si en una copropiedad donde hay una variabilidad muy grande en los coeficientes ( casas pequeñas y otras casi el doble) es posible fijar una cuota fija para todos que sea la división del presupuesto entre el numero de copropiedad en aras d ela equidad? Se puede aprobar por la asamblea un cobro e esas condiciones?
Le escribo desde Tena Cundinamarca, estoy en conjunto de propiedad horizontal el cual inició como parcelación,pero hoy está legal con ley 675 de 2001. son lotes donde cada quien construye de acuerdo a su posibilidad, y tiene un área común no esencial bastante grande y tenemos un conflicto económico con un trabajador y una posibilidad de arreglo es dándole un lote sacado de las zonas comunes, es posible hacerlo que habría que hacer para legalizar la escritura pública y su respectivo registro. Mil gracias
El hábito no hace al monje. En 19:54 al abogado Serrano se le olvida que en las copropiedades destinadas a "VIVIENDA", es decir, excluidos los comerciales y/o mixtos, los coeficiente se aplican para decidir asuntos de "carácter económico", mientras que los asuntos NO ECONÓMICOS no aplican los coeficientes. Un copropietario... UN VOTO: Sentencia C-522/02 Corte Constitucional Declara EXEQUIBLE el parágrafo 2° del artículo 37 de la Ley 675 de 2001 en el entendido que cuando se trate de inmuebles destinados a vivienda, el voto de cada propietario equivaldrá al porcentaje de coeficiente de propiedad del respectivo bien privado, sólo para las decisiones de contenido económico conforme a lo expresado en la parte motiva de la sentencia.
Hola buenos días, me gustaría saber qué consecuencias tiene la declaratoria de nulidad por juez del circuito de la elección de un Consejo de Administración por falta de Quórum al momento de la elección. Lo anterior en razón a que ya pasó su año de ejercicio, eligieron administrador, ejecutaron presupuesto y tomaron múltiples decisiones para el Conjunto Residencial. Es cierto como lo afirman los Consejeros ilegítimos, que esa nulidad se subsana ratificando retroactivamente su elección con otra nueva Asamblea de Copropietarios, ya habiendo fenecido su periodo? Que responsabilidad penal y pecuniaria tendrían el Administrador y Consejeros ilegítimos que lo eligieron y ejecutaron presupuesto anual del Conjunto? Cabe alguna acción civil indemnizatoria para el Conjunto o individualmente para los copropietarios?
Buenos dias; en un inmueble de sotano y dos pisos, hay: un garaje doble en el sotano, con acceso independiente, en el primer piso hay un local comercial, tambien con acceso independiente y un apartamento con acceso independiente y el acceso a traves de escaleras a un apartamento en el segundo piso, las 4 unidades privadas generadas no tienen areas comunes de uso general solo las escenciales, Como se calculan los modulos de contribucion?
Hay que aclarar que si el local esta construido en el lote del propietario de un apartamento NO convierte a la propiedad en mixta, ya que el conjunto es de casas y un local y sobre el un apartamento cuyo dueño es el mismo del apartamento pues la venta es del lote y se construyo y vendio de esa manera. EL conjunto NO recibe nada de ganancias que genere ese local, ya que el que paga impuestos es el dueño del apartamento y NO las casas .
Una cosa es parcelación y otra es construcción, asi mismo anteriores a la ley 675 del 2001 y otra estar construidos bajo la ley 675/2001,En este caso si no es acorde al artículo 25 y 26 estan por fuera de la ley😊
En 56:34 se le explica al Abogado pero por su respuesta es evidente que no maneja el tema. Se debió tener en cuenta que todo bien inmueble que hace parte de una copropiedad debe tener matrícula inmobiliaria. esto incluye apartamentos, locales, parqueaderos, depósitos, entre otros, ya que cada uno tiene un espacio, que debe hacer tener su coeficiente de COPROPIEDAD. Hecha la anterior aclaración, la cuota de la expensa debe incluir a cada bien privado independientemente uno del otro. Y no solo basta con aprobar el valor del presupuesto, sino que se debe aprobar el valor de cada cuota de cada "bien privado", ya sea apartamento, local, consultorio, parqueadero, o depósito, entre otros, conforme lo establece el numeral 4° del art. 38 de la ley 675/01.
Buenos dias. Usted podría indicarme quién es el responsable de verificar que los coeficientes de copropiedad sean los que se encuentren en el reglamento? Y si se encuentran anomalias o inconsistencias en los mismos durante 3 años continuos, se podría pedir reliquidación? gracias.
Buenas noches una persona que no es propietario y le dan poder , puede pertenecer al consejo de administración de una propiedad horizntal y llegar a ser su presidente.
ESA ULTIMA PREGUNTA ERA IMPORTANTE - LA SRA QUISO DECIR QUE CUANDO COBRAN CUOTAS EXTRAORDINARIAS Y NO REALIZAN COBROS POR MODULOS COMO RECLAMAR PARA QUE SEA UN COBRO EN EQUIDAD
Mire caballero en un edificio se utiliza el coeficiente de participación o de propiedad que es el que se calcula con la superficie construida y en los gastos de conservación del edificio se llama cuota de participación que se calcula con la superficie util del edificio por lo tanto no se enrrolle e informe mejor
Muchas gracias por su explicación sobre cosuoficientes
Buenos días sería posible enviarme la formula matemática para calcular la cuota de administración en una propiedad horizontal mixta
Como se calcula en un edificio de 3 pisos apartamento por piso y un local apartaestudio en primer piso. Gracias Elena Angel
si en una copropiedad donde hay una variabilidad muy grande en los coeficientes ( casas pequeñas y otras casi el doble) es posible fijar una cuota fija para todos que sea la división del presupuesto entre el numero de copropiedad en aras d ela equidad? Se puede aprobar por la asamblea un cobro e esas condiciones?
Le escribo desde Tena Cundinamarca, estoy en conjunto de propiedad horizontal el cual inició como parcelación,pero hoy está legal con ley 675 de 2001. son lotes donde cada quien construye de acuerdo a su posibilidad, y tiene un área común no esencial bastante grande y tenemos un conflicto económico con un trabajador y una posibilidad de arreglo es dándole un lote sacado de las zonas comunes, es posible hacerlo que habría que hacer para legalizar la escritura pública y su respectivo registro. Mil gracias
El hábito no hace al monje. En 19:54 al abogado Serrano se le olvida que en las copropiedades destinadas a "VIVIENDA", es decir, excluidos los comerciales y/o mixtos, los coeficiente se aplican para decidir asuntos de "carácter económico", mientras que los asuntos NO ECONÓMICOS no aplican los coeficientes. Un copropietario... UN VOTO:
Sentencia C-522/02 Corte Constitucional Declara EXEQUIBLE el parágrafo 2° del artículo 37 de la Ley 675 de 2001 en el entendido que cuando se trate de inmuebles destinados a vivienda, el voto de cada propietario equivaldrá al porcentaje de coeficiente de propiedad del respectivo bien privado, sólo para las decisiones de contenido económico conforme a lo expresado en la parte motiva de la sentencia.
Hola buenos días, me gustaría saber qué consecuencias tiene la declaratoria de nulidad por juez del circuito de la elección de un Consejo de Administración por falta de Quórum al momento de la elección. Lo anterior en razón a que ya pasó su año de ejercicio, eligieron administrador, ejecutaron presupuesto y tomaron múltiples decisiones para el Conjunto Residencial. Es cierto como lo afirman los Consejeros ilegítimos, que esa nulidad se subsana ratificando retroactivamente su elección con otra nueva Asamblea de Copropietarios, ya habiendo fenecido su periodo? Que responsabilidad penal y pecuniaria tendrían el Administrador y Consejeros ilegítimos que lo eligieron y ejecutaron presupuesto anual del Conjunto? Cabe alguna acción civil indemnizatoria para el Conjunto o individualmente para los copropietarios?
Yo debo pagar administracion por mi parqueadero propio en una ph ?
En un conjunto campestre de ap y casas teniendo mas coeficiente los ap que pasa con las areas comunes y las cuotas de admon
Tengo el coeficiente de mi apartamento b y de mi parqueadero tengo que sumarle el coeficiente de zonas comunes que me pertenece
Buenos dias; en un inmueble de sotano y dos pisos, hay: un garaje doble en el sotano, con acceso independiente, en el primer piso hay un local comercial, tambien con acceso independiente y un apartamento con acceso independiente y el acceso a traves de escaleras a un apartamento en el segundo piso, las 4 unidades privadas generadas no tienen areas comunes de uso general solo las escenciales, Como se calculan los modulos de contribucion?
Los coeficientes de parqueaderos tienen participación en la asamblea
Doctor buenas tardes , una pregunta, el seguro de Áreas Comunes se debe pagar por coeficiente o partes iguales
❤❤❤
Hay que aclarar que si el local esta construido en el lote del propietario de un apartamento NO convierte a la propiedad en mixta, ya que el conjunto es de casas y un local y sobre el un apartamento cuyo dueño es el mismo del apartamento pues la venta es del lote y se construyo y vendio de esa manera. EL conjunto NO recibe nada de ganancias que genere ese local, ya que el que paga impuestos es el dueño del apartamento y NO las casas .
buenas noches si poseo un espacio de uso exclusivo este suma en el coeficiente
Mi pregunta y la pregunta de muchos es: quién es la persona idónea para establecer los coeficientes y los módulos de contribución?
La licencia de construccion
Una cosa es parcelación y otra es construcción, asi mismo anteriores a la ley 675 del 2001 y otra estar construidos bajo la ley 675/2001,En este caso si no es acorde al artículo 25 y 26 estan por fuera de la ley😊
En 56:34 se le explica al Abogado pero por su respuesta es evidente que no maneja el tema.
Se debió tener en cuenta que todo bien inmueble que hace parte de una copropiedad debe tener matrícula inmobiliaria. esto incluye apartamentos, locales, parqueaderos, depósitos, entre otros, ya que cada uno tiene un espacio, que debe hacer tener su coeficiente de COPROPIEDAD.
Hecha la anterior aclaración, la cuota de la expensa debe incluir a cada bien privado independientemente uno del otro. Y no solo basta con aprobar el valor del presupuesto, sino que se debe aprobar el valor de cada cuota de cada "bien privado", ya sea apartamento, local, consultorio, parqueadero, o depósito, entre otros, conforme lo establece el numeral 4° del art. 38 de la ley 675/01.
Buenos dias. Usted podría indicarme quién es el responsable de verificar que los coeficientes de copropiedad sean los que se encuentren en el reglamento? Y si se encuentran anomalias o inconsistencias en los mismos durante 3 años continuos, se podría pedir reliquidación? gracias.
Buenas noches una persona que no es propietario y le dan poder , puede pertenecer al consejo de administración de una propiedad horizntal y llegar a ser su presidente.
El poder debe decir que está autorizado para integrar el consejo de administración del periodo
Así es@@mariacolombia7939
ESA ULTIMA PREGUNTA ERA IMPORTANTE - LA SRA QUISO DECIR QUE CUANDO COBRAN CUOTAS EXTRAORDINARIAS Y NO REALIZAN COBROS POR MODULOS COMO RECLAMAR PARA QUE SEA UN COBRO EN EQUIDAD
Que pasa si de modifico el area privada? Se puso la queja ante planeacion y planeacion no hizo nada.
Creemos que tiene un error en la formula , o de donde salen los 100 millones del presupuesto , algo esta errado en el planteamiento matematico
Mire caballero en un edificio se utiliza el coeficiente de participación o de propiedad que es el que se calcula con la superficie construida y en los gastos de conservación del edificio se llama cuota de participación que se calcula con la superficie util del edificio por lo tanto no se enrrolle e informe mejor