Hacienda suspende la devolución de atrasos a Mutualistas

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  • Опубликовано: 27 янв 2025

Комментарии • 77

  • @user-sg7pu9ro6m
    @user-sg7pu9ro6m 4 дня назад

    Muchas gracias!!

  • @aemacgremi1738
    @aemacgremi1738 21 день назад +3

    Muchas Gracias, por darnos esta sesión explicativa.

  • @katagorribihurria4860
    @katagorribihurria4860 21 день назад +4

    Así es. A mi me devolvieron todo, pero no así a mi marido y al ir a reclamar a Hacienda, le dieron una nota diciendo lo que expones. Gracias por u trabajo.

  • @MariCarmenAraico
    @MariCarmenAraico 11 дней назад +2

    Muchas gracias por la explicarlo yo no entendia nada pero nos han hecho una faena son unos sinverguenzas🤗😢😢😢😢

  • @egs7943
    @egs7943 21 день назад +6

    Gracias Juan por tu explicación.
    A partir de los datos fiscales de 2023 y la cantidad especificada en ellos por ajuste por mutualidades, el porcentaje que supone esa cantidad, ¿será el que corresponda para las siguientes declaraciones de IRPF?.
    Con estos "cambios de opinión" por parte de la admistración, desde mi punto de vista lo que consiguen es:
    1º- No pagar los correspondientes intereses de demora a los teniamos derecho a partir del primero de enero de 2025.
    2º- Si tenemos la desgracia de fallecer en el intervalo de tiempo del 2025 al 2028 que han puesto para solicitar los atrasos, pues eso que evitan devolver.
    3º- Hay personas que para hacer las solicitudes, han tenido que recurrir a asesores, gestorias, etc., y por tanto han efectuado un desembolso, ¿tambien se les van a devolver esos gastos?.
    Personalmente me parece una grave falta de respeto para con los jubilados.

    • @juandiaz_diazro
      @juandiaz_diazro  21 день назад +2

      Hola! El porcentaje que te aplicarán en todas tus próximas Declaraciones, será el mismo que te han aplicado en la Renta del 2023. También será el mismo porcentaje que te aplicarán en los atrasos de los 4 últimos años, si ya eras pensionista en esos años. Saludos

    • @jchf6839
      @jchf6839 19 дней назад

      Todo lo que dices y además la perdida del poder adquisitivo si calculamos solo con un 2,5% /4 años = 10% de perdida de poder adquisitivo eso en el caso del que lo llegue a cobrar y falta verlo.

  • @carmenbustillo1525
    @carmenbustillo1525 15 дней назад +4

    Vergonzoso,como se aprovechan de los mayores,donde están los sindicatos?😮

  • @Vicente-k5c
    @Vicente-k5c 10 дней назад +1

    Los mutualistas debemos recordar la tomadura de pelo realizada por la “señora ministra” , con la devolución de nuestro dinero. Que la vote su padre, que seguro ese si ha cobrado. De esa forma que se dedique a seguir haciendo gestos con la lengua, como nos demostró en pleno congreso.

    • @juandiaz_diazro
      @juandiaz_diazro  9 дней назад

      Hola! Comprendo tu indignación, pero te agradecería que se eviten comentarios de carácter político que no aportan información ni aclaraciones sobre cómo cobrar los atrasos por Mutualidades que es el objeto de mi Charla.
      Espero comprendas mi observación, ya que como responsable de este Canal, no me gustaría entrar en polémicas ni debates políticos. Saludos!
      Juan Diaz

  • @carmenbustillo1525
    @carmenbustillo1525 8 дней назад

    Vergonzoso a personas tan mayores hacer este robo

  • @SantiagoGarcía-f2l
    @SantiagoGarcía-f2l 20 дней назад +2

    Muchisimas gracias. Muy buena explicacion,

  • @doloresmav
    @doloresmav 8 дней назад +1

    Buenos días. En mi caso la solicitud es para herederos, se solicitó en tiempo y ahora ni siquiera sabemos cómo tenemos q seguir reclamando. Hemos puesto reclamación en la Oficina de Hacienda ya que no me parece justo que presentando en tiempo, a unos se les devuelve en meses y a otros en tres años. No se donde más reclamar ni cómo.

  • @juandiaz_diazro
    @juandiaz_diazro  19 дней назад +8

    Os adjunto una nota que me ha enviado un miembro del Canal, en la que se recogen las opiniones de una
    Asesoría Fiscal de Madrid que indica que el nuevo sistema establecido por Hacienda para el pago
    de atrasos a los Mutualistas no cumple los requisitos legales, por los siguientes motivos:
    Vulneración de la seguridad jurídica y derechos adquiridos:
    Numerosos contribuyentes siguieron las instrucciones de la Agencia Tributaria y presentaron sus solicitudes
    en tiempo y forma. Dejar sin efecto este procedimiento, anulando las solicitudes presentadas y no
    abonadas, representa un grave atentado contra los derechos adquiridos y genera una profunda inseguridad
    jurídica. Se ha inducido a los contribuyentes a actuar de una manera concreta para, posteriormente,
    invalidar sus acciones.
    Agravio comparativo y discriminación: Resulta inaceptable que algunos contribuyentes ya hayan recibido
    el abono de las cantidades solicitadas, mientras que otros, habiendo realizado la solicitud en el mismo
    periodo e incluso antes, ven ahora sus solicitudes anuladas. Esta situación constituye un claro agravio
    comparativo y una flagrante violación del artículo 14 de la Constitución Española, que consagra el principio
    de igualdad ante la ley.
    Retroactividad de la norma en perjuicio del contribuyente: La aplicación retroactiva de la Disposición Final
    Décimo Sexta contraviene el artículo 9.3 de la Constitución Española, que prohíbe la retroactividad de las
    disposiciones restrictivas de derechos individuales. Se está aplicando una norma con efectos retroactivos
    para anular derechos que ya se habían ejercido, lo cual es inconstitucional.
    Arbitrariedad de la Administración Tributaria: La decisión de anular las solicitudes y modificar el
    procedimiento de devolución constituye un acto de arbitrariedad por parte de la Administración Tributaria,
    que actúa en contra de sus propios actos y perjudica directamente a los mutualistas que aún no han
    recibido las cantidades que les corresponden. Se crea una situación de indefensión para el contribuyente.
    Perjuicio a un colectivo especialmente vulnerable: Los beneficiarios de estas devoluciones son, en su
    mayoría, personas mayores de 70 años, muchas de ellas mayores de 85. La decisión de anular las solicitudes
    y establecer un nuevo procedimiento de solicitud anual entre 2025 y 2028, prorrateando las deducciones,
    supone una dificultad añadida para este colectivo vulnerable y aumenta el riesgo de que muchos de ellos no
    puedan ver satisfecho su derecho. Esta medida parece diseñada para dilatar y dificultar el cobro de estas
    cantidades.
    Estaremos pendientes para ver de qué forma se puede reclamar esta decisión de Hacienda.

    • @toniortiz6376
      @toniortiz6376 19 дней назад +1

      Gracias

    • @luispebo8127
      @luispebo8127 19 дней назад

      Este gobierno se pasa la constitución por el forro de los huevos

    • @jchf6839
      @jchf6839 18 дней назад +1

      Muchas gracias Juan y que podemos hacer?

  • @carmenbustillo1525
    @carmenbustillo1525 8 дней назад

    Gracias por informar,a mi no me comunicaron nada,y como sabemos lis mayores lis años que vamos a vivir?😢😢😢

  • @Raul-re2ep
    @Raul-re2ep 28 дней назад +4

    Gracias Juan por la información tan detallada que nos has expuesto.
    En mi caso , y en su momento, solicitarme la documentación que precises , Un saludo

  • @rosagordillogordillo3026
    @rosagordillogordillo3026 18 дней назад +2

    Injusto e incompresible
    Movilizaciones "YA" .
    VERGUENZA , DESCRIMINACIÓN Y MALA FE .

  • @marialuisapiedratazon4967
    @marialuisapiedratazon4967 9 дней назад

    Hola me gustaría saber si hacienda te comunica por escrito que queda anulada la solicitud y saber si te van a pagar los intereses de demora

  • @SantiagoGarcía-f2l
    @SantiagoGarcía-f2l 20 дней назад +1

    Muchas gracias por una excelente explicacion.

  • @josearenassanchez6201
    @josearenassanchez6201 21 день назад +1

    Muchas gracias por tu interés, para mí boy de sorpresa, en sorpresa, en principio me afectó positivamente sin esperar, y me dicen que solicite lo de los años anteriores, y ahora lo que me dijeron, no vale, y después ya veremos lo que después dicen, muchas gracias, y esperemos que nos tengas informado

  • @user-sg7pu9ro6m
    @user-sg7pu9ro6m 21 день назад +3

    Gracias!!

  • @gelabertcatalina
    @gelabertcatalina 12 часов назад

    A la vista de lo cobrado de pensión , ene2025 , siguen reteniendo cada mes, mas de lo que tocaría teniendo en cuenta la minoración correspondiente por mutualista .Ahora no hay que preocuparse, lo devolverán dentro de año y medio, en 2026, cuando hagamos la declaración del 2025.

  • @lorenaaguilarmainar1579
    @lorenaaguilarmainar1579 21 день назад +3

    Gracias

  • @josecasado2398
    @josecasado2398 13 дней назад +1

    Son unos miserables

  • @juandiaz_diazro
    @juandiaz_diazro  4 дня назад

    Os adjunto un artículo que me ha enviado un miembro del Canal que trata sobre una reclamación presentada en Hacienda por el Sindicato CCOO para solicitar información sobre el atraso de la devolución de impuestos a los Mutualistas.
    Publicado por El Economista el 22/01/2025
    CCOO pide a Hacienda los datos de los afectados por el cambio de las devoluciones de IRPF a mutualistas y denuncia la "inseguridad jurídica" creada
    Comisiones Obreras (CCOO) ha solicitado a la Agencia Tributaria información "relativa al proceso de rectificación y devolución, en su caso, de los excesos en la tributación por IRPF de las personas pensionistas", una solicitud realizada a través del Portal de Transparencia y que hace referencia a la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre la disposición transitoria segunda de la Ley 35/2006 del IRPF para los periodos impositivos 2019-2022.
    "Instamos a la Agencia Tributaria a que nos facilite una serie de datos que consideramos imprescindibles para conocer el número de personas pensionistas afectadas y así poder medir el impacto económico que van a sufrir, incluyendo el coste por la demora y el fraccionamiento del pago", explica el sindicato, que hace varios días ya exigió a Hacienda la rectificación de un cambio que considera muy perjudicial.
    En concreto, CCOO ha pedido "el número de personas pensionistas que han solicitado su derecho a minoración en su tributación de IRPF; aquellas que se les ha reconocido y pagado, y a las que se les ha reconocido y aún no han recibido devolución; su distribución territorial por provincias y por tramos de edad y los importes totales ya pagados y los que aún quedan pendientes de pago".
    En un comunicado en su página web, CCOO se refiere al cambio que, "de forma sorprendente e inesperada", ha decidido Hacienda para las solicitudes de devolución no resueltas antes del 22 de diciembre de 2024. Las personas que se encuentren en estos supuestos tendrán que pedir todos los años, y hasta 2028, esas cantidades que tienen pendientes de devolución.
    En palabras del sindicato, esto supone un "evidente perjuicio" para la gran mayoría de las personas afectadas y se trata de una "decisión arbitraria, que crea inseguridad jurídica" que crea un agravio comparativo entre las personas que han recibido ya toda la devolución y las que tendrán que someterse a este nuevo procedimiento.
    CCOO estima que "cientos de miles de personas, probablemente algunos millones, han presentado en el plazo correspondiente las reclamaciones" y que, con todo, se creado una situación ambivalente: "A unas, las menos, se les ha devuelto el exceso y a otras, la mayoría creemos, se les obliga a comenzar de nuevo el procedimiento y recibir la posible devolución de manera fraccionada en cuatro ejercicios fiscales".
    Además, insiste en que muchas de las personas afectadas son de avanzada edad (muchas de ellas superan los 80 años") y que, con esta medida, se provocan "efectos muy negativos en sus vidas" o en la de sus herederos, en el caso de que se produzcan fallecimientos durante el nuevo período de reclamación.

  • @MARIAELENACarrillogomez
    @MARIAELENACarrillogomez 18 дней назад +1

    Que vergüenza hacer esto hacienda con los pensionistas 😢😢😢

  • @margaritamartinez1124
    @margaritamartinez1124 21 день назад +4

    No me parece bien que tengamos que esperar cuatro años más, cuando muchos ya han cobrado todo, yo hice la solicitud el 20/03/2024.
    No es una nota es la disposición final décimo sexta de la ley 7/2024.
    Seguramente el gobierno está esperando que nos muramos, para no pagar. Estamos hablando de unos descuentos de hace más de 50 años.

  • @saizsanturio
    @saizsanturio 11 дней назад +1

    Si bien en el año pasado(2024) podíamos reclamar el año 2019 2020 2021 2022 ya que en el 2023 se aplicaba directamente en la declaración y entendiendo que el 2019 era el año más antiguo que no había prescrito, cómo puede ser que en el 2025 podamos reclamar en 2019 ya que ha prescrito, así como en el 2026 solicitar el 2020 en 2027 solicitar el 2021 etc. Si en esos años, el año que nos mandan reclamar ya ha prescrito, cómo vamos a poder solicitarlo.

    • @juandiaz_diazro
      @juandiaz_diazro  9 дней назад

      Hola! Dado que tú ya reclamaste los atrasos del 2019, Hacienda te va a reconocer que tienes derecho a cobrar los atrasos de ese año, aunque la reclamación la hagas en 2025 (renta de 2024). Es por eso, que en la Nota que han publicado, indican que en el periodo de la Declaración del 2024 se podrá reclamar los atrasos del 2019. Saludos

    • @saizsanturio
      @saizsanturio 9 дней назад

      @@juandiaz_diazroSi, lo he leído , de todas maneras crea una disposición transitoria sobre la ley de Hacienda, la cual tiene efecto retroactivo, cosa que veo por primera vez, ya que en mi caso he hecho la solicitud en abril- mayo. Por lo tanto el valor de los tiempos, no es mucho de fiar. Además partiendo de la base qué algunos ya cobraron, esto sería discriminatorio. Entre otras cosas porque hay personas que por su edad, o situación, no llegaran a cobrar, lo que pagaron de más en su tiempo. Pienso que la Hacienda pública es totalmente necesaria, pero acciones de este tipo acaban por hacer pensar, que no todos somos iguales.

  • @gelabertcatalina
    @gelabertcatalina 27 дней назад +5

    veamos. Si en marzo del 24 hacienda admite la reclamación de devolución de todos los años no prescritos y esta obligada por ley a restituirla , la forma de devolver la cuantía devengará intereses a partir de marzo del 25 para cada año reclamado o dirá que lo de marzo no vale y que tampoco vale reclamar a la vez los años que debe devolver para que generen intereses ? Nuevo juicio colectivo ?

    • @gelabertcatalina
      @gelabertcatalina 27 дней назад

      y en el entretanto se muere la gente y devolucion que se ahorran

    • @juandiaz_diazro
      @juandiaz_diazro  27 дней назад +1

      Por supuesto que Hacienda tendrá que pagar intereses de demora desde la fecha del año en que solicitas los atrasos, hasta la fecha en la que te paga. Esto es un requisito legal. Saludos

    • @gelabertcatalina
      @gelabertcatalina 26 дней назад +5

      @@juandiaz_diazro pues por eso me escama la forma en que parece que quieren que se soliciten las devoluciones. En la declaracion del 2025 que pidas la devolucion del 2019 , En el 26 la del 2020 y así sucesivamente. Con esa formula escatiman pagar intereses y en el entretanto algun pensionista se muere y no cobra los atrasos

    • @jchf6839
      @jchf6839 20 дней назад

      ​​@@juandiaz_diazro Juan me gustaria que me aclararas una duda, entonces para los que no hemos cobrado, los intereses que nos pagaran seran desde los seis meses después de hacer la reclamación en 2024 hasta el dia que nos paguen en 2025
      O también en 2025 tienen seis meses de margen desde que hagamos la declaración de renta y la reclamación del 2019 para pagar sin darnos ningun interés de demora.

  • @manueldiz7482
    @manueldiz7482 20 дней назад +1

    Muchas gracias. Como bien dices, en los datos fiscales para la declaración de 2023 ya venía detallada esa minoración en los rendimientos. ¿no van ahora a hacer lo mismo en estos años sucesivos?. Así ya nos ahorrábamos el solicitarla cada año. Gracias.

    • @juandiaz_diazro
      @juandiaz_diazro  20 дней назад +3

      En las próximas Declaraciones de Renta, no hay que hacer nada. Aplicarán la reducciones que correspondan de forma automática. Solo tendrán que reclamar los atrasos, aquellos Jubilados/as que rellenaron el formulario de Hacienda y todavía no les hayan pagado.Ya iré dando instrucciones precisas cuando haya que hacer la Declaración de Renta del 2024 (periodo: Abril-Junio 2025). Saludos

  • @belindalozano8176
    @belindalozano8176 20 дней назад +2

    Muy buenas, una consulta, yo presenté en hacienda, físicamente el formulario para reclamarlo, en nuestro caso, es de un fallecido, en agosto del 2022, se aportó toda la documentación requerida y hasta la fecha no hemos recibido ninguna contestación, que podemos hacer, otros familiares de compañeros fallecidos también, si lo han recibido,tenemos que hacer alguna reclamación?
    Muchas gracias

    • @juandiaz_diazro
      @juandiaz_diazro  20 дней назад +1

      Hola. Creo que lo más oportuno es que pidas cita en Hacienda y que te aclaren la situación. Tienes que preguntarles si tenéis que hacer el nuevo trámite y solicitarle en el periodo de Renta del 2025, los atrasos que le corresponden a tu padre del año 2019. Por lo complejo del tema, es importante que te lo aclaren en Hacienda. Saludos

    • @belindalozano8176
      @belindalozano8176 20 дней назад +1

      @juandiaz_diazro muchas gracias, así lo hare

    • @belindalozano8176
      @belindalozano8176 13 дней назад

      Buenos días, solo comentar lo que nos han dicho en hacienda, por si a alguien le sirve.
      Toda la documentación y papeles que se hicieron y registraron en hacienda, con fecha 20 de marzo del 2024, ha quedado sin efecto, por lo que tendremos que esperar a la declaración de la renta de este año y volver a solicitarlo, como dicen ahora año a año, la que se haga este año, reclamaremos la del 19, en el 2026 la del 20 y así sucesivamente.

  • @arcosbaez
    @arcosbaez 5 дней назад

    A mi me han devuelto todos esos años pero no el del ejercicio 2023 cuando confirmé el borrador no me habían aplicado la deducción ,hice la reclamación después pero por lo visto ya no vale y no sé ahora lo que tengo que hacer.

  • @jfa4905
    @jfa4905 28 дней назад

    Chat session:
    Muchas gracias, Juan, por mantenermos al corriente de este asunto. Mi caso es algo especial porque yo, en calidad de heredero, entregué en Hacienda toda la documentación referente a mi Padre, fallecido en 2021, y que posiblemente se vió afectado por la aportación a mutualidades en su vida laboral. En tanto que ya no presenta IRPF, me pregunto cómo podrían abonarnos los importes que se le deban. Cuando hice el trámite, en ningún momento me dijeron que su fallecimiento revocara su derecho a percibir lo que correspondiera ¿Sabrías orientarme? Mucha gracias

    • @juandiaz_diazro
      @juandiaz_diazro  27 дней назад +1

      Hola! No me queda claro si los trámites que dices presentaste a Hacienda, son los relacionados con la Herencia o los del Formulario para solicitar los atrasos por Mutualidades.
      Si entregaste en 2024, el Formulario para reclamar los atrasos del 2019, 2020 y 2021 (fecha de fallecimiento) y no te han respondido, tendrás que volver a reclamar en la fechas que he indicado en el video. Por tanto, para reclamar el 2019, tendrás que esperar a Abril del 2025 para presentar la solicitud de atrasos y en los años sucesivos podrás solicitar atrasos del 2020 y 2021.
      Conviene recordar que si tu padre no hacia Declaración de Renta y no tenia Retenciones, Hacienda no te va a devolver nada porque nada le retuvieron.
      En mi opinión, olvidaría este asunto porque creo que poco dinero vas a recibir y además, al estar tu padre fallecido, os van a exigir un montón de documentos para acreditar quienes son los herederos de la Herencia. Vaya, un lío!!
      Por supuesto, siempre estás en tu derecho de pedir cita en Hacienda y qué te expliquen los trámites que tienes que realizar.
      Saludos!
      Juan Díaz

  • @lorenaaguilarmainar1579
    @lorenaaguilarmainar1579 21 день назад +3

    Vaya que cara más dura tienen

  • @FernandoGonzalezmoldes
    @FernandoGonzalezmoldes 19 дней назад

    Querría saber cómo pueden reclamar esos atrasos las personas que su situación de pensionista a cambiado y deja de hacer la declaración muchas gracias por estas charlas

    • @juandiaz_diazro
      @juandiaz_diazro  19 дней назад +1

      Una vez te has jubilado, te conviertes en pensionista. Si en esta situación, recibes ingresos de la Seguridad Social y has trabajado antes del 1979, es posible que te apliquen una reducción por Mutualidades. Para ver si estás afectado, cuando comience la campaña de Renta del 2024 (2 de Abril de 2025), comprueba si en tus datos fiscales aparece una reducción por Mutualidades, tal como explico en mi video.
      Lo que sí debe quedar claro es que si en tu Declaración de Renta no te han efectuado retenciones, Hacienda no te va a devolver nada. Aunque no estés obligado a presentar la Declaración es importante que compruebes si te corresponde reducción por Mutualidades, porque es posible que te devuelvan las retenciones que te hayan efectuado.
      Insisto en que os ayudaré a realizar estos trámites.

    • @FernandoGonzalezmoldes
      @FernandoGonzalezmoldes 16 дней назад

      Muchas gracias por tu respuesta

  • @pauib9439
    @pauib9439 14 дней назад +1

    Bueno, el procedimiento no es nuevo, todos tenemos noticias de como en el Chicago de los años 30 bandas como la de Al Capone o Johnny Torrio extorsionaban a comercios y talleres obligándoles a comprar su "protección" a cambio de no romperles una pierna o pegar fuego al negocio. Aquí se da además una circunstancia que hace la operación más atractiva para sus ideólogos, y es que como todos aquellos a los que nos cobraron de más somos gente mayor, hay razonables expectativas de que muchos no aguantemos los cinco años que faltarían para cobrar la totalidad de lo que nos adeudan, y en una parte nada desdeñable de éstos casos los herederos no se iban a molestar en hacer una reclamación a la que además adornarían con toda clase de pegas. Curiosamente cuando la deuda es del contribuyente con Hacienda, no se le tolera a éste el mínimo retraso en el pago, y el sistema pone en marcha toda una maquinaria coercitiva de requerimientos, amenazas y embargos sin misericordia ni atender mínimamente a la circunstancia del deudor.
    Y es que cuando no hay vergüenza ..

  • @NoeliaD.C
    @NoeliaD.C 18 дней назад

    Muchas gracias por todas tus explicaciones. Yo no sabía de este tema y mi padre me dijo que se lo mirara y efectivamente en su declaración de este año le aparecía, pero al salirme "no obligado a declarar" y salirme la declaración a 0 no la presentamos. Ha perdido este dinero? No tiene opción de devolución de ese importe? Muchas gracias

    • @juandiaz_diazro
      @juandiaz_diazro  17 дней назад +2

      Puede que no estés obligado a presentar la Declaración, pero es conveniente hacer los cálculos porque es posible que te hayan realizado retenciones (del trabajo o de los ahorros) y por tanto, puedes recuperar dichas retenciones. Si como comentas, has hecho los cálculos y te sale "0", no puedes reclamar nada.
      Te aconsejo que cuando comience la campaña de Renta de 2024 (2 Abril 2025) hagas una simulación de la Renta de tu padre para ver cómo está este asunto.

  • @elviraramirezquintans3323
    @elviraramirezquintans3323 19 дней назад

    ¿Qué pasa en caso de los herederos? He hecho la solicitud en abril del 2024 cumpliendo con los requisitos establecidos en aquel momento. Fui a Hacienda en diciembre 2024 y me dijeron que estaba la solicitud correcta y que era cuestión de tiempo hasta que reciba el abono.
    Quisiera saber ¿si esta suspensión también afecta a los herederos?

    • @juandiaz_diazro
      @juandiaz_diazro  19 дней назад

      Me temo que será necesario iniciar nuevos trámites. En cualquier caso, tened paciencia porque creo que la nueva propuesta de Hacienda no cumple la legalidad y tendrá que ser modificada. Saludos

  • @carmenbustillo1525
    @carmenbustillo1525 15 дней назад

    A mi no me comunicaron nada

  • @adelasotoquesada6197
    @adelasotoquesada6197 9 дней назад

    Porque cuando no pagas Hacienda te pone un 20 % mas y ahora cuando tienen que pagar no lo hacen

  • @jjcasaslogmailcomCasas
    @jjcasaslogmailcomCasas 18 дней назад

    Y el que no hiciera la declaración en esos ejercicios cómo puede solicitar esas devoluciones?

  • @asistentevirtualcomplute7299
    @asistentevirtualcomplute7299 19 дней назад

    Hola Buenas Tardes.
    Como podría contactar con usted?

    • @juandiaz_diazro
      @juandiaz_diazro  19 дней назад

      Mándame un email: consultajuandiaz@gmail.com

  • @cristinalozanoberenguer9991
    @cristinalozanoberenguer9991 18 дней назад

    Buenos días yo lo presenté en hacienda el 17 de diciembre 2024 quiere decir que si me pertenece me lo devolverían o tendría que volver a presentar

    • @juandiaz_diazro
      @juandiaz_diazro  17 дней назад +1

      Lamento decirte que tendrás que presentar una nueva solicitud de la forma que indico en el video.
      En cualquier caso, conviene esperar porque la propuesta de Hacienda incumple la legalidad y creo que habrán modificaciones.

  • @JoseLuisVelascoMunoz
    @JoseLuisVelascoMunoz 14 дней назад

    Me he jubilado el 12 de enero 2025 , tengo derecho a solicitar esta devolución de mutualidades, gracias

    • @juandiaz_diazro
      @juandiaz_diazro  14 дней назад

      No tendrás que solicitar nada!. Dado que tu condición de jubilado empieza en 2025, cuando tengas que hacer la Declaración de la Renta del 2025 (Abril 2026) podrás comprobar en tus Datos Fiscales si tienes alguna reducción por Mutualidades y de forma automática te aplicarán el descuento que te corresponde en el borrador de tu Renta. Te recuerdo que para tener reducción por Mutualidades tienes que cumplir lo siguiente: Estar Jubilado, haber empezado a trabajar antes del 1979 y haber cotizado a una Mutualidad y la única forma de saber lo que te corresponde, es chequeando tus Datos Fiscales. Saludos

  • @HoracioHernándezdelMoral
    @HoracioHernándezdelMoral 19 дней назад

    Mi comentario es muy simple
    1.- Se puede reclamar a Hacienda la ilegaliad del cambio que ha realizado. Y si es posible ¿como hay que hacerlo? y ¿dpnde?
    2.- Al presentar en la renta de 2025 el formulario para la devolución de 2019, se supone que aceptamos el cambio y ya no tenemos derecho a reclamar.
    Creo que se trata de un atropello legal que nos ha afectado a muchos pensionistas, y fente al que no entiendo cómo la oficina del Defensor del Pueblo no nos defiende de oficio.
    No se justrifica la normativa legal que autoriza a Hacienda a dejar sin efecto un formulario de autoliquidación, que se tramitó conforme a las normas sobre actuaciones y procedimientos tributarios previstas en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en los términos señalados en esta disposición.
    Tampoco justifica la desigualdas de trato a los pensionistas, cuando unos han cobrado de golpe y otros no podrermos haerlo,
    Y por último genera inseguridad jurídia. Quien nos asegura que no volverá a cambiar el procedimiento con nuevos atropellos.
    Es vergonzosa la idenfencsión frentge a la arbitrariedadde hacienda.

    • @toniortiz6376
      @toniortiz6376 19 дней назад

      Lee el Comentario de Juan de hace 3 horas.

  • @carmengomez2419
    @carmengomez2419 21 день назад

    Entonces los que en la declaración de la renta nos an de buel to ya nos an pagado todo lo que corresponde de todos los años

    • @juandiaz_diazro
      @juandiaz_diazro  21 день назад +4

      NO. En tu Declaración del año pasado te han aplicado la reducción de ese año, pero si estabas jubilada en los años anteriores al 2023, te corresponden los atrasos de los 4 últimos años. Estos atrasos tendrás que reclamarlos como indico en el video. Más adelante te daré instrucciones de cómo hacerlo. Saludos!

    • @carmengomez2419
      @carmengomez2419 21 день назад +2

      @juandiaz_diazro Gracias por que no tenía claro si era de un año, o de todos los años juntos

  • @PMMOYA
    @PMMOYA 19 дней назад

    ¿Y qué ocurre con una persona a la que le hayan devuelto los atrasos solo de 2 ejercicios y los otros dos se han quedado en estado de "En tramitación"? Esto es un error de Hacienda o simplemente tendrá que solicitar de nuevo los que le faltan por devolver? Poe ejemplo, si los que le faltan son los de los ejercicios 2021 y 2022 , no los podrá solicitar hasta dentro de 3 y 4 años. Es increible.