Gracias, estoy en una demanda civil donde yo soy en demandante y la contra parte está jugando sucio. Estoy solo en este caso porque ningún abogado quiso tomar el caso.
Lo que desde mi punto de vista no queda claro es... Si desde mi contestación a la demanda ofrecí pruebas y no hago pronunciamiento alguno cuando el juicio se abre a pruebas que ocurre? Se me tienen que tener por ofrecidas porque mi manifesté desde la contestación a la demanda? Si o no? Porque?
Disiento por cuanto hace a la parte de las razones, ya que quizá la ofrezco y hay algo que el tribunal no está observando, por eso es importante manifestar cuales son las razones o los argumentos, para que el tribunal observe si la prueba es idónea o no, sobre todo en cuestiones muy técnicas.
Disculpe profesor. Tengo una duda. ¿Al juez se le puede sancionar si acepta una prueba que no cumple los requisitos? Y si es así, ¿cuáles serían las sanciones? 🤔
Verónica Dalmán como es una decisión jurisdiccional no corresponde sanción administrativa, lo que corresponde es interponer el recurso legal indicado en la ley, por la cuantía que tenga el asunto. Si no procede recurso habrá que esperar al Amparo.
Espero usted se encuentre muy bien de salud al igual que su familia, Profesor. Tenemos un juicio mercantil, donde en el escrito inicial hacemos mención en los hechos a una REQUISICIÓN DE SUMINISTRO que la contraparte solicitó hacia nuestro representado, y la presentamos como prueba. En la contestación, refiere que dicha requisición fue expedida por nuestro representado, teniendo ésta el nombre de la contraparte y la factura a su nombre. Aparte, OBJETA el documento y señala que no es documento base de la acción. ¿Se podría considerar que es aberrante y absurdo objetar un documento que fue presentado por la misma contraparte? La requisición no es el documento base de la acción, lo es la factura. Entonces, una vez desahogada la vista, el juez debería ya tenerlo en consideración para el momento en que se admitan o rechacen las pruebas, no proceda la objeción. ¿Usted que opina profesor? Saludos.
Ricardo Hernández gracias Ricardo, igualmente para ti. Solo queda esperar a que el juez le dé el valor que le corresponda, claro, intentando perfeccionarla con otros medios de convicción.
Gracias, estoy en una demanda civil donde yo soy en demandante y la contra parte está jugando sucio. Estoy solo en este caso porque ningún abogado quiso tomar el caso.
Tan amable y atento usted excelente cátedra
Saludos Lic.
Maestro muchas gracias Exelente video!
gracias por su consejo acerca de los escritos en el desahogo.
Gracias por la clase profe.
Excelente explicación licenciado
Exelente videos muy entendíbles. Debería de subir más videos. Ojalá
Excelente video.
Excelente explicación
Que buena explicación
Lo que desde mi punto de vista no queda claro es... Si desde mi contestación a la demanda ofrecí pruebas y no hago pronunciamiento alguno cuando el juicio se abre a pruebas que ocurre?
Se me tienen que tener por ofrecidas porque mi manifesté desde la contestación a la demanda?
Si o no? Porque?
Disiento por cuanto hace a la parte de las razones, ya que quizá la ofrezco y hay algo que el tribunal no está observando, por eso es importante manifestar cuales son las razones o los argumentos, para que el tribunal observe si la prueba es idónea o no, sobre todo en cuestiones muy técnicas.
Muchas gracias 😊
A la orden
Gracias maestro, por excelentes exposiciones.
Excelente
MUY BUENO
Gracias por su enseñanza, una pregunta, no me aceptaron una prueba pericial, ¿cómo la apelo?
Excelente catedra Maestro...como lo podria contactar para una asesoria juridica? Tiene algun correo electronico? Saludos!
De que país es?
Buen día, ¿El fundamento legal de lo explicado es del código de la ciudad de México?
Disculpe profesor. Tengo una duda.
¿Al juez se le puede sancionar si acepta una prueba que no cumple los requisitos? Y si es así, ¿cuáles serían las sanciones? 🤔
Verónica Dalmán como es una decisión jurisdiccional no corresponde sanción administrativa, lo que corresponde es interponer el recurso legal indicado en la ley, por la cuantía que tenga el asunto. Si no procede recurso habrá que esperar al Amparo.
Esta en México?? por los códigos..??
Espero usted se encuentre muy bien de salud al igual que su familia, Profesor.
Tenemos un juicio mercantil, donde en el escrito inicial hacemos mención en los hechos a una REQUISICIÓN DE SUMINISTRO que la contraparte solicitó hacia nuestro representado, y la presentamos como prueba.
En la contestación, refiere que dicha requisición fue expedida por nuestro representado, teniendo ésta el nombre de la contraparte y la factura a su nombre. Aparte, OBJETA el documento y señala que no es documento base de la acción.
¿Se podría considerar que es aberrante y absurdo objetar un documento que fue presentado por la misma contraparte? La requisición no es el documento base de la acción, lo es la factura. Entonces, una vez desahogada la vista, el juez debería ya tenerlo en consideración para el momento en que se admitan o rechacen las pruebas, no proceda la objeción.
¿Usted que opina profesor?
Saludos.
Ricardo Hernández gracias Ricardo, igualmente para ti. Solo queda esperar a que el juez le dé el valor que le corresponda, claro, intentando perfeccionarla con otros medios de convicción.
Cuántos días se dan para ofrecer pruebas
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