📅 LEY 39/2015 - Artículo 21 - Explicación de la OBLIGACIÓN DE RESOLVER con EJEMPLOS PRÁCTICOS 💡📚
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- Опубликовано: 20 окт 2024
- ¡TRUCOS PARA OPOSITORES Y ESTUDIANTES DE DERECHO!
Tras el éxito que tuvo el vídeo en el que explico el artículo 30 de la ley 39/2015, me habéis enviado varios mensajes de apoyo en los que, entre otras cosas, me solicitabais que explicase otros artículos conflictivos.
Por esa misma razón, en el vídeo de hoy, os traigo la explicación de otro de los artículos que más suelen preguntar en todo tipo de oposiciones y que, de una u otra manera, más nos suele confundir y no es otro que el artículo 21 relativo a la obligación que tiene cualquier Administración Pública de resolver los procedimientos.
Si te gusta este tipo de contenido y quieres que explique algún otro artículo sobre ésta u otras leyes, tan solo te pido dos cosas: la primera es que de una u otra manera me hagas saber sobre qué quieres que hable en mi próximo vídeo y la segunda, y no por ello menos importantes, es que te suscribas al canal, actives la campanita y compartas el vídeo para que juntos, ayudemos a más gente.
Para cualquier consulta jurídica o para solicitar clases particulares online, puedes escribirme a: jonfernandezabogados@gmail.com
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¡Gracias por ver el vídeo!
Hola Jon, creo que ya conozco más tu voz que la de muchos de mis familiares, todo el rato te escucho.....
A ver si soy capaz de hacer honor a todo lo aprendido.
Mil Gracias ☺️
Jon, eres un crack, tu labor es encomiable. Gracias a tus vídeos y tu actitud mantengo la ilusión de aprobar. Los contenidos que traes y tu forma de abordarlos ayudan muchísimo a afianzar los conocimientos y a ver la luz en muchos temas. Un abrazo enorme.
Muchísimas gracias por tus palabras, Francisco. Me alegra muchísimo saber que os están sirviendo de apoyo en vuestro estudio 😃 un abrazo!
Gracias por tus vídeos. Ya soy funcionaria. Ahora cómo ciudadana me interesa conocer más esta Ley. Tenemos problemas con una licencia de obras y reformas que pidió mi hijo...
Hola Jon, me encantan tu manera de explicar todos y cada uno de los temas. Mil gracias
Muchas gracias!😍
Te felicito por tus vídeos, estoy preparando oposiciones y me han resultado de gran ayuda.
Concretamente la explicación del silencio administrativo es una maravilla.
GRACIAS!!!!!
En primer lugar millones de gracias por tu labor. Me estas ayudando muchísimo. Tengo una pregunta y no se si puedes contestarla por aquí pero lo voy a intentar. Allá va..el plazo de los 10 días del articulo 40.2 me ha liado en cuanto a estos plazos del 21, cual es la diferencia? 😢 millones de gracias de antemano!!!
He acertado la d) y empecé con el temario de opo de auxiliar administrativo carm en abril 🙂 Voy a animarme un poco y a pensar que voy a aprobar 😄
Gracias por tus vídeos! Un saludo!
Claro que sí! 💪 Un abrazo y a por todas!!
Jon, muchas gracias. Tengo muy poco tiempo para estudiar y tus vídeos y explicaciones me acompañan en el bus o en cualquier ratito que puedo. Me tengo que inscribir en el canal de Patreon, gracias por tu trabajo.
Muchísimas gracias a ti por tu apoyo 😍 si no me equivoco hace poco te has suscrito al canal de Patreon. Espero que te esté gustando también el contenido que subo por allí. Lo dicho, muchas gracias! Un abrazo!
@ estoy muy contenta. Es muy difícil estudiar con tan poco tiempo pero gracias a tí me resulta mas fácil y ameno.
gracias, gracias, gracias me ayudas y me animas siempre con tu sonrisa y actitud positivo. Me ha parecido muy buen resumen, todo lo mas importante incluido. Te animo que sigas , los explicas muy sencillo y claro, gracias de nuevo
Muchísimas gracias por tu apoyo, de verdad 😍 un abrazo!!
Muchísimas gracias por todo Jon!!
Explicación muy clara, muchas gracias!!! PD : fallé el plazo máximo de la resolución expresa :( me confundí con el plazo de resolución del recurso de alzada...
Muchísimas gracias por tu comentario! Me alegro de que te haya gustado! Por el fallito, no te preocupes, como siempre digo, mejor aquí que en el examen! Mucho ánimo! :)
Muchísimas gracias Jon, no sabes el descubrimiento que he hecho contigo. Gracias gracias. Por cierto, acerté en la pregunta test .-)
Genial!!! :D Me alegra que te esté gustando el contenido del canal!
Encantada con la explicación de todo. Seguiré tus vídeos.
Muchas gracias!!!!
Muchísimas gracias por el apoyo, Silvia! Me alegro de que te haya gustado y de que te sirva de ayuda! :)
Me ha encantado la explicación, he caido tambien en la pregunta, pero ya no se me olvida. Gracias Jon
Muchísimas gracias por tu comentario y por el apoyo! Mejor fallar aquí que en el examen! Lo importante es que ahora no se te olvide! Ánimo! :)
Hola!!!!! Primero decirte que tus clases me están ayudando muchiiiiisimo, estoy encantada. Me surge una duda, según él art. 21.6 él personal y los titulares de las AAPP sólo son responsables de emitir resolución expresa en plazo? De notificarla en plazo no? Igual me lié yo un poco😅
Hay un vídeo resumen de todos los plazos de la 39 /2015 ? Felicidades por el contenido !
Muchas gracias! 😀 Te dejo por aquí el enlace al vídeo: ruclips.net/video/fHGxjebGA08/видео.html
En la 1 pregunta no se excede de 6 meses y sería el plazo máximo no? La norma tampoco podría excederse de 6 meses no?
Sublime!! Muchas Gracias ,Jon!!!
Muchas gracias a ti por el comentario, Johnnie! Un abrazo y mucho ánimo! :)
Gracias! Al final vas a conseguir que me guste la ley 39
Ese es mi objetivo 😜💪 ya verás como le acabas cogiendo cariño! 🙂Un abrazo
Que lindo cuando lo explica un abogado!! Gracias, muy claro el art 21
Muchísimas gracias a ti por el comentario tan positivo!!
Magnifico video, muchas gracias.
Me alegro de que te haya gustado!!😃
Una duda Jon. En el artículo 106.5 por qué cuando el procedimiento se hubiera iniciado de oficio, el transcurso del plazo de seis meses sin dictarse resolución producirá la caducidad del mismo? Eso no ocurre, según el artículo 25, cuando la Administración ejerce potestades sancionadoras o cuando el procedimiento sea susceptible de producir efectos desfavorables? No sé...... me he liado y ahora no lo entiendo. Muchas gracias
Esta muy bien. Comenta el articulo 22 y 23 ley 39/2015
Muchas gracias!😍
¡Muchas gracias por el vídeo! Yo donde tengo dudas es con el artículo 40... No entiendo la diferencia entre el 21 y el 40 en cuanto a notificación...
Buenas Jon! Una vez más gracias, gracias y gracias! Fallé en la pregunta :(. Pero ya me queda clara para la próxima. Un saludo!
Gracias a ti por ver todos mis vídeos :D Esa pregunta ya no se te olvidará nunca ;) Un abrazo!
Gracias por estos vídeos, ayudan mucho. Te agradecería un vídeo sobre el silencio administrativo.
Muchas gracias! Lo tengo pendiente, dentro de poco espero subirlo!
Buenas, una pregunta nos surge la duda entre el articulo 21 y el articulo 40. Entendemos que el plazo para resolver y notificar es lo que explicas en el video pero en el articulo 40 también dice que son diez días el plazo para resolver. Que plazo debemos entender como correcto? y cuando se habla en el articulo 40 del plazo máximo de notificar y resolver se refiere a que dentro de los 3 meses por ejemplo están incluidos los 10 días. Muchas gracias por el trabajo que haces.
Hoolaaa Jon, En la pregunta trampa jejeje, he caído. He pensado 6 meses. No caeré más. ¡Mucha gracias!
Como siempre digo, mejor caer ahora que no en el examen! Esta pregunta ya no se te olvidará! Muchas gracias a ti!
Yo también, ahora ya no caigo jijiji
hola Jon, encuentro mucha confusión entre el art. 21 y el 40. El 40 nos habla sobre el plazo máximo en el que debe ser notificada una resolución o un acto dictado por la administración, que son los 10 días hábiles. Y en el art.21 nos habla sobre el plazo máximo para resolver un procedimiento y notificar dicha resolución pero la fecha en que se dicta un acto no es coincidente con la fecha de notificación. Espero que puedas iluminarme sobre este tema. Gracias y enhorabuena por el canal y el insta.
En relación al art. 21 de la ley 39/2015 me ha surgido una duda en los casos de prescripción, renuncia, caducidad o desistimiento tiene obligación de resolver la Administración?
Efectivamente, Luis! La Administración tiene la obligación de resolver también en esos casos, pero en todos los supuestos que dices, la resolución únicamente consistirá en explicar lo que ha sucedido y las normas que resultan de aplicación:
"En los casos de prescripción, renuncia del derecho, caducidad del procedimiento o desistimiento de la solicitud, así como de desaparición sobrevenida del objeto del procedimiento, la resolución consistirá en la declaración de la circunstancia que concurra en cada caso, con indicación de los hechos producidos y las normas aplicables".
Espero haberte ayudado! Un saludo y mucho ánimo!
He acertado .Que bien explicas
Enhorabuena, Luz! Muchas gracias por tu comentario! Un abrazo y mucho ánimo! :)
Muy buena explicación Jon. Me ha encantado el vídeo.
Muchas gracias a ti por el comentario tan positivo! Me alegro de que te guste!
Gracias por el video. Podrias hacer uno en el que expliques el silencio administrativo y los recursos administrativos?? Gracias
@@cheloolanofernandez5463 Este video sería perfecto para explicar lo más básico de la 39/15
@@garaziaizkorbe3858 ya, por eso pido si puede explicar en otro u otros videos el silencio administrativo y los recursos. Me gusta como explica y me pareceria interesante que subiera esos videos
Muy bien explicado, gracias 🙂
Muchas gracias a ti por el apoyo, Dora! Me alegro de que te haya gustado! Un abrazo y mucho ánimo! :)
Buenas Jon, primero, agradecerte el vídeo, muy explicativo. Respecto el punto 04:31, si una solicitud entra al registro electronico de la Administracion competente el 25 de Abril 2023 (martes), empezaremos a calcular el computo para resolver el dia 26? Y en caso que se acuerde iniciar un procedimiento el dia 25 Abril 2023, el plazo para resolver también comienza a computar el 26?
Gracias y un saludo!!
Muy buen video.
Y si he caído como un chinche jajaja
Se agradecería un video del recurso de alzada. Muchas graciass
Muchas gracias a ti por tu comentario! Tomo nota de tu sugerencia y espero poder traerlo pronto al canal! Mucho ánimo y feliz año nuevo!! :)
Todo esto es muy nuevo para mi, me refiero a las oposiciones. Soy de Buenos Aires y dentro de unos días estaré en un examen para e Consulado de España. De esta ley me piden "Principales características de su organización y funciones" ¿Los plazos y el procedimiento son parte de las funciones y organización? yo creo que no, pero ¿si me toman un caso práctico donde tenga que saber ésto?
Los plazos forman parte del procedimiento administrativo y te lo podrían preguntar en un supuesto práctico sobre el tema
Muy buena explicación, me ha quedado muy claro gracias a ti!!
Muchísimas gracias por tu comentario! Me alegro de haberte podido ayudar!
Se puede reiterar un escrito qué la Administración Local no ha contestado?
Está genial la explicación, me ha quedado más claro y ¡¡he acertado la pregunta!! Sería estupendo ver más vídeos como éste. Muchas gracias.
Muchísimas gracias por el comentario y por el apoyo! Me alegro de haberte podido ayudar y de que hayas acertado la pregunta. Dentro de pocos se vienen más vídeos sobre ésta y otras leyes! :)
El silencio administrativo no seria abstenerse de resolver?
Cómo se contarían los 3 ó 6 meses del plazo para resolver? Son días naturales, laborables...?
Buenas tardes, cuando el plazo se fija en meses se cuenta d fecha a fecha. Te dejo el link de un vídeo donde explico cómo se calculan estos plazos por si te sirve de ayuda: ruclips.net/video/RoBqOCpi67M/видео.html
BUENAS!! Me estoy volviendo loca con una DUDA:
El artículo 21 dice que el plazo máximo para notificar es "segun norma reguladora", maximo 6 meses y si no dice nada 3 meses. OK HASTA AHI BIEN.
Pero luego el artículo 40 dice que toda notificacion debe ser cursada en plazo máximo de 10 días.
¿Cómo se come esto? ¿No es una contradicción? No entiendoooooo, aiuraa
Perfecto lo has hecho!!
Me alegro de que te haya gustado, Yavidja! Muchas gracias por tu comentario! Un abrazo y mucho ánimo!
👏🏻👏🏻
Doble silencio administrativo de una solicitud de flexibilización horaria por covid para la conciliación familiar. Si no resuelven en plazo ni la solicitud ni el recurso de alzada, cómo vamos a esperar que en quince días hábiles emitan un certificado de silencio. Han pasado los quince días y no emiten tampoco el cerificado. Con lo cual te queda el contencioso-administrativo y pérdida de derechos y pedir las responsabilidades que correspondan
Jon ha estado bien vamos a ver el silencio administrativo ahora, entonces das clase online pues a lo mejor estoy interesado. En la academia me han dado el temario, videos y preguntar a los profesores, lo que pasa que me cuesta entender entonces por ejemplo este articulo me ha costado mucho de entenderlo por cierto he fallado la pregunta como estas suele caer siempre.
Actualmente, tengo la agenda muy apretada, pero para este tipo de cuestiones, escríbeme a mi correo electrónico y vemos que podemos hacer! jonfernandezabogados@gmail.com
Un abrazo!
Como se computa el plazo para resolver .
Buenas tardes Camelia, aquí te dejo el link de un vídeo donde lo explico con detalle: ruclips.net/video/RoBqOCpi67M/видео.html
Fantástico
Hola Jon, ¿ podrías explicar en un caso real, el art 82.4 de LPAC,??no lo entiendo bien😓 muchas gracias por anticipado, explicas tan bien todos tus videos que me ha acordado de ti para que me aclares ese apartado si pudiera ser🙏
Buenos días Toni! Me apunto tu sugerencia para próximos vídeos y espero poder traerlo pronto! Muchas gracias por el comentario y por el apoyo que siempre me das! Un abrazo! :)
Genial 👍
Muchas gracias por tu comentario, Brighitta! Me alegro de que te haya gustado! Un abrazo y mucho ánimo! :)
Gracias, lo haces fácil jijiji.
Donde puedo encontrar test?
Muchísimas gracias por el apoyo, Esther! A tu consulta creo que ya te contesté por IG, mucho ánimo! :)
💪🏆🤓📚👍👍👍
Muchas gracias por el apoyo!!
Pensé la d) al encontrar en falta texto justificativo de la norma con rango de Ley, pero te reconozco que marqué la c)
Como siempre digo, mejor fallar aquí que en el examen! Lo importante es que ya no se te olvide! Muchas gracias por ver el vídeo, German!
Si por favor siempre la fallooooooo. Que hago para no fallar, ya no sé cómo aprendermelos
Oohh😢😢😢 Esté video tampoco tiene subtítulos😔😕
Muchas gracias por avisar, Toñi! Tomo nota y espero que lo puedan solucionar pronto! Sin embargo, debo decirte que la explicación de este artículo también la tienes con subtítulos en la parte 4 del curso que estoy preparando, te dejo el link por aquí: ruclips.net/video/J5AA0uY5oTM/видео.html
Espero que te sirva de ayuda! Un abrazo y mucho ánimo!
Hola Jon, he caído en la trampa
😭
De cabeza en la trampa! 🤪
Como siempre digo, mejor fallar aquí que en el examen! Sigue así y seguro que ya no te pillan en ninguna trampa! Un abrazo!
Me encanta todos tus vídeos, porque lo explicas muy bien y muy clarito. Gracias por tu tiempo y compartir tu saber. 😊
Muchas gracias por tus palabras 😍 Un abrazo!