Conoce la Nulidad Relativa: TODO Lo Que Debes Saber🚫📚| Derecho.

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  • Опубликовано: 8 сен 2024

Комментарии • 74

  •  6 месяцев назад +1

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  • @mac3674
    @mac3674 2 года назад +10

    Nulidada Relativa: es la sancion civil que recae sobre aquellos actos en que se han omitido los requsitos que establece la ley en atencion al estado o calidad del autor o las partes y cuyo efecto es que retrotrae a las partes al estado anterior quedando como si nunca ubiera celebrado el acto, con la declacracion de nulidad la cual debe ser judicial, las obligaciones pendientes solo se exinguen por el solo ministerio de la ley.
    la nulidad relativa como sancion civil es menos grave que la nulidad absoluta,el mismo art1682 del c.c no señalo ninguna causal de nulidad relativa y se limito a señalar las causales de nulidad absolutas y luego dijo toda otra especie de vicio produce resicion.
    namentablemente el codigo utiliza la palabra resiscion de forma errada, lo que obliga a que cada vez que uno se enfrenta al vocablo debe distinguir si esta bien o mal enfocada por ejemplo en la muerte presunta el codigo dice cuando el desaparecido reaparece pide la resicion del decreto de pesecion definitiva, pero debio haber dicho rebocacion.
    o por ejemplo en la compraventa en relacion con los vicios rehibitorios el codigo dice que el comrador puede pedir la resicion de la venta pero debio haber dicho de la resolucion.
    cuando se refiere a la resicion por lesion enorme, en este caso esta bien empleada la palabra.
    caracteristicas de la nulidad relativa:
    1- la nulidad relativa es considerada la regla general en materia de nulidades.
    2-esta vinculada con la omision de los requsitos que tiene que ver con el estado o calidad del auto o las partes.
    3-el codigo las denomina resicion segun el titulo 20 del libro 4 se llama de la nulidad y la resicion.
    4-el interes protegido es el interes privado.
    5-la accion prescribe en 4 años.
    causales de nulidad relativa:
    no hay casusales de nulidad relativa que esten señaladas por ley asi que veremos ciertos ejemplos cuando operaria.
    1- en los vicios de la voluntada siempre que dice:
    -el error cuando vicia.
    -el dolo cuando vicia.
    -la fuerza cuando vicia.
    -la lesion enorme en la compraventa.
    -los actos celebrados por los relativamente incapaces.
    -la falta de formalidad a la falta habilitante por ejemplo, en el caso del marido casado en sociedad conyugal que para celebrar ciertos actos, requiere de la autorizacion de su conyuge para vender un inmueble que le pertenesca a la sociedad conyugal, habria nulidad relativa en aquella falta de formalidad habiltante.
    ¿quienes son titulares de la nulidad relativa o de la accion resisoria?
    aquel en cuyo beneficio lo ha establecido la ley, es decir la victima, la persona a la cual la ley prtende protejer, se entiende tambien a los herederos ya los cesionarios cuando alla operado la cesion de derechos.
    lo que quiere decir que la accion resisoria tambien es transferible y trasmisible.
    saneamiento de la nulidad relativa o accion resisoria :
    la accion de nulidad relativa se sanea por la prescripcion de la accion y esta prescribe en un plazo de 4 años.
    ¿desde cuando se cuenta este plazo?
    1-en el error, dolo y lesion enorme se cuenta desde la celbracion del acto o contrato.
    2-en el caso de la fuerza los 4 años se cuentan desde que cesa la fuerza.
    3-en el caso de los actos celebrados por los relativamente incapaces, los 4 años se cuentan desde que cesa la incapacidad.
    4-en el caso del marido casado en sociedad conyugal, los 4 años empiesan a correr desde que se disuelve la sociedad conyugal, pero el codigo dice que no se puede intentar la nulidad relativa cuando ya allan trascurrido 10 años desde la celbracion del acto o contrato.
    en el estudio de la nulidad relativa aparece una institucion que se llama la ratificacion, el codigo la llama asi pero la doctrina dice que la palabra no esta empleada de la manera correcta y la que si deberia usarse es la convalidacion, confirmacion, por que los actos que se ratifican son los actos inoponibles.
    uno ratifica cuando no ha partcipado en el acto o contrato, de echo el codigo utiliza la palabra ratificacion en estos terminos, cuando habal de venta de la cosa ajena art 672 en relacion al 1815 del c.c
    entonces ¿que es la ratificacion en la nulidad relativa?
    es el acto juridico unilateral por el cual el titular de accion resisoria renuncia al ejercicio de esta osea es renunciar el ejercicio de la nulidad relativa.
    ¿cuales son las caracteristicas de la ratificacion?
    1-es un acto juridico unilateral.
    2-solo puede renunciar a la ccion de nulidad relativa, esto es a la accion resisoria el titular de aquel derecho.
    y para renunciar se debe tener plena capacidad de ejercicio y la libre admnistracion de los bienes.
    esta ratificacion púede ser expresa o tacita:
    si es expresa debe hacerse los mismos requisitos del acto que se ratifica, por ejemplo, si el acto que se celebro se celebro por ecritura publica hay que tambien ratificar por escritura publica.
    si es tacita el codigo dice que es la ejecucion voluntaria de las obligaciones contratadas art 1695 del c.c
    es decir llega un momento en que el titular de la accion se encuentra en una incrusijada, entonces se da la pregunta pido la nulidad o cumplo en contrato.
    si decide cumplir el contrato, implica que pierde el derecho de pedir la nulidad, eso implica una ratificacion tacita.
    efectos de la nulidad:
    tanto la nulidad relativa como la nulidad absoluta producen los mismo efectos, ¿cuales son estos efectos?
    hay que distinguir.
    -si la nulidad estaba declarada judiaicalmente o no.
    -si no estaba declarada judicialmente, entonces el acto produce los mismos ejemplos que un acto valido.
    -si la nulidad estaba declarada judicialmente debemos volver a distinguir, en los efectos que produce para las partes y los efectos en relacion a los terceros.
    -los efectos entre las partes tienen un efecto retroactivo como si nunca ubieren contratado.
    ¿como se materializa el efecto retroactivo entre las partes?
    -debemos hacer una disticion entre las obligaciones que ya estaban cumplidas, se aplican las reglas de las prestaciones mutuas.
    -y respecto de las prestaciones pendientes, estas se exinguen por el solo ministerio de la ley art 1577 c.c n8.
    efectos respecto de terceros:
    como los terceros adquirientes, por ejemplo yo le compre su auto a vivi en 5 millones de pesos y se declara la nulidad de este contrato, pero resulta que con el tiempo que yo tuve el auto se lo vendi a rodrigo , el acto que yo celebre con vivi rodrigo es un tercero, ¿como afecta la nulidad a este tecero? el codigo dice habiendose declarado la nulidad hay accion rehibindicatoria contra los teceros sin importar si estaba de buena o mala fe.
    vivi tiene que rehinvindicar el auto de manos de rodrigo, existe una excepcion al efecto retroactivo de la nulidad cuando se ha contratado con un icapas, este no tiene que restituir lo que alla recibido, ya que la ley lo protege, es una forma de evistar que las personas celebren actos o contratos con incapaces.
    por ejemplo: le compro un auto a mi vecino, pero resulta que mi vecino era menor de edad, este pide la nulidad del contrato, en atencion al estado o calidad de las partes hay una nulidad relativa que se declara y le tengo que devolver el auto pero resulta que el no me tiene que devolver mi dinero osea las partes no estan volviendo al estado anterior, no se esta produciendo un efecto retroactivo.
    y cuando el acto ha sido declarado nulo por un objeto ilicito o causa ilicita, el codigo señala que la parte que declaró a sabiendas de haber objeto o causa ilicita no puede repetir lo pagado, el elgislador asume que fue una actitud dolosa y el acto se declarar nulo de nulidad absoluta, no por el vicio del consentimiento del dolo si no por lo ilicito del objeto o la causa.
    teoria de la convercion o acto nulo:
    sabemos que la nulidad aparece cuando la celebracion de un acto o contrato se han omitido los requsitos que la ley establece, esta teoria dice que cuando se omite algun requsito el legislador para evitar que pueda haber nulidad , señala en que en el acto en que se omitieron los requisitos se va a transformar en algo distinto, en lugar que el acto sea declarado nulo, es el propio legislador que los convierte en algo diferente, lo que tiene relacion con el art 1444 del c.c respecto a los elemnetos de la escencia donde dice que son aquellos donde el acto o no produce efecto alguno o dejenera en otro distinto.
    para que se aplique la teoria del acto nulo tiene que haber una norma legal que permita.
    por ejemplo un instrumenton publico debe ser otorgado por un funcionario publico competente, si nosotros descubrimos que el funcionario publico que otorgo el instrumento publico no era competente, lo que debiera pasar es que el intrumento sea nulo, pero la ley dice que no y que para evitar de que sea nulo valdra como instrumento privado.
    por ejemplo celebro una comprventa de un bien mueble por escritura publica, luego me entero que el notario no era notario, entonces la escritura no era publica, pero la compraventa es valida, por que la compraventa se entiende realizado por unn instrumento privado, distinto es la compraventa de un bien inmueble donde la ley requiere para su valides , que esta conste en una escritura publica, y no es necesario que para su valides sea el notario verdadero.

  • @jeanettealondra4869
    @jeanettealondra4869 5 лет назад +23

    Waaaaaaaaaa. Más audios como este por favor 🙏 profesor!!! Gracias por todo. Es un profesor que emociona, que apasiona. Yo nunca había visto el derecho asi, como ahora, como usted me enseñó a verlo. Gracias por sus videos. Y por todo. ❤️

  • @madianaraceli
    @madianaraceli 2 года назад +1

    geniaaal 👏🏼👏🏼👏🏼👏🏼

  • @agd672
    @agd672 4 года назад +6

    bueno, audio bien, pero mejor es didáctico en la pizarra, eso es lo que te hace diferente, los gestos , las muecas, los movimientos y la pizarra le dan un algo que transmites y hacen que uno se aprenda las cosas mejor, es mi punto de vista. no es critica solo que es raro. un abrazo y gracias por tus enseñanzas se nota que te gusta y la entregas de corazón.

  • @gabrielavillarroeltoro5290
    @gabrielavillarroeltoro5290 5 лет назад +10

    Qué canal más bueno! Cómo no lo descubrí antes ? A 3 semanas de dar mi examen de grado !!

  • @ricardodelgado8163
    @ricardodelgado8163 6 месяцев назад +1

    En el caso en que ciertos bienes de dominio común de un condominio son asignados en uso exclusivo de uno o mas copropietarios, la ley de copropiedad dice que esto puede realizarse en acuerdo celebtado por la asamblea de copropietarios en sesión extraordinaris. Puede ser sancionado este acto con nulidad absoluta, si la comunidad del condominio lo realiza sin estar acogida al régimen de Copropiedad Inmobiliaria?... o bien, si habiendo sido acogida a ese régimennp, lo fue sin cumplirse el requisito previo que establece la ley en relacion a que el primer Reglamento de Copropiedad del condominio debe estar inscrito en el registro de hipotecas y gravámenes del C.B.R?

  • @Nagutama
    @Nagutama 4 года назад +9

    El titular de la acción de nulidad relativa es la VISTIMA (y sus herederos y cesionarios) 😁

  • @marielacontreras4464
    @marielacontreras4464 5 лет назад +10

    Jejeje que bueno! Te pasaste. Gracias Cristobal por tu tiempo.
    POR FAVOR COMPLETA SI ES POSIBLE LA PARTE 3 DE 4 Y 4 DE 4 correspondiente a Juicio Ejecutivo. Porfa porfa!

    •  5 лет назад +3

      Pronto!!

    • @Na0mira
      @Na0mira 5 лет назад

      seria buenisimo.... subelos porfa

  • @entoledo
    @entoledo 5 лет назад +3

    Que magistral ... usted debería recibir un reconocimiento por los contenidos que comparte.. después de todo es un tremendo aporte y contribución a la educación.

    •  5 лет назад +2

      Ya lo he recibido de su parte. Muchas gracias 🙌

  • @ricardofuentessilva
    @ricardofuentessilva Год назад

    Excelente

  • @cristobalv.4006
    @cristobalv.4006 3 года назад +4

    Profe vuelva a subir esta joya, hoy en día la gente quedaría con tremenda herramienta

  • @Peterdelplata1975
    @Peterdelplata1975 3 года назад +1

    Al Error invencible. Como le llamo profe? Error Enorme?

  • @cotogarciaaliaselcoto4649
    @cotogarciaaliaselcoto4649 5 лет назад +2

    Ohhhh profesor. Sin palabras. Extraordinario, espectacular. 👏👏👏👏👏👏 GENIO. GRACIAS. Incomparable material.

  • @donoso8
    @donoso8 5 лет назад +2

    Increíble la forma en la que lo explicas... es más, para mí fue muy estimulante. Sigue así!!!
    Saludos.

    •  5 лет назад

      Saludos Ignacio!!

  • @rodnydespaigne5305
    @rodnydespaigne5305 Год назад

    Excelente el tema sobre nulidad relativa. Me aclaró y disipó las dudas. Gracias por enseñarnos y compartirnos este tipo de materiales a todos los que queremos ser parte de la comunidad profesional jurídica. Gracias Profesor.

  • @andreacruz4662
    @andreacruz4662 5 лет назад +3

    Jajajaja muuuy bueeeno!, gracias por enseñar de una manera diferente y por compartir tu tiempo y conocimientos. Saludos!

    •  5 лет назад +1

      Gracias Andrea. SALUDOS ✌️

  • @wladimirurrutia2758
    @wladimirurrutia2758 12 дней назад

    Necesito rendir mi examen el 12.09 ayudaaaaa

  • @patriciaarellano2503
    @patriciaarellano2503 4 года назад +3

    Pucha profe en este audio se escucha muy rápido 😔

    •  4 года назад +4

      Pues Baje la velocidad del video.

  • @monalisa5235
    @monalisa5235 5 лет назад +2

    jskjsksjaksjaksjaksjaksjakja y busqué audífonos!!! muy bueno y creativo el audio!!!!

  • @vbl915
    @vbl915 2 года назад +1

    seco profe

  • @franciscaserrano3258
    @franciscaserrano3258 3 года назад +1

    ayyy nooooooo, amo sus videos profeeeeee :D lo hace todo mucho mas fácil

  • @jennymunoz3523
    @jennymunoz3523 5 лет назад +3

    Súper bueno, felicitaciones por tu excelente trabajo y creatividad; y gracias por tu dedicación y aporte!

  • @olarenasmansilla
    @olarenasmansilla 5 лет назад +2

    Muy buen aporte Cristóbal!!! entretenido, claro y pedagógico. Notable!!!! :O)

  • @marcocontreras1131
    @marcocontreras1131 5 лет назад +4

    Impresionante. Honestamente es el mejor de todos. Un manejo increíble. Lo hace parece facilito 🤣

  • @fernandavargas2571
    @fernandavargas2571 3 года назад +1

    amo mucho ashjajkas

  • @Satitamediobestia
    @Satitamediobestia 4 года назад +1

    Muchas gracias!!!! Vuelvo a tus clases magistrales!

  • @Nrx11
    @Nrx11 3 года назад +1

    Gran descripción. Saludos desde Ecuador. Saludos y gracias por compartir su conocimiento.

  • @gabrielulloa6816
    @gabrielulloa6816 5 лет назад

    Buena profe!!!!! la forma lúdica lo hace muchp mas claro y entendible

  • @anamariamunozsoto6405
    @anamariamunozsoto6405 3 года назад +1

    Gracias Profesor, excelentes los video.

  • @gerardovillanueva9856
    @gerardovillanueva9856 5 лет назад +1

    Hola muchas gracias por tu atención y disposición de compartir. Saludos desde el sur de la Ciudad de México.

    • @gerardovillanueva9856
      @gerardovillanueva9856 5 лет назад

      Mucho éxito y nuevamente gracias, aun cuando extrañamos ese dinamismo de las imágenes.

  • @estefaorellana
    @estefaorellana 3 года назад +1

    Porfi un video de INOPONIBILIDAD! y modalidades

  • @juanescarez7401
    @juanescarez7401 5 лет назад +1

    Maravilloso!!! Muchas gracias por este tremendo aporte!

  • @Nagutama
    @Nagutama 4 года назад +1

    Que clase de ASMR es este? Me gustó mucho! Qué risa cuando críticas el mal uso de la palabra recision en la muerte presunta (debió decir revocación) y la compraventa x vicios redhibitorios (debió decir resolución). Y la celebración cuando la uso bien en la lesión enorme. 😂😂

  • @Cvenegallardo
    @Cvenegallardo 4 года назад +1

    excelente!! Felicitaciones por transmitir tan bien esta materia!

  • @luisfelipeperezcabrera8123
    @luisfelipeperezcabrera8123 3 года назад +1

    increíble el audio Profesor

  • @elydavidferrer8190
    @elydavidferrer8190 Год назад +1

    Excelente profesor pero va muy rápido, parece una maratón. Gracias ☺️

  • @pedrosattinni8643
    @pedrosattinni8643 4 года назад +1

    Gracias ...me divierto aprendiendo..aunque estudio derecho en argentina ..es mas facil ..cuando lo explicas y lo vuelves a comentar...

    •  4 года назад

      Genial. Saludos trasandinos. Desde qué Universidad nos escribes?

  • @ladygonzalez5788
    @ladygonzalez5788 5 лет назад +1

    Excelente material! 👏👏👏👏👏👏👏

  • @enzoseguel9113
    @enzoseguel9113 5 лет назад +2

    Gracias!

  • @denissebarriaoyarzo1080
    @denissebarriaoyarzo1080 Год назад +1

    Qué excelencia 👏

  • @nelsonalejandro6825
    @nelsonalejandro6825 5 лет назад +1

    Que buen material ! podría hacer un video sobre prescripción porfa !

  • @danielavaras3310
    @danielavaras3310 2 года назад +1

    Te pasaste!!!🙏👏👏👏

  • @fernandauribehernandez4007
    @fernandauribehernandez4007 4 года назад

    Excelente! Clarisimo para complementar 💜😍

  • @mariajosecastillocortes676
    @mariajosecastillocortes676 5 лет назад +1

    Que maravilla!!! Justo mañana tengo prueba 😁😁

  • @MrMaritzagalleguillo
    @MrMaritzagalleguillo 5 лет назад +1

    Muchas gracias profe, asi lo puedo escuchar en el tribunal.

  • @MrMaperv
    @MrMaperv 3 года назад +1

    Por fin algo util y no German o reggaeton. Gracias Mr

  • @marite4936
    @marite4936 5 лет назад +1

    Excelente 😊 gracias

  • @darkseid215
    @darkseid215 5 лет назад +1

    Muchas gracias

  • @eagc7478
    @eagc7478 5 лет назад +3

    Estudiantes de derecho "que están preparando su examen de grado", te falto eso jajaja, saludos, y gracias!

  • @SERVET900Z
    @SERVET900Z 4 года назад +3

    Jajjaj me gusto mucho el audio

  • @dkskeee5672
    @dkskeee5672 5 лет назад +1

    Buenos.videos brooo pasando civil.con tus videos!!!

  • @carlosdanielvillalobosorti168
    @carlosdanielvillalobosorti168 5 лет назад +1

    Eres un crack.

  • @dieggits8383
    @dieggits8383 5 лет назад +1

    BELLO Y SUBLIME !

  • @Yishy22
    @Yishy22 5 лет назад +1

    que buena ! jaja esperaré más de estos

  • @paulaperez1378
    @paulaperez1378 3 года назад +1

    Ame este audio 🤭

  • @leges24
    @leges24 5 лет назад +1

    TE PASASTE!!!!! Muchas gracias por tu vídeo, muy bien explicado, eres un profesional de tomo y lomo, sin duda que eres un CIENTÍFICO DEL DERECHO 🧠

  • @Na0mira
    @Na0mira 5 лет назад +1

    porque te han borrado videos :-(

  • @licenciaturalograda9622
    @licenciaturalograda9622 3 года назад +1

    buenisima

  • @doctorcabrales
    @doctorcabrales 5 лет назад +1

    Hola! Tienes audios a la venta?

    •  5 лет назад +5

      Son y serán Gratis!!

  • @calbucheo
    @calbucheo 5 лет назад +2

    Pero que buen material!, muchas gracias profesor por compartir sus conocimientos y sus ganas de ayudar a otros, sin duda el mejor de chile :)

  • @TheNicolagos
    @TheNicolagos 5 лет назад +2

    la wea buena jaja

  • @ricardofuentessilva
    @ricardofuentessilva Год назад

    Excelente