¿Qué es la plusvalía y por qué debemos pagarla?

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  • Опубликовано: 6 сен 2024
  • Uno de los instrumentos de financiación de los planes de ordenamiento territorial con que cuentan los municipios es la contribución especial de plusvalía generada por las acciones urbanísticas, la utilización del suelo y del espacio aéreo urbano.
    ¿Qué es la plusvalía urbanística?, ¿cómo y quién la reglamenta?, ¿por qué se genera y por qué estamos obligados a pagarla en defensa del interés común?, son algunas de las preguntas que intentaremos resolver en este corto video.
    Es urgente que nuestros alcaldes y concejales reglamenten con prontitud la plusvalía y empiecen cuanto antes su cobro efectivo, porque solo así alcanzaremos verdaderamente el desarrollo que nuestros pueblos necesitan y merecen.
    Soy Miguel Peña, abogado especialista en Gobierno Municipal y esto es www.podermunicipal.com.co.
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Комментарии • 54

  • @PodermunicipalCo
    @PodermunicipalCo  3 года назад

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  • @JuanChoColom
    @JuanChoColom 7 месяцев назад +2

    Excelente maestro, muchas gracias

    • @PodermunicipalCo
      @PodermunicipalCo  7 месяцев назад

      Cordial saludo. Gracias por su comentario.

  • @alexcontrerasalvarez1892
    @alexcontrerasalvarez1892 3 года назад +2

    Una explicación muy profunda, crítica y de calidad.
    Excelente trabajo.

    • @PodermunicipalCo
      @PodermunicipalCo  3 года назад +1

      Alex, muchas gracias por su amable comentario.

  • @gloriaamparogarcia5272
    @gloriaamparogarcia5272 3 года назад +1

    Excelente explicación, los territorios no tienen mayores recursos financieros por: Voluntad política, desconocimiento de los poseedores y dueños de los predios del valor agregado de este instrumento y el beneficio que puede obtener toda la comunidad. Y para terminar una gestión eficaz y eficiente de los gestores de turno. Mil gracias por tan excelente conocimiento brindado.

    • @PodermunicipalCo
      @PodermunicipalCo  3 года назад

      Gloria, muchas gracias por su amable comentario.

  • @carlosurbina1439
    @carlosurbina1439 3 года назад +1

    Excelente explicación muchas gracias por compartir su conocimiento.

    • @PodermunicipalCo
      @PodermunicipalCo  3 года назад

      Carlos, muchas gracias por su amable comentario.

  • @nubiaesthervergaracastano7732
    @nubiaesthervergaracastano7732 3 года назад

    Excelente exposición. Hago parte de un grupo que trabaja el tema de ordenamiento territorial en el oriente Antioqueño.

    • @PodermunicipalCo
      @PodermunicipalCo  3 года назад

      Nubia, gracias por su comentario y muchos éxitos con ese trabajo.

  • @robinsonbeltran3814
    @robinsonbeltran3814 3 года назад +1

    Mil gracias por este video; muy bien explicado el tema.

  • @CarlosDMontoyaB
    @CarlosDMontoyaB Год назад +1

    Excelente video, breve y esencial, se gano mi humilde suscripción 🤙

    • @PodermunicipalCo
      @PodermunicipalCo  Год назад

      Muchas gracias por su amable comentario y por la suscripción.

  • @victorgarces3239
    @victorgarces3239 3 года назад +1

    Excelente exposición. Buena ilustración

  • @diosa1207
    @diosa1207 3 года назад

    Excelente doctor peña como asesor, felicitaciones. Gracias por trasmitir conocimiento. A la comunidad es bueno leer y adquirir conocimiento y así exigir y controlar los mandatarios. El país está como está porque el estado de aprovecha de nuestra ignorancia y por eso nos someten a su antojo.

    • @PodermunicipalCo
      @PodermunicipalCo  3 года назад

      Muchísimas gracias por su comentario.

    • @leonardoriveros3981
      @leonardoriveros3981 7 месяцев назад

      Cómo se hace la reglamentacion de la plusvalía en los municipios de sexta categoría

  • @eveliodaza1528
    @eveliodaza1528 3 года назад +1

    Muy bueno.

  • @soysostenible.
    @soysostenible. 3 года назад +1

    Excelente explicación Dr. Peña. Pregunta: si no están los estudios previos a los hechos generadores de plusvalía, ésta se puede cobrar?. Cuáles son los criteerios que utilizan los concejos municipales para definir el porcentaje de participación del municipio en el plusvalor?. Gracias

    • @PodermunicipalCo
      @PodermunicipalCo  3 года назад

      Nelson, muchas gracias por su comentario. Como explico en el video, en primer lugar, sin haber realizado todo el proceso por parte del municipio no es posible empezar a cobrar esta contribución. En segundo lugar el porcentaje a cobrar obedece a una decisión política del alcalde y los concejales, dentro de los límites fijados por la ley.

  • @alexandragarcia8728
    @alexandragarcia8728 3 года назад +1

    Muy buen video, gracias

    • @PodermunicipalCo
      @PodermunicipalCo  3 года назад

      Gracias a usted, Alexandra, por su amable comentario.

  • @shirlypena1748
    @shirlypena1748 3 года назад +2

    La plusvalía se esta cobrando en sólo 13 municipios del país, porque? Si es la sulu ion efectiva para generar caja en los municipios? La respuesta es muy simple, la plusvalía afecta directamente a los poderosos y los poderosos son los que ponen los alcaldes, por ende es muy difícil que un alcalde en su accionar afecte directamente a sus propios patrocinadores. Esto es una radiografía de lo que es políticamente Colombia

    • @PodermunicipalCo
      @PodermunicipalCo  3 года назад

      Shirley, gracias por su comentario. Tristemente, lo que usted dice es verdad.

  • @zalamandra1
    @zalamandra1 3 года назад

    excelente exposicion, muy didactica la charla

  • @blancaquinteroacero9462
    @blancaquinteroacero9462 2 года назад

    Excelente video!🤗 Muchas gracias.

    • @PodermunicipalCo
      @PodermunicipalCo  2 года назад

      Blanca, muchas gracias por su amable comentario.

  • @claudiapatriciascalante669
    @claudiapatriciascalante669 Год назад

    Muy claro, practicos ejemplos. Villavicencio, ya tiene reglamentada la Plusvalia. Preguntas:
    Como se sabe cuanto debo pagar si el 30 o 50%. A que entidad voy, al IGAC o hacienda?

    • @PodermunicipalCo
      @PodermunicipalCo  Год назад

      Gracias por el comentario. El porcentaje a pagar depende de la reglamentación que haga cada municipio.

  • @vanessavelahernandez61
    @vanessavelahernandez61 3 года назад

    Excelente video, muy bien explicado

  • @johannaveronicagarciacorre878
    @johannaveronicagarciacorre878 3 года назад

    Muchas gracias por su respuesta, esta claro que no se debe suscribir acuerdo de pago. Ahora respecto de la practica de la administracion en levantar la medida cautelar que se inscribio sobre los predios que fueron participes de plusvalia al momento de suscribir el acuerdo de pago permitiendo la libre disposicion del bien ¿ considera que esta bien o en su defecto la administracion se esta sustrayendo de la ley? ¿que regula ese actuar de la administracion? Existe norma que permita el levantamiento de la antacion en el folio de matricula inmobiliaria antes de que el contribuyente pague la totalidad de plusvalia? Muchas gracias

  • @nellyrojas2446
    @nellyrojas2446 5 месяцев назад

    Me interesa saber en el caso de Cali, bulevar de oriente, por qué el cobro es tan exagerado en estratos 1 hasta más de 4 millones por vivienda y creo que ninguno inferior al millón, par 3 o cuatro comunas con esos cobros se pagan las obras de todo Cali y sobra, si solo en la comuna 14 hay más de 37 mil viviendas.

    • @PodermunicipalCo
      @PodermunicipalCo  5 месяцев назад

      Cordial saludo. El monto de la plusvalía depende cada municipio, dentro de los límites fijados por la ley.

  • @luisjosemartinezmelo4164
    @luisjosemartinezmelo4164 3 года назад +1

    Buenas tardes. Muy buena explicación de este concepto. La verdad, no lo tenía claro. Le quiero hacer una pregunta: Aquellos municipios que a la fecha no han reglamentado la plusvalía, qué tipo de sanción se les impondrá por los entes de control u otra entidad que tenga relación con este tema ?

    • @PodermunicipalCo
      @PodermunicipalCo  3 года назад +1

      Luis José, gracias por su comentario.
      Interesante pregunta, pero, que yo sepa, no existe una sanción para aquellos municipios que no implementen la plusvalía. El problema es que el municipio está perdiendo una gran fuente de financiación de su desarrollo.

  • @germanrodriguez7052
    @germanrodriguez7052 2 года назад

    Muchas gracias por su explicación. Pregunta: ¿los departamentos también pueden cobrar plusvalía?

    • @PodermunicipalCo
      @PodermunicipalCo  2 года назад +2

      Germán, gracias por su comentario y por consultar.
      Para responder a su interrogante, es necesario tener en cuenta primero, que el artículo 82 de la Constitución Política dispone que “Las entidades públicas participarán en la plusvalía que genere su acción urbanística y regularán la utilización del suelo y del espacio aéreo urbano en defensa del interés común”.
      Segundo, que el artículo 300 Constitucional establece que corresponde a las Asambleas Departamentales, por medio de ordenanzas:
      “4. Decretar, de conformidad con la Ley, los tributos y contribuciones necesarios para el cumplimiento de las funciones departamentales”.
      Tercero, que el artículo 73 Ley 388 de 1997 establece que “Los concejos municipales y distritales establecerán mediante acuerdos de carácter general, las normas para la aplicación de la participación en la plusvalía en sus respectivos territorios”.
      En consecuencia, si bien, en principio, cualquier entidad pública podrá participar en la plusvalía que genere su acción urbanística, se requiere de una ley que habilite a los departamentos y municipios para tal ejercicio. Como quiera que, a la fecha, únicamente los municipios y distritos están habilitados legalmente para reglamentar el cobro de esta contribución, los departamentos no pueden cobrar la plusvalía.

  • @luzmarinavasquezdesantamar9960
    @luzmarinavasquezdesantamar9960 Месяц назад

    Y si yo estoy pagando el impuesto al dia

  • @MariaC-wf7mj
    @MariaC-wf7mj Год назад

    Doctor buenas tardes, me surge una pregunta. Si un predio se engloba y por ende se cierra el folio, y el Municipio no alcanza a inscribir la valorización sobre ese folio ya cerrado, el Municipio podrá gravar la plusvalía sobre el predio resultante del englobe? es decir, la deuda de plusvalía se hereda con el cierre del folio? Gracias por su amable respuesta!!!

    • @PodermunicipalCo
      @PodermunicipalCo  Год назад

      Gracias por su comentario. El cobro de la plusvalía se hace efectivo a partir de la anotación en el registro, sea cual sea la condición en la que se encuentre el predio.

  • @johannaveronicagarciacorre878
    @johannaveronicagarciacorre878 3 года назад

    Como aplica los acuerdos de pago en plusvalia. Cuando yo como propietario no quiero vender, enajenar, urbanizar ni se consolida ninguno de los eventos contemplados en el articulo 83 de la ley 388 de 1997, si no antes bien es mi voluntar cancelar la plusvalia pero quiero pagarlo en cuotas porque no tengo todo el dinero, sin embargo puedo sacar mensualmente una parte para pagar la plusvalia. Cual es el monto minimo que debo de cancelar, cual es el plazo maximo para pagar, todo lo anterior al momento de suscribir el acuerdo de pago. Otra pregunta si esta bien llamarlo acuerdo de pago, pues si bien es cierto tengo una obligacion con el municipio producto de una actuacion administrativa, sin embargo siempre que no se consolide uno de los eventos del articulo 83 no incurro en mora o en incumplimiento, para suscribir un acuerdo de pago. Entonces en ese sentido se podria decir que no se estaria frente a un acuerdo de pago sino frente a un plan de pagos de la participacion en plusvalia. Ahora he visto en administraciones que al momento de suscribir un acuerdo de pago se envia a la oficina de instrumentosnpublicos de cucuta la solicitud para el levantamiento de la medida cautelar en el folio de matricula inmobiliaria. Esa es mi inquietud estoy atenta,

    • @PodermunicipalCo
      @PodermunicipalCo  3 года назад

      Johanna, gracias por su comentario. De conformidad con lo dispuesto en el articulo 83 de la ley 388 de 1997, la participación en Ia plusvalía sólo le será exigible al propietario o poseedor del inmueble respecto del cual se haya liquidado e inscrito en el respectivo folio de matrícula inmobiliaria un efecto de plusvalía, en el momento en que se presente cualquiera de las siguientes situaciones e incluye una lista de cuatro situaciones. Por lo tanto, si usted como propietaria o poseedora no ha realizado ninguna de tales acciones, pues no es deudora de la plusvalía y, en consecuencia, el municipio no puede cobrársela, por lo que no es procedente un acuerdo de pagos.

  • @callejondorado
    @callejondorado 3 года назад

    ¿Que pasa si una vivienda que haya perdido valor durante años por el uso normal de ella se remodela para volverla a poner como nueva en forma similar a cuando se compró? ¿Eso genera plusvalía? ¿Si efectivamente genera plusvalía entonces la depreciación del inmueble debería igualmente general algo opuesto a la plusvalía y pagar menos? ¿Correcto?

    • @PodermunicipalCo
      @PodermunicipalCo  3 года назад

      Muchas gracias por comentar.
      Para responder su interrogante, sin tener en cuenta los detalles específicos del caso que usted plantea, debemos considerar que el artículo 74 de la Ley 388 de 1997, dispone que:
      "ART. 74.-Hechos generadores. Constituyen hechos generadores de la participación en la plusvalía de que trata el artículo anterior, las decisiones administrativas que configuran acciones urbanísticas según lo establecido en el artículo 8º de esta ley, y que autorizan específicamente ya sea a destinar el inmueble a un uso más rentable, o bien incrementar el aprovechamiento del suelo permitiendo una mayor área edificada, de acuerdo con lo que se estatuya formalmente en el respectivo plan de ordenamiento o en los instrumentos que lo desarrollen. Son hechos generadores los siguientes:
      1. La incorporación de suelo rural a suelo de expansión urbana o la consideración de parte del suelo rural como suburbano.
      2. El establecimiento o modificación del régimen o la zonificación de usos del suelo.
      3. La autorización de un mayor aprovechamiento del suelo en edificación, bien sea elevando el índice de ocupación o el índice de construcción, o ambos a la vez.
      En el mismo plan de ordenamiento territorial o en los instrumentos que lo desarrollen, se especificarán y delimitarán las zonas o subzonas beneficiarias de una o varias de las acciones urbanísticas contempladas en este artículo, las cuales serán tenidas en cuenta, sea en conjunto o cada una por separado, para determinar el efecto de la plusvalía o los derechos adicionales de construcción y desarrollo, cuando fuere del caso".
      En consecuencia, una simple remodelación por sí sola no estaría sujeta a este gravamen, sino únicamente si se trata de aumentar el índice de construcción y siempre que esté ubicada en un área geográfica afectada por la plusvalía según el POT del municipio.

  • @rubensuarez5414
    @rubensuarez5414 25 дней назад

    El pueblo no debe pagar plusvalia.

  • @rubensuarez5414
    @rubensuarez5414 25 дней назад

    No estoy de acuerdo. Por. trabajo no hay no hay economía para pagar más Impuestos. Suficiente con lo que cobran. en el impuesto predial. No jodan. al pueblo. Con más. Impuestos.