento y/o fraccionamiento, por deuda tributaria distinta a aquella que hubiera sido o sea materia de aplazamientos y/o fraccionamientos anteriores otorgados con carácter particular por la SUNAT, siempre que no exista alguna resolución de pérdida de aplazamiento y/o fraccionamiento y/o refinanciamiento notificada y pendiente de pago y/o no se cuente con más de nueve (9) resoluciones aprobatorias de aplazamiento y/o fraccionamiento.
Asimismo indicarle una vez presentada su solicitud se le notificara la resolución aprobatoria de su fraccionamiento, con el cronograma de pagos correspondiente.
Saludos
@@SUNATOficial en la casilla 146 me sale un monto tengo que colocar 0 en la casilla 168 para que aparezca la constancia de declaración y solicitud de fraccionamiento??
no puedo terminar de declarar si no realizo el pago y lo que deseo hacer es fracccionarlo. Inmediatamente despues de declarar me sale las opciones de los bancos y yo deseo pagarlo luego, como puedo declarar sin tener que pagar en este momento???
Estimado ERICK TORRES, Si eres una persona natural y al presentar tu Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta del 2020, determinaste deuda por rentas de capital o trabajo puedes presentar una Solicitud de Aplazamiento o Fraccionamiento inmediatamente después de realizada la presentación de tu declaración jurada anual, ingresando al enlace que para dicho efecto se encuentre habilitado en SUNAT Operaciones en Línea.
De no ejercer la opción descrita, la presentación de tu solicitud sólo se podrá realizar siempre que hayan transcurrido 5 días hábiles, desde la fecha de presentación de tu Declaración Anual del Impuesto a la Renta del 2020.
Saludos.
Ya declare con el formulario 709, pero no guarde la constancia, donde puedo encontrarla?
Estimada contribuyente, puede consulta su constancia de presentación ingresando a Sunat operaciones en línea con su clave SOL, en la opción personas, mis declaraciones informativas, presento mis declaraciones y pagos, declarativas, por último, en la opción consulta de declaraciones juradas y pago, debe filtrar un rango de fechas en la cual presento la declaración.
Saludos.
Buen día, una consulta, cuando voy a "validar", me sale un mensaje "Determinación de la Deuda-Renta de Trabajo: Ingrese el importe a pagar (casilla 168)", así mismo indicar que en Saldo de la Deuda Tributaria (146) tengo S/.0, le agradeceré me pueda orientar para validar y presentar, mi renta del 2020
Estimado Aldo Giovanni Macera, si en el casillero 146 Saldo de la Deuda Tributaria es 0, en el casillero 168 colocar “0”, va a la opción validar y aparece un mensaje indicando: Usted puede Presentar y Pagar.
Saludos.
@@SUNATOficial gracias por su respuesta
Cómo hago para fraccionar mi deuda
Estimado Marco, el fraccionamiento lo puede solicitar desde la Clave SOL, ingresando a la opción Trámites y Consultas / Mi fraccionamiento / Solicito Fraccionamiento Art. 36 / Fracc Art. 36. Para ello debe esperar que hayan transcurrido por lo menos 5 días hábiles siguientes a la presentación de la declaración anual.
Si tienes alguna consulta específica, la puedes realizar a través de nuestros canales de orientación: www.gob.pe/9122-recibir-orientacion-tributaria-o-aduanera.
buenas como solicito pago de declaración en cuotas
Estimado contribuyente, si desea fraccionar su deuda debe ingresar a Sunat operaciones en línea, tramites y consultas con su clave SOL. Le sugerimos revisar el siguiente enlace. ruclips.net/video/HW_poiSFO-0/видео.html
Saludos.
Porque en la casilla 514 me sale deducible 0 y entro a la casilla dice total monto a deducir 143???
Estimado contribuyente, para deducir las 3 UITs adicionales sus ingresos deben superar las 7 UIT. Para mayor información se le sugiere revisar el siguiente enlace. orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/impuesto-a-la-renta-personas-ultimo/deduccion-adicional-de-3-uit.
Saludos
Intento pagar con tarjeta débito del BN, pero me dice que no esta afiliada, que hago? que otras formas hay???
Estimado chingelart, una vez enviada la declaración, y de haber determinado Impuesto por Pagar, puedes realizar el pago por Internet, a través de SUNAT Virtual ingresando a la Nueva Plataforma en SUNAT Operaciones en Línea con tu clave SOL, ubica la opción Boleta de Pago - Pago de Tributos, selecciona el periodo 13/2020 y código de tributo 3073 Regularización - Rentas de trabajo. Puedes usar las siguientes modalidades de pagos: renta.sunat.gob.pe/personas/como-debes-pagar-tu-impuesto-la-renta
Saludos.
@@SUNATOficial intento pagar con mi tarjeta de crédito, le doy clic a presente/pague, pero no aparece la ventana donde debo ingresar los datos de mi tarjeta. A qué se debe? Gracias
@@stefanyespinoza9753 Estimada se sugiere borrar las cookies y los archivos temporales o ingresar desde el navegador Internet Explorer. Si el problema persiste reportarlo al área de informática. Puede comunicarse con un especialista informático para que lo asista con el inconveniente presentado llamando desde celulares y teléfonos fijos: (01) 315 0730 opción 2.
Saludos.
ESTIMADA SI QUIERO FRACCIONAR Y NO PUEDO EN ESE MOMENTO PAGAR DONDE ESTA LA OPCION?
Estimado Raul, puede presentar una Solicitud de Aplazamiento o Fraccionamiento inmediatamente después de realizada la presentación de tu declaración jurada anual, ingresando al enlace que para dicho efecto se encuentre habilitado en SUNAT Operaciones en Línea. De no ejercer la opción descrita, la presentación de tu solicitud sólo se podrá realizar siempre que hayan transcurrido 5 días hábiles, desde la fecha de presentación de tu Declaración Anual del Impuesto a la Renta del 2020.
De tener inconvenientes le sugerimos comunicarse con un especialista informático para que lo asista con el inconveniente, puede llamar al 01-3150730 opción 2 o nuestro chat informático sunatchat.sunat.gob.pe/wchat/.
Buenas tardes, Por favor tengo una deuda menor al 5% de la UIT. (menos de 200 soles) y aun así deseo aplazarla, es posible??? que tiempo tengo para pagarla, una vez presentada mi declaración jurada anual? SUNAT, agradezco su atención
No es posible
buenas tardes. El 2020 me liberaron mis cts. En la opción de rentas inafectas se pone el valor del total de lo que me liberaron? o lo que se supone que me depositaron correspondiente de mayo, diciembre el 2020?
Estimada Claudia, las rentas de trabajo se declaran de acuerdo al criterio de lo percibido. Le sugerimos revisar la siguiente cartilla de aplicación práctica: renta.sunat.gob.pe/sites/default/files/inline-files/Caso%20practico%20Renta%20de%20Trabajo_1.pdf
Saludos.
@@SUNATOficial Por qué no respondes a una pregunta tan básica y directa que ha hecho. ¿Se debe poner o no? Es un SÍ o un NO. No encuentro en ningún lado que aclaren ello. Gracias.
@@HenryFalconPE Lo mismo pensé. Tengo la misma duda y siento que su respuesta fue cero efectiva. En esas dos oraciones no entendí más que el saludo "Estimada Claudia" ... gracias por nada Sunat :(
@@HenryFalconPE Estimado Henry, considerando el criterio de lo indicado anteriormente, le informamos que los importes a considerar en la declaración anual serán los depositados en los meses de mayo y noviembre 2020.
Si tienes alguna consulta específica, la puedes realizar a través de nuestros canales de orientación: www.gob.pe/9122-recibir-orientacion-tributaria-o-aduanera.
Una consulta, yo pagué 1100 por alquiler de una vivienda, por el lapso de un año. Pero en la casilla 514 solo me sale deducible 35 soles correspondiente a compras en restaurantes. Que debo hacer para que se deduzca el pago de alquiler?. Gracias
Tu arrendador tuvo que haberte entregado una factura electrónica o de lo contrario tuvo que haberte entregado el Formulario N° 1683 y sólo el 30% de gasto te corresponde.
Estimada Yolanda Zamudio, el pago por el arrendamiento debe sustentarse con alguno de los documentos indicados a continuación, dependiendo del tipo de contribuyente que deba emitir o proporcionar dicho documento. Es decir, si el arrendador es una persona natural sin negocio deberá entregar al arrendatario el formulario N° 1683 (físico o virtual) y si genera rentas de tercera categoría, deberá emitirle al arrendatario la factura electrónica respectiva.
Porcentaje a deducir:
-30% del pagado efectuado (incluyendo el IGV, de corresponder)
Saludos.
@@SUNATOficial Gracias
@@SUNATOficial consulta: en mi caso cuando ingreso para declarar ya se encuentra toda la información de los alquileres pagados pero al momento de validar me sale un error en la casilla 514 indicando que ingrese la forma de pago, he buscado en la declaración la forma de ingresar este dato pero no encuentro ninguna opción, cómo puedo hacer o dónde encuentro esta opción?. Gracias
@@silvializrojas7777 Estimada. Escriba su consulta en nuestra red social Facebook: facebook.com/SUNAT
Nuestros especialistas de la #Sunat la atenderán gustosamente.
Saludos.
en el sistema de sunat solo me figura el 2020 y de 2021 no me aparece
Estimada Cecilia, puede obtener el detalle de sus retenciones de quinta categoría correspondientes al periodo 2021 ingresando a la opción MIS TRAMITES Y CONSULTAS en el siguiente enlace www.sunat.gob.pe/sol.html con su clave sol, luego debe seguir esta ruta:
Personas > OTRAS DECLARACIONES Y SOLICITUDES > Aportes y retenciones > Consulta de Contribuciones y Retenciones > Consulta de Contribuciones y Retenciones
Finalmente marque el concepto “Renta” e ingrese el rango de periodos y pulse en “Consultar”.
Saludos.
Quisiera fraccionar o pagar en cuotas mi saldo de deuda.
Estimado Robin, de haber determinado Impuesto por Pagar, usted deberá realizar el pago, en el siguiente enlace se muestra los medios para realizar el pago: renta.sunat.gob.pe/personas/como-debes-pagar-tu-impuesto-la-renta
También puedes presentar una Solicitud de Aplazamiento o Fraccionamiento inmediatamente después de realizada la presentación de tu declaración jurada anual, ingresando al enlace que para dicho efecto se encuentre habilitado en SUNAT Operaciones en Línea. Mas información en el siguiente enlace: renta.sunat.gob.pe/personas/como-solicitar-fraccionamiento
Saludos.
Buenas tardes, estoy poniendome al día con mis declaraciones, aún no he declarado lo del 2019 ni 2020, esto debo hacerlo por separado, es decir por cada año? o se junta todo en la del 2020. Por la demora, cuanto sería la multa para pagar?
Estimada contribuyente, recuerde que la determinación de la renta es de periodicidad anual por la cual debe declarar cada año por separado, puede realizar la declaración mediante el formulario virtual 709. Recuerde que si declara fuera de fecha la infracción es el 50% de la UIT, si subsana de forma voluntaria se le aplica la gradualidad del 90%.
Saludos.
@@SUNATOficial y si explicas pensando como ciudadano al que no le explicaron nada de esto en el colegio, ni universidad y que además no trabaja en tu entidad :S? Te puedo asegurar que tendrías mejores resultados ;)!
BUENAS TARDES, EH REALIADO EL PAGO DEL PERIODO 2019 DONDE LO PUEDO VERIFICAR
Estimado Fernado, puede consultar los pagos realizados ingresando con su clave SOL a SUNAT Virtual por el siguiente enlace e-menu.sunat.gob.pe/cl-ti-itmenu/MenuInternet.htm , se dirige a Personas > Mis Declaraciones Informativas > Consulto mis Declaraciones y Pagos > Declaraciones y Pagos > Consulta General y completa la información solicitada.
Saludos.
@@SUNATOficial Buenas tardes, efectué el pago, pero no se muestra en el listado.
Estimado Jonatan Aburto, puede consultar sus pagos realizado a la Sunat, ingresando a operaciones en línea con su clave sol: Ingresa a Personas o Empresas selecciona las opciones: Mis declaraciones informativas/Consulto mis declaraciones y pagos/Declaraciones y pagos/Consulta general y completa la información solicitada.
Debe tener en cuenta si realiza el pago forma presencial los verás registrados en el sistema después de 2 días hábiles.
Si tiene alguna consulta específica, le pedimos la realice a través de nuestros canales de orientación. Para mayor información en el siguiente enlace: orientacion.sunat.gob.pe/1093-canales-de-atencion
Saludos.
Hola una consulta, a partir de cuando subirán la información de su sistema, porque acabo de revisar y en mi sección Determinativa me aparece todo en cero, pese a que todo el 2020 he sido 4ta categoría.
Estimado Omar Manuel Cuenca Calixto, puede realizar la presentación de la declaración de renta anual 2020 - Personas que contiene un archivo personalizado mediante el Formulario Virtual Nº 709 - Renta Anual , el cual estará disponible a partir del 15 de febrero.
Puede revisar el cronograma Renta Anual - Personas y como declarar en el siguiente enlace: renta.sunat.gob.pe/personas/como-declarar-el-impuesto-la-renta
Saludos.
@@SUNATOficial buenas noches, consulta si solo a partir de agosto de 2020 presente mi hoja de 4ta categoría a RR.HH a la institución que me contrataron, también se declara renta anual?? si solo fue 5 meses DE AGOSTO A DICIEMBRE 2020 y soy personal técnico de salud como CAS COVID, no soy enfermera, ni médico. Percibo mi sueldo por planilla o tienen un correo ustedes, gracias espero su pronta repuesta.
@@Lariza25 Estimado Lariza Begazo, Si durante el año 2020 generaste ingresos por rentas de trabajo, ya sea de cuarta categoría (prestación de servicios independientes) y/o de quinta categoría (trabajo dependiente en planilla), estás obligado a presentar la declaración jurada anual 2020 del impuesto a la renta si te encuentras en alguno de los siguientes supuestos: www.gob.pe/12274-declarar-y-pagar-renta-2020-cuarta-y-quinta-categoria
Saludos.
COMO HAGO PARA APLAZAR
Estimada Sarumi Garcia, le brindamos un video tutorial que explica el procedimiento de solicitar fraccionamiento: fb.watch/3-yLzRjGXL/
Saludos.
Como se paga al fisco ....mediante una cuenta bancaria ?
Estimado contribuyente, si no tiene cuenta afiliada para realizar el pago en línea. Tiene que colocar en importe a pagar cero y presentar la declaración, luego llenar la guía de pago varios y puede acercarse a una entidad bancaria a realizar el pago del tributo.
Saludos
Cuando realizo la declaración y coloco la opción presente y pague en ningún lado me aparece la opción de fraccionar la deuda, me podrían mostrar una imagen en dónde salga esa opción? Entiendo que también puedo solicitarlo a través de un trámite a parte, pero ustedes señalan que debería aparecer esa opción al finalizar la declaración. No puedo finalizar la declaración sino pago en ese momento.
Estimada Giovanna, si la deuda determinada es mayor al 10% de la UIT (S/ 440.00) el contribuyente puede presentar la solicitud de aplazamiento y/o fraccionamiento, para lo cual en la constancia de presentación se mostrará automáticamente el enlace web con el link hacia el módulo en donde podrá presentar su solicitud de aplazamiento y/o fraccionamiento vía Internet (Formulario N° 687). En caso no ingrese al mencionado enlace, deberá solicitar el aplazamiento y/o fraccionamiento a través de SUNAT Virtual Operaciones en línea después de los 5 días hábiles de haber presentado el Formulario Virtual 709. Mas información en el siguiente enlace renta.sunat.gob.pe/personas/como-solicitar-fraccionamiento
De tener algún inconveniente puede escribirnos a través del siguiente chat en la opción “consultas informáticas”: sunatchat.sunat.gob.pe/wchat/
Saludos.
Tengo el mismo problema, no aparece en ninguna parte esa opción de frente te manda a pagar, y no puedo pagar ahora quiero pedir fraccionamiento, peor culmino el proceso de declaración y solo hay opción de pago?
@@cinthyaquispefernandez8094 me sucede lo mismo
Este video no me ayuda mucho la verdad. casilla 142 A FAVOR DEL FISCO= 1694, casilla 144 PAGOS CONTRA EL SALFO A FAVOR DEL FISCO = S/. 0, casilla 146 SALDO DE LA DEUDA TRIBUTARIA =1694. Casilla 168 IMPORTE A PAGAR S/. = solo aparece el símbolo. Yo no sé cuánto debo pagar. ¿A cuál de todas las casillas le hago caso, y cuánto es mi importe a pagar? si cuando yo leo la casilla que dice IMPORTE A PAGAR NO DICE NADA SOLO UN SÍMBOLO DE DINERO S/. No entiendo. ayudaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaa
Po r favor, quiero una respuesta
Una consulta, están realizando atención presencial?
Estimada Jackelyn. Consulte nuestros canales de atención hasta el 16 de Marzo: facebook.com/SUNAT/photos/10158155470608196.
Saludos.
Como se el importe a pagar
Estimada Roxana, mediante el siguiente enlace renta.sunat.gob.pe/personas/quienes-deben-declarar-el-impuesto-la-renta se detallan las situaciones en las cuales existe obligación de presentar la declaración anual Renta Personas 2020.
Para conocer si tiene monto por pagar al fisco o saldo a favor (para pedir devolución) siga estos pasos: Entrar a la página renta.sunat.gob.pe/ , seleccionar en la parte superior 'Declare' y luego 'Personas' > Ingresar con su Clave SOL y seleccione el Formulario Virtual Nº 709 - Renta Anual - Personas > Luego seleccionar 'Ejercicio 2020' y marcar la casilla de Renta de Trabajo y/o Fuente Extranjera > Revisar la información y completar lo necesario en las secciones Informativa y Determinativa, en la segunda parte de la Sección determinativa verificar si tiene monto por pagar al fisco o saldo a favor.
Saludos.
porque no me sale nada en la opcion 514
Estimada contribuyente, en la casilla 514 se reflejan aquellos gastos adicionales que no pueden ser mayor de 3 UIT. Esta deducción aplica si tus ingresos superan las 7 UITs. Para mayor información se le sugiere revisar el siguiente enlace. orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/impuesto-a-la-renta-personas-ultimo/deduccion-adicional-de-3-uit/6972-2017-06-13-15-14-31.
Saludos.
al ingresar a la casilla 111 me sale un botón de nombre exportar, doy click y descargo un documento en excel en blanco, como detallo mis rentas de quita categoría
Estimado Adderly, debe hacer click en el botón “Agregar” y ahí indicar los datos de los importes percibidos por rentas de 5ta categoría desde el 01.01.2020 hasta el 31.12.2020.
Si tienes alguna consulta específica, la puedes realizar a través de nuestros canales de orientación: www.gob.pe/9122-recibir-orientacion-tributaria-o-aduanera.
@@SUNATOficial gracias por su respuesta justo justo lo necesitaba hace dos semanas y ustedes fiel a su estilo, pero para cobrar ahí si.
Me sale 0, algo mal debe haber. ¿Cómo se hace el proceso?
Buenos dias, presento el mismo problema lograste solucionarlo ?
Estimado contribuyente, recuerde que si el sistema no cargo su información usted puede agregarlo. De lo contrario puede comunicarse con un especialista informático llamando al 01 315-0730 opción 2. También puede realizar su consulta por nuestro chat informático. www.sunat.gob.pe/institucional/contactenos/chat-SUNAT-online.html
Saludos.
@@willyjuniorhuaquiagama9696 Estimado contribuyente, recuerde que si el sistema no cargo su información usted puede agregarlo. Recuerde que si en el transcurso del año tuvo saldo a favor se le envió su reporte de rentas de trabajo al buzón electrónico, puede validar la información. También puede realizar su consulta por nuestro chat informático. www.sunat.gob.pe/institucional/contactenos/chat-SUNAT-online.html
Saludos.
Ruc de 1ra categoria realiza declaracion jurada anual?
Estimado Jesus Benite vegas, Si eres una persona natural sin negocio que en el año 2020 generaste rentas de primera categoría por el alquiler de bienes inmuebles (casa, departamentos, terrenos, cocheras, depósitos) o bienes muebles (vehículos, maquinarias, artefactos), y determinas un saldo a pagar en la Casilla 161 del Formulario Virtual 709 o tienes saldo a tu favor de años anteriores, estás obligado a presentar tu declaración y pago de la Renta Anual de Personas Naturales por el ejercicio 2020 mediante el Formulario Virtual 709.
Para mayor información en el siguiente enlace: www.gob.pe/12268-declarar-y-pagar-renta-2020-primera-categoria
Saludos.
@@SUNATOficial Buenas tardes, tengo una duda, si yo estoy inscrita como persona natural sin negocio con renta de 4ta categoria, pero no he emitido recibos por honorarios en ningun momento ni he tenido otros movimientos y no estoy en planilla, también debo realizar la Declaracion Anual?
@@juliafer987 estimado si no tuvo movimiento no tendría obligación de realizar la declaración anual de personas naturales.
Si tiene alguna consulta específica la puede realizar a través de nuestros canales de orientación: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/centro-de-tramites-virtual/1093-canales-de-atencion
Saludos
Qué pasa si por error no se declaró la cts?
La cts no está afecto a renta
Estimada Ketty, de haber olvidado consignar una información en su declaración puede presentar una declaración sustitutoria antes de la fecha de vencimiento o rectificatoria si lo realiza luego del vencimiento. Al ingresar debe elegir “Sustitutoria/Rectificatoria” y continuar con su declaración.
Saludos.
he generado mi renta anual y tengo por pagar cerca de 850 y quiero fraccionarlo, cuando voy a fraccionar la deuda no me figura... que tengo deuda de renta anual. ¿Que debo hacer?
Estimado Mario Oliva Valle, Si eres una persona natural y al presentar tu Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta del 2020, determinaste deuda por rentas trabajo puedes presentar una Solicitud de Aplazamiento o Fraccionamiento inmediatamente después de realizada la presentación de tu declaración jurada anual, ingresando al enlace que para dicho efecto se encuentre habilitado en SUNAT Operaciones en Línea.
De no ejercer la opción descrita, la presentación de tu solicitud sólo se podrá realizar siempre que hayan transcurrido 5 días hábiles, desde la fecha de presentación de tu Declaración Anual del Impuesto a la Renta del 2020.
Saludos.
Es obligatorio presentar, los que estamos en 4ta y 5ta categoria?
Estimado Russel, son varios los supuestos para estar obligado a presentar su declaración anual de impuesto a la renta, en el siguiente enlace puede revisarlos:
renta.sunat.gob.pe/personas/quienes-deben-declarar-el-impuesto-la-renta
Saludos.
En serio que fastidioso es hacer esto con todos los items que no tengo idea para que o porqué es... 🙄🙄🙄
Estimada contribuyente, recuerde que el sistema le muestra la casilla con su información correspondiente al ejercicio que va a declarar, la cual usted solo debe verificar que sean las correctas y realizar su declaración.
Saludos.