Buenos días estimada, tenga en cuenta que puede solicitar el fraccionamiento deudas por valores pendientes de pago (órdenes de pago, resoluciones de determinación, resoluciones de multa u otras), asi también deudas autoliquidadas ( declaraciones de deuda), para más información ingrese al enlace: emprender.sunat.gob.pe/tributando/declaro-pago/fraccionamiento-deudas Saludos
buenas noches estimado SUNAT, se hace la consulta acerca del medio de pago del fraccionamiento y aplazamiento, y si una cuota se puede realizar, por ejemplo, con un mes de anticipación, debido a una mejora económica.
Estimado. Escriba su consulta en nuestra red social Facebook: facebook.com/SUNAT Nuestros especialistas de la #Sunat lo atenderán gustosamente. Saludos.
Estimado Eddy Cesar Tito Ramos, Si eres una persona natural y al presentar tu Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta del 2021, determinaste deuda por rentas de capital o trabajo puedes presentar una Solicitud de Aplazamiento o Fraccionamiento inmediatamente después de realizada la presentación de tu declaración jurada anual, ingresando al enlace que para dicho efecto se encuentre habilitado en SUNAT Operaciones en Línea. De no ejercer la opción descrita, la presentación de tu solicitud sólo se podrá realizar siempre que hayan transcurrido 5 días hábiles, desde la fecha de presentación de tu Declaración Anual del Impuesto a la Renta del 2021. Si tiene alguna consulta específica, puedes realizarla a través de los canales de atención que Sunat tiene disponibles: www.gob.pe/9122-recibir-orientacion-tributaria-o-aduanera Saludos.
Hola yo quisiera hacer las declaraciones de renta, y pues se que se debe restar si tengo percepción pero no sé como hacerlo y mucho si el monto total se puede fraccionar o lo puedo pagar con mis percepciones, ayuda.
Presente mi declaración persona natural cuarta categoría el día 04/04/2023 me salió monto a pagar, para pedir aplazamiento y fraccionamiento no lo hice inmediatamente cuando declare, me dijeron que tengo que esperar 5 días hábiles que se cumplen el día 13 de abril, pero hoy 11 me acaba de llegar una orden de pago de sunat por el monto del impuesto, puedo fraccionar así haya esta orden de pago?
Estimado Pepe, son 5 días hábiles contados a partir del día siguiente de declarado, es decir 14/04/2023, a partir de ese día ya podrá fraccionar la orden de pago que ya se ha generado. Saludos.
@@SUNATOficial buenas tardes. ¿Se puede fraccionar una resolución de ejecución coactiva? Esta notificación llegó un 12/04/2023 y pedí fraccionamiento el día 14/04/2023 ¿esto aun es posible?
@@treisyatarama Estimada escriba su consulta en nuestra red social Facebook: facebook.com/SUNAT Nuestros especialistas de la #Sunat la atenderán gustosamente. Saludos.
Buenas tardes Estimados Si el dia de 24-02-23 se realizo un fraccionamiento, por cual medio me indican que ya fue aceptada o tengo que revisar siempre, y en todo caso luego q la acepten cuanto tiempo tengo para pagar la primera cuota, sera el mismo dia que me emitan la repuesta de aceptacion o consideran otros dias
Estimada Dulce, si ha presentado una solicitud de fraccionamiento debe esperar a que le notifiquen a su Buzón Electrónico el resultado (plazo máximo resolutivo de 30 días hábiles). De ser aprobada su solicitud le adjuntaran a la resolución el cronograma de pagos, por lo general le otorgaran un tiempo considerable para pagar la primera cuota. Saludos.
Estimada Miluzka Roca, hace referencia a la entidad a la que pertenece la deuda, por ejemplo, si va a fraccionar IGV o una deuda por renta anual debe elegir TESORO. Saludos.
Sres SUNAT la empresa esta solicitando el fraccionamiento de DDJJ 2021 pero en las pestañas no aparece ninguna deuda? a que se debe, el sistema de SUNAT no esta actualizado?
Estimada Carmen Mejia, debe considerar los supuestos señalados en el siguiente enlace a fin de determinar la oportunidad para presentar su solicitud de fraccionamiento de renta anual empresas, se adjunta en el siguiente enlace: renta.sunat.gob.pe/empresas/como-se-tramita-el-fraccionamiento Saludos.
Estimado. Escriba su consulta en nuestra red social Facebook: facebook.com/SUNAT Nuestros especialistas de la #Sunat lo atenderán gustosamente. Saludos.
Buenas tardes , el día de hoy 18/05/23 he realizado el fraccionamiento de mi deuda, cuanto tiempo tengo que esperar para poder recibir la aceptación ? los intereses ya no seguirán aumentando ?
Estimado Jefferson. Escriba su consulta en nuestra red social Facebook: facebook.com/SUNAT Nuestros especialistas de la #Sunat lo atenderán gustosamente. Saludos.
Estimado. Escriba su consulta en nuestra red social Facebook: facebook.com/SUNAT Nuestros especialistas de la #Sunat lo atenderán gustosamente. Saludos.
Buenas noches, una consulta señores de la SUNAT, si hoy fue la fecha de vencimiento según la programación para declarar la renta anual 2021 y hoy hice el pedido de fraccionamiento, debo pagar alguna multa en caso me sea denegado el fraccionamiento y aplazamiento?
Estimada Alexandra Rosales Huané, puedes presentar una Solicitud de Aplazamiento o Fraccionamiento inmediatamente después de realizada la presentación de tu declaración jurada anual. Se le sugiere revise oportunamente su Buzón Electrónico medio al cual se le notificará el resultado del mismo. El pago del impuesto puede realizarlo después de su Declaración, pero debe incluirle los intereses moratorios que correspondan. Saludos.
Buen dia, tengo un mensaje de alerta cuando intento gestionar mi fraccionamiento, como el monto no supera el 10% de la UIT no me permite grabar, guardar ni enviar, cual seria la solucion??, o es pero que siga incrementandose los interes para que surta efecto, quedo atento a vuestro asesoramiento.
Estimado. Escriba su consulta en nuestra red social Facebook: facebook.com/SUNAT Nuestros especialistas de la #Sunat lo atenderán gustosamente. Saludos.
Buenos días estimado, por el momento no hay prorroga en el cronograma anual, puede verlo en el siguiente enlace: www.sunat.gob.pe/orientacion/cronogramas/2021/cRenta2020.html, sin embargo para cualquier comunicado puede seguirnos a través de nuestras redes sociales y nuestro portal web. Saludos
Estimado dEmuRe, la tasa de interés aplicable para el período de Aplazamiento y para el periodo de fraccionamiento Art 36° de la deuda tributaria será el 80% del TIM (Tasa de Interés Moratorio), vigente a la fecha de emisión de la Resolución Aprobatoria. Asimismo, indicarle que, si pierdes este beneficio desde el momento en que Sunat así lo declara, mediante Resolución de Intendencia. Se aplica la Tasa de Interés Moratorio (TIM), según el beneficio que perdiste. Para mayor información en el siguiente enlace: www.gob.pe/13282 Saludos.
Estimada krizia Ruiz, puede verificar sus deudas pendientes de pago ingresando a la Sunat Operaciones en Línea con su clave SOL. Le sugerimos ingresar al siguiente enlace. www.gob.pe/683-consultar-reporte-de-pagos-pendientes-en-sunat Si tiene alguna consulta específica, puedes realizarla a través de los canales de atención que Sunat tiene disponibles: www.gob.pe/9122-recibir-orientacion-tributaria-o-aduanera Saludos.
Buen dia, acabo de hacer mi declaración jurada 2021 , inmediatamente ingresé para fraccionar sin embargo figura una deuda q ya pagué deuda del periodo 2019. Porfavor ayudaaaa y como es antigua la deuda no tengo los datos exactos de mi pago. Menos la fecha 😭😭
Estimada contribuyente, puede verificar sus declaraciones y pagos ingresando a Sunat operaciones en línea. Adjunto enlace de video sobre el proceso. ruclips.net/video/urnMQtATPUo/видео.html Saludos
Hola, ayer hice la declaración pero todavía no me aparece deuda para poder hacer el fraccionamiento, cuanto tiempo tengo que esperar para poder hacerlo? o hay que ingresar manualmente los importes?
eso dice sunat.. Estimado Roberto Quiñonez, la presentación de tu solicitud sólo se podrá realizar siempre que hayan transcurrido 5 días hábiles, desde la fecha de presentación de tu Declaración Anual del Impuesto a la Renta del 2020.
Estimado Enrique, si la deuda que quieres fraccionar está referida a renta anual, la presentación de tu solicitud de fraccionamiento se podrá realizar siempre que hayan transcurrido 5 días hábiles, desde la fecha de presentación de tu declaración. Esto es para personas naturales o ingresos de tercera categoría, con ingresos anuales no superiores a 150 UIT. Saludos.
Estimado Kb Streaming.004, la cuota de acogimiento debe ser pagada el mismo día que se genera la solicitud de fraccionamiento en caso solo se solicite solamente “fraccionamiento”, se paga vía NPS ingresando a la NUEVA PLATAFORMA con su clave sol desde el siguiente enlace: www.sunat.gob.pe/sol.html, previamente debe haber presentado su solicitud. Luego de ingresar debe seguir esta ruta para generar el NPS siguiendo las indicaciones del sistema: Presentación y Pago > Boletas de Pago > Pago de Fraccionamiento En caso de “aplazamiento y fraccionamiento” puede realizar el pago de la cuota de acogimiento hasta la fecha de vencimiento de pago de los intereses del aplazamiento, para esto debe esperar le notifiquen la Resolución de Intendencia que resuelve su solicitud de fraccionamiento. Saludos.
Estimada Fiorela, la cuota de acogimiento debe cancelarse a la fecha de presentación de la solicitud o hasta la fecha de vencimiento de pago de los intereses del aplazamiento tratándose de solicitudes de fraccionamiento o de aplazamiento y fraccionamiento, respectivamente. Para mayor información puede revisar el Articulo 9 de la Resolución de Superintendencia N.° 161-2015/SUNAT Saludos.
Estimado(a) Dali Asunc, deben transcurrir 5 días hábiles siguientes a la presentación de su declaración anual para fraccionar su deuda. Si ya han transcurrido esos días le sugerimos comunicarse con nosotros llamando a los siguientes números, desde teléfonos celulares marcar *4000 (Desde Claro, Entel y Movistar) o (01)3150730, desde teléfonos fijos marcar 0-801-12-100 (Al costo de llamada local). Saludos.
Estimado. Escriba su consulta en nuestra red social Facebook: facebook.com/SUNAT Nuestros especialistas de la #Sunat lo atenderán gustosamente. Saludos.
Estimado, en caso de que le notificaron la resolución que aprueba su fraccionamiento, le sugerimos verificar el cronograma que viene anexado a fin de que realice el pago de las cuotas de acuerdo a las fechas que le indica. Saludos.
buenas noches, en la pag. dice que la deuda no puede ser menor al a10% de una UIT no el 5% por lo tanto no puedo fraccionar mi deuda, ¿Qué puedo hacer?
Estimado. Escriba su consulta en nuestra red social Facebook: facebook.com/SUNAT Nuestros especialistas de la #Sunat lo atenderán gustosamente. Saludos.
Estimada contribuyente, le sugerimos revisar los requisitos en el siguiente enlace para fraccionar su deuda determinada en su declaración anual. renta.sunat.gob.pe/empresas/como-se-tramita-el-fraccionamiento. Saludos
@@yesseniamamaniporras5367 Buenas días estimado Yessenia, los plazos para la solicitud de fraccionamiento, dependerá en el caso del fraccionamiento de renta anual de personas naturales, de no haberlo solicitado al momento de la declaración, podrá hacerlo siempre que hubieran transcurrido cinco (5) días hábiles desde la fecha de presentación de la declaración y respecto al declaración de renta anual de tercera categoría, puede ver la siguiente información en el enlace: renta.sunat.gob.pe/empresas/como-se-tramita-el-fraccionamiento Para cualquier consulta adicional o específica puede realizarlo a través de nuestros canales de orientación: orientacion.sunat.gob.pe/1093-canales-de-atencion
Estimada contribuyente, si eres una persona natural y al presentar tu Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta del 2020, determinaste deuda por rentas de capital o trabajo puedes presentar una Solicitud de Aplazamiento o Fraccionamiento inmediatamente después de realizada la presentación de tu declaración jurada anual, De no ejercer la opción descrita, la presentación de tu solicitud sólo se podrá realizar siempre que hayan transcurrido 5 días hábiles, desde la fecha de presentación de tu Declaración Anual del Impuesto a la Renta del 2020. Para mayor información en el siguiente enlace. emprender.sunat.gob.pe/tributando/declaro-pago/fraccionamiento-deudas Saludos
Buenas tardes , hice mi fraccionamiento el dia 26.07.22 y me llego una notifiacion el dia 27.07.32 que dice : la notificacion se considerara efectuada y surtira efectos al dia habil siguiente a la fecha de deposito del documento... eso que significa por que me dicen que en 30 dia todavia procesan el fraccionamiento , quisiera saber si ya se activo y me levantaron el embargo en tarjetas
Estimado contribuyente, el plazo máximo que tiene la administración tributaria para resolver una solicitud de fraccionamiento es de 30 días hábiles, la cual puede ser antes. Si tu cuenta bancaria está embargada y ya pasaron más de 48 horas de la aprobación de tu solicitud de aplazamiento o fraccionamiento, puedes comunicarte con las áreas de cobranza coactiva de la Sunat para solicitar el levantamiento del embargo. Para mayor información en el siguiente enlace. www.gob.pe/7881-levantar-embargo-en-forma-de-retencion-bancaria. Saludos.
Buenas noches realice mi solicitud el 29 de marzo, pero me sigue apareciendo cuando pongo estado de solicitud F36 que esta PENDIENTE, cuanto tiempo demora, tal vez lo realice mal como pudiera saber si es correcto, Slds.
Estimada Lusdyth, Si tiene alguna consulta específica, le pedimos la realice a través de nuestros canales de orientación. Para mayor información en el siguiente enlace: orientacion.sunat.gob.pe/1093-canales-de-atencion Saludos.
Estimada Angelica Rojas, fue una de las medidas adoptadas en materia tributaria y aduanera, para afrontar el estado de emergencia. Este beneficio fue aprobado por el Gobierno bajo el Régimen de Aplazamiento y/o Fraccionamiento (RAF) y solo se podía solicitarlo vía online a la entidad hasta el 31 de diciembre de 2020. Saludos.
Estimada contribuyente, en el siguiente enlace puede verificar los requisitos para fraccionar su deuda de aduanas. www.gob.pe/8588-solicitar-el-fraccionamiento-tributario-de-deudas-de-aduanas. Saludos
¿Cómo puedo anular un fraccionamiento? si era para fraccionar el por periodo IGV 2020 10 y esta se pago en efectivo en este año y en la misma solicitud de fraccionamiento se fracciono por el periodo 2021 02 IGV se esta cobrando un impuesto 1041.00 que no existe ya que en ese mes tenia saldo a favor y la deuda a pagar salía 0.00. Como se debe proceder si a fin de este mes ya esta solicitando el pago del fraccionamiento por el periodo 2021 02 que no se debe nada. Espero me puedan guiar como debo proceder. Gracias
Estimada Johane, si cuenta con una resolución de fraccionamiento de una deuda que ha cancelado en su totalidad le sugerimos presentar su descargo por la mesa de partes virtual o presencial. De tener una consulta especifica puede escribirnos a nuestros canales de orientación. orientacion.sunat.gob.pe/1093-canales-de-atencion Saludos.
Estimado, Augusto. Puede presentar tu solicitud de aplazamiento o fraccionamiento siempre que hayan transcurrido 5 días hábiles, después de presentar tu Declaración Anual del Impuesto a la Renta del 2020. Para mayor información se le sugiere revisar el siguiente enlace. renta.sunat.gob.pe/personas/como-solicitar-fraccionamiento.
Estimado Roberto Quiñonez, la presentación de tu solicitud sólo se podrá realizar siempre que hayan transcurrido 5 días hábiles, desde la fecha de presentación de tu Declaración Anual del Impuesto a la Renta del 2020. De persiste el inconveniente con el sistema, comuníquese con un especialista informático para que la asista con el error que nos reporta. Puede llamar al 01-3150730 opción 2 o nuestro chat informático sunatchat.sunat.gob.pe/wchat/ Saludos.
@@SUNATOficial el teléfono no funciona, tampoco el chat. Me sucede lo mismo, he hecho la declaración anual, ya pasaron más de 5 días hábiles y aún así no me aparece la deuda. ¿por qué canal puedo comunicarme?
@@giovannamariapignanobravo4870 recuerde que no se podrá presentar una solicitud de aplazamiento y/o fraccionamiento cuando la deuda a fraccionar en conjunto resulte menor al 10% de la UIT (S/ 430.00).Mediante el siguiente enlace le brindamos los canales de orientación: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/centro-de-tramites-virtual/1093-canales-de-atencion. Saludos.
@@giovannamariapignanobravo4870 si el problema persiste ,puede comunicarse con un especialista informático para que lo asista con el inconveniente presentado llamando desde celulares y teléfonos fijos: (01) 315 0730 opción 2 o por nuestro chat informático sunatchat.sunat.gob.pe/wchat/. Saludos.
Buen video para que los contribuyentes sepan como tener mas liquidez de dinero pagando de a poco sus deudas tributarias.
es necesario primero presentar la declaracion? para enviar solicitud de fraccionamiento?
Buenos días estimada, tenga en cuenta que puede solicitar el fraccionamiento deudas por valores pendientes de pago (órdenes de pago, resoluciones de determinación, resoluciones de multa u otras), asi también deudas autoliquidadas ( declaraciones de deuda), para más información ingrese al enlace: emprender.sunat.gob.pe/tributando/declaro-pago/fraccionamiento-deudas
Saludos
buenas noches estimado SUNAT, se hace la consulta acerca del medio de pago del fraccionamiento y aplazamiento, y si una cuota se puede realizar, por ejemplo, con un mes de anticipación, debido a una mejora económica.
Estimado. Escriba su consulta en nuestra red social Facebook: facebook.com/SUNAT
Nuestros especialistas de la #Sunat lo atenderán gustosamente.
Saludos.
Sres. SUNAT Acabo de presentar mi Declaracion de Renta 2021. Pero en la presentacion del F36 no aparece aun mi deuda en ninguna de las pestañas.
Estimado Eddy Cesar Tito Ramos, Si eres una persona natural y al presentar tu Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta del 2021, determinaste deuda por rentas de capital o trabajo puedes presentar una Solicitud de Aplazamiento o Fraccionamiento inmediatamente después de realizada la presentación de tu declaración jurada anual, ingresando al enlace que para dicho efecto se encuentre habilitado en SUNAT Operaciones en Línea.
De no ejercer la opción descrita, la presentación de tu solicitud sólo se podrá realizar siempre que hayan transcurrido 5 días hábiles, desde la fecha de presentación de tu Declaración Anual del Impuesto a la Renta del 2021.
Si tiene alguna consulta específica, puedes realizarla a través de los canales de atención que Sunat tiene disponibles: www.gob.pe/9122-recibir-orientacion-tributaria-o-aduanera
Saludos.
Hola yo quisiera hacer las declaraciones de renta, y pues se que se debe restar si tengo percepción pero no sé como hacerlo y mucho si el monto total se puede fraccionar o lo puedo pagar con mis percepciones, ayuda.
Presente mi declaración persona natural cuarta categoría el día 04/04/2023 me salió monto a pagar, para pedir aplazamiento y fraccionamiento no lo hice inmediatamente cuando declare, me dijeron que tengo que esperar 5 días hábiles que se cumplen el día 13 de abril, pero hoy 11 me acaba de llegar una orden de pago de sunat por el monto del impuesto, puedo fraccionar así haya esta orden de pago?
Estimado Pepe, son 5 días hábiles contados a partir del día siguiente de declarado, es decir 14/04/2023, a partir de ese día ya podrá fraccionar la orden de pago que ya se ha generado.
Saludos.
@@SUNATOficial buenas tardes. ¿Se puede fraccionar una resolución de ejecución coactiva? Esta notificación llegó un 12/04/2023 y pedí fraccionamiento el día 14/04/2023 ¿esto aun es posible?
@@treisyatarama Estimada escriba su consulta en nuestra red social Facebook: facebook.com/SUNAT
Nuestros especialistas de la #Sunat la atenderán gustosamente.
Saludos.
Buenas tardes
Estimados
Si el dia de 24-02-23 se realizo un fraccionamiento, por cual medio me indican que ya fue aceptada o tengo que revisar siempre, y en todo caso luego q la acepten cuanto tiempo tengo para pagar la primera cuota, sera el mismo dia que me emitan la repuesta de aceptacion o consideran otros dias
Estimada Dulce, si ha presentado una solicitud de fraccionamiento debe esperar a que le notifiquen a su Buzón Electrónico el resultado (plazo máximo resolutivo de 30 días hábiles). De ser aprobada su solicitud le adjuntaran a la resolución el cronograma de pagos, por lo general le otorgaran un tiempo considerable para pagar la primera cuota.
Saludos.
Buenos dias que significa eleigir tesoro, fondo mutuo, essalud? Entre las opciones que se deben elegir
Estimada Miluzka Roca, hace referencia a la entidad a la que pertenece la deuda, por ejemplo, si va a fraccionar IGV o una deuda por renta anual debe elegir TESORO.
Saludos.
Sres SUNAT la empresa esta solicitando el fraccionamiento de DDJJ 2021 pero en las pestañas no aparece ninguna deuda? a que se debe, el sistema de SUNAT no esta actualizado?
Estimada Carmen Mejia, debe considerar los supuestos señalados en el siguiente enlace a fin de determinar la oportunidad para presentar su solicitud de fraccionamiento de renta anual empresas, se adjunta en el siguiente enlace: renta.sunat.gob.pe/empresas/como-se-tramita-el-fraccionamiento
Saludos.
Hola! El interes de aplazamiento es diario?
Estimado. Escriba su consulta en nuestra red social Facebook: facebook.com/SUNAT Nuestros especialistas de la #Sunat lo atenderán gustosamente.
Saludos.
Buenas tardes , el día de hoy 18/05/23 he realizado el fraccionamiento de mi deuda, cuanto tiempo tengo que esperar para poder recibir la aceptación ? los intereses ya no seguirán aumentando ?
Estimado Jefferson. Escriba su consulta en nuestra red social Facebook: facebook.com/SUNAT
Nuestros especialistas de la #Sunat lo atenderán gustosamente.
Saludos.
La suma sirve para trabajar Don adultos Vanessa
Estimado. Escriba su consulta en nuestra red social Facebook: facebook.com/SUNAT Nuestros especialistas de la #Sunat lo atenderán gustosamente.
Saludos.
Buenas noches, una consulta señores de la SUNAT, si hoy fue la fecha de vencimiento según la programación para declarar la renta anual 2021 y hoy hice el pedido de fraccionamiento, debo pagar alguna multa en caso me sea denegado el fraccionamiento y aplazamiento?
Estimada Alexandra Rosales Huané, puedes presentar una Solicitud de Aplazamiento o Fraccionamiento inmediatamente después de realizada la presentación de tu declaración jurada anual. Se le sugiere revise oportunamente su Buzón Electrónico medio al cual se le notificará el resultado del mismo.
El pago del impuesto puede realizarlo después de su Declaración, pero debe incluirle los intereses moratorios que correspondan.
Saludos.
Buen dia, tengo un mensaje de alerta cuando intento gestionar mi fraccionamiento, como el monto no supera el 10% de la UIT no me permite grabar, guardar ni enviar, cual seria la solucion??, o es pero que siga incrementandose los interes para que surta efecto, quedo atento a vuestro asesoramiento.
Estimado. Escriba su consulta en nuestra red social Facebook: facebook.com/SUNAT Nuestros especialistas de la #Sunat lo atenderán gustosamente.
Saludos.
Cuando van a sacar la prórroga del impuesto a la renta del 2020 ?
Buenos días estimado, por el momento no hay prorroga en el cronograma anual, puede verlo en el siguiente enlace: www.sunat.gob.pe/orientacion/cronogramas/2021/cRenta2020.html, sin embargo para cualquier comunicado puede seguirnos a través de nuestras redes sociales y nuestro portal web.
Saludos
cuanto es el interes diario por una cuota impaga?
Estimado dEmuRe, la tasa de interés aplicable para el período de Aplazamiento y para el periodo de fraccionamiento Art 36° de la deuda tributaria será el 80% del TIM (Tasa de Interés Moratorio), vigente a la fecha de emisión de la Resolución Aprobatoria.
Asimismo, indicarle que, si pierdes este beneficio desde el momento en que Sunat así lo declara, mediante Resolución de Intendencia. Se aplica la Tasa de Interés Moratorio (TIM), según el beneficio que perdiste. Para mayor información en el siguiente enlace: www.gob.pe/13282
Saludos.
Cómo puedo saber a qué tipo corresponde mi deuda,si es tesoro,EsSalud...
Estimada krizia Ruiz, puede verificar sus deudas pendientes de pago ingresando a la Sunat Operaciones en Línea con su clave SOL. Le sugerimos ingresar al siguiente enlace. www.gob.pe/683-consultar-reporte-de-pagos-pendientes-en-sunat
Si tiene alguna consulta específica, puedes realizarla a través de los canales de atención que Sunat tiene disponibles: www.gob.pe/9122-recibir-orientacion-tributaria-o-aduanera
Saludos.
Buen dia, acabo de hacer mi declaración jurada 2021 , inmediatamente ingresé para fraccionar sin embargo figura una deuda q ya pagué deuda del periodo 2019. Porfavor ayudaaaa y como es antigua la deuda no tengo los datos exactos de mi pago. Menos la fecha 😭😭
Estimada contribuyente, puede verificar sus declaraciones y pagos ingresando a Sunat operaciones en línea. Adjunto enlace de video sobre el proceso. ruclips.net/video/urnMQtATPUo/видео.html
Saludos
Hola, ayer hice la declaración pero todavía no me aparece deuda para poder hacer el fraccionamiento, cuanto tiempo tengo que esperar para poder hacerlo? o hay que ingresar manualmente los importes?
eso dice sunat..
Estimado Roberto Quiñonez, la presentación de tu solicitud sólo se podrá realizar siempre que hayan transcurrido 5 días hábiles, desde la fecha de presentación de tu Declaración Anual del Impuesto a la Renta del 2020.
Estimado Enrique, si la deuda que quieres fraccionar está referida a renta anual, la presentación de tu solicitud de fraccionamiento se podrá realizar siempre que hayan transcurrido 5 días hábiles, desde la fecha de presentación de tu declaración. Esto es para personas naturales o ingresos de tercera categoría, con ingresos anuales no superiores a 150 UIT.
Saludos.
Buenas noches,
Como puedo realizar el pago de la cuota de acogimiento?
Estimado Kb Streaming.004, la cuota de acogimiento debe ser pagada el mismo día que se genera la solicitud de fraccionamiento en caso solo se solicite solamente “fraccionamiento”, se paga vía NPS ingresando a la NUEVA PLATAFORMA con su clave sol desde el siguiente enlace: www.sunat.gob.pe/sol.html, previamente debe haber presentado su solicitud.
Luego de ingresar debe seguir esta ruta para generar el NPS siguiendo las indicaciones del sistema:
Presentación y Pago > Boletas de Pago > Pago de Fraccionamiento
En caso de “aplazamiento y fraccionamiento” puede realizar el pago de la cuota de acogimiento hasta la fecha de vencimiento de pago de los intereses del aplazamiento, para esto debe esperar le notifiquen la Resolución de Intendencia que resuelve su solicitud de fraccionamiento.
Saludos.
el monto de acogimiento cuando se realiza el pago
Estimada Fiorela, la cuota de acogimiento debe cancelarse a la fecha de presentación de la solicitud o hasta la fecha de vencimiento de pago de los intereses del aplazamiento tratándose de solicitudes de fraccionamiento o de aplazamiento y fraccionamiento, respectivamente. Para mayor información puede revisar el Articulo 9 de la Resolución de Superintendencia N.° 161-2015/SUNAT
Saludos.
Quiero fraccionar mi renta, pero aparece mi deuda en la casilla, deuda no acogibles. Que debo hacer?
Estimado(a) Dali Asunc, deben transcurrir 5 días hábiles siguientes a la presentación de su declaración anual para fraccionar su deuda. Si ya han transcurrido esos días le sugerimos comunicarse con nosotros llamando a los siguientes números, desde teléfonos celulares marcar *4000 (Desde Claro, Entel y Movistar) o (01)3150730, desde teléfonos fijos marcar 0-801-12-100 (Al costo de llamada local).
Saludos.
No me figura mi deuda, como puedo ingresarla en otras deudas?
Estimado. Escriba su consulta en nuestra red social Facebook: facebook.com/SUNAT
Nuestros especialistas de la #Sunat lo atenderán gustosamente.
Saludos.
Ya tengo la resolución, que sigue?
Estimado, en caso de que le notificaron la resolución que aprueba su fraccionamiento, le sugerimos verificar el cronograma que viene anexado a fin de que realice el pago de las cuotas de acuerdo a las fechas que le indica.
Saludos.
buenas noches, en la pag. dice que la deuda no puede ser menor al a10% de una UIT no el 5% por lo tanto no puedo fraccionar mi deuda, ¿Qué puedo hacer?
Estimado. Escriba su consulta en nuestra red social Facebook: facebook.com/SUNAT
Nuestros especialistas de la #Sunat lo atenderán gustosamente.
Saludos.
Excelente...
Intenté fraccionar mi deuda y no salen valores registrados, sin embargo ya hice mi declaración anual de renta? O aún no se actualizó el sistema?
Estimada contribuyente, le sugerimos revisar los requisitos en el siguiente enlace para fraccionar su deuda determinada en su declaración anual. renta.sunat.gob.pe/empresas/como-se-tramita-el-fraccionamiento.
Saludos
Sí cumplo todos los requisitos, seguí los pasos, debo esperar al 6to día hábil?
@@yesseniamamaniporras5367 Buenas días estimado Yessenia, los plazos para la solicitud de fraccionamiento, dependerá en el caso del fraccionamiento de renta anual de personas naturales, de no haberlo solicitado al momento de la declaración, podrá hacerlo siempre que hubieran transcurrido cinco (5) días hábiles desde la fecha de presentación de la declaración y respecto al declaración de renta anual de tercera categoría, puede ver la siguiente información en el enlace: renta.sunat.gob.pe/empresas/como-se-tramita-el-fraccionamiento
Para cualquier consulta adicional o específica puede realizarlo a través de nuestros canales de orientación: orientacion.sunat.gob.pe/1093-canales-de-atencion
Saludos
por favor en que momento debo solicitar la solicitud de fraccionamiento?
Estimada contribuyente, si eres una persona natural y al presentar tu Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta del 2020, determinaste deuda por rentas de capital o trabajo puedes presentar una Solicitud de Aplazamiento o Fraccionamiento inmediatamente después de realizada la presentación de tu declaración jurada anual, De no ejercer la opción descrita, la presentación de tu solicitud sólo se podrá realizar siempre que hayan transcurrido 5 días hábiles, desde la fecha de presentación de tu Declaración Anual del Impuesto a la Renta del 2020. Para mayor información en el siguiente enlace. emprender.sunat.gob.pe/tributando/declaro-pago/fraccionamiento-deudas
Saludos
Buenas tardes , hice mi fraccionamiento el dia 26.07.22 y me llego una notifiacion el dia 27.07.32 que dice : la notificacion se considerara efectuada y surtira efectos al dia habil siguiente a la fecha de deposito del documento... eso que significa por que me dicen que en 30 dia todavia procesan el fraccionamiento , quisiera saber si ya se activo y me levantaron el embargo en tarjetas
Estimado contribuyente, el plazo máximo que tiene la administración tributaria para resolver una solicitud de fraccionamiento es de 30 días hábiles, la cual puede ser antes. Si tu cuenta bancaria está embargada y ya pasaron más de 48 horas de la aprobación de tu solicitud de aplazamiento o fraccionamiento, puedes comunicarte con las áreas de cobranza coactiva de la Sunat para solicitar el levantamiento del embargo. Para mayor información en el siguiente enlace. www.gob.pe/7881-levantar-embargo-en-forma-de-retencion-bancaria.
Saludos.
Buenas noches realice mi solicitud el 29 de marzo, pero me sigue apareciendo cuando pongo estado de solicitud F36 que esta PENDIENTE, cuanto tiempo demora, tal vez lo realice mal como pudiera saber si es correcto, Slds.
Estimada contribuyente, el plazo de atención de un fraccionamiento art. 36 son 30 días hábiles.
Saludos.
No sale entidad Sunat?
Estimada Lusdyth, Si tiene alguna consulta específica, le pedimos la realice a través de nuestros canales de orientación. Para mayor información en el siguiente enlace: orientacion.sunat.gob.pe/1093-canales-de-atencion
Saludos.
Fraccionamiento RAF por que no se Prorrogo.
Estimada Angelica Rojas, fue una de las medidas adoptadas en materia tributaria y aduanera, para afrontar el estado de emergencia. Este beneficio fue aprobado por el Gobierno bajo el Régimen de Aplazamiento y/o Fraccionamiento (RAF) y solo se podía solicitarlo vía online a la entidad hasta el 31 de diciembre de 2020.
Saludos.
Tengo una deuda por aduana, donde lo pongo
Estimada contribuyente, en el siguiente enlace puede verificar los requisitos para fraccionar su deuda de aduanas. www.gob.pe/8588-solicitar-el-fraccionamiento-tributario-de-deudas-de-aduanas.
Saludos
¿Cómo puedo anular un fraccionamiento? si era para fraccionar el por periodo IGV 2020 10 y esta se pago en efectivo en este año y en la misma solicitud de fraccionamiento se fracciono por el periodo 2021 02 IGV se esta cobrando un impuesto 1041.00 que no existe ya que en ese mes tenia saldo a favor y la deuda a pagar salía 0.00. Como se debe proceder si a fin de este mes ya esta solicitando el pago del fraccionamiento por el periodo 2021 02 que no se debe nada. Espero me puedan guiar como debo proceder. Gracias
Estimada Johane, si cuenta con una resolución de fraccionamiento de una deuda que ha cancelado en su totalidad le sugerimos presentar su descargo por la mesa de partes virtual o presencial. De tener una consulta especifica puede escribirnos a nuestros canales de orientación. orientacion.sunat.gob.pe/1093-canales-de-atencion
Saludos.
cuando intento hacer mi fraccionamiento de renta de trabajo por el 2020, me aparece como deuda no acogible. Que puedo hacer para fraccionar mi deuda
Estimado, Augusto. Puede presentar tu solicitud de aplazamiento o fraccionamiento siempre que hayan transcurrido 5 días hábiles, después de presentar tu Declaración Anual del Impuesto a la Renta del 2020. Para mayor información se le sugiere revisar el siguiente enlace. renta.sunat.gob.pe/personas/como-solicitar-fraccionamiento.
"En Elaborar Solicitud" no me muestra ninguna deduda apesar de haber hecho la declaracion anual.
Estimado Roberto Quiñonez, la presentación de tu solicitud sólo se podrá realizar siempre que hayan transcurrido 5 días hábiles, desde la fecha de presentación de tu Declaración Anual del Impuesto a la Renta del 2020.
De persiste el inconveniente con el sistema, comuníquese con un especialista informático para que la asista con el error que nos reporta.
Puede llamar al 01-3150730 opción 2 o nuestro chat informático sunatchat.sunat.gob.pe/wchat/
Saludos.
@@SUNATOficial el teléfono no funciona, tampoco el chat. Me sucede lo mismo, he hecho la declaración anual, ya pasaron más de 5 días hábiles y aún así no me aparece la deuda. ¿por qué canal puedo comunicarme?
@@giovannamariapignanobravo4870 recuerde que no se podrá presentar una solicitud de aplazamiento y/o fraccionamiento cuando la deuda a fraccionar en conjunto resulte menor al 10% de la UIT (S/ 430.00).Mediante el siguiente enlace le brindamos los canales de orientación: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/centro-de-tramites-virtual/1093-canales-de-atencion.
Saludos.
@@SUNATOficial mi deuda es mayor al monto que señalan. El link no funciona
@@giovannamariapignanobravo4870 si el problema persiste ,puede comunicarse con un especialista informático para que lo asista con el inconveniente presentado llamando desde celulares y teléfonos fijos: (01) 315 0730 opción 2 o por nuestro chat informático sunatchat.sunat.gob.pe/wchat/.
Saludos.
? Sí Vanessa tía sí ingresa