Lindo video y útil, como no domino el exel voy a tener que verlo varias veces porque fué muy rápido pero los conceptos fueron muy claros, en ganancias la compra y venta están excentos y el rendimiento gravado y en bienes personales gravados a la tasa de bienes en el exterior. Gracias.
Hola Leo como estas? Si, hay un mínimo! Te dejo link a mi canal principal donde explico el tema ruclips.net/video/SZld9yWCgT8/видео.htmlsi=P-cGlCyuVz1A_g6b Abrazo
En el caso de los dividendos de los CEDEARS, que hacemos con el impuesto que te descuentan al momento del pago??? Es un pago a cuenta del impuesto o un gasto deducible?
Muy bueno el video!, si tenés una ganancia por dividendos de cedears (gravado) y una pérdida por venta de cedears mayor a los dividendos (concepto exento), se pueden netear o deben informarse por separado?
Hola gracias! Debes informarlo por separado porque son dos rentas distintas. La exenta va en columna II y los dividendos gravados 2da categoria renta de FE. Abrazo.
Agustin, un responsable inscripto que factura "A" el 2/1/24, pero en periodo se pone 18/12/23... para ganancias, van a tomar como que entra en 2023 o 2024? y en todo caso eso lo tira el sistema o lo anota el contador? (¿se podria pilotear anotarlo como 2024?) gracias
Hola Guille cómo andas? Lo tomaría depende los ingresos de qué categoría sean... Si es 3ra categoría por la fecha del devengamiento y si es 4ta por lo percibido. Abrazo!
Que genial encontrarte! Una pregunta, viste cuando empezás una nueva DJ te quedan por ej los CEDEARS que cargué el año pasado. Por ej.. tenía 50 en 2021 y en 20 en 2022, los 30 que vendió los tengo que declarar como baja del período al valor que declaré en 2021? Es decir, me va a quedar en 2022 un renglón por 20 tenencia, y un renglón por 30 baja del período? o solamente tengo que dejar los 20 ??
Hola Nadia gracias! Si te referís a bienes personales solo iría baja en el período que se declara si te queda en cero. Pero como te quedan 20 yo lo cambiaría de 50 a 20 y pondría la valuación al 31/12. Besos.
Hola Agus, excelente contenido y muy didáctico. Consulta porfa, existe un MNI q alcanzar para ganancias? (como para BP q si lo tengo claro). O como el caso de tu ejemplo con 25100 de renta por dividendos ya hay q inscribirse en ganancias y presentar DDJJ. Espero se entienda, GRACIAS!!!
Hola Gus si, hay un minimo. Te dejo un video donde explico el tema en mi otro canal. ruclips.net/video/SZld9yWCgT8/видео.htmlsi=O3vak6qPZssCzoBv Abrazo.
@@paracontadores Hola que seria hay que gravarlos? Yo para determinar el rendimiento del dividendo le resto los gastos de comisiones y los impuestos? Y lo declaro por el neto: vos lo haces distinto?
Me parece que tenes un error en el calculo de IIGG para dividendos de CEDEARs. Los dividendos llegan a tu cuenta neto de comisiones y retención de fuente exterior que informa COMAFI. Es decir que deberías reflejar el monto bruto del CEDEAR neto de comisiones informadas por COMAFI + las que te hace el Broker. Esa es la base para calcular impuesto. Luego deberías computar como retención similar la retención en fuente extranjera informada por COMAFI (hasta el limite del impuesto) que suele ser de 30% si el subyacente es USA, pero puede ser otro porcentaje dependiendo de donde está radicada la empresa que los paga. Abrazo
Descarga la filmina y planilla GRATIS 👉 agustinhansen.com/descarga-la-planilla-y-filmina-de-cedears/
excelente video ! muy practico ! gracias !!
Hola Karina, me alegro que te haya servido! Besos :)
Muy bueno el video, todo entendido. Cómo hago para valuar la venta del CEDEAR si compre en pesos y vendí en dólares? Me podes ayudar por favor
Muy buen video! En el precio del cedear tenemos que contemplar la comisión e impuestos de la cuenta comitente? Saludos!
Eres Muy Bueno Agus! Excelente explicación! Te sigo y doy likes a todo lo que publicás porque es muy buen contenido el tuyo! Saludos!
Muchisimas gracias :)
Excelente explicación.
Gracias Pablo!
Excelente video, felicitaciones
Muchas gracias Ricardo abrazo grande!
Lindo video y útil, como no domino el exel voy a tener que verlo varias veces porque fué muy rápido pero los conceptos fueron muy claros, en ganancias la compra y venta están excentos y el rendimiento gravado y en bienes personales gravados a la tasa de bienes en el exterior. Gracias.
@@franciscofurlan4001 Gracias Fran!
Hola. consulta. Hay un monto máximo a superar o por solo 3 cedears ya pago ganancia y bienes personales. Gracias.
Hola Leo como estas? Si, hay un mínimo! Te dejo link a mi canal principal donde explico el tema ruclips.net/video/SZld9yWCgT8/видео.htmlsi=P-cGlCyuVz1A_g6b
Abrazo
En el caso de los dividendos de los CEDEARS, que hacemos con el impuesto que te descuentan al momento del pago??? Es un pago a cuenta del impuesto o un gasto deducible?
Muy bueno el video!, si tenés una ganancia por dividendos de cedears (gravado) y una pérdida por venta de cedears mayor a los dividendos (concepto exento), se pueden netear o deben informarse por separado?
Hola gracias! Debes informarlo por separado porque son dos rentas distintas. La exenta va en columna II y los dividendos gravados 2da categoria renta de FE. Abrazo.
Agustin, un responsable inscripto que factura "A" el 2/1/24, pero en periodo se pone 18/12/23... para ganancias, van a tomar como que entra en 2023 o 2024? y en todo caso eso lo tira el sistema o lo anota el contador? (¿se podria pilotear anotarlo como 2024?) gracias
Hola Guille cómo andas? Lo tomaría depende los ingresos de qué categoría sean... Si es 3ra categoría por la fecha del devengamiento y si es 4ta por lo percibido. Abrazo!
y si fuera Categoria T2 Cat I ? gracias
Que genial encontrarte! Una pregunta, viste cuando empezás una nueva DJ te quedan por ej los CEDEARS que cargué el año pasado. Por ej.. tenía 50 en 2021 y en 20 en 2022, los 30 que vendió los tengo que declarar como baja del período al valor que declaré en 2021? Es decir, me va a quedar en 2022 un renglón por 20 tenencia, y un renglón por 30 baja del período? o solamente tengo que dejar los 20 ??
Hola Nadia gracias! Si te referís a bienes personales solo iría baja en el período que se declara si te queda en cero. Pero como te quedan 20 yo lo cambiaría de 50 a 20 y pondría la valuación al 31/12.
Besos.
Hola Agus, excelente contenido y muy didáctico. Consulta porfa, existe un MNI q alcanzar para ganancias? (como para BP q si lo tengo claro). O como el caso de tu ejemplo con 25100 de renta por dividendos ya hay q inscribirse en ganancias y presentar DDJJ. Espero se entienda, GRACIAS!!!
Hola Gus si, hay un minimo. Te dejo un video donde explico el tema en mi otro canal.
ruclips.net/video/SZld9yWCgT8/видео.htmlsi=O3vak6qPZssCzoBv
Abrazo.
Hola! los impuestos por rentas de dividendos te lo cobran de manera automática cuando te lo liquidan o tenés que hacerlo aparte?
Hola Jose hay que gravarlo. Abrazo.
@@paracontadores Hola que seria hay que gravarlos? Yo para determinar el rendimiento del dividendo le resto los gastos de comisiones y los impuestos? Y lo declaro por el neto: vos lo haces distinto?
Me parece que tenes un error en el calculo de IIGG para dividendos de CEDEARs. Los dividendos llegan a tu cuenta neto de comisiones y retención de fuente exterior que informa COMAFI. Es decir que deberías reflejar el monto bruto del CEDEAR neto de comisiones informadas por COMAFI + las que te hace el Broker. Esa es la base para calcular impuesto. Luego deberías computar como retención similar la retención en fuente extranjera informada por COMAFI (hasta el limite del impuesto) que suele ser de 30% si el subyacente es USA, pero puede ser otro porcentaje dependiendo de donde está radicada la empresa que los paga. Abrazo
Hola a mi me cobra comision mas iva de comision y me terminan quedando negativos los pagos, como haces en ese caso?
Gracias por la formulita😂
💪💪💪