un tipo disque magistrado auxiliar y no sabe nada de la tutela contra providencia judicial se enfoca mas en los requisitos que son mas exigentes pero no dice nada de los errores en los que puede incurrir una providencia judicial , subsidariedad e inmediatez y los errores de hecho de derecho desconocimiento del precedente clara fundamentacion del fallo y si la persona esta en estado de debilidad manifiesta la tutela debe amparar los derechos fundamentales del accionante ya que un proceso judicial puede tardar muchos años ademas la corte constitucional tiene un reglamento que hace escoger las tutelas para su EVENTUAL REVISION casi al azar y por capricho generando mucha incertidumbre y daños antijuridicos si no es consevida, ellos al tener una mora judicial tan alta buscan que no se abuse de la tutela pero la proteccion de los derechos humanos contra los abusos no dan espera, imaginese lo neglignetes que son que hasta para que respondan un derecho de peticion hay que poner tutela y solo por la respuesta hay que fallar de fondo aclara es tutela contra acto administrativo no contra providencia judicial
Felicito al barbas preciso, claro , profundo, es una eminencia
Tuve la oportunidad de tener a Andres Ospina como docente y es un monstruo del Derecho. Gracias por esta disertación.
Excelente cátedra. Mil gracias
Mil gracias, muy claro
LA ACCION DE TUTE-
LA ,ES EL MECANISMO
MÁS EFICAZ, PARA LIBERAR LOS DERECH-
OS DEL CIUDADANO, DE LA PERNICIA JU-
RIDICA.
siendo .honesto..a mi pesar si recibo un acto amistractivo para pago y de mora muchos años para lo en vian si la burla sigue
veo q en Colombia la ley Man quea mucho
"el mejor homenaje para la acción de tutela es fallarla bien". Parece un oxímoron.
Quiero entutelar nuestro derecho a la salud y a la vida en el municipio de Yumbo,me podría asesorar doctor???
Q acción procede contra el resultado desfavorable del Tribunal Médico q califico las lesiones de un Soldado Regular
un tipo disque magistrado auxiliar y no sabe nada de la tutela contra providencia judicial se enfoca mas en los requisitos que son mas exigentes pero no dice nada de los errores en los que puede incurrir una providencia judicial , subsidariedad e inmediatez y los errores de hecho de derecho desconocimiento del precedente clara fundamentacion del fallo y si la persona esta en estado de debilidad manifiesta la tutela debe amparar los derechos fundamentales del accionante ya que un proceso judicial puede tardar muchos años ademas la corte constitucional tiene un reglamento que hace escoger las tutelas para su EVENTUAL REVISION casi al azar y por capricho generando mucha incertidumbre y daños antijuridicos si no es consevida, ellos al tener una mora judicial tan alta buscan que no se abuse de la tutela pero la proteccion de los derechos humanos contra los abusos no dan espera, imaginese lo neglignetes que son que hasta para que respondan un derecho de peticion hay que poner tutela y solo por la respuesta hay que fallar de fondo aclara es tutela contra acto administrativo no contra providencia judicial
un acto amistractivo pude ser cambiado después de llegar con una solución