Las empresas cuando te corren te obligan a firmar renuncia, te liquidan al 100% y para evitarse la demanda te pagan los 20 días por año eso para evitar que demandes.
Por favor podría explicar el artículo 53 y 54 capítulo 5 de la ley de trabajo.... Específicamente para una pensión del seguro social por dos años por enfermedad general. Gracias
la empresa en la que laboro. Pertenece a un corporativo de 3 empresas con diferente razon social y diferentes sueldos y diferentes prestaciones. Y actualmente están cambiandonos a otra empresa y solamente dicen que si no aceptas la otra opción es la renuncia. Yo tengo 5 años 9 meses de antiguedad.ante esa situación que puedo hacer?
Buenos días una pregunta la liquidación es lo mismo que al aporte de sesantias .esa es la liquidación gracias desde tengo derecho a otro aporte Bogotá colombia
Tengo un caso donde el patron es una persona fisica con actividad empresarial, este patron ya es una persona mayor y no tiene sucesion en el negocio por lo cuál se ve en la necesidad de que se extinga la fuente de empleo, en este caso la liquidación se calculo con lo que marca la indemnizacion constitucional que son 3 meses de salario, prima de antiguedad por cada año de servicio y parte proporcional de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional. De acuerdo a lo que dice la ley en el art 51 causas de recision laborarl no imputable al trabajador, aplica o no aplica los 20 dias por año mas la indemnizacion contitucional? leo sus comentarios y puntos de vista, desde mi punto de vista Yo dijo que no aplicarian esos 20 dias basandome en dicho art. 51 porque el patron tampoco esta cayendo en los causales que se mencionan en el articulo para que el trabajador de por terminada la relacion laboral. Gracias
Lic desde día que te sacaron sin justificación el 17 de junio del 2020 me sacaron de la empresa el día siguiente 18 se junio hasta la fecha de hoy sigue mi demanda mi lic me dice que en espera ya de mi liquidación y la ventaja que solo dure un mes sin trabajar y busque trabajo. Y hasta la de ha de hoy sigo laborando en otra empresa y una pregunta yendo derecho alas utilidades del 2020 que labore. Trabajando 5 años hice en empresa. Y me obligaban hacer otras cosas tengo fotos correos dónde me decian lo que tenía. Que hacer. Me aguantaba y en medio de pandemia. MarI abril mayo junio fuel el 17 del 2020 y demandé e al día siguiente
¡Gracias por tu comentario! Lamentablemente, la transmisión en vivo ha finalizado y el expositor no podrá responder a tu pregunta. Sin embargo, te invitamos a estar atenta a nuestros próximos programas, donde abordaremos temas relacionados a los derechos laborales. Asimismo, te invitamos a participar en nuestro 7o Foro Laboral de Alto Nivel, donde aprenderás de los mejores expertos en defensa patronal, contratos de trabajo, pensiones y más. ¡Inscríbete en www.isef.com.mx/cursos.php?id=FOROLABORAL! ¡Esperamos contar con tu participación!
En la empresa donde trabajo tomaron la decisión de despedir a la gente y han llamado a uno por uno a cierto tiempo segun el patrón dise que nomas va a dar 3 meses tengan el tiempo que tengan y asi no se vale ellos se estan escudando con esto de la pandemia en este caso que se puede haser si se niega a pagar los 20 dias por año
Hola Lic ... Me topé que casi ninguno quiere de los abogados hacer uno de estos trámites... Llevo 3 entrevistas y solo dicen que acepte 90 y los 12 días... Que no los 20 y aún diciendo el de conciliación del gobierno igual... Segun como no hubo acuerdo me regrese a trabajar y nos regresamos si trabaje ... Y al siguiente día me negaron ingresar al trabajo .... Soy ING. Civil . contratado como topografía..en un desarrollo inmobiliario... Y me negaron entras a guardia caseta principal...lleve policías 911 se levantó acta... Y regrese al conciliación y me dio hoja para citar al patron o representante ... Si me ocupa pero ya por nómina no que por FACTURA... Ya el puesto ya no Lo quiere en nómina... Aun sigue contratando topografía por contrato FACTURA a otro.. Y dijo que era por COVID en conciliación.. Como ven.. Pero el detalle ningún abogado quiere entrar Le aplicar 100% de acuerdo a ley....
Es no sabes escuchar. Eso de los 90 días y los 12 días es un muy bien arreglo. Porque aseveras que te corresponden si o si los 20? Aprende a escuchar. Si algún abogado te dice que si te los deben pagar si o si, prepárate, estás frente a un abogado leguleyo que lo único que puedes esperar, es que te pique los ojos y te saque el dinero o se quede en las mismas a lo que te han estado diciendo.
@@Victoreremitaaa No ha explicado si su situación entra en los supuestos donde sí aplica y ya estás diciéndole que no sabe escuchar, el que no sabe escuchar eres tu, es bien sabido que muchos abogados no quieren tramitar estos derechos por las complicaciones que implican y que lo que les interesa es el dinero rápido lesionando los intereses de sus representados y al ámbito donde desempeñan su actuar.
Si una maestra particular, le pagan por horas a la quincena, un salario menor al mínimo, si demanda tiene derecho a que se le pague la prima de antigüedad ( Doble del Salario Minimo). Gracias por su comentario. Saludos
Si me toca un finiquito si yo me salgo en este marzo 23 cumplo 4 años si patrón no ayuda nada de medicamentos no da seguro social yo gano 1600 pesos ala semana llevo 4 años con el mismo sueldo no da utilidades
Acude a la junta de conciliación y arbitraje de tu localidad, ellos tienen instrucciones para orientarte en esos casos donde los patrones no cumplen con las prestaciones de ley, hazlo antes de que te salgas.
Muchas gracias. Todo un privilegio recibir tan valiosa exposición
Gracias por compartir éstos conocimiento nos ayudan mucho a entender la situación laboral.
Claro la experiencia hace la diferencia!! Gracias me llevo un aprendizaje mas !!
Muy clara y definitiva la explicación,,
Gracias!!
Saludos cordiales 😎😎😎
Muy bien explicado gracias me ayudo mucho ,gracias
MAESTRAZO TODO UN MAESTRO LABORALISTA
Excelente información, gracias contador
Muchas gracias Lic. Me ayudó a despejar varias dudas que tenía
Muy interesante información, gracias Lic.
Muy claro, Gracias
Excelente , Muchas Gracias por compartir
¿Cuándo una empresa cambia de razón social y no estoy de acuerdo en integrarme a la nueva se puede solicitar la liquidación con 20 días?
muy clara su explicaciones ,pregunta ¿cuado la misma empresa realiza cambio de razon social que prosede ,GRACIAS.
Muy importante información gracias
Las empresas cuando te corren te obligan a firmar renuncia, te liquidan al 100% y para evitarse la demanda te pagan los 20 días por año eso para evitar que demandes.
Buenas noches licenciado en df donde promuevo demanda laboral si es una financiera popular en la junta local o junta federal
Excelente Video, recién me adentro a estos temas de RRHH.
Buwna tarde, Existe algún sustento para solicitar la indemnización de 20 días por año laborado se manera proporcional y no por años completos?
Por favor podría explicar el artículo 53 y 54 capítulo 5 de la ley de trabajo.... Específicamente para una pensión del seguro social por dos años por enfermedad general.
Gracias
Tengo entendido que los 20 días por año trabajado no aplica para empleados de confianza, ¿es esto cierto?, espero su amable respuesta.
la empresa en la que laboro. Pertenece a un corporativo de 3 empresas con diferente razon social y diferentes sueldos y diferentes prestaciones. Y actualmente están cambiandonos a otra empresa y solamente dicen que si no aceptas la otra opción es la renuncia. Yo tengo 5 años 9 meses de antiguedad.ante esa situación que puedo hacer?
Y que pasa cuando dice que son seis meses de salario por el primer año y 20 días por cada año siguiente
Si me cambiaron el salario en el seguro social al minimo....
Buenos días una pregunta la liquidación es lo mismo que al aporte de sesantias .esa es la liquidación gracias desde tengo derecho a otro aporte Bogotá colombia
Tengo un caso donde el patron es una persona fisica con actividad empresarial, este patron ya es una persona mayor y no tiene sucesion en el negocio por lo cuál se ve en la necesidad de que se extinga la fuente de empleo, en este caso la liquidación se calculo con lo que marca la indemnizacion constitucional que son 3 meses de salario, prima de antiguedad por cada año de servicio y parte proporcional de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional. De acuerdo a lo que dice la ley en el art 51 causas de recision laborarl no imputable al trabajador, aplica o no aplica los 20 dias por año mas la indemnizacion contitucional? leo sus comentarios y puntos de vista, desde mi punto de vista Yo dijo que no aplicarian esos 20 dias basandome en dicho art. 51 porque el patron tampoco esta cayendo en los causales que se mencionan en el articulo para que el trabajador de por terminada la relacion laboral. Gracias
Lic desde día que te sacaron sin justificación el 17 de junio del 2020 me sacaron de la empresa el día siguiente 18 se junio hasta la fecha de hoy sigue mi demanda mi lic me dice que en espera ya de mi liquidación y la ventaja que solo dure un mes sin trabajar y busque trabajo. Y hasta la de ha de hoy sigo laborando en otra empresa y una pregunta yendo derecho alas utilidades del 2020 que labore. Trabajando 5 años hice en empresa. Y me obligaban hacer otras cosas tengo fotos correos dónde me decian lo que tenía. Que hacer. Me aguantaba y en medio de pandemia. MarI abril mayo junio fuel el 17 del 2020 y demandé e al día siguiente
Porque no se respeta la ley si no que se aplica de acuerdo al tipo de demanda
Cómo se logra la indemnización constitucional?
¡Gracias por tu comentario! Lamentablemente, la transmisión en vivo ha finalizado y el expositor no podrá responder a tu pregunta. Sin embargo, te invitamos a estar atenta a nuestros próximos programas, donde abordaremos temas relacionados a los derechos laborales.
Asimismo, te invitamos a participar en nuestro 7o Foro Laboral de Alto Nivel, donde aprenderás de los mejores expertos en defensa patronal, contratos de trabajo, pensiones y más. ¡Inscríbete en www.isef.com.mx/cursos.php?id=FOROLABORAL!
¡Esperamos contar con tu participación!
En la empresa donde trabajo tomaron la decisión de despedir a la gente y han llamado a uno por uno a cierto tiempo segun el patrón dise que nomas va a dar 3 meses tengan el tiempo que tengan y asi no se vale ellos se estan escudando con esto de la pandemia en este caso que se puede haser si se niega a pagar los 20 dias por año
Hola Lic ... Me topé que casi ninguno quiere de los abogados hacer uno de estos trámites... Llevo 3 entrevistas y solo dicen que acepte 90 y los 12 días... Que no los 20 y aún diciendo el de conciliación del gobierno igual... Segun como no hubo acuerdo me regrese a trabajar y nos regresamos si trabaje ... Y al siguiente día me negaron ingresar al trabajo .... Soy ING. Civil . contratado como topografía..en un desarrollo inmobiliario... Y me negaron entras a guardia caseta principal...lleve policías 911 se levantó acta... Y regrese al conciliación y me dio hoja para citar al patron o representante ... Si me ocupa pero ya por nómina no que por FACTURA... Ya el puesto ya no Lo quiere en nómina... Aun sigue contratando topografía por contrato FACTURA a otro.. Y dijo que era por COVID en conciliación.. Como ven.. Pero el detalle ningún abogado quiere entrar Le aplicar 100% de acuerdo a ley....
Es no sabes escuchar. Eso de los 90 días y los 12 días es un muy bien arreglo. Porque aseveras que te corresponden si o si los 20? Aprende a escuchar. Si algún abogado te dice que si te los deben pagar si o si, prepárate, estás frente a un abogado leguleyo que lo único que puedes esperar, es que te pique los ojos y te saque el dinero o se quede en las mismas a lo que te han estado diciendo.
@@Victoreremitaaa No ha explicado si su situación entra en los supuestos donde sí aplica y ya estás diciéndole que no sabe escuchar, el que no sabe escuchar eres tu, es bien sabido que muchos abogados no quieren tramitar estos derechos por las complicaciones que implican y que lo que les interesa es el dinero rápido lesionando los intereses de sus representados y al ámbito donde desempeñan su actuar.
Si me puedes ayudar por favor gracias
y el artículo trancitorio3?
Tengo derecho aparte las utilidades aún que demandé
Buenas tardes,mi duda es:que procede si yo quiero renunciar y tengo 20 años de antigüedad?
Finiquito + Prima de antigüedad
yel artículo transitorio 5 ?
Si una maestra particular, le pagan por horas a la quincena, un salario menor al mínimo, si demanda tiene derecho a que se le pague la prima de antigüedad ( Doble del Salario Minimo). Gracias por su comentario. Saludos
No. En primer lugar entendiste mal como se calcula.
Si me toca un finiquito si yo me salgo en este marzo 23 cumplo 4 años si patrón no ayuda nada de medicamentos no da seguro social yo gano 1600 pesos ala semana llevo 4 años con el mismo sueldo no da utilidades
Acude a la junta de conciliación y arbitraje de tu localidad, ellos tienen instrucciones para orientarte en esos casos donde los patrones no cumplen con las prestaciones de ley, hazlo antes de que te salgas.
Si me puedes mandar un mensaje