de acuerdo al artículo 353 del código nacional de procedimientos penales las decisiones del tribunal de enjuiciamiento serán verbales, además si las partes así lo solicitan
Para acreditar reparación del daño efectivamente es la documental pero mi duda es esos documentos formarán parte de una pericial en materia contable entonces ofrezco la pericial, ofrezco las facturas o ambas pruebas
Excelente información juez, muchas gracias! Dios lo bendiga 🙏.
muchas gracias por este taller me es de mucha utilidad y estaré atento para los próximos talleres o clases
Buena info
gracias
GRACIAS ABOGADO
de acuerdo al artículo 353 del código nacional de procedimientos penales las decisiones del tribunal de enjuiciamiento serán verbales, además si las partes así lo solicitan
Para acreditar reparación del daño efectivamente es la documental pero mi duda es esos documentos formarán parte de una pericial en materia contable entonces ofrezco la pericial, ofrezco las facturas o ambas pruebas
Debe ofrecer ambas pruebas!!!Aunque en lo personal he llevado asuntos en lis cuales solamente he ofertado las facturas o presupuestos.