Ley 4/2021 Función pública Valenciana.Parte I.Diez Preguntas Test Ex Oposición
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- Опубликовано: 15 дек 2024
- Ley 4/2021 de 16 de abril de la Función pública Valenciana. Parte I. Diez Preguntas Test Exámenes Oficiales Oposición. @preparadoropositores Emilio Blasco
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1.- Respuesta en 24 horas como máximo, a todas aquellas preguntas (sin ningún límite), sobre cualquier cuestión de la oposición.
2. Dos vídeos al mes, que elaboraré a medida, sobre la ley que tu decidas, y que te haré llegar de forma privada a tu mail.
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Todo ese paquete tiene el precio de 19.99 euros al mes.
Si estás interesado en contratar este servicio Premium puedes inscribirte realizando un pago por Bizum a mi teléfono 717120661, indicando tu nombre y Contratación Servicio Premium, o te puedes suscribir si lo prefieres a través de RUclips en mi canal . Es un pago mensual que en cualquier momento puedes darte de baja. Mucho ánimo. Un fuerte abrazo.
os dejo el enlace al artículo de este vídeo en mi web para que lo podáis seguir mejor.
www.preparadoropositores.es/l/ley-4-2021-de-16-de-abril-de-la-funcion-publica-valenciana-parte-i-diez-preguntas-test-examenes-oficiales-oposicion/
Y el enlace al Decreto 42/2019 del Consell de regulación de las condiciones de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Generalitat.
dogv.gva.es/datos/2019/03/31/pdf/2019_3204.pdf
Muchas gracias por tu labor, me ayuda mucho y me gusta mucho el formato de 10 preguntas test de exámenes reales! enhorabuena!
Muchas gracias a ti Nuria por el comentario. Realmente quería hacer algo distinto, algo que nadie ofrece de forma gratuita en internet y así surgió la idea. Me alegra que te guste. Mucho ánimo y un fuerte abrazo.
Eres genial, Emilio. Lo mejor que he visto en RUclips y llevo años estudiando.
Los vídeos de función pública me ayudan mucho. Mil gracias por tu labor
Muchas gracias Miriam por tu comentario. Me alegro que te sirva. Cualquier cosa que necesites me comentas. Mucho ánimo y un fuerte abrazo.
Muchas gracias
Muchas gracias a ti por el comentario. Mucho ánimo y un fuerte abrazo.
Buenos días Emilio, he visto tu video Parte I ley 4/2021 Función pública, diez preguntas text oposición, tienes más videos de esta ley? Me encanta como explicas y tengo poco tiempo. Gracias por tu ayuda. Saludos. Maite.
Hola Maite. Pues precisamente esta tarde acabo de publicar la segunda parte de la ley 4/2021. Espero que te ayude. Cualquier duda pregunta por favor. Suscríbete a mi canal si no lo estás porque voy a publicar más vídeos de esta ley y del EBEP. Así te llegarán automáticamente. Gracias por tus comentarios positivos. Mucho ánimo y un fuerte abrazo.
Hola Emilio! Increíble el video, súper bien explicado. Me gustaria saber si ha habido algún cambio en la ley con el Real Decreto-ley 5/2023 de 28 de Junio.
Hola Sergio muchas gracias por tus comentarios. Pues hace unos meses, para poder mejorar la atención y contestar adecuadamente, he tomado la determinación de ofrecer un Servicio Premium, a aquellas personas que quieran tener una persona que les dirija su estudio y les responda a todas sus preguntas sobre su Oposición. En ese paquete, tienes 1.- Respuesta en 24 horas como máximo, a todas aquellas preguntas (sin ningún límite), sobre cualquier cuestión de la oposición. 2. Dos vídeos al mes, que elaboraré a medida, sobre la ley que tu decidas, y que te haré llegar de forma privada a tu mail y muy importante 3.- Dos llamadas telefónicas de media hora de duración como máximo, dos veces al mes, previo cita previa para comentarme lo que tu consideres oportuno. Todo ese paquete tiene el precio de 19.99 euros al mes. Si estás interesado en contratar este servicio Premium puedes inscribirte realizando un pago por Bizum a mi teléfono 717120661, indicando tu nombre y Contratación Servicio Premium, o te puedes suscribir si lo prefieres a través de RUclips en mi canal . Es un pago mensual que en cualquier momento puedes darte de baja. Mucho ánimo. Un fuerte abrazo.
Hola. Sabéis alguna academia que prepare las oposiciones del cuerpo superior de la administración de la Generalitat Valenciana? Gracias
Hola buenos días Rubén. Yo soy Preparador de Opositores. Puedes ver mi página web en www.preparadoropositores.es. Tienes también mi formación y experiencia profesional en www.emilioblasco.es. Sería bueno que me llamaras, cuando puedas, por teléfono al móvil 717 12 06 61 y habláramos. Así me cuentas tu situación, estudios, tiempo que llevas preparando, etc. Muchas gracias. Saludos cordiales.
@@preparadoropositores ok gracias en cuanto pueda lo haré.
Hola Emilio, acabo de conocer tu canal y lo veo muy interesante para preparar las oposiciones de GVA. En este vídeo se me ha planteado una duda en cuanto al permiso por accidente o enfermedad grave. Si no me confundo en el Decreto 42/2019 no se ha aplicado la modificación del Trebep, entonces ¿cual sería la respuesta correcta en el examen en cuanto a la duración de este permiso ?
Muy buena pregunta Maria. Desde mi punto de vista se tendría que aplicar el Trebep, ya que la ley 4/2021 ni en el decreto del Consell 42/2019 se han modificado todavía. Estas leyes de la GVA están enmarcadas en el respeto a la Constitución española, al Estatuto de Autonomía y a la legislación estatal.
Aprovecho para comentarte que si algún día te planteas la posibilidad de tener un preparador de opositores particular, estoy a tu entera disposición; las clases normalmente son de una hora a la semana y pueden ser presenciales o de forma on line por Skype. Tienes más información de horarios y tarifas en mi web www.preparadoropositores.es. Mucho ánimo y un fuerte abrazo.
Hola Emilio,creo que hay un error en cuanto a los permisos por accidente. Recientemente se eliminó la distinción por misma o distinta localidad y se fijó el permiso en 5 días para cónyuge, primer grado...y en 4 días para segundo grado independientemente de donde sucediera. Gracias por tu contenido.
Hola buenas tardes. Te explico. Ha cambiado el EBEP. El artículo 48 y el artículo 49. Permisos de los funcionarios públicos. Ha cambiado para accidente enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin
hospitalización... en ese caso son 3 y cinco días como tu dices, pero no para fallecimiento que sigue como siempre tres y cinco y dos y cuatro dependiendo de la localidad.
Los funcionarios públicos tendrán los siguientes permisos:
a) Por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise de reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el primer grado por consanguinidad o afinidad, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores que conviva con el funcionario o funcionaria en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella, cinco días hábiles.
Cuando se trate de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise de reposo domiciliario, de un familiar dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad, el permiso será de cuatro días hábiles.
Cuando se trate de fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o familiar dentro del primer grado de consanguinidad o afinidad, tres días hábiles cuando el suceso se produzca en la misma localidad, y cinco días hábiles, cuando sea en distinta localidad.
En el caso de fallecimiento de familiar dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad, el permiso será de dos días hábiles cuando se produzca en la misma localidad y de cuatro días hábiles cuando sea en distinta localidad.
Yo en el video me refería al permiso por fallecimiento que no ha cambiado en el EBEP. Está regulado de forma concreta en el art 34 decreto 42/2019 del Consell de las condiciones de trabajo de los funcionarios de la Administración de la Generalitat.
Espero haberte ayudado. Gracias y mucho ánimo.
Aclarado! Gracias!