Dr. me parece que hay un error o estoy mal. La representación sucesoria en línea colateral solo aplicaría en caso no haya testamento, no aplicaría en caso de desheredación ya que los hermanos no son herederos forzosos, menos los sobrinos. En el caso que Jorge tiene dos hermanos Martín y Sara (herederos no forzosos) y Jorge muera, tengo entendido puede dejar el 100% por testamento a su hermano martín o a cualquiera de sus sobrinos. Muy distinto si Jorge no deja testamento y Sara muere antes de Jorge ahí si aplica la representación. Corrígame si estoy mal ya que veo laboral pero soy aficionado al derecho de familia. Saludos y gracias por sus videos.
Que es veinte s añal para dejarme sin el terreno de mí padre y se lo quedó mí ex cuñada y me Abla del veinte añal cambio los impuestos a su nombre y me dise que ya lo perdí y mis hermanos fallecieron yo soy la que quedó como hija no tengo papeles más que soy hija que puedo ASER soy juilada me gustaría una respuesta saber algo
@@rosamino725 Consíguete partida de nacimiento tuya y de tus hermanos, acta o partida de defunción de tus hermanos, acta o partida de defunción de tu padre y puedes presentar una solicitud de sucesión intestada al notario o una demanda de sucesión intestada al poder judicial. tu cuñada puede heredar propiedades que estuvieron a nombre de tu hermano, no herencias (derecho de sucesiones no van los esposos o esposas de los herederos), salvo que tenga hijos ellos si podrían hacer representación sucesoria de la propiedad de su abuelo. localización o algún documento sobre la propiedad (terreno de tu padre). y acércate a notario o poder judicial Puede pagar impuestos, tener luz o agua a su nombre , eso no tiene nada que ver con la propiedad de un bien ni con el derecho de sucesión
Buena explicación profe me sirve para reforzar mi clases sobre Derecho de Sucesiones. Un saludo desde Lima Chorrillos.
Dr. me parece que hay un error o estoy mal. La representación sucesoria en línea colateral solo aplicaría en caso no haya testamento, no aplicaría en caso de desheredación ya que los hermanos no son herederos forzosos, menos los sobrinos. En el caso que Jorge tiene dos hermanos Martín y Sara (herederos no forzosos) y Jorge muera, tengo entendido puede dejar el 100% por testamento a su hermano martín o a cualquiera de sus sobrinos. Muy distinto si Jorge no deja testamento y Sara muere antes de Jorge ahí si aplica la representación. Corrígame si estoy mal ya que veo laboral pero soy aficionado al derecho de familia. Saludos y gracias por sus videos.
EXCELENTE PROFESOR!
Fue magistral 🤗
Si pueden decirme que ago si pueden contestarme que pueda entender
Muy entendible todo
Una pregunta ?solicitar las declaratoria de heredero es una forma de aceptación expresa o tácita?
Saludos dr
Le.hice una consulta vía whatsAp
EXCELENTE EXPOSICION.CHILE
Es posible tener una consulta sobre un caso personal o una dirección privada però que tenga su competecia, claridad y honestidad Gracias
dr, Buenas noches, su ppt compartenos por favor, Muchas gracias
Excelente la explicacion Doctor
Buenas tardes Doctor, ¿podría dar una clase de copropiedad?
Excelente
Buenas tardes doctor,
la pregunta es si es verdad que mi hermano sordomudo es heredero de todo si no hay testamento?
Dr podria dar un numero de telefono para contactarle o quizas la direccion de se estudio juridico graciad
Dr. 50 entre 3 es 16.66 y no 16.33
Que pasaría si Sara muere después de Jorge, sus hijos tendrían derecho a reclamar la herencia???
Dorto mi familia vendierp propiedad sin mi permiso
Que es loguear???
Que es veinte s añal para dejarme sin el terreno de mí padre y se lo quedó mí ex cuñada y me Abla del veinte añal cambio los impuestos a su nombre y me dise que ya lo perdí y mis hermanos fallecieron yo soy la que quedó como hija no tengo papeles más que soy hija que puedo ASER soy juilada me gustaría una respuesta saber algo
@@rosamino725 Consíguete partida de nacimiento tuya y de tus hermanos, acta o partida de defunción de tus hermanos, acta o partida de defunción de tu padre y puedes presentar una solicitud de sucesión intestada al notario o una demanda de sucesión intestada al poder judicial.
tu cuñada puede heredar propiedades que estuvieron a nombre de tu hermano, no herencias (derecho de sucesiones no van los esposos o esposas de los herederos), salvo que tenga hijos ellos si podrían hacer representación sucesoria de la propiedad de su abuelo.
localización o algún documento sobre la propiedad (terreno de tu padre). y acércate a notario o poder judicial
Puede pagar impuestos, tener luz o agua a su nombre , eso no tiene nada que ver con la propiedad de un bien ni con el derecho de sucesión
Por enfermedad se vendió el predio