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Hola muchas gracias por compartir sus conocimientos...pero hasta el dia de hoy 19 de mayo 2020 segun los bancos Colpatria y Davienda el gobierno aun no le ha dado directrices...
Hola! Bienvenido a Alarcón Abogados, expertos en derecho laboral y seguridad social. 👨🏻⚖️ Para dar respuesta a tu pregunta, de manera gratuita 🎁 , por favor llena este formulario. ➡️ forms.gle/dbHHmpFAJqoG8Qi78, ⬅️ y nos pondremos en contacto contigo ✍🏼. No olvides suscribirte a nuestro canal de RUclips. Saludos y te invitamos a ver nuestro ultimo video: 🎬 ruclips.net/video/C0KPSmn8DRc/видео.html
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Buena explicación..pero los que más necesitamos somos los que estamos con suspensión de contrato,licencia no remunerada,por que no estamos recibiendo nada..mientras los que están en nómina si están recibiendo algo al menos
J. Enrique, gracias por escribir. Lamentablemente lo único que pueden hacer quienes tienen suspendido el contrato es retirar las cesantías que tengan. Realmente los trabajadores que tienen suspendidos los contratos están en situaciones muy complejas, pues ni tienen ingresos ni pueden acceder al subsidio de "desempleo". En otros videos hablamos sobre eso, por si quieres pasarte a verlos. Saludos
Buenas tardes doctor alarcon tengo una pregunta, el 24 de abril me postule al subsidio de desempleo de emergencia por el covid 19 mi contrató de trabajo fue cancelado el 1 de abril cumplo con los requisitos que exige la norma hasta hoy no he tendido respuesta Gracias
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Que personas y empresas no aplican a este subcidio mi contrato es a termino fijo me puedo ver beneficiario.doctor. mi contrato va hasta él 4 de junio y llevo 7 meses con la empresa ...si me sacan puedo demandar..doctor gracias
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Hola doctor Óscar tengo una pregunta es que mi contrato dice que es por un año y me terminaron mi contrato porque no pase el periodo de prueba y en ninguna parte de mi contrato lo dice. Me puede ayudar que debo de hacer
Hola Sarid! Gracias por escribirnos. 👨🏻⚖️ Si no estaba pactado por escrito el periodo de prueba, y se despide sin justa causa, se deben indemnizar. Para dar respuesta a tu pregunta más en detalle, de manera gratuita 🎁 , llena este formulario. forms.gle/dbHHmpFAJqoG8Qi78 y nos pondremos en contacto contigo ✍🏼. Saludos y suscríbete al canal.
Buenas noches soy empleada. Hoy 11 de junio la empresa me pagó el primeros 350 mil la empresa sigue pagando cada mes si el gobierno le sigue colaborando o sea que me pagaron el de mes de mayo
Hola Oriana! Gracias por escribirnos. Como bien lo dice Carmenza Latorre, no importa el número de trabajadores. Si reúnes los requisitos, así tengas un solo trabajador, igual tienes derecho. No olvides suscribirte al canal y compartir nuestro contenido. Si deseas estar en nuestra lista de difusión donde recibirás contenido sobre derecho laboral y seguridad social, escríbenos al 3123915271 Saludos!
ACTUALIZACIONES: 🔴. 20-5-2020: Se acaba de proferir el Decreto Legislativo 677 del 19 de mayo de 2020, que modifica el Decreto 639 de 2020. Entre las principales modificaciones, tenemos que incluye como beneficiarios a personas naturales, consorcios y uniones temporales, y establece nuevos requisitos y procedimientos. Sobre ello, realizaremos un video. Por ahora te dejamos el enlace del nuevo decreto para que puedas leerlo o descargarlo: bit.ly/2LQ21wV
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Hola muchas gracias por compartir sus conocimientos...pero hasta el dia de hoy 19 de mayo 2020 segun los bancos Colpatria y Davienda el gobierno aun no le ha dado directrices...
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Excelente información
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Muy buena explicación!
Hola Guty! Gracias por escribirnos. Nos encanta recibir comentarios como el tuyo. No olvides suscribirte al canal y compartir nuestro contenido. Si deseas estar en nuestra lista de difusión donde recibirás contenido sobre tus derechos laborales, escríbenos al 3123915271 Saludos!
Gracias por el dato
Con mucho gusto Jhon Alexander, gracias por escribir! Un saludo!
Respuesta por favor al anterior pregunta
Excelente mi doc
Gracias profe Mena!
Buena explicación..pero los que más necesitamos somos los que estamos con suspensión de contrato,licencia no remunerada,por que no estamos recibiendo nada..mientras los que están en nómina si están recibiendo algo al menos
J. Enrique, gracias por escribir. Lamentablemente lo único que pueden hacer quienes tienen suspendido el contrato es retirar las cesantías que tengan. Realmente los trabajadores que tienen suspendidos los contratos están en situaciones muy complejas, pues ni tienen ingresos ni pueden acceder al subsidio de "desempleo". En otros videos hablamos sobre eso, por si quieres pasarte a verlos. Saludos
Buenas tardes doctor alarcon tengo una pregunta, el 24 de abril me postule al subsidio de desempleo de emergencia por el covid 19 mi contrató de trabajo fue cancelado el 1 de abril cumplo con los requisitos que exige la norma hasta hoy no he tendido respuesta
Gracias
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Como saber si la empresa donde laboro , cobra este subsidio?
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Que personas y empresas no aplican a este subcidio mi contrato es a termino fijo me puedo ver beneficiario.doctor. mi contrato va hasta él 4 de junio y llevo 7 meses con la empresa ...si me sacan puedo demandar..doctor gracias
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Hola doctor Óscar tengo una pregunta es que mi contrato dice que es por un año y me terminaron mi contrato porque no pase el periodo de prueba y en ninguna parte de mi contrato lo dice. Me puede ayudar que debo de hacer
Hola Sarid! Gracias por escribirnos. 👨🏻⚖️ Si no estaba pactado por escrito el periodo de prueba, y se despide sin justa causa, se deben indemnizar. Para dar respuesta a tu pregunta más en detalle, de manera gratuita 🎁 , llena este formulario. forms.gle/dbHHmpFAJqoG8Qi78 y nos pondremos en contacto contigo ✍🏼. Saludos y suscríbete al canal.
Buenas noches soy empleada. Hoy 11 de junio la empresa me pagó el primeros 350 mil la empresa sigue pagando cada mes si el gobierno le sigue colaborando o sea que me pagaron el de mes de mayo
Si sólo y hay dos empleados
El número no importa puedes aplicar para el subsidio
Hola Oriana! Gracias por escribirnos. Como bien lo dice Carmenza Latorre, no importa el número de trabajadores. Si reúnes los requisitos, así tengas un solo trabajador, igual tienes derecho. No olvides suscribirte al canal y compartir nuestro contenido. Si deseas estar en nuestra lista de difusión donde recibirás contenido sobre derecho laboral y seguridad social, escríbenos al 3123915271 Saludos!
@@carmenzalatorre417 Así es Carmenza! Gracias por tu aporte y por escribir. Saludos
ACTUALIZACIONES:
🔴. 20-5-2020: Se acaba de proferir el Decreto Legislativo 677 del 19 de mayo de 2020, que modifica el Decreto 639 de 2020. Entre las principales modificaciones, tenemos que incluye como beneficiarios a personas naturales, consorcios y uniones temporales, y establece nuevos requisitos y procedimientos. Sobre ello, realizaremos un video.
Por ahora te dejamos el enlace del nuevo decreto para que puedas leerlo o descargarlo:
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