Hola.. super buena tu explicación, se debe poner el valor que me deposita el arrendatario, sin descontar la comisión, contribuciones u otros gastos que desconté?, yo tenia mi planilla, pero tu planilla con los factores mes a mes es super bueno, la copiare.
Hola puedes ayudarme, pago arriendo de local comercial y me facturan. en tipo de compra esta como "del giro" ahora en la propuesta de renta no aparece los arriendos pagados. la consulta es: tengo que cambiar el tipo de compra por "Bienes Raíces", Saludos.
Hola está equivocado lo tiene que hacer el arrendatario de primera categoría (Don Víctor esta correcto) según las instrucciones DJ 1835 "obligados a presentar esta declaración jurada los contribuyentes de la Primera Categoría que reciban rentas señaladas en el artículo 20 de la Ley sobre impuesto a la renta que para el desarrollo de su actividad hayan tomado en arriendo bienes raíces agrícolas y no agrícolas. O está confundiendo los conceptos de arrendador o arrendatario ruclips.net/video/ClTuwBmfAFE/видео.html
tambien me di cuenta de eso, confunde el arrendador con el arrendatario. hasta me hizo dudar jajaja lo que no entendi es si en el recuadro de resumen final va el monto pagado mes a mes o el total del año? a que se refiere con el número de casos? es la cantidad de inmuebles que arriendo? y si en la sección B en el monto del arriendo va el monto actualizado. me ayudan por favor, dentro de todo esta super clarito el video, y directo al grano
@@cacofx Hola si debe declarar le dejo las instrucciones INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA N° 1835 1. La presente declaración jurada deberá ser presentada por los corredores de propiedades y las personas que hubieren entregado en arriendo por cuenta de terceros bienes raíces agrícolas y no agrícolas, cuyo monto de avalúo fiscal sea igual o superior a $30.000.000 o que la sumatoria de los avalúos fiscales de los bienes arrendados asociada a un misma persona supere los $50.000.000, y que su participación haya comprendido la suscripción del respectivo contrato de arrendamiento. También se encuentran obligados a presentar esta declaración jurada los contribuyentes de la Primera Categoría que reciban rentas señaladas en el artículo 20 de la Ley sobre impuesto a la renta, adicionalmente se incluye a los servicios y órganos públicos señalados en el inciso segundo del artículo 1º de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, que para el desarrollo de su actividad hayan tomado en arriendo bienes raíces agrícolas y no agrícolas cuyo monto de avalúo fiscal sea igual o superior a $30.000.000 o que la sumatoria de los avalúos fiscales de los bienes arrendados asociada a un misma persona supere los $50.000.000, y cuando el respectivo contrato de arrendamiento no haya sido suscrito por un corredor de propiedades u otra persona actuando como arrendador en virtud de un mandato.
@@mariacatalan3878 Hola “Monto Arriendo”: Indique el monto del arriendo (en pesos) pagado o adeudado durante el año o parte de él. El monto del arriendo deberá incluir el valor del IVA en los casos que corresponda. Los montos deben informarse debidamente actualizados utilizando los factores de actualización correspondientes.
Gracias Luis por tu aporte.
Gracias un alivio, muy clarito
y que pasa si no arriendo nada?
Muchas gracias, profe!!
Hola Luis. Cómo lo haces para pasar a una planilla Excel desde el formulario de la pág del SII?
Hola.. super buena tu explicación, se debe poner el valor que me deposita el arrendatario, sin descontar la comisión, contribuciones u otros gastos que desconté?, yo tenia mi planilla, pero tu planilla con los factores mes a mes es super bueno, la copiare.
Hola puedes ayudarme, pago arriendo de local comercial y me facturan. en tipo de compra esta como "del giro" ahora en la propuesta de renta no aparece los arriendos pagados. la consulta es: tengo que cambiar el tipo de compra por "Bienes Raíces", Saludos.
Hola está equivocado lo tiene que hacer el arrendatario de primera categoría (Don Víctor esta correcto) según las instrucciones DJ 1835 "obligados a presentar esta declaración jurada los contribuyentes de la Primera Categoría que reciban rentas señaladas en el artículo 20 de la Ley sobre impuesto a la renta que para el desarrollo de su actividad hayan tomado en arriendo bienes raíces agrícolas y no agrícolas. O está confundiendo los conceptos de arrendador o arrendatario ruclips.net/video/ClTuwBmfAFE/видео.html
tambien me di cuenta de eso, confunde el arrendador con el arrendatario. hasta me hizo dudar jajaja lo que no entendi es si en el recuadro de resumen final va el monto pagado mes a mes o el total del año? a que se refiere con el número de casos? es la cantidad de inmuebles que arriendo? y si en la sección B en el monto del arriendo va el monto actualizado. me ayudan por favor, dentro de todo esta super clarito el video, y directo al grano
estimado y debe hacerlo un corredor particular que boletea y administra arriendos, es decir en 2a categora?
@@cacofx Hola si debe declarar le dejo las instrucciones
INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA N° 1835
1. La presente declaración jurada deberá ser presentada por los corredores de propiedades y las personas que hubieren
entregado en arriendo por cuenta de terceros bienes raíces agrícolas y no agrícolas, cuyo monto de avalúo fiscal sea igual
o superior a $30.000.000 o que la sumatoria de los avalúos fiscales de los bienes arrendados asociada a un misma persona
supere los $50.000.000, y que su participación haya comprendido la suscripción del respectivo contrato de arrendamiento.
También se encuentran obligados a presentar esta declaración jurada los contribuyentes de la Primera Categoría que
reciban rentas señaladas en el artículo 20 de la Ley sobre impuesto a la renta, adicionalmente se incluye a los servicios y
órganos públicos señalados en el inciso segundo del artículo 1º de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado, que para el desarrollo de su actividad hayan tomado en arriendo bienes raíces
agrícolas y no agrícolas cuyo monto de avalúo fiscal sea igual o superior a $30.000.000 o que la sumatoria de los avalúos
fiscales de los bienes arrendados asociada a un misma persona supere los $50.000.000, y cuando el respectivo contrato
de arrendamiento no haya sido suscrito por un corredor de propiedades u otra persona actuando como arrendador en
virtud de un mandato.
@@mariacatalan3878 Hola “Monto Arriendo”: Indique el monto del arriendo (en pesos) pagado o adeudado durante el año o parte de él. El monto del arriendo deberá incluir el valor del IVA en los casos que corresponda. Los montos deben informarse debidamente
actualizados utilizando los factores de actualización correspondientes.