Gracias Manuel por tu labor para que entendamos las leyes. ¿podrías hacer un vídeo explicando los artículos 35 y 36 de Motivación y Forma de la ley 39/2015? Me parecen un poco liosos. He visto bastantes vídeos de esta ley que has hecho pero creo que estos dos artículos no están. Muchas gracias.
Que pasa en aquellas administraciones que ya hay un 2% de trabajadores con discapacidad? Ya no estarían obligados a convocar un cupo no inferior al 7% de plazas para discapacitados?
Una gran duda respecto a la elección de destinos; los discapacitados; Todos ellos tienen preferencia para elegir destino? Es decir como sería el proceso, ellos eligen sobre las plazas reservadas para su cupo y se la asignan? o según nota?! Estas dudas nadie me lo ha podido explicar de modo claro, seguro que tu puedes que eres un crack, mil gracias !!!!
Buenas Fran! Sobre lo que comentas, en el TREBEP no se dice nada al respecto, por lo que es un aspecto a regular en las leyes de desarrollo. Con la que tenemos en Galicia, en principio van a elegir la plaza según el orden en que hayan quedado en el proceso selectivo, y solo de forma justificada pueden pedir que se altere el orden para que les asignen plazas que se adapten mejor a su situación. Puedes ver la regulación en el artículo 54.2 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia. Pero bueno, al ser una norma de desarrollo autonómico, esto no tiene porque ser así en las demás CCAA. Saludos!
Hola Manuel. Tengo una pregunta. Tengo el examen de promoción interna de Administrativo el 6 de noviembre. La parte de supuestos prácticos nos la han cambiado con respecto al examen del 2019. Este año son 2 supuestos prácticos a elegir con 15 preguntas cada uno. El anterior examen eran 3 supuestos coincidentes con los 3 bloques con 12 preguntas cada uno. En esta ocasión en las bases, no hablan de los tres bloques sino de todo el temario. Yo pienso que la única diferencia es que son 3 preguntas más en los mismos 90 minutos, pero tengo compañeros que piensan que en ese supuesto práctico te pueden preguntar de cualquier cosa, es decir, mezclar preguntas del TREBEP, con Ley 39, Financiera, Ley de contratos... Yo lo que creo es que será igual y en un supuesto práctico se centrarán en la ley 39 y meterte algo de la ley 40 u en otro supuesto poner cuestiones del TREBEP, metiendo preguntas en ese supuesto con leyes análogas como los Reales Decretos 364 y 365. Un saludo y muchas gracias por todo.
Buenas Pablo! Sobre los q comentas del supuesto, si en la convocatoria no te concretan nada, es posible que te mezclen preguntas de varias leyes. De hecho en la Xunta de Galicia, q es la administración que conozco bien, es muy frecuente que hagan supuestos mezclando la 39 con personal o la ley de contratos con financiera. Incluso he visto exámenes en los q con un mismo supuesto sacaban preguntas de 12 o 13 leyes. Pero bueno, esto que te comento es solo mi opinión! Saludos y ánimo con el examen!!💪🏼💪🏼
Gracias Manuel. Prefería que me pusiesen un test de cada bloque a elegir como hasta ahora, y hacer el del bloque de Gestión de personal que es el que más controlo. Pero bueno, habrá que seguir estudiando más a fondo todos los bloques. Un saludo.
Muy buen profesor y explicaciones perfectas y claras. Muchas gracias Manuel.
Gracias a ti Silvia!
Muy bien explicado, como siempre 🤗 . Mil gracias 😊
Gracias a ti Lorena!
Grandioso !!! Se agradece mucho estos aportes sobre el TREBEP, mil gracias !!👏👏👏
De nada Fran!
Muchísimas gracias, eres genial
Gracias a ti Angela!
Gracias Manuel por tu labor para que entendamos las leyes. ¿podrías hacer un vídeo explicando los artículos 35 y 36 de Motivación y Forma de la ley 39/2015? Me parecen un poco liosos. He visto bastantes vídeos de esta ley que has hecho pero creo que estos dos artículos no están. Muchas gracias.
De nada Pablo! me alegro mucho de que mis videos te estén ayudando! Y tomo nota de la sugerencia sobre los artículos. Saludos y ánimo con el estudio!
Millones de gracias
de nada!
Gracias Manuel !!!
De nada José Luis!
Hola Manuel, genial el vídeo. Quisiera saber si tienes algun video del 57. Gracias!
Muchas gracias! sobre lo que comentas, no lo he subido a RUclips, lo siento. Saludos!
Que pasa en aquellas administraciones que ya hay un 2% de trabajadores con discapacidad? Ya no estarían obligados a convocar un cupo no inferior al 7% de plazas para discapacitados?
Genial! Faltaría mucho para sacar el curso del trebep? Lo estoy esperando como agua en mayo. Gracias
Buenas Sonia! El curso del TREBEP estoy preparándolo estos días, y durante la primera quincena de septiembre espero que esté disponible! Saludos
Una gran duda respecto a la elección de destinos; los discapacitados; Todos ellos tienen preferencia para elegir destino? Es decir como sería el proceso, ellos eligen sobre las plazas reservadas para su cupo y se la asignan? o según nota?! Estas dudas nadie me lo ha podido explicar de modo claro, seguro que tu puedes que eres un crack, mil gracias !!!!
Buenas Fran! Sobre lo que comentas, en el TREBEP no se dice nada al respecto, por lo que es un aspecto a regular en las leyes de desarrollo. Con la que tenemos en Galicia, en principio van a elegir la plaza según el orden en que hayan quedado en el proceso selectivo, y solo de forma justificada pueden pedir que se altere el orden para que les asignen plazas que se adapten mejor a su situación. Puedes ver la regulación en el artículo 54.2 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia. Pero bueno, al ser una norma de desarrollo autonómico, esto no tiene porque ser así en las demás CCAA. Saludos!
Hola Manuel. Tengo una pregunta. Tengo el examen de promoción interna de Administrativo el 6 de noviembre. La parte de supuestos prácticos nos la han cambiado con respecto al examen del 2019. Este año son 2 supuestos prácticos a elegir con 15 preguntas cada uno. El anterior examen eran 3 supuestos coincidentes con los 3 bloques con 12 preguntas cada uno. En esta ocasión en las bases, no hablan de los tres bloques sino de todo el temario. Yo pienso que la única diferencia es que son 3 preguntas más en los mismos 90 minutos, pero tengo compañeros que piensan que en ese supuesto práctico te pueden preguntar de cualquier cosa, es decir, mezclar preguntas del TREBEP, con Ley 39, Financiera, Ley de contratos... Yo lo que creo es que será igual y en un supuesto práctico se centrarán en la ley 39 y meterte algo de la ley 40 u en otro supuesto poner cuestiones del TREBEP, metiendo preguntas en ese supuesto con leyes análogas como los Reales Decretos 364 y 365.
Un saludo y muchas gracias por todo.
Buenas Pablo! Sobre los q comentas del supuesto, si en la convocatoria no te concretan nada, es posible que te mezclen preguntas de varias leyes. De hecho en la Xunta de Galicia, q es la administración que conozco bien, es muy frecuente que hagan supuestos mezclando la 39 con personal o la ley de contratos con financiera. Incluso he visto exámenes en los q con un mismo supuesto sacaban preguntas de 12 o 13 leyes. Pero bueno, esto que te comento es solo mi opinión! Saludos y ánimo con el examen!!💪🏼💪🏼
Gracias Manuel. Prefería que me pusiesen un test de cada bloque a elegir como hasta ahora, y hacer el del bloque de Gestión de personal que es el que más controlo. Pero bueno, habrá que seguir estudiando más a fondo todos los bloques. Un saludo.
Ese 7% ha cambiado ya al 10%??..muchas gracias!!
En el TREBEP aún no lo han modificado