Hola Belen, te estoy siguiendo un tiempo porque tengo interes en las subastas judiciales. Y viendo este video me surje una pregunta que me gustaria , si te parece bien, que me ayudaras a resolver. Decimos que eltipo de subasta viene definido por la tasación menos las cargas.Pero es ahi donde me surge la duda, si las cargas que tiene el inmueble son superiores a la tasación que sucede. Por ejemplo el inmueble se tasa en 100.000 y tiene una carga de 60.000 y ora de 50.000. Gracias y felicidades por tus videos tan didacticos.Da gusto escuchar cosas tan complejas explicadas de manera tan sencilla y cercana.
Hola. Pues si. Lo has dicho tu. Muchas veces , son tan superiores las cargas. Que no merece la pena. También depende, en qué puesto estás en las cargas. Si eres el primero. Y delante de ti no hay nadie. Es interesante. Porque son las cargas anteriores las que cuentan. No las posteriores. Unsaludo
Esta claro que si las cargas son muy elevadas no merece la pena participar en la subasta.Pero mi duda es si en el portal de subastas el valor de la subasta viene definido por la diferencia entre la tasación y las cargas que tiene dicho inmueble. En los casos en que las cargas son muy altas, como pueden seguir apareciendo un valor de subasta positivo. Si se tasa el inmueble por 100.000 y las cargas son de 50.000 y 60.000 respectivamente. Si apliamos la formula daria un valor de subasta de -10.000. Obviamente hay algo que no he entendido porque esto no puede ser...@@belenoposicionesjusticia2528
El valor de subasta. Es el tasado. No afecta en ese valor tasado o tipo de subasta las cargas. El juzgado te dice . Esto es lo que vale . Independientemente de las cargas. Por eso te indicaba . Que si la subasta . Es la primera carga. No hay problema . Por eso cobran los primeros. Y repito . En esa tasación , en la que se valora la finca. Hay que llevar cuidado porque hay que ver qué cargas tiene.
Hola Belén , muchas gracias por ilustrarnos. Podría por favor nombrar el artículo que obliga a inscribir la finca en el registro antes de pedir la posesión , MUCHAS GRACIAS
Hola. Según la legislación española , no es obligatoria. Es decir . No nos ponen una multa por no inscribirlo. Si bien , es recomendable realizarla por los beneficios que tiene. Al realizar la inscripción . El registro te reconoce como propietario. Frente a terceros. En el caso que nos ocupa. Hasta que no se demuestre dicha titularidad. No se te da posesión . Un. Saludo.
Resumiendo. Que para determinados trámites . Si no acreditas la titularidad, pues no se pueden realizar determinados actos. Como por ejemplo , darte la posesión. Un saludo
Hola Belén muchas gracias por el vídeo. Me surge una duda sobre las cargas del bien inmueble. Si la vivienda cuenta con dos cargas siendo la nuestra la primera y sale a subasta por nuestra carga, ¿el adjudicatario de la subasta deberá pagar únicamente el valor ofertado en la subasta?
Hola, Belen. Muchas gracias antes de nada, solo puedo decir “qué lástima no haberte descubierto antes”. Lo que no entiendo de esto es que nosotros somos la tercera casa, no?, pero hay dos ejecuciones anteriores. Entonces ejecuciones en qué consistieron? No se hizo nada? Pensé que ejecutar era ya ir directamente a subastar, pues si no, de qué sirve?
@@opoamiritmo3786 hola. Sirve porque aunque esté valorada esa casa , tercera casa. Ese valor , se disminuye. Precisamente por las cargas que hay antes. Si se ejecutara la cuarta casa, el que se la quede tiene que abonar la deuda de la tercera. Y vosotros cobraríais. Sin hacer nada. Un saludo💖
Hola Belén , es obligatorio inscribir la fonca en el registro de la propiedad para poder pedir la posesión? O con tener la adjudicación y pagar los impuestos se puede pedir el lanzamiento y posesión sin inscribir...? Muchas gracias Un saludo
Buen video Belén, pero tengo un par de dudas. 1) Si hay dos titulares de los cuales solo el primero tiene esas deudas que van a embargar, como se computaría? 2) Si la deuda del primer acreedor ( banco que tiene hipoteca el titular) es muy elevada y el acreedor no va a recibir nada o casi nada, aún así pueden tirar adelante la ejecución?
Eres genial belen , muchas gracias , solo tengo una duda, se cancelarán las cargas anteriores una vez que el nuevo propietario , quien se ha adjudicado la vivienda haya saldado primero la deuda de la cual queda subrogado una vez que se adjudica el bien inmueble , cierto ??
Belén , entiendo que las cargas de la propieda se suma al avalúo de la misma para la.subasta , al precio total por la que entra a subasta , avalúo + cargas anteriores = precio total de subasta , ¿¿es correcto ??
Hola. El avalúo, o lo que vale la finca es una cosa. Y el que se queda con la finca se queda con las cargas anteriores. Estamos diciendo lo mismo. Pero de distinta manera . Un saludo
Buenas Belen!!! Mil gracias por todos tus videos!! Cuando hago test y respondo gracias a un video tuyo, digo "GRACIAS BELEN", ojalá hubiera conocido tus videos antes ;) Quería pedirte, si lo ves factible, y pudieras hacerlo, un vídeo resumen con los puntos del temario más importantes de cara al examen de la semana que viene de auxilio...de esas que dices: pregunta de examen, o no sé el tema 18 al dedillo...en fin...estoy ya tan agobiada...que digo a ver si Belen puede....y si no igualmente gracias por tus videos, que sin duda marcarán la diferencia en mi examen, a pesar de ir mal. GRACIAS!!!!!!!!
@@belenoposicionesjusticia2528 Gracias Belen!!! Solo responder e intentarlo ya dice mucho!!! Que nerviossssssssss madre mía!!!!!! GRACIAS GRACIAS por marcar la diferencia 😘😘
Belen puedes subir un video , cuando puedas, de la oficina judicial? Especialmente del SCP , registro y reparto, hay una mención de una codoficacion de voces de test de compatibilidad , no se que es , no entiendo a que de refiere con ello , ¿ puedes explicarlo ? Gracias 😊
Si , en mi libro de auxilio judicial en el SCP de registro y reparto , dice .. El SCP que realiza el registro y reparto dispondrá de una aplicación o módulo específico que permita realizar el registro informatizado de documentos y que asegure la homogeneidad en la denominación e identificación de los procedimientos, utilizando " la codificación de voces y conceptos que determine el test de compatibilidad " .
Hola. Gracias por tu buen comentario, pero yo no me dedico a esto, y no puedo personalizar mis clases, pues me Llevaría muchísimo tiempo que en este momento carezco. Lo siento de verdad. Un saludo
Que primitivo e inseguro el proceso de ejecuciones Español, en Argentina dónde casi todo es malo, por ejemplo el comprador en subasta compra libre de toda carga ya sea tributaria o embargos previos o posteriores al ejecutante, y los embargantes u acreedores entre ellos el fisco, comunidad, hipotecantes etc, cobrarán de acuerdo al orden cronológico y privilegios del código civil y comercial.. muchísimo más lógico y seguro.. ojalá España modifique su complicado sistema que crea incertidumbre a los compradores y perjudica el precio en definitiva.. atte Dr. Vaca abogado argentino
Ay la Tortuga Tomasa jajaja me encantas ❤ !!! Muchas gracias 😂😊❤ !!!
Súper !
Por fin he podido entender la subasta de bienes inmuebles!!!
Muchísimas gracias por este nuevo vídeo!! 😉
😘😘😘
De verdad que muy bien explicado! Mil gracias
Hola Belen, te estoy siguiendo un tiempo porque tengo interes en las subastas judiciales. Y viendo este video me surje una pregunta que me gustaria , si te parece bien, que me ayudaras a resolver. Decimos que eltipo de subasta viene definido por la tasación menos las cargas.Pero es ahi donde me surge la duda, si las cargas que tiene el inmueble son superiores a la tasación que sucede. Por ejemplo el inmueble se tasa en 100.000 y tiene una carga de 60.000 y ora de 50.000. Gracias y felicidades por tus videos tan didacticos.Da gusto escuchar cosas tan complejas explicadas de manera tan sencilla y cercana.
Hola.
Pues si.
Lo has dicho tu.
Muchas veces , son tan superiores las cargas. Que no merece la pena. También depende, en qué puesto estás en las cargas.
Si eres el primero. Y delante de ti no hay nadie. Es interesante. Porque son las cargas anteriores las que cuentan. No las posteriores.
Unsaludo
Esta claro que si las cargas son muy elevadas no merece la pena participar en la subasta.Pero mi duda es si en el portal de subastas el valor de la subasta viene definido por la diferencia entre la tasación y las cargas que tiene dicho inmueble. En los casos en que las cargas son muy altas, como pueden seguir apareciendo un valor de subasta positivo. Si se tasa el inmueble por 100.000 y las cargas son de 50.000 y 60.000 respectivamente. Si apliamos la formula daria un valor de subasta de -10.000. Obviamente hay algo que no he entendido porque esto no puede ser...@@belenoposicionesjusticia2528
El valor de subasta. Es el tasado. No afecta en ese valor tasado o tipo de subasta las cargas.
El juzgado te dice . Esto es lo que vale .
Independientemente de las cargas.
Por eso te indicaba . Que si la subasta . Es la primera carga. No hay problema . Por eso cobran los primeros. Y repito . En esa tasación , en la que se valora la finca. Hay que llevar cuidado porque hay que ver qué cargas tiene.
Hola Belén , muchas gracias por ilustrarnos.
Podría por favor nombrar el artículo que obliga a inscribir la finca en el registro antes de pedir la posesión , MUCHAS GRACIAS
Hola.
Según la legislación española , no es obligatoria. Es decir . No nos ponen una multa por no inscribirlo.
Si bien , es recomendable realizarla por los beneficios que tiene. Al realizar la inscripción . El registro te reconoce como propietario. Frente a terceros.
En el caso que nos ocupa. Hasta que no se demuestre dicha titularidad. No se te da posesión .
Un. Saludo.
Resumiendo.
Que para determinados trámites . Si no acreditas la titularidad, pues no se pueden realizar determinados actos. Como por ejemplo , darte la posesión. Un saludo
Muchas gracias Belén , soy persona que espera ser lanzado , pero el registro lo tiene parado , de ahí mi pregunta , muchas gracias.
No es suficiente título, el decreto de adjudicación y haber pagado ITP ?
Hola Belén muchas gracias por el vídeo. Me surge una duda sobre las cargas del bien inmueble. Si la vivienda cuenta con dos cargas siendo la nuestra la primera y sale a subasta por nuestra carga, ¿el adjudicatario de la subasta deberá pagar únicamente el valor ofertado en la subasta?
Hola, Belen. Muchas gracias antes de nada, solo puedo decir “qué lástima no haberte descubierto antes”. Lo que no entiendo de esto es que nosotros somos la tercera casa, no?, pero hay dos ejecuciones anteriores. Entonces ejecuciones en qué consistieron? No se hizo nada? Pensé que ejecutar era ya ir directamente a subastar, pues si no, de qué sirve?
@@opoamiritmo3786 hola. Sirve porque aunque esté valorada esa casa , tercera casa. Ese valor , se disminuye. Precisamente por las cargas que hay antes.
Si se ejecutara la cuarta casa, el que se la quede tiene que abonar la deuda de la tercera. Y vosotros cobraríais. Sin hacer nada. Un saludo💖
Hola Belén , es obligatorio inscribir la fonca en el registro de la propiedad para poder pedir la posesión?
O con tener la adjudicación y pagar los impuestos se puede pedir el lanzamiento y posesión sin inscribir...?
Muchas gracias
Un saludo
Hola. Hay que inscribir y pasar por el registro para que te den la posesión. Un saludo.
Buen video Belén, pero tengo un par de dudas.
1) Si hay dos titulares de los cuales solo el primero tiene esas deudas que van a embargar, como se computaría?
2) Si la deuda del primer acreedor ( banco que tiene hipoteca el titular) es muy elevada y el acreedor no va a recibir nada o casi nada, aún así pueden tirar adelante la ejecución?
Eres genial belen , muchas gracias , solo tengo una duda, se cancelarán las cargas anteriores una vez que el nuevo propietario , quien se ha adjudicado la vivienda haya saldado primero la deuda de la cual queda subrogado una vez que se adjudica el bien inmueble , cierto ??
Cierto
Muchas gracias ❤️
Belén , entiendo que las cargas de la propieda se suma al avalúo de la misma para la.subasta , al precio total por la que entra a subasta , avalúo + cargas anteriores = precio total de subasta , ¿¿es correcto ??
Hola. El avalúo, o lo que vale la finca es una cosa. Y el que se queda con la finca se queda con las cargas anteriores. Estamos diciendo lo mismo. Pero de distinta manera . Un saludo
Buenas Belen!!! Mil gracias por todos tus videos!! Cuando hago test y respondo gracias a un video tuyo, digo "GRACIAS BELEN", ojalá hubiera conocido tus videos antes ;) Quería pedirte, si lo ves factible, y pudieras hacerlo, un vídeo resumen con los puntos del temario más importantes de cara al examen de la semana que viene de auxilio...de esas que dices: pregunta de examen, o no sé el tema 18 al dedillo...en fin...estoy ya tan agobiada...que digo a ver si Belen puede....y si no igualmente gracias por tus videos, que sin duda marcarán la diferencia en mi examen, a pesar de ir mal. GRACIAS!!!!!!!!
Hola, lo de tu petición, lo voy a intentar♥️
@@belenoposicionesjusticia2528 Gracias Belen!!! Solo responder e intentarlo ya dice mucho!!! Que nerviossssssssss madre mía!!!!!! GRACIAS GRACIAS por marcar la diferencia 😘😘
Belen puedes subir un video , cuando puedas, de la oficina judicial? Especialmente del SCP , registro y reparto, hay una mención de una codoficacion de voces de test de compatibilidad , no se que es , no entiendo a que de refiere con ello , ¿ puedes explicarlo ? Gracias 😊
Hola, lo has escrito bien? Codificación de voces? No entiendo.
Si , en mi libro de auxilio judicial en el SCP de registro y reparto , dice .. El SCP que realiza el registro y reparto dispondrá de una aplicación o módulo específico que permita realizar el registro informatizado de documentos y que asegure la homogeneidad en la denominación e identificación de los procedimientos, utilizando " la codificación de voces y conceptos que determine el test de compatibilidad " .
Vale, lo haré en terminar la subasta de inmuebles ,👍
Casualmente yo trabajo ahora en un SCP
Sabes que es eso de la codificacion de voces y test de compatibilidad?? , 🤔🤔
Hola Belen, muy bueno el video! No obstante, tengo algunas dudas .... Me podrías facilitar tu contacto? O dime como podemos hacerlo. Muchas gracias!
Hola. Gracias por tu buen comentario, pero yo no me dedico a esto, y no puedo personalizar mis clases, pues me Llevaría muchísimo tiempo que en este momento carezco. Lo siento de verdad. Un saludo
💓💓💓💞💞💞💕💕❤️❤️
Como te lias con las cargas anteriores y posteriores
Hola. Lo siento . Un saludo
Que primitivo e inseguro el proceso de ejecuciones Español, en Argentina dónde casi todo es malo, por ejemplo el comprador en subasta compra libre de toda carga ya sea tributaria o embargos previos o posteriores al ejecutante, y los embargantes u acreedores entre ellos el fisco, comunidad, hipotecantes etc, cobrarán de acuerdo al orden cronológico y privilegios del código civil y comercial.. muchísimo más lógico y seguro.. ojalá España modifique su complicado sistema que crea incertidumbre a los compradores y perjudica el precio en definitiva.. atte Dr. Vaca abogado argentino
Dónde hizo su doctorado?
@@Fulanito163debajo del puente
Un vídeo que podría ser interesante pero es infumable con la tortuga Tomasa