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Buenas Juan. Gracias por tocar el tema de las complementarias. En mi caso, Page el precio dr compra, que es más bajo que el precio de valor de referencia porque la funcionaria me lo dijo directamente, y yo inocente de mi, acepte pagar por el precio de compra, y a los 4 meses yae ha llegado el procedimo informativo de la complementaria por si quiero alegar en 10 días. Claro, yo no tengo ninguna tasación, ya que lo compré sin hipoteca, solo tengo las fotos del piso destrozado, ya que estuvo ocupado y vandalizado. Nonsr si hacerles un escrito, pero claro no tengo nada oficial. Y además, porque la reforma la he realizado yo, solo tengonfacturas de los materiales, aunque si tengo presupuestos de lo habría costado si lo hubiera realizado con profesionales. Perdonad por la chapa, pero por sime podéis dar vuestra opinión. Gracias Juan. Yo soy de lo que hizo la primera edición del curso de inmoemprende. Y la verdad que os tengo un poco abandonados en telegram
Te recomiendo realizar un escrito alegando el mal estado, cualquier discrepancia en m2 reales vs catastrales, los presupuestos que mencionas, la oferta y la demanda (el valor de una cosa es lo que alguien está dispuesto a pagar por ella) si es de procedencia de fondos y de bancos dejar claro que has actuado de buena fe y la transacción ha sido sujeta a la prevención de blanqueo de capitales, Si el edificio no tiene la ITE etc etc. No conseguiras el 100% pero te devolverán parte. Un saludo!
Hay gente q sigue pagando por el valor de compra...ya q ha comprado más barato porque la vivienda tiene algún problema y luego cuando llega la complementaria lo defienden con fotos en el momento de la compra, etc...
Hola Juan, compra de casa a fondo de inversión por 100.000€, valor segun catastro 200.000€. ITP=20.000 en Cataluña, casa alquilada por 500€. No se puede tasar. Puedo de alguna manera reducir los 20.000€ de ITP?
Tengo una duda existencial desde hace algún tiempo y se refiere a la deducción del 60% de los alquileres destinados a vivienda habitual. El año pasado vi un tiktok que hacía referencia a una modificación, pero no he sido capaz de encontrar en internet información veraz y detallada al respecto, no sé si es porque no se llegó a aprobar dicha modificación o simplemente porque no ha entrado en vigor. Gracias de antemano por la aclaración
hace referencia al 50-70-90 en función de a quien el alquiles el piso y a que precios tendrás una bonificación u otra. cuando llegue el momento ya haré video, si pones google 50 70 90 bonificacion alquileres hay mucha info de mientras hasta el video 🤗
En el caso de que compres sin hipoteca y en la certificación catastral aparezca que "no existe valor de referencia" entiendo que Hacienda solo puede basarse en el valor de compraventa ¿cierto?
Hola gracias por el video, tengo mi piso en venta, y hace 1 semana recibí una carta del catastro que me subían el valor del suelo, que pasa de 40k a 72k, me Dan 10 días para presentar alegaciones, es una pasada, consulté a mi gestor y me dijo que esa carta es una actualización de valor del suelo,,,, ni me dijo de reclamar ni nada, que es lo que hay.... Es normal que me suban el valor antes de firmar contrato de venta???, al liquidar el impuesto del ayuntamiento pagaré más por esta subida.. Vaya tela
Perdona pero yo tengo entendido que la tasación para la hipoteca, no influye en el ITP. solo se basan en el precio de compra o el de referencia catastral.
Hola Claudio, la tasación hipotecaria es oficial, cuando reclames la diferencia de ITP entre el valor de referencia y el valor de compra, si la tasación es superior al valor de compra, te harán pagar en base a la tasación.
Hola Juan, Compre un piso en Manresa por 34k y la tasación me salió 72521€. El valor de referencia es de 44k y pague ITP por estos 44k. Puedo reclamar algo en este caso? Puedo adjuntar fotos de la reforma que realice al piso y reclamar esa diferencia de 44k a 34k? O al salir 72k de tasación lo mejor es que no diga nada? Gracias
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Muchas gracias! Muy bien explicado 👍
Muy buena información como siempre amigo! Un abrazo
Muy buena información! Muy específica y formativa. Gracias!
Muchas gracias Juan. Me viene genial la explicación.
Muchas gracias, muy bien explicado,
Buenas Juan. Gracias por tocar el tema de las complementarias. En mi caso, Page el precio dr compra, que es más bajo que el precio de valor de referencia porque la funcionaria me lo dijo directamente, y yo inocente de mi, acepte pagar por el precio de compra, y a los 4 meses yae ha llegado el procedimo informativo de la complementaria por si quiero alegar en 10 días. Claro, yo no tengo ninguna tasación, ya que lo compré sin hipoteca, solo tengo las fotos del piso destrozado, ya que estuvo ocupado y vandalizado. Nonsr si hacerles un escrito, pero claro no tengo nada oficial. Y además, porque la reforma la he realizado yo, solo tengonfacturas de los materiales, aunque si tengo presupuestos de lo habría costado si lo hubiera realizado con profesionales. Perdonad por la chapa, pero por sime podéis dar vuestra opinión. Gracias Juan. Yo soy de lo que hizo la primera edición del curso de inmoemprende. Y la verdad que os tengo un poco abandonados en telegram
Te recomiendo realizar un escrito alegando el mal estado, cualquier discrepancia en m2 reales vs catastrales, los presupuestos que mencionas, la oferta y la demanda (el valor de una cosa es lo que alguien está dispuesto a pagar por ella) si es de procedencia de fondos y de bancos dejar claro que has actuado de buena fe y la transacción ha sido sujeta a la prevención de blanqueo de capitales, Si el edificio no tiene la ITE etc etc. No conseguiras el 100% pero te devolverán parte. Un saludo!
Gracias por informarnos👏👏
Muy útil. Gracias.
Hay gente q sigue pagando por el valor de compra...ya q ha comprado más barato porque la vivienda tiene algún problema y luego cuando llega la complementaria lo defienden con fotos en el momento de la compra, etc...
Hola Juan, compra de casa a fondo de inversión por 100.000€, valor segun catastro 200.000€. ITP=20.000 en Cataluña, casa alquilada por 500€. No se puede tasar. Puedo de alguna manera reducir los 20.000€ de ITP?
Tengo una duda existencial desde hace algún tiempo y se refiere a la deducción del 60% de los alquileres destinados a vivienda habitual. El año pasado vi un tiktok que hacía referencia a una modificación, pero no he sido capaz de encontrar en internet información veraz y detallada al respecto, no sé si es porque no se llegó a aprobar dicha modificación o simplemente porque no ha entrado en vigor. Gracias de antemano por la aclaración
hace referencia al 50-70-90 en función de a quien el alquiles el piso y a que precios tendrás una bonificación u otra. cuando llegue el momento ya haré video, si pones google 50 70 90 bonificacion alquileres hay mucha info de mientras hasta el video 🤗
En el caso de que compres sin hipoteca y en la certificación catastral aparezca que "no existe valor de referencia" entiendo que Hacienda solo puede basarse en el valor de compraventa ¿cierto?
Cierto
Hola gracias por el video, tengo mi piso en venta, y hace 1 semana recibí una carta del catastro que me subían el valor del suelo, que pasa de 40k a 72k, me Dan 10 días para presentar alegaciones, es una pasada, consulté a mi gestor y me dijo que esa carta es una actualización de valor del suelo,,,, ni me dijo de reclamar ni nada, que es lo que hay.... Es normal que me suban el valor antes de firmar contrato de venta???, al liquidar el impuesto del ayuntamiento pagaré más por esta subida.. Vaya tela
Te comparto en mi linkedin
Hola juin portavoz dejame tu email por fa
Juan ¿sabes cuál sería la base imponible para un inmueble de subasta que no tiene VRC?
El valor de adjudicacion
Gracias
Perdona pero yo tengo entendido que la tasación para la hipoteca, no influye en el ITP. solo se basan en el precio de compra o el de referencia catastral.
Hola Claudio, la tasación hipotecaria es oficial, cuando reclames la diferencia de ITP entre el valor de referencia y el valor de compra, si la tasación es superior al valor de compra, te harán pagar en base a la tasación.
Hola Juan,
Compre un piso en Manresa por 34k y la tasación me salió 72521€. El valor de referencia es de 44k y pague ITP por estos 44k. Puedo reclamar algo en este caso? Puedo adjuntar fotos de la reforma que realice al piso y reclamar esa diferencia de 44k a 34k? O al salir 72k de tasación lo mejor es que no diga nada?
Gracias
Yo no me la jugaba por ese importe