1:03:45 Según el Art. 198 en ese caso la anotación de inicio debe ser hecha luego de la conformidad del supervisor y según Opinión 011-2020 y otros del OSCE no necesariamente debe estar la frase “inicio de la causal” pero sí debe ser clara e inequívoca la anotación que exprese el inicio.
Tengo una consulta porfavor: ¿si hay una demora que esta afectando al contratista (no es ruta critica, pero ya sobrepaso su holgura), pero el contratista tiene retraso injustificado, en este caso, el 90% de las partidas faltantes es por retraso injustificado y el 10% por afectacion, le corresponderia ampliacion de plazo?, sabiendo que ya termino su plazo contractual hace tres meses y la entidad no quiere resolver el contrato debido a que es conciente de no puede solucionar rapidamente esa afectacion y por ello, el contratista aprovecha y no avanza ninguna partida
1:04:22 Me parece que el deber de remitir el informe a la Entidad y al contratista, protege el derecho de este último a conocer cuándo su plazo se tiene por ampliado, pues a partir de la fecha d entrega del informe la Entidad solo cuenta con 15 días. El contratista tendrá que demostrar si este hecho lo ha perjudicado y de qué manera. Saludos Ing. Nahún.
Son días calendarios, por ejemplo el plazo de ejecución de obra. Solo cuando se menciona específicamente que son días hábiles, se debe tomar como tales.
1:03:45 Según el Art. 198 en ese caso la anotación de inicio debe ser hecha luego de la conformidad del supervisor y según Opinión 011-2020 y otros del OSCE no necesariamente debe estar la frase “inicio de la causal” pero sí debe ser clara e inequívoca la anotación que exprese el inicio.
Tengo una consulta porfavor: ¿si hay una demora que esta afectando al contratista (no es ruta critica, pero ya sobrepaso su holgura), pero el contratista tiene retraso injustificado, en este caso, el 90% de las partidas faltantes es por retraso injustificado y el 10% por afectacion, le corresponderia ampliacion de plazo?, sabiendo que ya termino su plazo contractual hace tres meses y la entidad no quiere resolver el contrato debido a que es conciente de no puede solucionar rapidamente esa afectacion y por ello, el contratista aprovecha y no avanza ninguna partida
1:04:22 Me parece que el deber de remitir el informe a la Entidad y al contratista, protege el derecho de este último a conocer cuándo su plazo se tiene por ampliado, pues a partir de la fecha d entrega del informe la Entidad solo cuenta con 15 días. El contratista tendrá que demostrar si este hecho lo ha perjudicado y de qué manera. Saludos Ing. Nahún.
Mi consulta es: ¿Cuando se habla de días, son días calendarios o días hábiles? Gracias de antemano por la respuesta.
Son días calendarios, por ejemplo el plazo de ejecución de obra. Solo cuando se menciona específicamente que son días hábiles, se debe tomar como tales.
@@ManuelFlores-od6ul gracias.