Todas responsabilidades de la administración tiene un objetivo importante en la realización como la administrativa: tiene 2 años prescripción de la acción y emoción. La responsabilidad ejecutiva:2 años de su deficiencia o negligencia en la mano de la ley 1178. La responsabilidad civil:es la opción o omisión que daña si el dinero está con los funcionarios. La responsabilidad penal:el riesgo al dañar al patrimonio del estado entre vienes o en acción se considera un delito penal. La acción y la omisión de este tema es lo que me parecio interezante el de realizar o hacer y ejercitar una potestad me gusto el ejemplo de que tiene que verificar el doc.de toda la especificación técnica de un equipo "x" por ejm y no lo realiza esa acción. Y la omisión en el momento cuando se hace la contratación de la propuesta omite observar la falta de tales especificación que son muy importantes
Es un tema muy importante ya que nos habla de las 4 responsabilidades nos hace saber que que todo servidor público sin distinción de jerarquía asuma plena responsabilidad de sus actos. Accion es de hacer facultar de realizar una cosa. Y omisión es la abstención de hacer lo que señala las obligaciones de la norma.
La responsabilidad es administrativa cuando la acción u omisión contraviene el ordenamiento jurí- dico-administrativo y las normas que regulan la conducta funcionaria del servidor público. Se determinará por proceso interno de cada entidad que tomará en cuenta los resultados de la auditoría si la hubiere.
Muy agradable el tema nos ilustra conocimiento los 4 tipos de responsabilidades 1) responsabilidad administrativa : tienes prescripcion de 2 años de naturaleza acción o emoción 2) responsabilidad ejecutiva : prescripción de 2 años de su naturaleza negligencia o deficiencia a mano de la ley 1178 3) responsabilidad civil : esta responsabilidad en comparación con las otras no prescribe su naturaleza es la opción o omisión que daña al dinero estado los funcionarios públicos 4) responsabilidad penal : en esta nose describe si el servidor no está en riesgo de dañar el patrimonio del estado su acción o omisión se considera un delito penal
La responsabilidad administrativa tiene como naturaleza la acción u omisión que contraviene el orden jurídico.sujetos a servidores públicos y ex servidores públicos
Me pareció interesante sobre los deberes de un servidor publico, en especial el de "Transparencia" ya que esta es la de mostrar información a la ciudadanía de como se esta manejando los recursos.
es fundamental conocer las responsabilidades por función publica. obteniendo como finalidad lograr que todo servidor publico, sin distinción de jerarquía, asuma plena responsabilidad por sus actos.
La acción y la omisión de este tema es lo que me pareció interezante el de realizar o hacer y ejercitar una potestad me gustó el ejemplo de que tiene que verificar el doc.de toda la especificación técnica de un equipo ¨x¨por ejm, y no lo realiza esa acción. y la omisión en el momento cuando se hace la contratación de la propuesta omite observar la falta de tales especificaciones que son muy importantes.
Un punto muy interesante me parecio cuando. El servidor público tiene el deber de desempeñar sus funciones con eficacia, economía, eficiencia, transparencia y licitud. Su incumplimiento genera responsabilidades jurídicas.
Todo servidor público responderá de los resultados emergentes del desempeño de las funciones, deberes y atribuciones asignados a su cargo. A este efecto: a) La responsabilidad administrativa, ejecutiva, civil y penal se determinará tomando en cuenta los resultados de la acción u omisión.
Responsabilidad Administrativa: con esto podemos regular la conducta administrativa de los funcionarios Responsabilidad Ejecutiva: por la gestión negligente estos aplica para las máximas autoridades y es sancionado con suspensión o retiro Responsabilidad Civil: Acción u omisión que daña al estado la cual involucra a funcionarios, ex funcionarios y personas particulares la sanción es resarcimiento del daño económico Responsabilidad Penal: es la acción u omisión tipificada como delito en el código penal, involucra a funcionarios públicos, ex funcionarios y personas particulares sancionado con penas o sanciones prevista en el código penal
Responsabilidad Ejecutiva: se determina cuando la autoridad o ejecutivo no ha rendido cuentas, ha incumplido con obligaciones expresamente señaladas en la Ley o cuando su gestión ha sido deficiente o negligente. Responsabilidad civil: cuando la acción del servidor público o de las personas jurídicas o naturales cause daño al Estado valuable. Responsabilidad penal: esta surge cuando la acción del servidor público o particular se encuentra tipificada como delito en el código penal. Responsabilidad administrativa: tiene por función prevenir y corregir desviaciones en los conductos de lo servidores.
La responsabilidad administrativa, ejecutiva, civil y penal son cruciales para realizar la función pública con eficacia, eficiencia economía, transparencia y licitud. y tambien es importante resaltar es los 5 tipos de servidores públicos, la. Responsabilidad públicas y sus características.
PIZARRO LUIS G. - las 4 responsabilidades la que me parecio mas importante es la Responsabilidad Penal que esta determinado por el Juez y se caracteriza porque es de órden estrictamente sancionador. -El Auditor es responsable de dar una información clara y realizar su trabajo. Mientras el abogado tiene que cooperar con ella asesorando y defendiendo los intereses que se le han confiado. -La Ley 1178 del articulo 33, es importante ya su finalidad es tener una administración eficaz y eficiente, información transparente, establece responsabilidades por acciones y omisiones.
Muy interesante el origen de la responsabilidad administrativa cuando la accion u omision contraviene el ordenamiento juridico administratito y las norma q regulan la conducta funcionaria
Me pareció interesante los 4 tipos de responsabilidad. Responsabilidad administrativa, el cual se prescribe durante 2 años y la naturaleza es por la acción u omisión del servicio público. Responsabilidad civil, se define como la obligación de toda persona de reparar daños y los perjuicios que cause en la persona o el patrimonio de otra. Responsabilidad penal, es la acción u omisión tipificada como delito en el código penal, involucra a funcionarios públicos, ex funcionarios y personas particulares sancionado con penas o sanciones prevista en el código penal. Responsabilidad ejecutiva, emerge de una gestión deficiente o negligente así como del incumplimiento de los mandatos expresamente señalados en la ley.
Me parece interesante las cuatro responsabilidades que se mencionan la administrativa, civil, penal y ejecutiva. Ya que de ese depende las diferentes responsabilidades que se da de una empresa de los diferentes sectores
ESTE TEMA DESARROLLA LOS 4 TIPOS DE RESPONSABILIDAD POR LA FUNCIÓN PÚBLICA: ADMINISTRATIVA, EJECUTIVA, CIVIL Y PENAL ESTABLECIENDO SU NATURALEZA, SUJETOS, QUIEN DETERMINA LAS RESPONSABILIDADES, SANCIONES Y PRESCRIPCIONES. ASIMISMO COMO SE SUSTANCIA UN PROCESO COACTIVO FISCAL.
Me complace destacar una parte muy importante donde se menciona que todos los funcionarios públicos tienen el deber y obligación de responder por sus actos ante el pueblo o ciudadania.
Me parece interesante la parte que dice que la responsabilidad pública es la obligación que emerge a raíz de incumplimiento de los deberes de todo servidor público según la acción u omisión
La parte que me gustaría mencionar es el Delito: Acto u omisión típicamente antijurídico, culpable,imputable a una persona sometido a una sanción penal,ejercitado a con intención de dañar los derechos intereses públicos o privados.
Me pareció muy importante las responsabilidades. * responsabilidad de los profesionales y servidores públicos. * responsabilidad del auditor. * responsabilidad del abogado.
A mi pareció interesante pues nos habla sobre los tipos de responsabilidades y también como distinguir cada una de ellas. Las responsabilidades son 4: * Administrativa, el cual se prescriben durante 2 años y la naturaleza es por la acción o omisión del servidor público. * Ejecutiva, se prescribe a los 2 años, la naturaleza es por la negligencia o deficiencia en base la ley 1178 y otras causas de parte de las autoridades. * Civil, está responsabilidad ya no prescribe, su naturaleza es la acción o omisión cual daña el dinero del estado los funcionarios públicos, las personas jurídicas y naturales. * Penal, en esta responsabilidad no se prescribe si el servidor público atente contra el patrimonio del estado, su naturaleza es la acción o omisión cual se considere como un delito en el código penal.
Lo que más me pareció interesante son las responsabilidades las cuales son: Responsabilidad administrativa.-Es cuando el servidor público en el ejercicio de sus funciones incurre en una acción u omisión que contraviene el ordenamiento jurídico administrativo. Responsabilidad civil.-Se define como la obligación de toda persona de reparar los daños y perjuicios que cause en la persona o el patrimonio de otra. Responsabilidad ejecutiva.-Se determina cuando la autoridad o ejecutivo no ha rendido cuentas, ha incumplido con obligaciones expresamente señaladas en la Ley o cuando su gestión ha sido deficiente o negligente. Responsabilidad penal.-Es cuando la acción u omisión del servidor público o de los particulares se encuentra tipificada como delito en el Código Penal.
Un punto importante que puede ver es el de la ACCIÓN ya que este es el resultado de hacer facultad de realizar una cosa, y OMISIÓN es la abstención de hacer lo que señalan las obligaciones de la norma
Es muy importante saber que el auditor es responsable de dar una inf. clara economicamente, lo mismo debe de hacer un abogado en respecto a su area. La ley 1178, nos dice no existira responsabilidad administrativa,ejecutiva ni civil, cuando se pruebe que la decision hubiese sido tomado procura de mayor beneficio.
- Los cuatros tipos de responsabilidades tienen vital importancia para la funcion publica. Cada una con sus debidas funciones especificas que ayudan ala eficiencia de la administracion publica. Una regula la conducta otra es sancionadores y de tal manera estas cumplen sus funciones con el objetivo de control y transparencia. -La funcion de los auditores y abogado es imprensindible por que tbm realizan el control y aplican las leyes en caso de que no se efectuen las normas establecidas. El articulo 33 de la ley 1178 establece las exenciones de responsabilidadea solo cuando se hayam tenido que tomar decisiones dw fuerza mayor.
Me parece interesante la explicación de las 4 responsabilides: administrativa, civil, penal y ejecutiva Por ejemplo el impacto de responsabilidad administrativa que dice que regula la conducta funcionaria.
La responsabilidad administrativa emerge de la contravención del ordenamiento jurídico administrativo y de las normas que regulan la conducta del servidor público. La responsabilidad ejecutiva emerge de una gestión deficiente o negligente así como del incumplimiento de los mandatos expresamente señalados en la Ley. La responsabilidad civil emerge del daño al Estado valuable en dinero. Será determinada por juez competente. La responsabilidad es penal cuando la acción u omisión del servidor público o de los particulares se encuentra tipificada como delito en el Código Penal.
- Los cuatro tipos de responsabilidades es importante para que los funcionarios publicos respondan por los actos u omisiones durante el ejercicio de sus funciones. - En cuanto a la responsabilidad de auditores y abogados una de sus funciones es informar al superior sobre un conflicto de interes. - Articulo 33 ley 1178 es importante porque quita toda responsabilidad cuando la desicion tomada sea en beneficio de la entidad.
Me pareció muy interesante los tipos de responsabilidad: Responsabilidad administrativa dice que es la que regula la conducta funcionaria Responsabilidad ejecutiva se entiende que es la gestión negligente por incumplimiento Responsabilidad civil es la acción que causa un daño monetario (dinero ) al estado Responsabilidad penal es el orden sancionador de la acción que es según el código penal
Me pareció muy importante el tema en general porque nos da a conocer el sector público y como se divide, sus funciones, su responsabilidades, y nos ayuda a saber que poder hacer cuando nosotros podamos ocupar un cargo público que requisitos y como debemos desempñarnos para tener una buena gestión y no entrar en ningún proceso.
Me parece muy interesante y educativo todo el tema en general... donde nos hace mención quienes son los servidores públicos y como estos se deben desempeñar, y la parte donde se nos explica muy detalladamente las 4 Responsabilidades de los Sectores Públicos. Es muy importa tener conocimiento de esta clase de temas. Muy buen video Lic. 👏🏻👏🏻👏🏻
La responsabilidad administrativa, ejecutiva, civil y penal son cruciales para realizar la función pública con eficacia, eficiencia economía, transparencia y licitud. La responsabilidad de los auditores y abogados son importante para que se presenten informes veraces de una gestión concluida o de un caso en particular. El Art.. 33 de la ley 1178 estable la exención de responsabilidades solo cuando se hayan tenido que tomar decisiones por una fuerza mayor.
Cabe recalcar que los servidores públicos son personas individuales que prestan sus servicios a una entidad para su saber si la gestión es negligente o deficiente así mismo para un mejor desempeño en los deberes del servidor público.
Me pareció muy buena la clase especialmente cuando nos habla de las 4 responsabilidades .1 La responsabilidad Administrativa nos habla de índole disciplinaria y las normas regulan la conducta funcionaria. 2 Responsabilidad Ejecutiva Nos habla que la gestión deficiente o negligente por incumplimiento. 3 Responsabilidad Civil Nos habla de la acción o omisión que causa daño económicamente. 4 Responsabilidad Penal Nos habla de la acción o omisión tipificada como delito en el código penal.
Podemos tomar la responsabilidad administrativa emergente de la contravención del ordenamiento jurídico administrativo y norman la conducta del sector público así o mas importante llega a ser una forma de controlar, administrar, penar y medir la conducta para el ejercicio de las profesiones en el sector público para un competente manejo fijado por la Ley Nº 1178 regulatoria de los sistemas administrativas, haciendo un refuerzo entre estas mismas.
Comentario sobre los 4 tipos de responsabilidad Responsabilidad Administrativa es de índole estrictamente disciplinaria y las normas que regulan son las generales establecidas por el estatuto de los funcionarios públicos las emitidas por el órgano rector del sistema de administración de personal. Responsabilidad Penal según el origen cuando la gestión a sido negligente o deficiente, así como el incumplimiento de los mandatos expresamente señalados por ley. Responsabilidad Ejecutiva una de las obligaciones que me parece importante es que tiene que entregar a la entidad que ejerce tuición y a la Contraloría General del Estado y poner a disposición al mismo los estados financieros de la gestión anterior y el informe al auditor. Administración Civil la importancia es por que se caracteriza porque es de orden estrictamente patrimonial y reparadora del daño causado al estado. Responsabilidad de los auditores y abogados Responsabilidad de un auditor no escusarse en caso de incompatibilidad o conflicto de interés manifiesto. Responsabilidad de un abogado no escusarse de la emisión de un informe legal. Artículo 33 como se sustenta la ley 1178 La ley 1178 se sustenta de acuerdo a su base legal : CPE
Punto 1.- De las 4 responsabilidades la que me parecio mas importante es la Responsabilidad Penal que esta determinado por el Juez y se caracteriza porque es de órden estrictamente sancionador. Punto 2.- El Auditor es responsable de dar una información clara y realizar su trabajo. Mientras el abogado tiene que cooperar con ella asesorando y defendiendo los intereses que se le han confiado. Punto 3.- La Ley 1178 del articulo 33, es importante ya su finalidad es tener una administración eficaz y eficiente, información transparente, establece responsabilidades por acciones y omisiones.
DE LA RESPONSABILIDAD POR FUNCIÓN PÚBLICA ME PARECIÓ IMPORTANTE : LA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA: CUANDO EL SERVIDOR PÚBLICO EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES INCURRE EN UNA ACCIÓN U OMISIÓN QUE CONTRAVIENE EL ORDENAMIENTO JURÍDICO ADMINISTRATIVO Y LAS NORMAS QUE REGULAN LA CONDUCTA FUNCIONARIA DEL SERVIDOR PÚBLICO. ▪︎ LA RESPONSABILIDAD DEL AUDITOR: ES DE NO MANIFESTAR CON CLARIDAD Y EN FORMA COMPLETA EN LOS INFORMES DE AUDITORÍA LAS POSIBLES IRREGULARIDADES . • RESPONSABILIDAD DEL ABOGADO: PRESENTAR RECURSOS EN FORMA EXTEMPORÁNEA O CON EFECTOS FORMALES INSBSANABLES. ▪︎LA LEY 1178 ART.33 : NO EXISTIRÁ RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA EJECUTIVA NI CIVIL CUANDO QUE SE PUEDE QUE LA DECISIÓN HUBIESE SIDO TOMADA EN PROCURA DE MAYOR BENEFICIO Y EN RESGUARDO DE LOS BIENES DE LA ENTIDAD.
Es muy interesante los 4 tipos de Responsabilidad, La Responsabilidad Administrativa , Responsabilidad Civil , Responsabilidad penal y Responsabilidad Ejecutiva * La Responsabilidad del Auditor .- No es rectificable el incumplimiento de las normas de Auditoria * La ley 1178 según el Art.33 dice no existirá la Responsabilidad Administrativa ni el civil cuando se apruebe que la decisión hubiese sido tomado con mayor beneficio
Me parecio interesante todo lo referido al tema xq nos hace conocer sobre los sectores públicos y se dividen en sus funciones de responsabilidades administrativa, responsabilidad civiles, responsabilidad ejecutiva y la responsabilidad penal.
-Los 4 Tipos de responsabilidad: la responsabilidad administrativa es la que regula la conducta funcionaria,la responsabilidad penal es orden sancionador del causado al estado,responsabiliad civil accion que causa daño al estado valuable en dinero,responsabilidad ejecutiva es la gestion deficiente por incumplimiento -Responsabilidad del auditor una es no rectificar o no ser rectificable el incumplimiento de las normas de auditoria gubernamental -Responsabilidad del abogado una es no informar por escrito al superior sobre un conflicto de interes -Ley 1178 Art. 33 dice No existirá responsabilidad administrativa, ejecutiva ni civil cuando se pruebe que la decisión hubiese sido tomada en procura de mayor beneficio y en resguardo de los bienes de la entidad,
WILLAM LUIS VILTE LAIME Una de las partes que me llamo mas la atención fue RESPONSABILIDAD DE LOS PROFECIONALES Y LOS SERVUDORES PUBLICOS: Que me parece muy importante por que los profesionales y los demás servidores son responsables por los informes y documentos que suscriban. es muy importa gracias por la explicación.
Responsabilidad por la función pública: Es la obligación del incumplimiento de los deberes del servidor público para su desempeño. Es una obligación inseparable del ejercicio de toda función pública y privada. Hay tres clases de responsabilidad: civil, penal y administrativa. La primera deriva del principio general de Derecho de que todo aquel que causa un daño a otro está obligado a repararlo. La responsabilidad penal es consecuencia de la comisión de delitos tipificados en el Código Penal, y se manifiesta en la aplicación de las sanciones previstas en el mismo Código y en leyes conexas. La responsabilidad administrativa sobreviene por faltas cometidas en el desempeño del trabajo según las leyes y reglamentos respectivos. 2. Según la ley 1178 nos explica que todo servidor público responderá de los resultados emergentes del desempeño de las funciones, deberes y atribuciones asignados a su cargo. A este efecto: a) La responsabilidad administrativa, ejecutiva, civil y penal se determinará tomando en cuenta los resultados de la acción u omisión. 3.El auditor es responsable de su informe y debe realizar su trabajo de acuerdo con las Normas Técnicas de Auditoría establecidas. Su trabajo no está específicamente destinado a detectar irregularidades de todo tipo e importe que hayan podido cometerse y, por lo tanto, no puede esperarse que sea uno de sus resultados mientras el abogado como partícipe en la función pública de la Administración de Justicia, es cooperar con ella: asesorando, conciliando y defendiendo los intereses que le sean con- fiados. Intereses que en ningún caso lo harán desviarse de su finalidad de justicia.
La Responsabilidad Civil en muy interesante ya que estas acciones del los servidorss públicos o de las personas naturales o jurídicas privadas causan daño al Estado en forma monetaria.
Me parecio interesantes: ■Ley 1178 Art. 33 Dice : No existirá responsabilidad administrativa, ejecutiva ni civil cuando se pruebe que la decisión hubiese sido tomada en procura de mayor beneficio y en resguardo de los bienes de la entidad. ■Responsabilidad del auditor es dar informacion clara y no corregir el incumplimiento de las normas de auditoria gubernamental ■Responsabilidad del abogado Es no informar por escrito al superior sobre un conflicto de interes ■Los 4 Tipos de responsabilidad: •La responsabilidad penal .-es la orden sancionador de la accion segun el codigo penal. •La responsabilidad ejecutiva .-es la gestion negligente por incumplimiento. •La responsabiliad civil .-es la accion que causa daño al estado con dinero. •La responsabilidad administrativa es la que regula la conducta funcionaria.
Básicamente lo que me pareció interesante fue en lo que se centra el tema ( acción y omisión) y también de las cuatros responsabilidades : Administrativa , ejecutiva , penal y civil.
Punto 1: las 4 responsabilidades que me llamaron la atención fueron las de ordenamiento jurídico administrativo y las normas que regulan la conducta funcionaria Punto 2 : el auditor son responsables de obtener una seguridad razonable de los estados financieros, y el abogado son participe en la función pública de la administración de justicia asesorando y defendiendo los interés Punto 3: la ley 1178 del artículo 33, es tener una administración eficaz y eficiente, y no existirá responsabilidad administrativa.
Una de las parte que me llamó la atención finalidad del dictamen de responsabilidad civil donde la entidad acción legal que corresponda contra el o los responsables en el plazo que señala la ley
me parece importante la Características de la Responsabilidad Administrativa. como el ordenamiento Juridico Administrativo y la Normas que Regulan la Conducta Funcionaria
-Sobre los cuatro tipos de resposabilidad, me parecio importante la manera de identificar cuando una gestion es deficiente o negligente lo cual se ve en la responsabilidad ejecutiva. -La responsabilidad de los Auditores y abogados es necesaria para que cada procedimiento se cumpla de manera objetiva. -El art. 33 de la ley 1178, indica que no existira responsabilidad cuando la decision fue tomada para un mayor beneficio y en resguardo de los bienes de la entidad.
La parte que más me llamo la atención son los tipos de responsabilidad que existe en la Función pública. En sí las 4 responsabilidades son importantes.
- Me parecio importante sobre la Responsabilidad administrativa sus caracteristicas como el Ordenamiento juridico administrativo y las Normas que regulan la conducta funcionaria. - El auditor es responsable de dar una información clara y realizar su trabajo. - La ley 1178 art.33 nos dice que no existira responsabilidad administrativa, ejecutiva ni civil cuando se pruebe que la decisión hubiese sido tomada de procura de mayor beneficio.
Me parecio mas importante el principio de licitud, que esclarece que no se puede presentar una denuncia formal si no se tienen los documentos que avalen dicho hecho.
ME PARECIÓ IMPORTANTE LOS TIPOS DE RESPONSABILIDAD POR FUNCIÓN PÚBLICA COMO: LA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA, RESPONSABILIDAD CIVIL, RESPONSABILIDAD EJECUTIVA, Y LA RESPONSABILIDAD PENAL.
Muy interesante la forma en la que va explicando cada una de los tipos de responsabilidad: • Responsabilidad civil • responsabilidad administrativa • responsabilidad ejecutiva • Responsabilidad penal De forma una forma muy entendible
Me pareció muy interesante conocer los tipos de responsabilidad por la función publica, por que en su competencia comprende el responder por los actos u misiones en el ejercicio de la función pública.
Me pareció interesante los 4 Tipos de responsabilidad los cuales son: ▪La responsabilidad administrativa.- es aquella en que incurre el funcionario público que incumple una obligación o deber o infringe una prohibición propios de su cargo o función y ello se encuentra sancionado con una medida disciplinaria. ▪La responsabilidad penal.- es orden sancionador del causado al estado. ▪La responsabiliad civil.- accion que causa daño al estado valuable en dinero ▪ Reponsabilidad ejecutiva.-se determina cuando la autoridad o ejecutivo no ha rendido cuentas, ha incumplido con obligaciones expresamente señaladas en la Ley o cuando su gestión ha sido deficiente o negligente. ▪Responsabilidad del auditor .- una es no rectificar o no ser rectificable el incumplimiento de las normas de auditoria gubernamental. ▪Responsabilidad del abogado.- una es no informar por escrito al superior sobre un conflicto de interes ▪La ley 1178 art.33 nos dice que no existira responsabilidad administrativa, ejecutiva ni civil cuando se pruebe que la decisión hubiese sido tomada de procura de mayor beneficio.
Todas responsabilidades de la administración tiene un objetivo importante en la realización como la administrativa: tiene 2 años prescripción de la acción y emoción.
La responsabilidad ejecutiva:2 años de su deficiencia o negligencia en la mano de la ley 1178.
La responsabilidad civil:es la opción o omisión que daña si el dinero está con los funcionarios.
La responsabilidad penal:el riesgo al dañar al patrimonio del estado entre vienes o en acción se considera un delito penal.
La acción y la omisión de este tema es lo que me parecio interezante el de realizar o hacer y ejercitar una potestad me gusto el ejemplo de que tiene que verificar el doc.de toda la especificación técnica de un equipo "x" por ejm y no lo realiza esa acción. Y la omisión en el momento cuando se hace la contratación de la propuesta omite observar la falta de tales especificación que son muy importantes
Es un tema muy importante ya que nos habla de las 4 responsabilidades nos hace saber que que todo servidor público sin distinción de jerarquía asuma plena responsabilidad de sus actos.
Accion es de hacer facultar de realizar una cosa.
Y omisión es la abstención de hacer lo que señala las obligaciones de la norma.
La responsabilidad es administrativa cuando la acción u omisión contraviene el ordenamiento jurí- dico-administrativo y las normas que regulan la conducta funcionaria del servidor público. Se determinará por proceso interno de cada entidad que tomará en cuenta los resultados de la auditoría si la hubiere.
Lo más importantes los tipos de resposabilidades para un buen manejo en todo el sector.
Muy agradable el tema nos ilustra conocimiento los 4 tipos de responsabilidades
1) responsabilidad administrativa : tienes prescripcion de 2 años de naturaleza acción o emoción
2) responsabilidad ejecutiva : prescripción de 2 años de su naturaleza negligencia o deficiencia a mano de la ley 1178
3) responsabilidad civil : esta responsabilidad en comparación con las otras no prescribe su naturaleza es la opción o omisión que daña al dinero estado los funcionarios públicos
4) responsabilidad penal : en esta nose describe si el servidor no está en riesgo de dañar el patrimonio del estado su acción o omisión se considera un delito penal
Exelente explicacion sobre la reaponsabilidad por la función pública
La responsabilidad administrativa tiene como naturaleza la acción u omisión que contraviene el orden jurídico.sujetos a servidores públicos y ex servidores públicos
Me pareció interesante sobre los deberes de un servidor publico, en especial el de "Transparencia" ya que esta es la de mostrar información a la ciudadanía de como se esta manejando los recursos.
Me pareció interesante los tipos de responsabilidades de la función pública que son necesarios para un buen manejo del sector público
Importante saber sobre los tipos de servidores públicos y sus deberes en el desempeño de sus funciones.
es fundamental conocer las responsabilidades por función publica. obteniendo como finalidad lograr que todo servidor publico, sin distinción de jerarquía, asuma plena responsabilidad por sus actos.
La acción y la omisión de este tema es lo que me pareció interezante el de realizar o hacer y ejercitar una potestad me gustó el ejemplo de que tiene que verificar el doc.de toda la especificación técnica de un equipo ¨x¨por ejm, y no lo realiza esa acción.
y la omisión en el momento cuando se hace la contratación de la propuesta omite observar la falta de tales especificaciones que son muy importantes.
Un punto muy interesante me parecio cuando. El servidor público tiene el deber de desempeñar sus funciones con eficacia,
economía, eficiencia, transparencia y licitud. Su incumplimiento genera
responsabilidades jurídicas.
Todo servidor público responderá de los resultados emergentes del desempeño de las funciones, deberes y atribuciones asignados a su cargo. A este efecto: a) La responsabilidad administrativa, ejecutiva, civil y penal se determinará tomando en cuenta los resultados de la acción u omisión.
Responsabilidad Administrativa: con esto podemos regular la conducta administrativa de los funcionarios
Responsabilidad Ejecutiva: por la gestión negligente estos aplica para las máximas autoridades y es sancionado con suspensión o retiro
Responsabilidad Civil: Acción u omisión que daña al estado la cual involucra a funcionarios, ex funcionarios y personas particulares la sanción es resarcimiento del daño económico
Responsabilidad Penal: es la acción u omisión tipificada como delito en el código penal, involucra a funcionarios públicos, ex funcionarios y personas particulares sancionado con penas o sanciones prevista en el código penal
Resaltat la buena explicacion sobre los 4 tipos de responsabilidades y tambien sobre los tipos de servidores públicos.
Responsabilidad Ejecutiva: se determina cuando la autoridad o ejecutivo no ha rendido cuentas, ha incumplido con obligaciones expresamente señaladas en la Ley o cuando su gestión ha sido deficiente o negligente.
Responsabilidad civil: cuando la acción del servidor público o de las personas jurídicas o naturales cause daño al Estado valuable.
Responsabilidad penal: esta surge cuando la acción del servidor público o particular se encuentra tipificada como delito en el código penal.
Responsabilidad administrativa: tiene por función prevenir y corregir desviaciones en los conductos de lo servidores.
La responsabilidad administrativa, ejecutiva, civil y penal son cruciales para realizar la función pública con eficacia, eficiencia economía, transparencia y licitud.
y tambien es importante resaltar es los 5 tipos de servidores públicos, la. Responsabilidad públicas y sus características.
PIZARRO LUIS G. -
las 4 responsabilidades la que me parecio mas importante es la Responsabilidad Penal que esta determinado por el Juez y se caracteriza porque es de órden estrictamente sancionador.
-El Auditor es responsable de dar una información clara y realizar su trabajo. Mientras el abogado tiene que cooperar con ella asesorando y defendiendo los intereses que se le han confiado.
-La Ley 1178 del articulo 33, es importante ya su finalidad es tener una administración eficaz y eficiente, información transparente, establece responsabilidades por acciones y omisiones.
Muy interesante el origen de la responsabilidad administrativa cuando la accion u omision contraviene el ordenamiento juridico administratito y las norma q regulan la conducta funcionaria
Me parecio muy importante conocer los deberes de los servidores publicos en el desempeño de sus funciones.
Me pareció interesante los 4 tipos de responsabilidad.
Responsabilidad administrativa, el cual se prescribe durante 2 años y la naturaleza es por la acción u omisión del servicio público.
Responsabilidad civil, se define como la obligación de toda persona de reparar daños y los perjuicios que cause en la persona o el patrimonio de otra.
Responsabilidad penal, es la acción u omisión tipificada como delito en el código penal, involucra a funcionarios públicos, ex funcionarios y personas particulares sancionado con penas o sanciones prevista en el código penal.
Responsabilidad ejecutiva, emerge de una gestión deficiente o negligente así como del incumplimiento de los mandatos expresamente señalados en la ley.
Me parece interesante las cuatro responsabilidades que se mencionan la administrativa, civil, penal y ejecutiva. Ya que de ese depende las diferentes responsabilidades que se da de una empresa de los diferentes sectores
ESTE TEMA DESARROLLA LOS 4 TIPOS DE RESPONSABILIDAD POR LA FUNCIÓN PÚBLICA: ADMINISTRATIVA, EJECUTIVA, CIVIL Y PENAL ESTABLECIENDO SU NATURALEZA, SUJETOS, QUIEN DETERMINA LAS RESPONSABILIDADES, SANCIONES Y PRESCRIPCIONES.
ASIMISMO COMO SE SUSTANCIA UN PROCESO COACTIVO FISCAL.
Es muy importante la explicación que nos da sobre las 4 responsabilidades muy interesante y de la manera en que se aplican👍
Me complace destacar una parte muy importante donde se menciona que todos los funcionarios públicos tienen el deber y obligación de responder por sus actos ante el pueblo o ciudadania.
Me parece interesante la parte que dice que la responsabilidad pública es la obligación que emerge a raíz de incumplimiento de los deberes de todo servidor público según la acción u omisión
Lo más importante puedo resaltar es los 5 tipos de servidores públicos, la. Responsabilidad públicas y sus características,responsabilidad del auditor
La parte que me gustaría mencionar es el Delito: Acto u omisión típicamente antijurídico, culpable,imputable a una persona sometido a una sanción penal,ejercitado a con intención de dañar los derechos intereses públicos o privados.
Me pareció muy importante las responsabilidades.
* responsabilidad de los profesionales y servidores públicos.
* responsabilidad del auditor.
* responsabilidad del abogado.
A mi pareció interesante pues nos habla sobre los tipos de responsabilidades y también como distinguir cada una de ellas.
Las responsabilidades son 4:
* Administrativa, el cual se prescriben durante 2 años y la naturaleza es por la acción o omisión del servidor público.
* Ejecutiva, se prescribe a los 2 años, la naturaleza es por la negligencia o deficiencia en base la ley 1178 y otras causas de parte de las autoridades.
* Civil, está responsabilidad ya no prescribe, su naturaleza es la acción o omisión cual daña el dinero del estado los funcionarios públicos, las personas jurídicas y naturales.
* Penal, en esta responsabilidad no se prescribe si el servidor público atente contra el patrimonio del estado, su naturaleza es la acción o omisión cual se considere como un delito en el código penal.
Muy buena explicación, sobre las 4 responsabilidades. Porque nos sirve de mucho conocer sobre estos temas en general.
Muy buen video y una buena explicacion me llamo la atencion de la parte a quien se lo llama servidores publico
Los 4 tiempos de responsabilidad que existen en una función pública
Lo que más me pareció interesante son las responsabilidades las cuales son:
Responsabilidad administrativa.-Es cuando el servidor público en el ejercicio de sus funciones incurre en una acción u omisión que contraviene el ordenamiento jurídico administrativo.
Responsabilidad civil.-Se define como la obligación de toda persona de reparar los daños y perjuicios que cause en la persona o el patrimonio de otra.
Responsabilidad ejecutiva.-Se determina cuando la autoridad o ejecutivo no ha rendido cuentas, ha incumplido con obligaciones expresamente señaladas en la Ley o cuando su gestión ha sido deficiente o negligente.
Responsabilidad penal.-Es cuando la acción u omisión del servidor público o de los particulares se encuentra tipificada como delito en el Código Penal.
Un punto importante que puede ver es el de la ACCIÓN ya que este es el resultado de hacer facultad de realizar una cosa, y OMISIÓN es la abstención de hacer lo que señalan las obligaciones de la norma
Es muy importante saber que el auditor es responsable de dar una inf. clara economicamente, lo mismo debe de hacer un abogado en respecto a su area.
La ley 1178, nos dice no existira responsabilidad administrativa,ejecutiva ni civil, cuando se pruebe que la decision hubiese sido tomado procura de mayor beneficio.
ME PARECIO MUY INTERESANTE LA EXPLICACION SOBRE TODO LOS 4 TIPOS DE RESPONSABILIDAD QUE SDON NECESARIOS PARA UN SECTOR PUBLICO
- Los cuatros tipos de responsabilidades tienen vital importancia para la funcion publica. Cada una con sus debidas funciones especificas que ayudan ala eficiencia de la administracion publica.
Una regula la conducta otra es sancionadores y de tal manera estas cumplen sus funciones con el objetivo de control y transparencia.
-La funcion de los auditores y abogado es imprensindible por que tbm realizan el control y aplican las leyes en caso de que no se efectuen las normas establecidas.
El articulo 33 de la ley 1178 establece las exenciones de responsabilidadea solo cuando se hayam tenido que tomar decisiones dw fuerza mayor.
Me parece interesante la explicación de las 4 responsabilides: administrativa, civil, penal y ejecutiva
Por ejemplo el impacto de responsabilidad administrativa que dice que regula la conducta funcionaria.
La responsabilidad administrativa emerge de la contravención del ordenamiento jurídico administrativo y de las normas que regulan la conducta del servidor público.
La responsabilidad ejecutiva emerge de una gestión deficiente o negligente así como del incumplimiento de los
mandatos expresamente señalados en la Ley.
La responsabilidad civil emerge del daño al Estado valuable en dinero. Será determinada por juez competente.
La responsabilidad es penal cuando la acción u omisión del servidor público o de los particulares se encuentra
tipificada como delito en el Código Penal.
- Los cuatro tipos de responsabilidades es importante para que los funcionarios publicos respondan por los actos u omisiones durante el ejercicio de sus funciones.
- En cuanto a la responsabilidad de auditores y abogados una de sus funciones es informar al superior sobre un conflicto de interes.
- Articulo 33 ley 1178 es importante porque quita toda responsabilidad cuando la desicion tomada sea en beneficio de la entidad.
La responsabilidad ejecutiva es muy interesante ya que su finalidad es fortalecer y tambien promover la transparencia
Me pareció muy interesante los tipos de responsabilidad:
Responsabilidad administrativa dice que es la que regula la conducta funcionaria
Responsabilidad ejecutiva se entiende que es la gestión negligente por incumplimiento
Responsabilidad civil es la acción que causa un daño monetario (dinero ) al estado
Responsabilidad penal es el orden sancionador de la acción que es según el código penal
Me pareció muy importante el tema en general porque nos da a conocer el sector público y como se divide, sus funciones, su responsabilidades, y nos ayuda a saber que poder hacer cuando nosotros podamos ocupar un cargo público que requisitos y como debemos desempñarnos para tener una buena gestión y no entrar en ningún proceso.
Me parece muy interesante y educativo todo el tema en general... donde nos hace mención quienes son los servidores públicos y como estos se deben desempeñar, y la parte donde se nos explica muy detalladamente las 4 Responsabilidades de los Sectores Públicos. Es muy importa tener conocimiento de esta clase de temas. Muy buen video Lic. 👏🏻👏🏻👏🏻
La responsabilidad administrativa, ejecutiva, civil y penal son cruciales para realizar la función pública con eficacia, eficiencia economía, transparencia y licitud.
La responsabilidad de los auditores y abogados son importante para que se presenten informes veraces de una gestión concluida o de un caso en particular.
El Art.. 33 de la ley 1178 estable la exención de responsabilidades solo cuando se hayan tenido que tomar decisiones por una fuerza mayor.
Muy interesante el tema,saber que los 4 tipos de responsabilidades son necesarios para un buen manejo del sector publico.
Cabe recalcar que los servidores públicos son personas individuales que prestan sus servicios a una entidad para su saber si la gestión es negligente o deficiente así mismo para un mejor desempeño en los deberes del servidor público.
Me pareció muy buena la clase especialmente cuando nos habla de las 4 responsabilidades .1 La responsabilidad Administrativa nos habla de índole disciplinaria y las normas regulan la conducta funcionaria. 2 Responsabilidad Ejecutiva Nos habla que la gestión deficiente o negligente por incumplimiento. 3 Responsabilidad Civil Nos habla de la acción o omisión que causa daño económicamente. 4 Responsabilidad Penal Nos habla de la acción o omisión tipificada como delito en el código penal.
Podemos tomar la responsabilidad administrativa emergente de la contravención del ordenamiento jurídico administrativo y norman la conducta del sector público así o mas importante llega a ser una forma de controlar, administrar, penar y medir la conducta para el ejercicio de las profesiones en el sector público para un competente manejo fijado por la Ley Nº 1178 regulatoria de los sistemas administrativas, haciendo un refuerzo entre estas mismas.
Comentario sobre los 4 tipos de responsabilidad
Responsabilidad Administrativa es de índole estrictamente disciplinaria y las normas que regulan son las generales establecidas por el estatuto de los funcionarios públicos las emitidas por el órgano rector del sistema de administración de personal.
Responsabilidad Penal según el origen cuando la gestión a sido negligente o deficiente, así como el incumplimiento de los mandatos expresamente señalados por ley.
Responsabilidad Ejecutiva una de las obligaciones que me parece importante es que tiene que entregar a la entidad que ejerce tuición y a la Contraloría General del Estado y poner a disposición al mismo los estados financieros de la gestión anterior y el informe al auditor.
Administración Civil la importancia es por que se caracteriza porque es de orden estrictamente patrimonial y reparadora del daño causado al estado.
Responsabilidad de los auditores y abogados
Responsabilidad de un auditor no escusarse en caso de incompatibilidad o conflicto de interés manifiesto.
Responsabilidad de un abogado no escusarse de la emisión de un informe legal.
Artículo 33 como se sustenta la ley 1178
La ley 1178 se sustenta de acuerdo a su base legal :
CPE
Punto 1.- De las 4 responsabilidades la que me parecio mas importante es la Responsabilidad Penal que esta determinado por el Juez y se caracteriza porque es de órden estrictamente sancionador.
Punto 2.- El Auditor es responsable de dar una información clara y realizar su trabajo. Mientras el abogado tiene que cooperar con ella asesorando y defendiendo los intereses que se le han confiado.
Punto 3.- La Ley 1178 del articulo 33, es importante ya su finalidad es tener una administración eficaz y eficiente, información transparente, establece responsabilidades por acciones y omisiones.
Muy interesante los 4 tipos de responsabilidad
Responsabilidad administrativa..
Responsabilidad civil
Responsabilidad ejecutiva
Responsabilidad penal
DE LA RESPONSABILIDAD POR FUNCIÓN PÚBLICA ME PARECIÓ IMPORTANTE :
LA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA: CUANDO EL SERVIDOR PÚBLICO EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES INCURRE EN UNA ACCIÓN U OMISIÓN QUE CONTRAVIENE EL ORDENAMIENTO JURÍDICO ADMINISTRATIVO Y LAS NORMAS QUE REGULAN LA CONDUCTA FUNCIONARIA DEL SERVIDOR PÚBLICO.
▪︎ LA RESPONSABILIDAD DEL AUDITOR: ES DE NO MANIFESTAR CON CLARIDAD Y EN FORMA COMPLETA EN LOS INFORMES DE AUDITORÍA LAS POSIBLES IRREGULARIDADES .
• RESPONSABILIDAD DEL ABOGADO: PRESENTAR RECURSOS EN FORMA EXTEMPORÁNEA O CON EFECTOS FORMALES INSBSANABLES.
▪︎LA LEY 1178 ART.33 : NO EXISTIRÁ RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA EJECUTIVA NI CIVIL CUANDO QUE SE PUEDE QUE LA DECISIÓN HUBIESE SIDO TOMADA EN PROCURA DE MAYOR BENEFICIO Y EN RESGUARDO DE LOS BIENES DE LA ENTIDAD.
El punto que mas me llamo la atención son los tipos de los servidores públicos que hay
Es muy interesante los 4 tipos de Responsabilidad, La Responsabilidad Administrativa , Responsabilidad Civil , Responsabilidad penal y Responsabilidad Ejecutiva
* La Responsabilidad del Auditor .- No es rectificable el incumplimiento de las normas de Auditoria
* La ley 1178 según el Art.33 dice no existirá la Responsabilidad Administrativa ni el civil cuando se apruebe que la decisión hubiese sido tomado con mayor beneficio
Me parecio interesante todo lo referido al tema xq nos hace conocer sobre los sectores públicos y se dividen en sus funciones de responsabilidades administrativa, responsabilidad civiles, responsabilidad ejecutiva y la responsabilidad penal.
-Los 4 Tipos de responsabilidad: la responsabilidad administrativa es la que regula la conducta funcionaria,la responsabilidad penal es orden sancionador del causado al estado,responsabiliad civil accion que causa daño al estado valuable en dinero,responsabilidad ejecutiva es la gestion deficiente por incumplimiento
-Responsabilidad del auditor una es no rectificar o no ser rectificable el incumplimiento de las normas de auditoria gubernamental
-Responsabilidad del abogado una es no informar por escrito al superior sobre un conflicto de interes
-Ley 1178 Art. 33 dice No existirá responsabilidad administrativa, ejecutiva ni civil cuando se pruebe que la decisión hubiese sido tomada en procura de mayor beneficio y en resguardo de los bienes de la entidad,
WILLAM LUIS VILTE LAIME
Una de las partes que me llamo mas la atención fue RESPONSABILIDAD DE LOS PROFECIONALES Y LOS SERVUDORES PUBLICOS: Que me parece muy importante por que los profesionales y los demás servidores son responsables por los informes y documentos que suscriban. es muy importa gracias por la explicación.
Responsabilidad por la función pública:
Es la obligación del incumplimiento de los deberes del servidor público para su desempeño. Es una obligación inseparable del ejercicio de toda función pública y privada. Hay tres clases de responsabilidad: civil, penal y administrativa. La primera deriva del principio general de Derecho de que todo aquel que causa un daño a otro está obligado a repararlo. La responsabilidad penal es consecuencia de la comisión de delitos tipificados en el Código Penal, y se manifiesta en la aplicación de las sanciones previstas en el mismo Código y en leyes conexas. La responsabilidad administrativa sobreviene por faltas cometidas en el desempeño del trabajo según las leyes y reglamentos respectivos.
2. Según la ley 1178 nos explica que todo servidor público responderá de los resultados emergentes del desempeño de las funciones, deberes y atribuciones asignados a su cargo. A este efecto: a) La responsabilidad administrativa, ejecutiva, civil y penal se determinará tomando en cuenta los resultados de la acción u omisión.
3.El auditor es responsable de su informe y debe realizar su trabajo de acuerdo con las Normas Técnicas de Auditoría establecidas. Su trabajo no está específicamente destinado a detectar irregularidades de todo tipo e importe que hayan podido cometerse y, por lo tanto, no puede esperarse que sea uno de sus resultados mientras el abogado como partícipe en la función pública de la Administración de Justicia, es cooperar con ella: asesorando, conciliando y defendiendo los intereses que le sean con- fiados. Intereses que en ningún caso lo harán desviarse de su finalidad de justicia.
La Responsabilidad Civil en muy interesante ya que estas acciones del los servidorss públicos o de las personas naturales o jurídicas privadas causan daño al Estado en forma monetaria.
Me parecio Muy interesante y muy practico ,para que asi saber destacar nuestros planes y saber tenes responsabilidades definidas y correctas .
Me parecio interesantes:
■Ley 1178 Art. 33
Dice : No existirá responsabilidad administrativa, ejecutiva ni civil cuando se pruebe que la decisión hubiese sido tomada en procura de mayor beneficio y en resguardo de los bienes de la entidad.
■Responsabilidad del auditor
es dar informacion clara y no corregir el incumplimiento de las normas de auditoria gubernamental
■Responsabilidad del abogado
Es no informar por escrito al superior sobre un conflicto de interes
■Los 4 Tipos de responsabilidad:
•La responsabilidad penal .-es la orden sancionador de la accion segun el codigo penal.
•La responsabilidad ejecutiva .-es la gestion negligente por incumplimiento.
•La responsabiliad civil .-es la accion que causa daño al estado con dinero.
•La responsabilidad administrativa es la que regula la conducta funcionaria.
Básicamente lo que me pareció interesante fue en lo que se centra el tema ( acción y omisión) y también de las cuatros responsabilidades : Administrativa , ejecutiva , penal y civil.
Punto 1: las 4 responsabilidades que me llamaron la atención fueron las de ordenamiento jurídico administrativo y las normas que regulan la conducta funcionaria
Punto 2 : el auditor son responsables de obtener una seguridad razonable de los estados financieros, y el abogado son participe en la función pública de la administración de justicia asesorando y defendiendo los interés
Punto 3: la ley 1178 del artículo 33, es tener una administración eficaz y eficiente, y no existirá responsabilidad administrativa.
Una de las parte que me llamó la atención finalidad del dictamen de responsabilidad civil donde la entidad acción legal que corresponda contra el o los responsables en el plazo que señala la ley
me parece importante la Características de la Responsabilidad Administrativa. como el ordenamiento Juridico Administrativo y la Normas que Regulan la Conducta Funcionaria
-Sobre los cuatro tipos de resposabilidad, me parecio importante la manera de identificar cuando una gestion es deficiente o negligente lo cual se ve en la responsabilidad ejecutiva.
-La responsabilidad de los Auditores y abogados es necesaria para que cada procedimiento se cumpla de manera objetiva.
-El art. 33 de la ley 1178, indica que no existira responsabilidad cuando la decision fue tomada para un mayor beneficio y en resguardo de los bienes de la entidad.
muy bueno las 4 responsabilidades que menciona licen, se entiende bien sobre la responsabilidad civil, penal, ejecutiva y administrativa.
Me parece muy interesante los deberes de los servidores publicos en el desempeños de sus funciones
La parte que más me llamo la atención son los tipos de responsabilidad que existe en la Función pública. En sí las 4 responsabilidades son importantes.
- Me parecio importante sobre la Responsabilidad administrativa sus caracteristicas como el Ordenamiento juridico administrativo y las Normas que regulan la conducta funcionaria.
- El auditor es responsable de dar una información clara y realizar su trabajo.
- La ley 1178 art.33 nos dice que no existira responsabilidad administrativa, ejecutiva ni civil cuando se pruebe que la decisión hubiese sido tomada de procura de mayor beneficio.
Me parecio mas importante el principio de licitud, que esclarece que no se puede presentar una denuncia formal si no se tienen los documentos que avalen dicho hecho.
ME PARECIÓ IMPORTANTE LOS TIPOS DE RESPONSABILIDAD POR FUNCIÓN PÚBLICA COMO:
LA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA, RESPONSABILIDAD CIVIL, RESPONSABILIDAD EJECUTIVA, Y LA RESPONSABILIDAD PENAL.
Muy interesante la forma en la que va explicando cada una de los tipos de responsabilidad:
• Responsabilidad civil
• responsabilidad administrativa
• responsabilidad ejecutiva
• Responsabilidad penal
De forma una forma muy entendible
Me pareció muy interesante conocer los tipos de responsabilidad por la función publica, por que en su competencia comprende el responder por los actos u misiones en el ejercicio de la función pública.
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Me pareció interesante los 4 Tipos de responsabilidad los cuales son:
▪La responsabilidad administrativa.-
es aquella en que incurre el funcionario público que incumple una obligación o deber o infringe una prohibición propios de su cargo o función y ello se encuentra sancionado con una medida disciplinaria.
▪La responsabilidad penal.- es orden sancionador del causado al estado.
▪La responsabiliad civil.- accion que causa daño al estado valuable en dinero
▪ Reponsabilidad ejecutiva.-se determina cuando la autoridad o ejecutivo no ha rendido cuentas, ha incumplido con obligaciones expresamente señaladas en la Ley o cuando su gestión ha sido deficiente o negligente.
▪Responsabilidad del auditor .- una es no rectificar o no ser rectificable el incumplimiento de las normas de auditoria gubernamental.
▪Responsabilidad del abogado.- una es no informar por escrito al superior sobre un conflicto de interes
▪La ley 1178 art.33 nos dice que no existira responsabilidad administrativa, ejecutiva ni civil cuando se pruebe que la decisión hubiese sido tomada de procura de mayor beneficio.