Robo con violencia o intimidación

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  • Опубликовано: 8 фев 2025
  • Robo con violencia o intimidación.
    El delito de robo viene regulado en el artículo 237 del Código Penal y consiste en:
    .- Apropiarse de cosas muebles ajenas,
    .-con ánimo de lucro
    .- empleando fuerza en las cosas o violencia o intimidación en las personas.
    El delito de robo con violencia o intimidación está reguilado en el artículo 242 del Código Penal y conlleva una pena de dos a cinco años de prisión.
    La determinación concreta de la pena del delito de robo con violencia o intimidación dependerá en cada caso del tipo de robo y de las circunstancias que existan en el momento de su comisión, ya que dependerá de la gravedad de las mismas la imposición de una pena mínima de dos años o incluso máxima de cinco años.
    Existe en el artículo 242.4 del Código Penal una figura atenuada del delito de robo con violencia o intimidación y que sería aplicable a aquellos casos en los que la violencia ha sido muy leve y además a aquellos casos en los que las circunstancias que rodean al hecho ponen de manifiesto por si mismas que la gravedad de los hechos es menor a la del tipo normal o básico. Este delito sería penado con una pena que supone una rebaja en un grado, es decir con penas inferiores a dos años.
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