Es la primera ves que estoy viendo sus videos de información y la verdad son muy interesantes hay cosas que no estamos enterados, en realidad a todos los docentes nos falta información de pensiones y las modificaciones de las leyes y reformas. Gracias por la información
Buenos días licenciado una pregunta, a partir de que fecha empieza la cotización? Sería la que aparece en mi hoja rosa? Porque esa me la dieron en 2004 cuando ingresé a la academia, pero mi oficio de adscripción ya como trabajador es en 2005
Licenciado buenas tardes sobre pensión orfandad y viudez cuánto tarda el trámite llevo un año siete meses en ausencia economíca y todavía está en resolución la pencion issemym
Margarita Moysen, la ley dice que deben dar respuesta en 30 días desde el momento en que ingreso su petición, puede demandar ante el tribunal correspondiente tarda en promedio de 4 a 6 meses pero le pagan completo, si desea el número de un compañero abogado con gusto le compartimos
Hola entre en 85 no he hecho el tramite de pensión por x motivo se que la ley del 94 es la que me corresponde pero me he dado cuenta con compañeros que el issemyn no esta respetando la ley con la ingresaste te aplica la dos dos mil dos y te da alrededor del 75% son muchos los casos que he visto y que por desgracia la mayoría lo ha aceptado que se puede hacer para hacer valer que nos den lo que por derecho corresponde a donde se tiene que recurrir
Maestro Rutilio, usted al generar su trámite de jubilación se corresponde con la ley 1994, más el porcentaje del artículo 81 por años de servicio adicional, usted debe jubilarse con el 121%, si en la hoja de dictamen no lo hacen de esta forma, puede solicitar actualizar los montos. Si así no lo hiciera el instituto pida apoyo legal al sindicato, para que no le cueste
Rutilio si la ley 94 es la que te corresponde, sugiero puedas iniciar tu tramite y como sabemos que tardan en responder puedes demandar ante el tribunal correspondiente y entre 4 y 6 meses tendrás respuesta a tu favor y con la ley que te corresponde, si necesitas el número de un abogado con gusto apoyamos
@@juandavidjeronimo6452 hola buenas noches, me gustaría la asesoría de uno de los abogados que recomienda, mi mamá también está por jubilarse y le corresponde la ley de 1994, al parecer quieren aplicarle la del 2002. Nos serviría de mucho la asesoría de un abogado informado en el tema, espero su respuesta, de antemano muchas gracias
Buenas noches licenciado, ingresé al sistema el 01 de marzo en el 2021 con contrato base. Me gustaría saber la ley que me corresponde, cuántos años de servicio y de edad requiero para mi jubilación y cuánto es el porcentaje que me correspondería. Mil gracias por su atención
@adrianaperez5406, un gusto saludarte por este medio, te corresponde la ley 2002, con sus modificaciones al 2012. 35 años de servicio, 62 de edad para poder jubilarte
Buenas noches maestro, de antemano gracias por valiosa información, tengo una duda sobre la capitalización individual, mi situación es la siguiente; ingrese en el 2003 como servidor público y en el 2021 me dieron de baja, tengo ahorita 57 años, la pregunta es, si retiro la capitalización individual, me afecta para mi pensión??
@guillermoojeda2912, un gusto saludarte por este medio, te comento, la pensión no se ve afectada por el sistema de capitalización individual ese es un ahorro extra que usted realiza cada quincena.
Mi esposo fsllecio. Tengo el dictamen de 2022 y hasta la fecha no recibo un quinto cuando me pagaran? Y sera retroactivo? Estoy sin un quinto que puedo hscer. Estoy desesperada.
Hola maestro yo entre un 8 de abril 2002 pero mi base me la dieron 5 años después. Mi pregunta que porcentaje me daria si tengo contando esos 5 años no basificada tengo 63 años
Triny Romero la ley dice que es al momento en que ingresamos a laborar, eso quiere decir que te descuentan desde que aparece tu primer pago, no 5 años después, los interinos también suman
2 года назад
Gracias por la asesoría. Que recursos se pueden recuperar si se dejó de cotizar desde hace 25 años hasta la fecha. Gracias
Letty, un saludo, si dejaste de cotizar al instituto desde hace 25 años y no pusiste tus beneficios en suspensión en tu unidad administrativa, lamento decir que no puedes recuperar nada pues estos derechos de reclamo tienen vigencia de 5 años
@veronicaborja5179, un gusto poder saludarte por este medio, 2013 debe cumplir con 35 años de servicio y 62 años de edad ambos conceptos deben sumar 97 para poderse jubilar y pensinarse con la tabla de amortización
Mi esposo tenía 27 años 8meses de trabajar cuando falleció cuanto me deben de dar de pencion ya tramite todo entregue todos los papeles que me pidieron
hola yo ingrese en 1996, pero en 2005 deje por problemas de laborar 5 años, ingrese nuevamente como directivo en el 2010, pero me cambiaron mi clave de issemym, aunque la clave de servidor publico sigue siendo la misma, que problematicas tendria? atento a su respuesta.por si fuera poco en la plataforma SIASE solo me informa que ingrese en 1999. gracias
Muy buenas noches tengo una pregunta yo Soy profesor del sistema Estatal del Edo. México entre al sistema el 16 de septiembre de 2009 Cómo me podre ir cuando termine mi servicio docente Por jubilación, pensión, retiro me podría aclarar esto de favor.
muy buena asesoría.... espero me pueda sacar de una duda por favor...yo ingresé a trabajar al gobierno en febrero del 2009 .......cuántos años de edad y de servicio necesito para jubilarme con el 50% y algún teléfono que me proporcione para poder contratar sus servicios...muchas gracias y exelente día
Buenas noches Lic. Podria apoyarme con mi duda, yo ingrese en agosto del 2013 y desde mi primera quincena me descuentan ese sistema solidario de reparto, entonces ¿si tengo derecho a una pensión? Porque también me descuentan el de sistema de capitalización individual.
Hola! Ingrese a cotizar al instituto en 2005, en el año 2019, obtuve un ascenso de categoría, ¿sigo cotizando con la ley 2002, o me corresponde la 2012?
Buenas tardes licenciado, laboro en el magisterio desde el 2010 con nombramiento eventual, y mi nombramiento base me lo dieron hasta el 2014....considerando esto ¿Supongo que estoy bajo la ley 2002, a los cuantos años de servicio o de edad me puedo pensionar?...gracias
Buenas tardes, muchas gracias por la informaciòn. ¿Entonces en la ley 2012 si hay todavía pensión vitalicia o solo es sobre los fondos del sistema de capitalización individual? ¿Si este fondo se acaba, también se acaba la pensión?
@luisalbertoresendisaguiler3019, un gusto saludarte, es correcto, en la reforma a la ley 2002 en el año 2012, todavía tenemos derecho, ahora solo hay que vigilar que no lo sigan saqueando, de lo contrario efectivamente se acabaría si se acaba el fondo
Disculpe Lic. Desde que ingresé el 16 de septiembre 2001 me descuentan solo la cuota del sistema solidario de reparto clave 541, Ya investigue y la clave de capitalización individual es la 542 pero no la tengo como debo hacerle para tramitarla?. Mi hoja de issemyn dice que entre 3n el 2001, pero tiene el sello de nueva ley 2002. Cuando llegue el momento de cumplir 30 años debo solicitar la adherencia a la ley 94?
@mariadelrociolopezsantiago2534, un gusto saludarte por este medio, eres ley 94 por la fecha en la que ingresaste, cuando llegue la culminación de tus años de servicio con nombramiento en mano y todos los requisitos que se solicitan para la jubilación justificas la ley que te corresponde. En cuanto a la clave del sistema de capitalización individual, cualquier sucursal banorte puede darte un estado de cuenta e ir a control de pagos a realizar la aclaración
Buena tarde....tengo 46 años de edad....25 años de servició...aq edad me puedo jubilar....entre en la ley de 1997.mes de septiembre....espero me pueda orientar xfavor...
@user-gxBsw2er3f, un gusto saludarte, estás con la ley 94, con 25 años de servicio bien pudieras iniciar tu trámite ahora, están tardando 2 años en dictaminar, para cuando eso pase ya tendrás 27 de servicio y 48 de edad
Lic. Buenas tardes disculpe disculpe yo entré en el año 2006 a trabajar ,me corresponde la ley del 2002, tengo derecho a pensión vitalicia más sistema de capitalización individual?
Muchas gracias por la asesoría, una pregunta, em mi caso me aplica la ley 1994, es verdad que si ahora pido un permiso sin goce de sueldo por un año, automáticamente me aplicará la ley 2002 al regresar a trabajar?
Buenas noches Licenciado que ley me corresponde y cuantos años de servicio para pencionarme si ingrese el día 03 de diciembre del año 2003 y actualmente tengo 48 años de edad
señor licenciado Llo metí mis papeles al isemin á sé 2 años al año me dieron llá él dictamen y llá cotize 18años y. tengo 79. años de edad y llá tengo 10 meses y no me Resuelven nada dígame por favor cuánto tiempo más tengo que esperar o que ago por favor
Buena tarde. Me puede hacer favor de indicarme qué ley me corresponde para la jubilación, si mi ingreso al servicio al Estado de México fue en septiembre de 1992? Gracias por su amable atención.
OJO...NO SE LE PUEDE APLICAR LA LEY DEL 94 YA QUE ENTRO ANTES DE QUE SE PUBLICARA DICHA LEY. DICE LA CONSTITUCION QUE A NINGUNA LEY SE LE DARA EFECTO RETROACTIVO EN PERJUICIO DE PERSONA ALGUNA.
Buenas tardes hojala me pueda ayudar mi esposo falleció el año pasado 2021 el se dio de alta en el año 1994, están por darme la presión por fallecimiento, lo que no se si también ahí entre la pensión por jubilación ya que tenia 27 años como servidor público o es otro tramite aparte
Buenas tardes, si yo entre el 10 de septiembre de 2007. Si decidiera retirarme a los 16 años de servicio, me pueden sar pensión y cuanto alcanzaria, con esa antigüedad
Ingrese a trabajar al Issemyn en Mayo de 2006, se que me corresponde la ley de 2002, tengo 54 años de edad y 18 años 5 meses de servicio, mi pregunta es me puedo pensionar con el tanto porciento que me corresponda o debe esperar a cumplir 60 años
Buenos tardes se puede unificar cuentas para pencion yo tuve cotización desde los 18 años para el imss posterior para el issstte tengo 52 de edad y me gustaría saber si se puede para los 55 meter mi pencion
Buenas tardes licenciado una pregunta yo trabaje 5 años TV Mexiquense me descontaban issemyn fue del 1984 a 1989 puedo recuperar algo de esos recursos y si me puede acesorar de antemano gracias
Yo entre a trabajar en el 2004 de esa fecha hasta ahora 2022, deje de cotizar 3 años la pregunta es; no pierdo mis cotizaciones que aporte hasta antes de que dejara de cotizar?
Con ley 2002 hasta que tenga 17 de servicio, pero debería tener 62 de edad, es muy joven. Sin embargo, al cumplir los 17 de servicio puede poner en suspensión sus derechos y reclamar cuando haya cumplido la edad
Hola buenas tardes Lic. Ingresé al magisterio en Mayo 2003, ¿me corresponde la Ley 2002? ¿Alcanzo pensión? Y en caso de alcanzar pensión ¿con cuantos años de edad o de años de servicio ? Agradecería mucho su asesoría 🙏
Buena tarde licenciado. Ingresé al magisterio en febrero del 2003 Quiero saber si me corresponde la ley 2002? Y alcanzo pensión ?. En caso de que si cuántos años de Servio o de edad para hacer este trámite.?? Agradezco su respuesta
@adriansnanunez1926, un gusto saludarte por este medio, no existe una ley de no jubilación, todos tenemos un régimen de jubilación en la ley 94, 2002 o la modificación al 2012
@@juandavidjeronimo6452 Buenas noches, muchas gracias por la información. Es que ya varias compañeras, la que más años tiene se servicio y están en este caso (son 10 años) y en adelante, nos han comentado que a ellas directamente les han dicho en la Normal o donde hayan ido por información al egresar, que ya no tienen jubilación, incluso las instancias como Afore han estado presentes obviamente para ofrecer sus servicios para el retiro. Y prácticamente eso lo tenemos como un hecho, incierto claro.
Soy docente entre en el 2015 y se rumora que no tenemos derecho a pensión solo a jubilación, eso es verdad, ¿de que viviremos? de ser así, espero me pueda responder licenciado
Muy buenas tardes, disculpa la molestia compañero si yo entre con la Ley 94 y deje de trabajar cinco años, despues ingrese nuevamente en el 2003 me jubilaria con la 2002?
Buenas tardes, mi ingreso fue en el 2007, entiendo que pertenezco a la ley de 2002, mi pregunta es, puedo dejar de trabajar y seguir cotizando o hacer aportaciones voluntarias? De antemano muchas gracias por su atención.
Muchas gracias, al hacer aportaciones voluntarias, puedo incrementar mi pensión? Tengo 58 años de edad, 15 años cotizando al issemym, que tanto puedo mejorar mi pensión mensual?
@@garcialopez4079, un saludo, al hacer aportaciones voluntarias, no incrementas el monto de la pensión, pero si incrementas el monto de tu fondo para el retiro
Buenas noches licenciado una pregunta ingrese el 1 de enero del 2003 de alta y me di de baja el 9 de marzo del 2021 osea cotize 17 años mi pregunta es puedo solicitar una pensión por los 17 años pero después que tenga los 57 años de edad
Hola, 👋 una pregunta yo ingrese el 1 de abril de 2012 , según yo me puedo jubilar a los 35 años de servicio y 57 de edad? Aunque la.ley actual diga 35 de servicio y 62 de edad?
@lizbibiano9776, un gusto saludarte por este medio, la ley 2002 reformada al 2012, si ingresaste antes del 1 de julio del 2002 corresponde la 2002 con 35 de servicio y 57 de edad
La pensión que le corresponde es solo la de sistema solidario de reparto y la capitalización individual??? O se sumas ambas con la pensión de issemym???
Entre a trabajar en agosto del 2013, entonces dígame si estoy en lo correcto - me corresponde la ley 2012 -trabajare 35 años - me retiraré del sistema a los 58 años con el 95% cierto? Y a partir de que edad empiezo a percibir la jubilación De los 58 años o de los 62 años?
Hola, buena tarde, yo entre en agosto del 2009, en enero de 2013, me dieron de baja 4 meses, cuando ingrese nuevamente me dieron una nueva hoja de alta (con año 2013) ¿como saber cuál ley me reconoce?
Yo entre a laborar el 1 de abril del 2012, pertenezco a la ley del 2002, correcto??? Mi pregunta es alcanzo pensión independientemente a la capitalización individual y al sistema solidario de reparto??? Osea que si seré beneficiado con la pensión y con las otras dos cosas??. Le agradecería mucho el apoyo 🙏🙏 espero que el issemym pueda pensionarme independientemente de las otras dos aportaciones que sea así.
ingrese el año 1 de septiembre de 1995 que ley me corresponde ya que en em dictamen que me dan me aplican la ley del 2002 me dicen que para que aplique la ley del 1994 debi haber ingresado en el año 1987
@marcooctaviobarcenaslopez4024, un gusto saludarte por este medio, te corresponde la ley 1994, es mentira lo que te están informando si requieres asesoría legal, con gusto te comparto el número de un abogado amigo nuestro
Hola buenas noches tengo 15 años laborados pertenezco a la ley 2002 y 46 años de edad , si cumplo con los 17 años laborados puedo meter una pensión aunque no cuente con la edad
Buena tarde Ingrese como serv pública en el año 2000 y sali en 2006 me incorpore en 2023 nuevamente y tengo el mismo número de ISSEMYM cuando.ouedo jubilarme, me knfirma y ssk ya lo puedo hacer usted puede llevar mi trámite Quedo atenta 8:438:43
@LauraGarcia-yl3sx, un gusto saludarte por este medio, con tu reingreso en el 2023 eres ley 2002 modificada al 2022 con 6 años de servicio de antelación deberías estar cumpliendo tus 35 por allá del año 2053, sin querer ser ofensivo
Entoces porque compañeras docentes comentan que los que ingresamos al sistema estatal despues del 2002 ya no vamos a recibir pensión????? Es un argumento que se sabe en el gremio.... Por el cambio de ley entre el 1994 y la 2002. Refieren que ese fue el cambio.
Si yo trabajé 10 años como jefe de registro público de la propiedad del estado de México ingrese el 1 de junio de 1978 hasta 1997 aproximadamente . Tengo derecho a algo?
Angelica sanchez gomora, si tuvo un reingreso con la ley 2002 a partir de ahí le estarán considerando para jubilar, en la 2002 nadie alcanza el 100%, como máximo el 95%
Yo cotice 17 años y renuncie a mi trabajo, pero volví a casar alta en el 2021, y sigo cotizando, yo empecé a cotizar en enero de 2002, me corresponde la ley del 94
Julio Cesar Palacios Torres, si causaste alta en el 2021 te corresponde la ley modificada en el 2012, 35 años de servicio y 62 de edad para poder solicitar jubilación
Es la primera ves que estoy viendo sus videos de información y la verdad son muy interesantes hay cosas que no estamos enterados, en realidad a todos los docentes nos falta información de pensiones y las modificaciones de las leyes y reformas. Gracias por la información
@user-mk1zr2eh3u, un gusto saludarte y saber que lo que hacemos ayuda en la orientación
Gracias por la asesoría. Iniciaré mi trámite, espero sea de forma correcta, nuevamente gracias por su tiempo para disipar las dudas.
Estás leyes contrarias a los trabajadores deben ser corregidas!!!!!
Saludos cordiales....
Dr. Expliqué un poquito más pensión por fallecimiento gracias.
Con gusto realizaremos un video del apartado de pensiones.
Gracias Licenciado, saludos cordiales, me queda claramente la explicación
Buenos días licenciado una pregunta, a partir de que fecha empieza la cotización? Sería la que aparece en mi hoja rosa? Porque esa me la dieron en 2004 cuando ingresé a la academia, pero mi oficio de adscripción ya como trabajador es en 2005
Gracias, saludos
Hola, Lic. una pregunta usted hace tramites para jubilar?
Muchísimas gracias mtro por la información
Licenciado buenas tardes sobre pensión orfandad y viudez cuánto tarda el trámite llevo un año siete meses en ausencia economíca y todavía está en resolución la pencion issemym
Margarita Moysen, la ley dice que deben dar respuesta en 30 días desde el momento en que ingreso su petición, puede demandar ante el tribunal correspondiente tarda en promedio de 4 a 6 meses pero le pagan completo, si desea el número de un compañero abogado con gusto le compartimos
Hola entre en 85 no he hecho el tramite de pensión por x motivo se que la ley del 94 es la que me corresponde pero me he dado cuenta con compañeros que el issemyn no esta respetando la ley con la ingresaste te aplica la dos dos mil dos y te da alrededor del 75% son muchos los casos que he visto y que por desgracia la mayoría lo ha aceptado que se puede hacer para hacer valer que nos den lo que por derecho corresponde a donde se tiene que recurrir
Maestro Rutilio, usted al generar su trámite de jubilación se corresponde con la ley 1994, más el porcentaje del artículo 81 por años de servicio adicional, usted debe jubilarse con el 121%, si en la hoja de dictamen no lo hacen de esta forma, puede solicitar actualizar los montos.
Si así no lo hiciera el instituto pida apoyo legal al sindicato, para que no le cueste
Demandamos!
Rutilio si la ley 94 es la que te corresponde, sugiero puedas iniciar tu tramite y como sabemos que tardan en responder puedes demandar ante el tribunal correspondiente y entre 4 y 6 meses tendrás respuesta a tu favor y con la ley que te corresponde, si necesitas el número de un abogado con gusto apoyamos
@@juandavidjeronimo6452 hola buenas noches, me gustaría la asesoría de uno de los abogados que recomienda, mi mamá también está por jubilarse y le corresponde la ley de 1994, al parecer quieren aplicarle la del 2002. Nos serviría de mucho la asesoría de un abogado informado en el tema, espero su respuesta, de antemano muchas gracias
Se debe demandar por tribunal administrativo, por los años que tienes laborando deberías irte con el 121%
Woow! Muy completo y claro
Porqué no me descuentan el sistema de capitalización?.
Buenas noches licenciado, ingresé al sistema el 01 de marzo en el 2021 con contrato base.
Me gustaría saber la ley que me corresponde, cuántos años de servicio y de edad requiero para mi jubilación y cuánto es el porcentaje que me correspondería.
Mil gracias por su atención
@adrianaperez5406, un gusto saludarte por este medio, te corresponde la ley 2002, con sus modificaciones al 2012.
35 años de servicio, 62 de edad para poder jubilarte
Muy buena información.soy de la ley 2002 cuantos años tengo q trabajar para elcanzar media jubilacion y servicios de salud
17 AÑOS AÑOS
Buenas noches maestro, de antemano gracias por valiosa información, tengo una duda sobre la capitalización individual, mi situación es la siguiente; ingrese en el 2003 como servidor público y en el 2021 me dieron de baja, tengo ahorita 57 años, la pregunta es, si retiro la capitalización individual, me afecta para mi pensión??
@guillermoojeda2912, un gusto saludarte por este medio, te comento, la pensión no se ve afectada por el sistema de capitalización individual ese es un ahorro extra que usted realiza cada quincena.
Perdón 63 años de edad pero si cuenta desde que ingresé al sistema laborando tengo 20 años cumplidos voy para los 21
Licenciado. Buenas noches, entre a laborar en el 2019, a qué ley pertenezco?? De antemano gracias por su apoyo.
@@socoruizmoreno7265 2002
Buen día, solo para reafirmar. Entre al sistema en septiembre del 2012 y mi base me la dieron en 2014. A qué ley pertenezco a la 2002 o 2012?
@@dancecapturesalsasocial440 2002
Mi esposo fsllecio. Tengo el dictamen de 2022 y hasta la fecha no recibo un quinto cuando me pagaran? Y sera retroactivo? Estoy sin un quinto que puedo hscer. Estoy desesperada.
Hola estoy comenzando a seguir tu contenido, pero no comprendo muy bien si ingresas con la ley 2012 a futuro se recibirá una pensión vitalicia?
NO EXISTE SA LEY SERIA LA DEL 2002
Hola maestro yo entre un 8 de abril 2002 pero mi base me la dieron 5 años después. Mi pregunta que porcentaje me daria si tengo contando esos 5 años no basificada tengo 63 años
Triny Romero la ley dice que es al momento en que ingresamos a laborar, eso quiere decir que te descuentan desde que aparece tu primer pago, no 5 años después, los interinos también suman
Gracias por la asesoría.
Que recursos se pueden recuperar si se dejó de cotizar desde hace 25 años hasta la fecha. Gracias
Letty, un saludo, si dejaste de cotizar al instituto desde hace 25 años y no pusiste tus beneficios en suspensión en tu unidad administrativa, lamento decir que no puedes recuperar nada pues estos derechos de reclamo tienen vigencia de 5 años
@@juandavidjeronimo6452 hola ?
Buen día Maestro Juan David, yo empecé a cotizar en el ISSEMYN en Septiembre del 2013. ¡Cuales son las condiciones que debo cumplir para pensionarme?
@veronicaborja5179, un gusto poder saludarte por este medio, 2013 debe cumplir con 35 años de servicio y 62 años de edad ambos conceptos deben sumar 97 para poderse jubilar y pensinarse con la tabla de amortización
@@juandavidjeronimo6452 muchas gracias
@@juandavidjeronimo6452 dónde puedo consultar la tabla de amortización?
Mi esposo tenía 27 años 8meses de trabajar cuando falleció cuanto me deben de dar de pencion ya tramite todo entregue todos los papeles que me pidieron
hola yo ingrese en 1996, pero en 2005 deje por problemas de laborar 5 años, ingrese nuevamente como directivo en el 2010, pero me cambiaron mi clave de issemym, aunque la clave de servidor publico sigue siendo la misma, que problematicas tendria? atento a su respuesta.por si fuera poco en la plataforma SIASE solo me informa que ingrese en 1999. gracias
Muy buenas noches tengo una pregunta yo Soy profesor del sistema Estatal del Edo. México entre al sistema el 16 de septiembre de 2009 Cómo me podre ir cuando termine mi servicio docente Por jubilación, pensión, retiro me podría aclarar esto de favor.
miguelangeldelasanchatruji8946, te corresponde la ley 2002, con 95% de pensión y 57 de edad
muy buena asesoría.... espero me pueda sacar de una duda por favor...yo ingresé a trabajar al gobierno en febrero del 2009 .......cuántos años de edad y de servicio necesito para jubilarme con el 50% y algún teléfono que me proporcione para poder contratar sus servicios...muchas gracias y exelente día
Angel Lobato, te corresponde la ley 2002, requieres de 20 años de servicio para poder irte con el 50%
Buenas noches, mi duda es, si entre en 2010, a los cuántos años puedo jubilarme por edad? Y cuántos años de servicio?
Me refiero para obtener el 95% y Son 35 años trabajo para ley 2002?
Buenas tardes ¿En dónde puedo tramitar mi aportación voluntaria al sistema de capitalización individual?
@dulce2975, tenemos un vídeo especial en el canal para ello, es una cuenta Banorte, solo te pido veas nuestro vídeo y te va a llevar paso a paso
A que se refiere el descuento sistema de solidaridad de reparto?
@saulescamilla3874, un gusto saludarte, el sistema solidario de reparto es lo que capitaliza el sistema de pensiones
Buenas noches Lic. Podria apoyarme con mi duda, yo ingrese en agosto del 2013 y desde mi primera quincena me descuentan ese sistema solidario de reparto, entonces ¿si tengo derecho a una pensión?
Porque también me descuentan el de sistema de capitalización individual.
Hola! Ingrese a cotizar al instituto en 2005, en el año 2019, obtuve un ascenso de categoría, ¿sigo cotizando con la ley 2002, o me corresponde la 2012?
@alejandroavila, sigues cotizando para ley 2002
Buenas tardes licenciado, laboro en el magisterio desde el 2010 con nombramiento eventual, y mi nombramiento base me lo dieron hasta el 2014....considerando esto ¿Supongo que estoy bajo la ley 2002, a los cuantos años de servicio o de edad me puedo pensionar?...gracias
@MrZorber, un gusto saludarte por este medio, con ley 2002, 35 años de servicio y 62 de edad ambos rubros deben sumar 97 para poder irte con el 95%
Hola.lic yo di de alta en el año 2019 se rumora que ya no hay pencion es correcto y que ley es la quenrige en esta temporalidad
Un gusto saludarte, perteneces a la ley 2002, y si tienes derecho a pensión
Buenas tardes, muchas gracias por la informaciòn. ¿Entonces en la ley 2012 si hay todavía pensión vitalicia o solo es sobre los fondos del sistema de capitalización individual? ¿Si este fondo se acaba, también se acaba la pensión?
@luisalbertoresendisaguiler3019, un gusto saludarte, es correcto, en la reforma a la ley 2002 en el año 2012, todavía tenemos derecho, ahora solo hay que vigilar que no lo sigan saqueando, de lo contrario efectivamente se acabaría si se acaba el fondo
Disculpe Lic. Desde que ingresé el 16 de septiembre 2001 me descuentan solo la cuota del sistema solidario de reparto clave 541, Ya investigue y la clave de capitalización individual es la 542 pero no la tengo como debo hacerle para tramitarla?. Mi hoja de issemyn dice que entre 3n el 2001, pero tiene el sello de nueva ley 2002. Cuando llegue el momento de cumplir 30 años debo solicitar la adherencia a la ley 94?
@mariadelrociolopezsantiago2534, un gusto saludarte por este medio, eres ley 94 por la fecha en la que ingresaste, cuando llegue la culminación de tus años de servicio con nombramiento en mano y todos los requisitos que se solicitan para la jubilación justificas la ley que te corresponde.
En cuanto a la clave del sistema de capitalización individual, cualquier sucursal banorte puede darte un estado de cuenta e ir a control de pagos a realizar la aclaración
@@juandavidjeronimo6452 gracias por su cordial atención. Saludos
Buena tarde....tengo 46 años de edad....25 años de servició...aq edad me puedo jubilar....entre en la ley de 1997.mes de septiembre....espero me pueda orientar xfavor...
@user-gxBsw2er3f, un gusto saludarte, estás con la ley 94, con 25 años de servicio bien pudieras iniciar tu trámite ahora, están tardando 2 años en dictaminar, para cuando eso pase ya tendrás 27 de servicio y 48 de edad
Lic. Buenas tardes disculpe disculpe yo entré en el año 2006 a trabajar ,me corresponde la ley del 2002, tengo derecho a pensión vitalicia más sistema de capitalización individual?
@aleguzman4174, un gusto saludarte por este medio, es correcto, eres ley 2002 y tienes derecho a pensión y jubilación
@@juandavidjeronimo6452 le agradezco mucho Lic. Que tenga linda tarde
Muchas gracias por la asesoría, una pregunta, em mi caso me aplica la ley 1994, es verdad que si ahora pido un permiso sin goce de sueldo por un año, automáticamente me aplicará la ley 2002 al regresar a trabajar?
Isaid Varela es correcto, solo que no he podido localizar la ley y artículo que lo menciona
Que tal Lic. Yo entre a laborar en 2003 todavía puedo jubilarme??
@miguelangelventuravillarao4912, un gusto saludarte por este medio, es correcto se puede jubilar
Buenas noches Licenciado que ley me corresponde y cuantos años de servicio para pencionarme si ingrese el día 03 de diciembre del año 2003 y actualmente tengo 48 años de edad
Rosalina, corresponde la ley 2002
señor licenciado Llo metí mis papeles al isemin á sé 2 años al año me dieron llá él dictamen y llá cotize 18años y. tengo 79. años de edad y llá tengo 10 meses y no me Resuelven nada dígame por favor cuánto tiempo más tengo que esperar o que ago por favor
@anegelabringasbringss5678, en promedio están tardando entre 12 y 14 meses para pagar, lamento decir que le falta un tramo para su pago.
Buena tarde.
Me puede hacer favor de indicarme qué ley me corresponde para la jubilación, si mi ingreso al servicio al Estado de México fue en septiembre de 1992?
Gracias por su amable atención.
La ley 1994
OJO...NO SE LE PUEDE APLICAR LA LEY DEL 94 YA QUE ENTRO ANTES DE QUE SE PUBLICARA DICHA LEY. DICE LA CONSTITUCION QUE A NINGUNA LEY SE LE DARA EFECTO RETROACTIVO EN PERJUICIO DE PERSONA ALGUNA.
Buenas tardes hojala me pueda ayudar mi esposo falleció el año pasado 2021 el se dio de alta en el año 1994, están por darme la presión por fallecimiento, lo que no se si también ahí entre la pensión por jubilación ya que tenia 27 años como servidor público o es otro tramite aparte
Miriam Mendiola, el caso de tu esposo es que falleció en servicio, le corresponde como bien lo refieres en tu comentario la pensión por fallecimiento.
Buenas tardes, si yo entre el 10 de septiembre de 2007.
Si decidiera retirarme a los 16 años de servicio, me pueden sar pensión y cuanto alcanzaria, con esa antigüedad
@giselabarrancoarias9012, un gusto poder saludarte por este medio, usted puede buscar pensionarse cuando cumpla 17 de servicio
Ingrese a trabajar al Issemyn en Mayo de 2006, se que me corresponde la ley de 2002, tengo 54 años de edad y 18 años 5 meses de servicio, mi pregunta es me puedo pensionar con el tanto porciento que me corresponda o debe esperar a cumplir 60 años
@@marthapartida1475 puede con su porcentaje
@@juandavidjeronimo6452 muchas gracias
Buenos tardes se puede unificar cuentas para pencion yo tuve cotización desde los 18 años para el imss posterior para el issstte tengo 52 de edad y me gustaría saber si se puede para los 55 meter mi pencion
Buenas tardes licenciado una pregunta yo trabaje 5 años TV Mexiquense me descontaban issemyn fue del 1984 a 1989 puedo recuperar algo de esos recursos y si me puede acesorar de antemano gracias
JOSÉ LUIS, LOS PODRÍAS RECUPERAR SI HUBIERAS TRABAJADO 15 AÑOS
Otra pregunta yo ingrese al sistema en octubre del 2011, pero me basifique hasta abril del 2014, ¿que ley me corresponde?
@dulce2975, un gusto saludarte por este medio, te corresponde la ley 2002
Yo entre a trabajar en el 2004 de esa fecha hasta ahora 2022, deje de cotizar 3 años la pregunta es; no pierdo mis cotizaciones que aporte hasta antes de que dejara de cotizar?
No, de ninguna manera se pierden, cada vez que ingrese al servicio se tomaran en consideración todas sus cotizaciones.
Si entre a cotizar en el 2008 puedo jubilarme o no y a los cuánto años me puedo jubilar.gracias.
@juanquintanilla7976, un placer saludarte, ley 2002, 95% de pensión, 57 de edad, 35 de servicio
@@juandavidjeronimo6452 muchas gracias pero tengo 15 años y 55de edad
@@juandavidjeronimo6452 buenos días si tengo 15 años cotizando el insemin y 55 años si me retiro como sería gracias por la asesoría.?
Disculpe Yo tengo 17 años de servicio y tengo 37 años me puedo pensionar horita
Con ley 2002 hasta que tenga 17 de servicio, pero debería tener 62 de edad, es muy joven.
Sin embargo, al cumplir los 17 de servicio puede poner en suspensión sus derechos y reclamar cuando haya cumplido la edad
Hola buenas tardes Lic. Ingresé al magisterio en Mayo 2003, ¿me corresponde la Ley 2002? ¿Alcanzo pensión? Y en caso de alcanzar pensión ¿con cuantos años de edad o de años de servicio ? Agradecería mucho su asesoría 🙏
karisabello, es correcto te corresponde la ley 2002, 35 años de servicio, 95% de pensión, 57 de edad
@@juandavidjeronimo6452 le agradezco mucho la información Lic.
Buena tarde licenciado.
Ingresé al magisterio en febrero del 2003
Quiero saber si me corresponde la ley 2002? Y alcanzo pensión ?.
En caso de que si cuántos años de Servio o de edad para hacer este trámite.??
Agradezco su respuesta
Una pregunta
Desde que año los maestros estatales están bajo la ley de No jubilación?? O no existe??
@adriansnanunez1926, un gusto saludarte por este medio, no existe una ley de no jubilación, todos tenemos un régimen de jubilación en la ley 94, 2002 o la modificación al 2012
@@juandavidjeronimo6452 Buenas noches, muchas gracias por la información. Es que ya varias compañeras, la que más años tiene se servicio y están en este caso (son 10 años) y en adelante, nos han comentado que a ellas directamente les han dicho en la Normal o donde hayan ido por información al egresar, que ya no tienen jubilación, incluso las instancias como Afore han estado presentes obviamente para ofrecer sus servicios para el retiro. Y prácticamente eso lo tenemos como un hecho, incierto claro.
@@adriananunez1926 estamos para servir, en lo que podamos apoyar con mucho gusto
Soy docente entre en el 2015 y se rumora que no tenemos derecho a pensión solo a jubilación, eso es verdad, ¿de que viviremos? de ser así, espero me pueda responder licenciado
Un gusto saludarte por este medio, es mentira tienes derecho a pensión
Muy buenas tardes, disculpa la molestia compañero si yo entre con la Ley 94 y deje de trabajar cinco años, despues ingrese nuevamente en el 2003 me jubilaria con la 2002?
Angelica sanchez, es correcto con la ley 2002
Buenas tardes, mi ingreso fue en el 2007, entiendo que pertenezco a la ley de 2002, mi pregunta es, puedo dejar de trabajar y seguir cotizando o hacer aportaciones voluntarias? De antemano muchas gracias por su atención.
Sus derechos se ponen en suspensión, y si usted considera pertinente si puede realizar aportaciones voluntarias.
Muchas gracias, al hacer aportaciones voluntarias, puedo incrementar mi pensión? Tengo 58 años de edad, 15 años cotizando al issemym, que tanto puedo mejorar mi pensión mensual?
@@garcialopez4079, un saludo, al hacer aportaciones voluntarias, no incrementas el monto de la pensión, pero si incrementas el monto de tu fondo para el retiro
Buenas noches licenciado una pregunta ingrese el 1 de enero del 2003 de alta y me di de baja el 9 de marzo del 2021 osea cotize 17 años mi pregunta es puedo solicitar una pensión por los 17 años pero después que tenga los 57 años de edad
CHETOS VILLA, ES CORRECTO
Hola, 👋 una pregunta yo ingrese el 1 de abril de 2012 , según yo me puedo jubilar a los 35 años de servicio y 57 de edad? Aunque la.ley actual diga 35 de servicio y 62 de edad?
@lizbibiano9776, un gusto saludarte por este medio, la ley 2002 reformada al 2012, si ingresaste antes del 1 de julio del 2002 corresponde la 2002 con 35 de servicio y 57 de edad
Buenas tardes, entonces no me toca pensión si me di de alta en el 2005 y no he ahorrado por cuenta nada
Julissa Ruiz, desde luego que te corresponde una pensión al término de tus 35 años de servicio, para ti aplica la ley 2002
La pensión que le corresponde es solo la de sistema solidario de reparto y la capitalización individual??? O se sumas ambas con la pensión de issemym???
Entre a trabajar en agosto del 2013, entonces dígame si estoy en lo correcto
- me corresponde la ley 2012
-trabajare 35 años
- me retiraré del sistema a los 58 años con el 95% cierto?
Y a partir de que edad empiezo a percibir la jubilación
De los 58 años o de los 62 años?
Luisa Simanek, si ingreso en el 2013 con 23 de edad, es correcto, se pensionará al cumplir los 58 años con 35 de servicio
Yo quiero contactarlo
Me me doy de baja de mi dependencia y retiro los fondos del sistema de capitalizacion individual pierdo el derecho abla pensión?
No, si tiene mas de 17 años de servicio le corresponde un porcentaje de la pensión.
😅
Que es sistema de solidaridad de reparto?
Hola, buena tarde, yo entre en agosto del 2009, en enero de 2013, me dieron de baja 4 meses, cuando ingrese nuevamente me dieron una nueva hoja de alta (con año 2013) ¿como saber cuál ley me reconoce?
Yasminreyes5046, un gusto saludarte, al darte de baja 4 meses aplica como te dieron la hoja con la reforma 2012
Buenas tardes, ingresé en el 2011, tendré derecho a pensión?
Si tiene derecho, corresponde a la ley 2002.
Yo entre a laborar el 1 de abril del 2012, pertenezco a la ley del 2002, correcto??? Mi pregunta es alcanzo pensión independientemente a la capitalización individual y al sistema solidario de reparto??? Osea que si seré beneficiado con la pensión y con las otras dos cosas??. Le agradecería mucho el apoyo 🙏🙏 espero que el issemym pueda pensionarme independientemente de las otras dos aportaciones que sea así.
@beromi69maga29, un gusto saludarte por este medio, es correcto tienes derecho a la pensión
Muchísimas gracias lic. Solo espero llegar a la meta, algún medio para poderme poner en contacto con usted??
@@betomi69maga29 , POR ESTE MEDIO, MI CORREO chino_mix@live.com.mx O MI NÚMERO TEL 5621618776
ingrese el año 1 de septiembre de 1995 que ley me corresponde ya que en em dictamen que me dan me aplican la ley del 2002 me dicen que para que aplique la ley del 1994 debi haber ingresado en el año 1987
@marcooctaviobarcenaslopez4024, un gusto saludarte por este medio, te corresponde la ley 1994, es mentira lo que te están informando si requieres asesoría legal, con gusto te comparto el número de un abogado amigo nuestro
Yo ingresé el 1 de julio del 2002 no me puedo adherir a la ley del 97
NO EXISTE ESA LEY QUE MENCIONA.
buenas tardes. si tengo 65 años y 15 años de servicio docente...puedo jubilarme?
@escuelafebellasartesatlaco1013, un gusto saludarte, estás con ley 2002, cuando cumplas 17 de servicio podrás irte con un porcentaje
Empece a cotizar al issemym en octubre del 2010 y actualmente tengo 61 años puedo alcanzar pension?
CLARO QUE ALCANZAS PENSION SOLO QUE SERIA CON EL 40 O 44% DE TU SALARIO
Hola buenas noches tengo 15 años laborados pertenezco a la ley 2002 y 46 años de edad , si cumplo con los 17 años laborados puedo meter una pensión aunque no cuente con la edad
Yeni, un saludo, estas en lo correcto puedes solicitar una pensión por los años de servicio
Ley 1994, cotice 13 años, y 5 meses, puedo pagar las capacitaciones o bien por edad avanzada 12 años, yo renuncié en 2014 esto es posible
Un gusto saludarte por este medio, los derechos se pierden después de 5 años y han pasado 10
Buena tarde
Ingrese como serv pública en el año 2000 y sali en 2006 me incorpore en 2023 nuevamente y tengo el mismo número de ISSEMYM cuando.ouedo jubilarme, me knfirma y ssk ya lo puedo hacer usted puede llevar mi trámite
Quedo atenta
8:43 8:43
@LauraGarcia-yl3sx, un gusto saludarte por este medio, con tu reingreso en el 2023 eres ley 2002 modificada al 2022 con 6 años de servicio de antelación deberías estar cumpliendo tus 35 por allá del año 2053, sin querer ser ofensivo
Pero mi esposo tenía al fallecer 49 años 27años y 8 meses de trabajar
Buenas tardes mi pregunta es puedo pensionarme tengo17 años de servicio y 59 años de edad
Espero su respuesta gracias y buena tarde
Si se puede pensionar, con el porcentaje que corresponde a la ley 2002 por 17 años de servicio le corresponde el 44%.
@@juandavidjeronimo6452 gracias por su respuesta dios lo bendiga
Soy ley 94...
Entoces porque compañeras docentes comentan que los que ingresamos al sistema estatal despues del 2002 ya no vamos a recibir pensión?????
Es un argumento que se sabe en el gremio.... Por el cambio de ley entre el 1994 y la 2002. Refieren que ese fue el cambio.
Brendis, te están mal imformando
Si yo trabajé 10 años como jefe de registro público de la propiedad del estado de México ingrese el 1 de junio de 1978 hasta 1997 aproximadamente . Tengo derecho a algo?
@gerardoramirez6171, un gusto saludarte, con ley 94 necesitabas 15 de servicio
Me puede dar por favor un número telefónico para hacer una cita de asesoría?
@laurazs4721, un gusto saludar por este medio, mi número 5621618776
LA LEY DE ISSEMYM 2012 NO EXISTE LA LEY VIGENTE ES LA DE 2002 CON SUS RESPECTIVAS REFORMAS.
Es correcto
Tiene algún medio de contacto?, para asesoría personalizada sobre mi Pensión. Tengo + de 60 años y 29 años de servicio.
Rodolfo Fierro, puedes escribir a mi correo electrónico chino_mix@live.com.mx
De hecho cotice 6 años con la del 94 y ahora llevo 19 años, me jubilariaq a los 60 años al 100%
Angelica sanchez gomora, si tuvo un reingreso con la ley 2002 a partir de ahí le estarán considerando para jubilar, en la 2002 nadie alcanza el 100%, como máximo el 95%
Los que entramos en el 2004 que ley nos pertenese
Armando si ingresaste en el año 2004, te corresponde la ley 2002
Armando Espinoza, te corresponde la ley 2002
Yo soy de la ley 98 podría alcanzar pensión
Yo cotice 17 años y renuncie a mi trabajo, pero volví a casar alta en el 2021, y sigo cotizando, yo empecé a cotizar en enero de 2002, me corresponde la ley del 94
Julio Cesar Palacios Torres, si causaste alta en el 2021 te corresponde la ley modificada en el 2012, 35 años de servicio y 62 de edad para poder solicitar jubilación
@@juandavidjeronimo6452 disculpe pero si cause alta en el 2002 por que
La Constitución dice que ninguna ley hará efecto retroactivo en tu perjuicio
@@juliocesarpalaciostorres1787 es correcto lo menciona el artículo 14 de la constitución
@@juliocesarpalaciostorres1787 porque la ley vigente es la 2002
Su número de teléfono para que me ayude