El Derecho como mecanismo de transmisión del conocimiento (Sesión 2) | Enrique Ghersi

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  • Опубликовано: 16 окт 2024

Комментарии • 6

  • @renatogranadosortiz9226
    @renatogranadosortiz9226 29 дней назад

    Excelente conferencia

  • @15zalo
    @15zalo 8 лет назад

    Partiendo del criterio del ponente, este es, que el derecho está compuesto por normas prácticas de experiencia acumulada que transmiten conocimiento (si mal no lo he entendido), me surge la siguiente duda:
    Ante una de las preguntas realizadas, relativa al principio de accesión, no dejo de plantearme si la argumentación del señor Ghersi es utilitarista. Si entendemos que la costumbre "contra legem" desplaza a la ley, o al derecho de propiedad del señor dueño del terreno, debido a que como es contravenida por el 70% de la población, la norma es ineficiente, y como resultado, el principio de accesión se invierte, ¿qué garantías tienen los derechos fundamentales ante un problema similar que de como solución otra respuesta "contra legem" contraria a tales derechos? Partiendo del hecho de que el señor Ghersi no es iusnaturalista, lo cual sería un límite a esa disposición de los derechos o normas por los condicionamientos de la realidad práctica.

    • @augustalibertaddarom3338
      @augustalibertaddarom3338 8 лет назад +2

      El Dr. Ghersi no es iusnaturalista. Él defiende el derecho consuetudinario. O sea, que el derecho se adapte a las costumbres aceptadas en cada civilización y época.
      Yo entiendo el punto de él, y considero que en gran parte tiene razón. Sin embargo yo sí que soy iusnaturalista en cuanto a los derechos fundamentales de vida, libertad y propiedad; y no creo que haya costumbre posible capaz de conculcar esos derechos, que son inalienables. No me imagino cómo resolvería él ese conflicto. Lo que no quita interés a sus conferencias, y a las críticas que hace, especialmente del positivismo jurídico.

  • @elpirripuntocom
    @elpirripuntocom 5 лет назад +1

    es una teoria del derecho muy bonita y casi "naif". el derecho actual, el conjunto de normas reguladoras, es habitualmente fruto de caprichosos legisladores y responden a modas y a objetivos politicos.
    ademas no estan ahi para que los ciudadanos los usen "si quieren". no señor. son de obligado cumplimiento aun cuando uno desconozca la norma. lo cual es ya, de entrada, tremendamente injusto.
    nada que ver, creo yo, con lo que desarrolla el profesor ghersi.

    • @Joplas99
      @Joplas99 5 лет назад +1

      Pero ese es el derecho escrito controlado por el Estado, la ley. No dice que ese derecho no exista, sino que compite con los demás, como la costumbre.

    •  3 года назад

      Ya. Todos los delitos se castigan.
      Ningún contrato se incumple. Toda costumbre es inmutable. Y la determinación del sujeto individual no cuenta en ninguno de estos casos. Sólo el poder ese actúa por sí y ante sí en todos los órdenes normativos en cada momento.
      De ahí lo injusto de la obligación legal de conocer el derecho ya que al parecer no dá opción alguna de incumplirlo a discreción en una ley, un contrato o una costumbre.
      Por eso, deduzco, lo urgente debe ser consagrar legalmente tal derecho.
      Y ejercerlo obligatoriamente en nombre del poder ese en vez de desobedecer.
      Para que no haya escapatoria.Pero será por nuestro bien. Y por la vigencia de nuestros derechos.Ea.
      Y yo con estos pelos.