Buenas noches Profesor. Muy buen video doctor: quedo con una inquietud; Cuando hacemos alusion al registro de nacimiento, de matrimonio o de defuncion ¿ No hacemos alusion al estado civil como atributo de la personalidad? Muchisimas gracias y le deseo un buen dia
Si entendí bien tu pregunta: El registro civil de nacimiento es la prueba del nacimiento, y así se dice que el nasciturus es persona, pues, nace, se separa de la madre y sobrevive separado de esta, así se declara que es persona natural y por lo tanto sujeto de derechos, y así puede adquirir los atributos de la personalidad donde se encuentra el estado civil. El registro civil de defunción es la prueba de la defunción, debe acreditarse por un medico la ausencia de las funciones del tallo encefálico, para declarar la muerte de la persona natural.
Que onda profe Mauricio, aguante Argentina
Excelente explicación, gracias.
Muy bueno
oa gracias😊
Buenas noches Profesor. Muy buen video doctor: quedo con una inquietud; Cuando hacemos alusion al registro de nacimiento, de matrimonio o de defuncion ¿ No hacemos alusion al estado civil como atributo de la personalidad? Muchisimas gracias y le deseo un buen dia
Si entendí bien tu pregunta: El registro civil de nacimiento es la prueba del nacimiento, y así se dice que el nasciturus es persona, pues, nace, se separa de la madre y sobrevive separado de esta, así se declara que es persona natural y por lo tanto sujeto de derechos, y así puede adquirir los atributos de la personalidad donde se encuentra el estado civil. El registro civil de defunción es la prueba de la defunción, debe acreditarse por un medico la ausencia de las funciones del tallo encefálico, para declarar la muerte de la persona natural.
😮m2.no❤
A que se refieren con el domicilio