Subasta judicial ¿Qué podemos encontrarnos?

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  • Опубликовано: 29 июн 2024
  • 0:00 Las subastas judiciales
    2:15 Obstáculos en la inscripción del inmueble
    13:30 ¿Los daños de la vivienda figuran en la subasta?
    16:30 ¿Qué solicita el registrador para inscribir la titularidad del inmueble a mi nombre?
    22:12 ¿Es importante analizar las fechas de los contratos de arrendamiento?
    23:20 Si me adjudicaron el uso de la vivienda en la sentencia de divorcio... ¿Tengo derecho a quedarme?
    𝗦𝘂𝗯𝗮𝘀𝘁𝗮𝘀 𝗷𝘂𝗱𝗶𝗰𝗶𝗮𝗹𝗲𝘀 ¿𝗤𝘂𝗲́ 𝗽𝗼𝗱𝗲𝗺𝗼𝘀 𝗲𝗻𝗰𝗼𝗻𝘁𝗿𝗮𝗿𝗻𝗼𝘀?
    En las subastas judiciales podemos encontrarnos con obstáculos con los que no contábamos.
    En este vídeo vamos a tratar la inseguridad jurídica de los adjudicatarios en subastas públicas judiciales.
    El motivo suele ser la existencia de terceros ocupantes de inmuebles, arrendatarios y deudores y sus problemas procesales y registrales.
    Analizaremos los problemas que podemos encontrarnos tras la adjudicación de un bien inmueble en subastas judiciales por la falta de información en relación con la situación posesoria sobre el inmueble adjudicado y los problemas, tanto procesales como registrales que ello genera para el adjudicatario.
    𝟭. 𝗜𝗻𝗳𝗼𝗿𝗺𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝘀𝗶𝘁𝘂𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗽𝗼𝘀𝗲𝘀𝗼𝗿𝗶𝗮 𝗲𝗻 𝗲𝗹 𝗱𝗲𝗰𝗿𝗲𝘁𝗼 𝗱𝗲 𝘀𝘂𝗯𝗮𝘀𝘁𝗮
    Una vez publicado en el Portal de Subasta del BOE el bien inmueble a enajenar y en cumplimiento de lo dispuesto en el Título IV, capitulo IV, sección sexta de la Ley 1/2007 de 7 de enero de Enjuiciamiento Civil (LEC), es obligación legal, informar de forma veraz y completa, sobre la situación posesoria del inmueble objeto de la enajenación forzosa.
    𝟮. 𝗘𝘅𝗶𝘀𝘁𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮 𝗱𝗲 𝗼𝗰𝘂𝗽𝗮𝗻𝘁𝗲𝘀, 𝗶𝗻𝗾𝘂𝗶𝗹𝗶𝗻𝗼𝘀 𝗼 𝗱𝗲𝘂𝗱𝗼𝗿𝗲𝘀. 𝗣𝗿𝗼𝗯𝗹𝗲𝗺𝗮𝘀 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗹𝗮 𝘁𝗼𝗺𝗮 𝗱𝗲 𝗽𝗼𝘀𝗲𝘀𝗶𝗼́𝗻 𝘁𝗿𝗮𝘀 𝗹𝗮𝘀 𝘀𝘂𝗯𝗮𝘀𝘁𝗮𝘀 𝗷𝘂𝗱𝗶𝗰𝗶𝗮𝗹𝗲𝘀
    Situaciones jurídicas que podemos encontrarnos en el inmueble adjudicado en subastas judiciales:
    a) 𝗢𝗞𝗨𝗣𝗔𝗦
    b) 𝗗𝗘𝗨𝗗𝗢𝗥 / 𝗘𝗝𝗘𝗖𝗨𝗧𝗔𝗗𝗢 𝗦𝗘 𝗠𝗔𝗡𝗧𝗜𝗘𝗡𝗘 𝗘𝗡 𝗘𝗟 𝗜𝗡𝗠𝗨𝗘𝗕𝗟𝗘
    c) 𝗖𝗢𝗡𝗧𝗥𝗔𝗧𝗢𝗦 𝗗𝗘 𝗔𝗥𝗥𝗘𝗡𝗗𝗔𝗠𝗜𝗘𝗡𝗧𝗢
    ¿Qué ocurre si tras la adjudicación en las subastas judiciales nos encontramos con inquilinos en el inmueble que acrediten su título (contrato de arrendamiento)?
    Situaciones:
    - 𝗖𝗼𝗻𝘁𝗿𝗮𝘁𝗼𝘀 𝗮𝗿𝗿𝗲𝗻𝗱𝗮𝗺𝗶𝗲𝗻𝘁𝗼 𝗱𝗲 𝘃𝗶𝘃𝗶𝗲𝗻𝗱𝗮 𝗮𝗻𝘁𝗲𝗿𝗶𝗼𝗿𝗲𝘀 𝗮𝗹 𝟲 𝗱𝗲 𝗺𝗮𝗿𝘇𝗼 𝗱𝗲 𝟮𝟬𝟭𝟵
    - 𝗖𝗼𝗻𝘁𝗿𝗮𝘁𝗼𝘀 𝗮𝗿𝗿𝗲𝗻𝗱𝗮𝗺𝗶𝗲𝗻𝘁𝗼 𝗱𝗲 𝘃𝗶𝘃𝗶𝗲𝗻𝗱𝗮 𝗽𝗼𝘀𝘁𝗲𝗿𝗶𝗼𝗿𝗲𝘀 𝗮𝗹 𝟲 𝗱𝗲 𝗺𝗮𝗿𝘇𝗼 𝗱𝗲 𝟮𝟬𝟭𝟵
    - 𝗖𝗼𝗻𝘁𝗿𝗮𝘁𝗼𝘀 𝗱𝗲 𝗮𝗿𝗿𝗲𝗻𝗱𝗮𝗺𝗶𝗲𝗻𝘁𝗼 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝘂𝘀𝗼 𝗱𝗶𝘀𝘁𝗶𝗻𝘁𝗼 𝗱𝗲 𝘃𝗶𝘃𝗶𝗲𝗻𝗱𝗮. 𝗟𝗼𝗰𝗮𝗹 𝗱𝗲 𝗻𝗲𝗴𝗼𝗰𝗶𝗼.
    d) 𝗧𝗜𝗧𝗨𝗟𝗔𝗥 𝗗𝗘 𝗗𝗘𝗥𝗘𝗖𝗛𝗢 𝗗𝗘 𝗨𝗦𝗢 𝗗𝗘 𝗩𝗜𝗩𝗜𝗘𝗡𝗗𝗔 𝗘𝗡 𝗣𝗥𝗢𝗖𝗘𝗦𝗢𝗦 𝗗𝗘 𝗙𝗔𝗠𝗜𝗟𝗜𝗔
    e) 𝗗𝗘𝗥𝗘𝗖𝗛𝗢 𝗗𝗘 𝗨𝗦𝗢 𝗗𝗘 𝗛𝗔𝗕𝗜𝗧𝗔𝗖𝗜𝗢́𝗡, 𝗨𝗦𝗨𝗙𝗥𝗨𝗖𝗧𝗢, 𝗣𝗥𝗢𝗛𝗜𝗕𝗜𝗖𝗜𝗢́𝗡 𝗗𝗘 𝗗𝗜𝗦𝗣𝗢𝗡𝗘𝗥 𝗔 𝗙𝗔𝗩𝗢𝗥 𝗗𝗘 𝗟𝗔 𝗔𝗘𝗔𝗧, 𝗘𝗧𝗖.
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    ¿𝗡𝗲𝗰𝗲𝘀𝗶𝘁𝗮𝘀 𝗮𝘀𝗲𝘀𝗼𝗿𝗮𝗺𝗶𝗲𝗻𝘁𝗼 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗰𝗼𝗺𝗽𝗿𝗮𝗿 𝗲𝗻 𝘂𝗻𝗮 𝘀𝘂𝗯𝗮𝘀𝘁𝗮 𝗷𝘂𝗱𝗶𝗰𝗶𝗮𝗹?
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    ¿𝗖𝗼́𝗺𝗼 𝗽𝘂𝗲𝗱𝗲𝘀 𝗰𝗼𝗻𝘀𝘂𝗹𝘁𝗮𝗿 𝗮 𝗻𝘂𝗲𝘀𝘁𝗿𝗼𝘀 𝗱𝗲𝘀𝗽𝗮𝗰𝗵𝗼𝘀 𝗱𝗲 𝗮𝗯𝗼𝗴𝗮𝗱𝗼𝘀 𝗱𝗲 𝗩𝗮𝗹𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮, 𝗠𝗮𝗱𝗿𝗶𝗱 𝗼 𝗕𝗮𝗿𝗰𝗲𝗹𝗼𝗻𝗮?
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    Estaremos encantados de atenderle.

Комментарии • 11

  • @hevicex
    @hevicex Год назад +1

    Super, super interesante. Estas cosas deberian enseñarse en los colegios. Gracias

  • @ju560tw
    @ju560tw Год назад +1

    Muy interesante, gracias

  • @fjaviergh5253
    @fjaviergh5253 8 месяцев назад

    Muy bien explicado.
    ¿Se podría conocer habiendo contrato de arrendamiento anterior al 2019, si está inscrito, antes de pujar?
    Y así mismo los ayuntamientos facilitan si están pagados los ibis?

  • @javiperezcm
    @javiperezcm Год назад +1

    Si me adjudico una vivienda en subasta o cesión de remate y esa vivienda tiene inscrito un usufructo, desaparece una vez que recojo el testimonio y la inscribo a mi nombre? Muchas gracias

    • @marinymateoabogados
      @marinymateoabogados  Год назад +1

      Buenos días Javi,
      El usufructo es un gravamen sobre el inmueble, con independencia de quien sea el titular del inmueble, y el usufructuario tiene el derecho de uso hasta que fallezca.
      La adjudicación será por la nuda propiedad y no por el pleno dominio.
      Para ampliar la consulta con datos y documentos concretos, puedes contactar con nosotros en el 963202876.
      Espero haberle podido resolver la duda!
      Un saludo,

  • @juanfranco5180
    @juanfranco5180 Год назад

    Muy interesante y bien explicado. Cual es el procedimiento de inscripción en el caso de una plaza de parking?

    • @marinymateoabogados
      @marinymateoabogados  Год назад

      Buenos días Juan,
      Es el mismo proceso que la inscripción de una vivienda. Una vez se tiene el testimonio del decreto de adjudicación, se debe liquidar el impuesto de transmisiones patrimoniales (entre el 6% -11% según la comunidad autónoma donde radique el garaje) o IVA si es primera transmisión y no han transcurrido más de 2 años desde la inscripción a nombre de la promotora, y se lleva al registro de la propiedad para su inscripción.
      Espero haberle podido ayudar.
      Muchas gracias por su interés.
      Un saludo,

    • @juanfranco5180
      @juanfranco5180 Год назад

      @@marinymateoabogados Perdón, no me he explicado bien. Me refería en el caso de que estuviera ocupada.

    • @marinymateoabogados
      @marinymateoabogados  Год назад

      @@juanfranco5180 Tendrás que instar el lanzamiento del ocupante, si no tiene contrato de arrendamiento, en el propio procedimiento judicial donde se ha dado la subasta.
      Si necesita más información, le invito a que contacte con nosotros por teléfono al 963 202 876 o puede escribirnos a info@marinymateo.com para intentar ayudarle más extensamente y con información más detallada.
      Un saludo,

    • @juanfranco5180
      @juanfranco5180 Год назад +1

      @@marinymateoabogados Perfecto, muchísimas gracias!

  • @isabelmariavazquezruiz3218
    @isabelmariavazquezruiz3218 Год назад +1

    Finca sin escritura se puede subastar ? eske me deben y por eso mi pregunta