Por fin una persona que explica las cosas al grano y no hace un vídeo de 40 minutos para no aclarar lo de los Minis (que es la mayoría de los drones que tenemos los aficionados).
Buenos dias Manuel. ¿En entorno urbano, como queda el tema del paracaidas en un dron con marcado C2 (1100 gr) en categroia abierta A2 y en especifica STS-ES-01? Muchas gracias y un saludo.
Hola,@leocadiomedina, para el vuelo en categoría específica tanto STS-ES-01 como STS-01, Será necesario el sistema de mitigación de energía de impacto. En categoría abierta, no es necesario.
Buen video. Por desgracia se avecinan malos tiempos para el sector. Sobretodo a los que queremos trabajar de los drones. Esperemos que desde las asociaciones poder hacerlos recapacitar y que relajen las prohibiciones.
El problema es que el boom de los drones os ha entrado con el boom del audiovisual y sacar dinero de eso cuando todo el mundo hace eso pues mas restricciones
Saludos gran canal, claro, rapido y al grano, soy sub Tengo una duda, para ver si lo dejo ya o no, tengo un autel evo2 8k sin marcado clase ( no se si lo darán,no encuentro info), todas las licencias ,hasta sts es 02, operador, radiofonista y mi radio vhf, una declaración operacional de sts es 01 , para mi autel,consegui por mi cuenta un conops y estudio aeronautico aprovado para ctr Girona que sigue activo, con el dri y mitigación de impacto podria seguir grabando sobre poblaciones bajo sts? Tengo mucho invertido en este equipo desde hace unos años y no se si dejarlo
Hola. El vídeo es muy claro. Muchas gracias por explicarlo. Por otra parte, me gustaría una consulta, por favor. Tengo un Mavic 2 Pro, sin etiqueta. Es posible obtenerla? Ahora mismo, aunque es como un C1, en realidad no lo es. Muchas gracias
@@chochuedron4098 la normativa no especifica una medida concreta para la distancia en categoria open, solo especifica que el dron esté en alcance visual. Dependerá del tamaño del dron, del color y de las luces que lleve instaladas para determinar cuando el piloto pierde de vista dicho dron.
Felicidades por las explicaciones tan concisas y claras- Muchas gracias por el esfuerzo para dar tanta información de forma tan clara. Una pregunta, el certificado de radiofonista has comentado que tiene una validez de 2 años ..... despues hay que renovarlo o sacarselo otra vez? Gracias por todo
Hola, @JesusMateo-w3j Te lo explico todo sobre el certificado de radiofonista en este video, dale un vistazo: ruclips.net/video/Zf4mqTw8-wA/видео.htmlsi=96Jbl_UCFQKxAmiD
Hola, @igorhernandez7243, por supuesto, DEBEN cambiarlas... tal y como pasa con el mapa de Francia, donde te especifican la altura máxima a la que puedes volar con tu dron en cada espacio aéreo.
Buena explicación Tengo un mavic air ,sin clasificación ,es posible registrarlo para poder seguir usandolo? Y que clase de permiso sería necesario? Gracias de antemano
@sauki30 tendrias que solicitar el marcado de clase al fabricante. Si no tiene marcado de clase, lo puedes usar en Subcategoría A3 indefinidamente, o categoría específica STS-ES-01 hasta el 31/12/2025.
En entorno A3, no tienes ninguna restricción en lo que se refiereal ministeriodelinterior, solo consultar drones.enaire.es para ver si hay algún espacio aéreo controlado, notams o estas cerca de aeródromos o helipuertos
Entonces los que compremos un dron de menos de 249 gramos de peso por ejemplo en la finca particular mía,se necesita que el dron esté registrado también ?
Hola, que tal, he visto muchos videos y aun no me queda claro, CON DRON DE MENOS DE 250g: - Puedo volar en urbano hasta 120 metros de altura? - Puedo Sobrevolar edificios y parques? - Tengo que comunicar siempre al ministerio de interior que voy a volar en zona urbana? - Puedo volar en CTR sin pedir permiso a 60 metros? GRACIAS
Hola, @gustavosanchez-fotografo3659, te respondo: - SI - NO (necesitarás el permiso del propietario del edificio) - SI - SI (si estas a cierta distancia de las pistas)
Hola! Nuevo suscriptor! Te he descubierto a raiz de buscar info sobre el nuevo RD. Por lo que veo solo tratas el tema de estabilizados pero sabrias decir algo sobre como afecta al FPV? Yo que tengo drones fpv que pesan menos de 250gr podria volarlos como si fuese C0 en el nuevo entorno urbano haciendo el aviso al Ministerio de Interior verdad? Del dron que pesa mas de 500gr entiendo que solo en A3 ,por el peso y no tener ID. Muchas gracias!
@@manuelmartinavarro6681 Yo estoy registrado como operador y tengo el A1/A3. Muchas gracias por tu respuesta. Ojalá puedas arrojar algo de luz sobre el tema de volar FPV con el nuevo RD. Un saludo desde Bilbao!
Manuel, entonces con un C0 en entorno urbano, se pueden sobrevolar edificios, patios......?? volar a 6 kms de un CTR a 60m de altura??? y no hace falta pedir autorización al MºInterior???
No. Si estas en entorno urbano, deberas hacer el previso al MI, no podrás sobrevolar edificios a menos que tengas autorización del propietario, y podras volar en ctr a 60 mts de altura como máximo, siempre y cuando estes lejos de las pistas de aterrizaje (las distancias en kms vienen determinadas según el tipo de infraestructura aeroportuaria)
Tengo un c0 y con eso del preaviso al ministerio de interior estoy algo perdida. Ahora que ya no hay diferencias entre recreativo y profesional. Yo hasta ahora he sido recreativa, ¿Hay qué pedirlo igual? No me acaba de quedar claro en qué condiciones hay que comunicar al ministerio de interior, ya quw en teoría con el RD nos prohíbe volar en urbano.. entonces, ¿Tienes que comunicar al ministerio que vuelas con un c0... Pero en qué entornos? No me queda claro
Hola, @patris.3012, con un C0, tendras que hacer el preaviso al ministerio del interior siempre que vueles en entorno urbano (A1) .. y ¿que es entorno urbano?, te lo pego textual del RD UAS 517/2024: "se consideran «entornos urbanos» aquellos que se circunscriban a alguna de las superficies siguientes: a) Núcleos de población con áreas consolidadas por la edificación; b) Áreas residenciales, comerciales o industriales cuyos terrenos cuenten, acumulativamente, al menos, con accesos rodados, vías públicas pavimentadas para acceso peatonal, evacuación de aguas y alumbrado público; y c) Áreas recreativas, que sean de acceso público y en las existan construcciones o instalaciones, permanentes o eventuales para el ocio, el recreo o el deporte, entre las que, en todo caso, se encuentran las playas que reúnan ambos requisitos así como los parques o jardines de competencia de las Entidades locales"
Lo que no me queda claro es lo de 150 metros de margen respecto a estructuras que comentas en 1:40. Según el nuevo RD, el Artículo 40, apartado 2 dice que: "Las zonas geográficas de UAS generales por razón de la seguridad ciudadana y la protección de las personas y bienes en entornos urbanos se extienden: a) Horizontalmente, sobre la superficie abarcada por el límite físico hasta donde se extiendan los entornos urbanos definidos en el apartado 1" Es decir, parece que ya no existe ese margen de 150 metros y podríamos volar en entorno urbano (estoy pensando más en pequeños pueblos) justo por el borde exterior, siempre y cuando no sobrevolemos ninguna carretera ni estructura, ¿puede ser?
Hola, @Axelko, MUY BUENO este comentario: Efectivamente, tienes Razón. Yo indico que a +150mts estaríamos en entorno A3 según la norma Europea, por lo tanto no haria falta preaviso al MI. PERO : Según tu dices, en una casa, al final del pueblo y sin estar encima de la casa ni del patio o jardin de la casa, aún estaría en entorno A1, pero volando justo por el borde exterior de esa ultima casa (si es un C0 pegadito a la fachada de la casa y si es un C1 dejando un margen de 5mts a la fachada) y sin sobrevolarla, tampoco necesitariamos hacer la comunicación al MI
Los marcados de clase C0, si se quieren volar en ciudad, de manera recreativa, tienen que hacer alguna comunicación con el Ministerio del Interior ? Gracias
Si, porque ya no existe el vuelo recreativo, tendrás que hacer la comunicacion al MI con 5 dias de antelacion al volar en entorno urbano A1 : "se consideran «entornos urbanos» aquellos que se circunscriban a alguna de las superficies siguientes: a) Núcleos de población con áreas consolidadas por la edificación; b) Áreas residenciales, comerciales o industriales cuyos terrenos cuenten, acumulativamente, al menos, con accesos rodados, vías públicas pavimentadas para acceso peatonal, evacuación de aguas y alumbrado público; y c) Áreas recreativas, que sean de acceso público y en las existan construcciones o instalaciones, permanentes o eventuales para el ocio, el recreo o el deporte, entre las que, en todo caso, se encuentran las playas que reúnan ambos requisitos así como los parques o jardines de competencia de las Entidades locales."
@@manuelmartinavarro6681 Lo que están fomentando con todo esto, es que un porcentaje grande de gente pase de estas normas y sigan volando a su aire.......
Con un c0 podrás volar las personas el mínimo tiempo posible, no sobre volarlos continuamente como puede pasar si vuelas en urbano, otra cosa si no se puede volar carreteras ni coches, como vuelas por medio de la calle? La única forma seria en sts acotando la zona no? Pienso por lógica de las normas generales y del nuevo RC un saludo espero pueda contestarme
Hola, @ECHEYDE38, efectivamente, si puedes sobrevolar personas no participantes con un C0. Respecto a volar por encima de la calle el RD UAS 517/2024 no dice nada, tampoco menciona el sobreovuelo de vehículos en movimiento. Solo menciona, cuando habla de mantener esos 5 metros de distancia con los drones marcado C1: "construcciones estables similares a edificios, casas, así como de cualquier otro domicilio de personas físicas, incluyendo en todos los casos sus zonas de recreo, patios y zonas análogas, ya sean de titularidad pública o privada, aun cuando la operación se realice fuera de dichas zonas"
@@manuelmartinavarro6681 Pero sí menciona las carreteras, en el artículo 39.1.b. Carreteras y demás infrastructuras de transporte. Sólo no se mencionan los vehículos, pero porque dan igual al tener que mantener 25m horizontales y 50 verticales a las carreteras...
@@anxoso Como te he comentado antes, una calle ya sea peatonal o no en el centro de una ciudad, no la veo enmarcada dentro de la definición de "estructura lineal" puesto que no es una infraestructura de transporte (en muchas ciudades, los camiones pesados no pueden circular por las calles céntricas de los cascos urbanos) que plantea este RD 517, sin embargo, esta es mi interpretación y tendremos que esperar a ver que nos dice AESA.
Muy buenas, escribo desde Vitoria, quiero hacer un vuelo sencillo urbano en una plaza. He comunicado el vuelo al Ministerio de Interior para dentro de 6 días. ¿Sabes si hay que comunicar también a la Ertzantza o están intercomunicados? ¿Al ser un vuelo en categoría abierta (C1) hay que pedir permiso al ayuntamiento para poder despegar? He leído por ahí que hay que pedir un permiso de ocupación del suelo pero supongo que será para categoría específica. Estupendo canal y gracias por anticipado.
@@ANDONIGAZ Hola, solo es necesaria la comunicación al ministerio del interior. Respecto al permiso del ayuntamiento, si no existe ocupación de vía pública, no sería necesario avisarles, todo depende desde donde quieras despegar y aterrizar
Muchísimas gracias por la respuesta, el despegue sería en una plaza céntrica pero en una zona donde no suele haber gente y sería un sube y baja en vertical para hacer una foto 360º desde 45m. Entiendo que lo de la ocupación de vía pública se dará en categoría específica si hay que acordonar la zona. Un saludo.
@manuelmartinavarro6681 y perdon, el seguro de responsabilidad para pilotar un dji mini 4k (c0) es necesario? ya que en el permiso para el MI me pide un numero de Poliza obligatorio pero tenia entendido que para estos drones no es necesario un seguro a aprtir del nuevo boe. gracias otra vez!
Yo tengo una duda… se pueden sobrevolar carreteras? En algún momento se menciona esto? Si estoy en ciudad con un drone de menos de 250g, puedo sobrevolar una carretera? Un saludo y gracias de antemano!
@@AlvaroFdezR si estas en nucleo urbano puedes sobrevolar las calles y avenidas. Lo que no podras sobrevolar son autopistas y autovias por tratarse de infraestructuras lineales para el transporte
@@manuelmartinavarro6681entonces se pueden sobrevolar las carreteras dentro de una ciudad? Una nacional se podría? (Lo comento porque has concretado autovías y autopistas y me ha generado esta duda) Hay algún sitio evidente en el que se pueda ver la normativa para estos casos concretos? Por cierto, muchas gracias por contestar. Se agradece mucho
@@AlvaroFdezR Si, esto lo puedes ver en el RD 517, artículo 39, que te dice: "Son zonas geográficas de UAS generales por razón de la protección de las instalaciones e infraestructuras en las que se prestan servicios esenciales para la comunidad," (...) "Infraestructuras portuarias y ferroviarias, carreteras y demás infraestructuras de transporte," Por lo tanto, habla de carreteras que presten servicios de transporte esenciales para la comunidad. Ten en cuenta que hay que diferenciar entre : la calle es principalmente urbana, la carretera facilita el tránsito rápido y eficiente entre ciudades, y el camino ofrece una ruta rústica.
@@manuelmartinavarro6681 precisamente esa parte del decreto no dice que no? Lo acabo de estar volviendo a leer y a parte de lo que pone Justo ahí, no se debería contemplar como estructura lineal y por lo tanto no permite acercarse a menos de 25m a lo ancho a menos que estemos a por lo menos 50m de altura? La verdad es que tengo muchísima duda con el tema de las carreteras (sean en ciudad, campo, autopista, etc)
@@AlvaroFdezR Ten en cuenta que una calle no es una carretera, un camino tampoco es una carretera. Y el RD habla de "infraestructuras en las que se prestan servicios esenciales para la comunidad"
Hola , tengo un dron DJI mavic Air 1, su peso es más de 250 gramos pero menos de 900 gramos. No tiene marcado de clase. Tengo curso hecho de piloto y mis preguntas son.... 1. Puedo volar sin marcador de clase? 2. Es obligatorio tener la placa ignifuga con número de serie pegada en el dron? O es suficiente pegar número de serie de drone y mis datos en una pegatina simple? Se de la nueva normativa que no hace falta tener seguro para drone, pero para volar necesito marcado de clase? Gracias
Hola, @pro77kanalkozlowski57, en este video te explico como poder usar tus drones sin marcado de clase en entorno A1: ruclips.net/video/gb_U3r4XuUI/видео.htmlsi=8RdfGv25BYW6j6-s
Hola como piloto de drones de 249g con registro y licencia A1/A3 y con intención de volar solamente los C0 ahora mi pregunta.. en valencia si quisiera volar un ejemplo en la ciudad de las ciencias ( a día de hoy sale ctr) pero imagino que con el nuevo mapa de enarie si se reduce y no llegara a tanto.. si no hay ctr entonces podría volar mi drone simplemente avisando 5 días antes? O habría que tener algo mas?
Hola, @tommy23v, correcto, en cuanto entre el vigor el RD UAS 517/2024, podras volar en esa zona (que esta dentro de CTR) sin necesidad de EARO ni certificado RTC. Tendras que hacer el preaviso al ministerio del interior con 5 días de antelación, y cumplir las relgas de vuelo con drones C0 en entorno A1.
@@manuelmartinavarro6681Ya esta publicado en el BOE. Entiendo que además de con los C0, también se puede hacer con los MINIS 2, que no tienen marcado pero pesan menos de 250 gramos. Y si aunque dentro de CTR, no es entorno urbano, no es necesaria la comunicación?
@@DronalAire Correcto. Si no esta considerado "Zonas geográficas de UAS generales por razón de la seguridad ciudadana y la protección de personas y bienes en entornos urbanos", no será necesario el preaviso al ministerio del interior
@franciscoaragon979, Altura máxima en ciudad 120 mts (si no está afectada por restricciones al espacio aéreo) , Sobrevolar edificios: No.. Para hacerlo necesitas permiso del propietario
que pasara con quienes ya tengan el titulo de radiofonista a dia de hoy? se podrá convalidar por el titulo nuevo, como cuando cambión la normativa en 2020 con el titulo sts? o lo perderemos y estaremos obligados a volver a sacarnoslo? honestamente, dedico más horas de las que me gustaría a hacerlo todo de manera legal, pero se está poninendo imposible, sobretodo en zona urbana, me vas a decir como puedo yo realizar fotogrametria en en zonas pobladas, si para ello necesito minimo un mavic 3 enterprise de un kilo, para tener unas precisiones y calibraciones de cámara tolerables...
Hola, @Daniel-ui3ob, el certificado de Radiofonista, tendrá una validez de 2 años y luego habrá que renovarlo (ya nos dirán como). Y lo de la fotogrametría con Mavic 3, .. chungo. Estoy preparando otro video con Tips & Tricks sobre la nueva normativa UAS 517/2024. Ahí te comentaré como hacer ese tipo de operaciones.
Ya me veo hablando con los administradores de fincas para que en las reuniones de propietarios, en el orden del día pongan:" Permisos para vuelo de drones"...
Fuera bromas ya nos toco hacer algo parecido, tuve que hacer una inspección de tejados de un edificio de apartamentos y tuvimos que poner carteles en todos los portales para que los vecinos supieran que íbamos a volar un drone encima.
Buenas tardes y gracias por e video. Estos son los videos que necesitamos. Efectivamente el RD es un bodrio. Corte, recorte, prohibicion, registro, etc...... Una locura. Yo tengo Mini 2 y un Air 3. Una duda que me surge es: Ok con comunicación al MI, puedo volar, digamos, en una plaza amplia, puedo volar si no hay otras restricciones. ¿Que pasa con el Air 3? Puedo hacer lo mismo con el tema de las limitaciones de distancia a los edificios, no sobrevolar, etc...., por ser C1, pero sin estudio de seguridad aeronautico o tengo que cumplir otras cosas (STS, etc....)? Gracias
hola, @michidel6740, una vez en vigor el RD UAS 517/2024 no necesitarás EAS ni MO si eres operador unipersonal. Con el C1, ten en cuenta que tienes que mantener 5mt de distancia a los edificios y no debes sobrevolar personas no participantes.
hola, @javierprat8353, Si, pero no es pedir permiso, es realizar un preaviso de tu vuelo. Aunque la parcela, nave industrial o finca de pisos sea de tu propiedad. Lo que te beneficia, es que siendo tu el propietario, podrás sobrevolar dichas construcciones, sin necesidad de pedir permiso a otros.
Muy buenas Manuel, gracias por la información, queda claro entonces que los drones de marcado 0, no necesitan seguro y que se puede volar más fácilmente en ciudad no? Muchas gracias
Hola Manuel. Que pasa si hemos obtenido la formación Radiofonista en 2022 en base al RD.1036? Tiene caducidad? Tendré que hacer algún examen... Me podrías informar, por favor
Hola, @enp4641, tu certificado RTC del 1036, tendrá una validez del 2 años a partir del 25/06/24 y luego lo tendrás que renovar (aun no sabemos como) Los nuevos certificados RTC bajo el RD UAS 517/2024 también tendrán una validez de 2 años, y luego se tendrán que renovar.
Hola Manuel! Para poder volar drones de menos de 250gr (el mini 4 pro) a partir del 25 que entre el nuevo real decreto: ¿Qué examen o formación voy a necesitar si vuelo profesionalmente a menos de 60 metros en zonas CTR? ¿Qué permisos necesito para poder pedir permisos 5 días antes de las filmaciones a la administración? necesito tener algún título de piloto? (El de radio me ha quedado claro que no, ni es obligatorio el seguro)
Hola, @hectorroman7394, Efectivamente, SI, Ahora ya no existen los vuelos recreativos (excepto si son drones marcados como juguete) para todos los demás preaviso al M.I. con 5 días de antelación.
@@manuelmartinavarro6681 No entiendo , mi drone tiene el marcado de clase C0 ( Juguete) , aun siendo un juguete tengo que hacer el pre aviso ? , si es asi cualquier dia por tirar un avion de papel por la ventana me cae una sancion ...
Hola. Gracias por las aclaraciones pero hay una que no la veo. Los drones de menos de 250 grs. podrán sobrevolar edificios ? Si pido permiso del Ministerio los podría sobrevolar ?
Perdona, pero no me queda claro, he visto comentarios y creo que hay que avisar. En un parque enorme dentro de ciudad con un sub 250, comunicado al ministerio, no?
Hola buenas tardes, y los que tenemos el certificado de radiofonista, pasados los 2 años tendremos que volvernos a examinar solo del práctico o también del teórico????
Hola, @jrhgdron, todos los certificados de radiofonista, tanto los del RD1036, como los nuevos bajo normativa RD UAS 517, tendrán una fecha de caducidad de 2 años. Se emitirá un certificado teorico y otro práctico. a los 2 años, será necesario renovar el certificado práctico de Radiofonista.
Menos mal que me di cuenta a tiempo (gracias a vídeos como este) de que volar un drone te equipara a ser un delincuente.... (casi). Yo tenía pensado comprar el mini 4 pro con todo tipo de accesorios y repuestos 😅.... pero entonces vi q no puedo volar ni mi pueblo, ni mi propia casa, ni la de familiares.... entonces ¿para qué voy a comprarlo? ¿para grabar arbolitos de bosques lejanos? Lo gastaré en otro entretenimiento que no haga que tengas miedo constante a no darte cuenta de algo y así tengan excusa para meter la mano a tus ahorros (con los patinetes eléctricos van por el mismo camino). Además han demonizado tanto a los drones, que me di cuenta que si hablas de drones con cualquier persona ajena a este mundillo, automáticamente piensan que habían que prohibirlos todos.... Lo dicho: ganarse el dinero y ahorrarlo cuesta tanto que no merece la pena arriesgarlo por los drones. Un despiste con alguna norma de esta dictadura (somos personas) y te saldrá muy caro.
Hola, @josemariamg5377, Efectivamente, es una pena tanta restricción, pero podemos hacernos oir si nos juntamos todos al unísono y reclamamos cambios en este RD UAS 517
@@manuelmartinavarro6681 tu lo crees de verdad...?? Mira: si vas a videos de otros canales antiguos, te das cuenta de que esto mismo que acabas de decir lo llevan diciendo desde mucho tiempo atrás... y q ha pasado?? Q las restricciones han ido a más... pero a mucho más restrictivas si comparas desde aquellos phantom primeros (creo que se escribe así...😅) Te lo digo yo, que cuando se me metió la idea se comprar el mini 4 pro y di con videos como el tuyo, empeze a ver todos los vídeos q pude y me enteré bien para tomar finalmente la decisión de no comprarlo....
Tienes razón José Maria me pasa igual iba a coger ya un potensic atom se combo para empezar en este mundillo pero se me a cortado las ganas y con las ganas que tenia me da rabia pero gracias a este tipo de videos.
Buenas yo tengo una duda por si alguien me pudiera ayudar.... En el video se habla de volar en ciudad, pero no sé en vuestra ciudades pero al menos en la mía, León, si entras en el mapa de zonas de vuelo de ENAIRE está prohibido volar en toda la ciudad e incluso sus alrededores. Yo tengo un Drone de -250g, que tendría que hacer si quiero grabar un vídeo en mi ciudad? Muchas gracias
Hola, @mariofernandez8180, esa es una consulta muy específica, ponte en contacto conmigo a traves de www.alvol.es rellenando el formulario que aparece en el apartado contacto y quedaremos para hacer una videoconferencia y revisar todos los requisitos para tu vuelo. Un saludo.
correcto. Podras volar en "Los volúmenes de espacio aéreo controlado y de las zonas de información de vuelo" Siempre en VLOS y teniendo en cuenta que debes estar "fuera de las zonas geográficas de UAS generales por razón de la seguridad operacional en el entorno de los aeródromos o helipuertos, civiles o militares, establecidas en el artículo 41, o particulares"
@@manuelmartinavarro6681 hay una cosa que me preocupa y desconcierta bastante, supuestamente si ahora se podra volvar en "CTR" entiendo que antes por ejemplo en el parque del retiro que era zona CTR que necesitabas el permiso, actualmente ya no lo necesitarias y podrias volar, a no ser que lo prohiban despues, pero claro me surge la siguiente duda escuche que con la nueva ley ya no se podra volvar en urbano con ningun dron y que tendras que pedir permiso, entonces de que sirve poder volar en "CTR" si luego para volvar en urbano necesitas un permiso, entonces es todavia peor que antes no? o estoy confundido gracias
@@inuue92 , volar en CTR es mejor ahora, el preaviso al ministerio del interior igual lo necesitas hacre, igual que antes, lo único que no puedes sobrevolar edificios, a no ser que tengas autorizacion del propietario
@@manuelmartinavarro6681 aver, igual estoy super confundido por que estoy empezando en todo esto, yo entiendo que ahora en una zona "CTR" puedo volar mi dron a no mas de 60 metros y no necesito autorizacion no? por lo tanto entiendo que podria irme a el retiro a volvarlo tranquilamente, pero luego ala vez te dicen que tienes que pedir autorizacion para volvar en ciertas zonas como en este caso seria en el "retiro" entonces es algo que me confunde bastante igual algo estoy entendiendo yo mal
Hola,@@inuue92 si quieres, podemos hacer una videoconferencia y te asesoro en el vuelo que quieres realizar. Entra en www.alvol.es en el apartado contacto y rellena el formulario solicitando asesoria por videocall, así me pondré en contacto contigo y me preguntas todas las dudas que tengas. Un saludo.
Hola, @miguelbautista5730, en principio es la categoría que ha salido mejor parada. Lo único malo, que desaparecen los vuelos recreativos, por lo que siempre habrá que realizar el preaviso al ministerio del interior cuando volemos en entrono A1
Estupendo. Suelta la bomba de que para cualquier vuelo urbano hay que avisar con cinco días de antelación y se queda tan ancho, ni lo comenta. O sea, tú vas de viaje, ves un bonito pueblo en la montaña y no puedes volar porque no habías pedido permiso cinco días antes para volar en ese punto y fecha concreta. Mucho peor que ahora. Pero, oye, como si nada el Manuel.
Hola, @joseagamezjimenez7074.. Te lo corto y pego directamente del RD UAS 517 : " Cuando se trate de operaciones en la categoría «abierta» de la sección UAS.OPEN.020 del Reglamento de Ejecución con UAS de clase C1 con una MTOM, incluida su carga útil, igual o superior a 250 gramos, el piloto a distancia, durante la operación, debe mantener la aeronave no tripulada a una distancia de seguridad horizontal de al menos 5 metros de edificios"
Hola, @quimt.6440, dependerá del modelo del dron y de los materiales de fabricación. Yo tengo drones de juguete de 198gramos con chasis de poliexpan que no producen 80 julios de energia de impacto. Pero en caso de que si los produjera, tendrías que registrarte como operador aéreo para utilizarlo en entorno urbano.
@@javipar Eso sería un dron de fabricación propia y por lo tanto no dispone de marcado de clase. Si lo vas a utlizar en campos radiocontrol homologados, consulta si dicho campo, club o asociación dispone de seguro de responsabilidad civil.
@@manuelmartinavarro6681 los que usamos este tipo de drones. Lo solemos volar todos los sitios digamos. En el campo, montaña, ruinas, un parque sin gente. Aunque se diga drone de carreras, es para freestile o vuelos cinematicos, o al menos el 90% de la gente lo usa para eso
@@javipar Sin duda, los que lo usais en "entorno urbano" y a modo recreativo, sois los que mas habeís perdido con este nuevo RD 517. Te tocará cumplir con todos los requisitos, ya no se diferencia entre vuelo recreativo y operaciones especializadas. Otra opción es volar en entorno A3, ya que según veo, este nuevo RD 517, está enfocado a que los vuelos recreativos se hagan en dicho entorno.
Pero si lleva camara, si ha de registrarse, la norma dice: "se inscribirán las aeronaves no tripuladas con una MTOM de 250 g o más o que estén equipada con un sensor capaz de capturar datos personales cualquiera que sea su MTOM salvo que sea conforme con el Real Decreto 1205/2011, de 26 de agosto, sobre la seguridad de los juguetes"
Ni caso ni te registres ,las multas estado registrado son altísimas y sin registrar como mucho 100€ y son faltas administrativas ,lo que digo sale en el nuevo rd
Siguen sin haber novedades respecto a zonas de especial protección de aves? Harto estoy de que en cada viaje no pueda grabar nada en ninguna de las zonas que veo más llamativos visualmente... Encima las peticiones me las rechazan.
Eso es un chiringuito, su cortijo, con sus subvenciones.... ahí estamos jodidos. Yo he pedido hoy para una presa (contratado por el gestor de la infrastructura) y me dicen en medio ambiente que son 15 dias y a hacer estudio de impacto, que vaya a molestar a algún ave....
Hola, @Ipse-ei8wv eso es lo que va a pasar, al final, todos vamos a pedir permiso todos los días y el ministerio del interior estará tan saturado, que no va a saber quien vuela y quien no
Me temo mi querido amigo, que el ejemplo que indicas de poder volar sobre una calle, será prácticamente imposible en cualquier caso para los que volamos de manera recreativa, Dará igual el peso del Dron y dará igual los metros a los edificios. Dará igual que sea una ciudad, o un pueblecito de 50 habitantes. Como comentas al principio, los entornos urbanos serán las propias calles. Sus aceras, sus farolas, una mediana ajardinada, un paso de cebra, una alcantarilla, etc, etc. Y tal y como indica el RD, cualquier autoridad te lo puede denegar en cualquier momento.. De las playas ya ni te cuento. Y ya no hablo de grabar encima de la arena. Hay bañistas hasta las boyas, barquitas de todo tipo, hasta de plástico, ya que también esa parte del mar es un área de ocio o deporte. Y repitiendo lo anterior, cualquier autoridad te lo podrá prohibir y multar... En fin... O volamos en estupendos eriales esperando que no haya debajo una tubería de agua o un estanque, o nuestro aparatito será un bonito pisapapeles.. Siento ser tan negativo, pero creo que nos la han metido y nos han impuesto una legislación llena de trabas, para no poder hacer nuestros pequeños videos en lugares medianamente interesantes, por el simple motivo de enseñar nuestras vacaciones a nuestras familias o amigos.
Si el mapa enaire dice "no hay restricciones" en aquel zona, ¿No tendria que pedir ningun permiso para volar un mini 249g? Por ejemplo hay playas que me gustraua grabar, no hay restricciones pero no se si se considera zona urbana. Y claro si hay gente? He visto unos cuantos videos y mi cerebro a punto de explotar jajaj En Portugal rellenas un formulario y te llega el permiso en unos dias, parece todo mas facil
hola, @myonedayhops, si , en otros paises de la UE es mucho mas facil que en España. Ten en cuenta que está prohibido sobrevolar aglomeraciones de personas. Si estas en la playa y no hay dichas aglomeraciones, puedes volar, pero si hay algún elemento considerado como "entorno urbano" según el RD UAS 517 y quieres volar dentro de sus límites, tendrás que realizar el preaviso al MI
@@manuelmartinavarro6681 entonces no entiendo la ley la verdad por que entiendo y gurudrone ha echo un video y dice literal se acabó eso de llevar un mini y decir voy a ir a tal lado por si lo vuelvo puesto que en a3 se tendrá que pedir permisos
Hola, @@josemariagc4406 , en entorno A3, no vas tener que hacer el preaviso al ministerio del interior. Pero tendras que comprobar si hay alguna otra restriccion (que ya las habia antes) como zonas ZEPA o espacio aereo controlado (CTR) todas esas gestiones en entorno A3, apenas cambian con la nueva normativa.
Algo que no me queda claro de tu vídeo es la parte en la que hablas de volar por el centro de la calle para mantener la distancia a edificios. Las vías de comunicación, como carreteras, también son zonas geográficas de UAS, y tienen una limitación de 25m a los lados y 50m de distancia vertical, por lo que tampoco podrías volar por la calle, salvo que sea a más de esa altura, ¿no es así? Pues a 25m de las calles, y sin sobrevolar parques, no hay ningún lugar en la ciudad donde puedas despegar.
hola, @anxoso, yo ahí entiendo que una calle (incluyendo las calles peatonales) en una ciudad no entra en la definición de "estructura lineal" que plantea el RD UAS 517. Por lo tantoy si que la podríamos sobrevolar, pero es mi interpretación, tendremos que esperar a ver que nos dice AESA
@@manuelmartinavarro6681 Vi que modificaste tu 1ª respuesta; gracias por comprobarlo, se valora mucho el ponerle tanto interés al tema. Yo no veo tan claro que no se incluyan, pero ojalá sea como tu dices, dado que en caso contrario sería imposible volar en ninguna ciudad. A nivel EASA sólo se consideran las autopistas y autovías en esta restricción, pero en el reglamento español han cambiado deliberadamente las palabras, por lo que lo dejan en un terreno gris. Espero que lo aclaren de forma oficial en algún momento... ¡Gracias por tu trabajo en este tema!
@@anxoso Te agradezco tu cometario, y efectivamente, he revisado bien la norma y por eso cambié la respuesta. Lo he comentado con el grupo de instructore UAS de nuestra escuela y coicidimos en la interpretacion que te he dicho: una calle no la vemos como "infraestructura lienal de transporte". Muchas gracias por tu comentario.
Hablar un poco de los drones clase c0 con menos de 250 gramos,donde pueden volar, porque en cada video que se publica,o no habláis o cada uno dice una cosa distinta
Hola, @estebanlobo9652, un dron C0 puede volar tanto en entorno A1, como en entorno A3, cumpliendo las reglas de cada entorno. En posteriores videos analizaré las ventajas de los C0 respecto a los demás.
Hola, @rubenlopez7932, Con un Dron C0, podrás volar en entorno urbano, que a la vez esté afectado por un CTR hasta 60 mts de altura. Ademas, tendrás que tener en cuenta las distancias a pistas y helipistas que indica el RD UAS 517/2024, porque el límite se establece en un máximo de 45 metros de altura, dependiendo de la distancia horizontal a las pistas. Pero todo esto lo explicaré en otro video.
Por fin una persona que explica las cosas al grano y no hace un vídeo de 40 minutos para no aclarar lo de los Minis (que es la mayoría de los drones que tenemos los aficionados).
Hola, @diegom.l.9779, gracias por tu comentario 😉
Llevo vistos un montón de videos. Ahora con el tuyo veo un poco más de claridad a eso de volar en urbano. Gracias.
Muchas gracias Manuel por tus aclaraciones, por responder a las dudas y no marear la perdiz como pasa en otros canales. Me suscribo, un saludo.
@rafaelmarcosbs9383 Gracias por tus comentarios, iré haciendo mas videos aclarando todas las dudas. Un saludo.
Enhorabuena por el Canal y por la Información, Manuel 😊
Hola, @Droneando, muchisimas gracias, os sigo desde hace tiempo y haceis una gran labor de difusión, un saludo y muchas gracias por comentar. 🛩🚁
Gracias Manuel.
Hola, @Omarography, gracias por tu comentario
Buenos dias Manuel.
¿En entorno urbano, como queda el tema del paracaidas en un dron con marcado C2 (1100 gr) en categroia abierta A2 y en especifica STS-ES-01?
Muchas gracias y un saludo.
Hola,@leocadiomedina, para el vuelo en categoría específica tanto STS-ES-01 como STS-01, Será necesario el sistema de mitigación de energía de impacto.
En categoría abierta, no es necesario.
Buen video. Por desgracia se avecinan malos tiempos para el sector. Sobretodo a los que queremos trabajar de los drones.
Esperemos que desde las asociaciones poder hacerlos recapacitar y que relajen las prohibiciones.
El problema es que el boom de los drones os ha entrado con el boom del audiovisual y sacar dinero de eso cuando todo el mundo hace eso pues mas restricciones
Saludos gran canal, claro, rapido y al grano, soy sub
Tengo una duda, para ver si lo dejo ya o no, tengo un autel evo2 8k sin marcado clase ( no se si lo darán,no encuentro info), todas las licencias ,hasta sts es 02, operador, radiofonista y mi radio vhf, una declaración operacional de sts es 01 , para mi autel,consegui por mi cuenta un conops y estudio aeronautico aprovado para ctr Girona que sigue activo, con el dri y mitigación de impacto podria seguir grabando sobre poblaciones bajo sts? Tengo mucho invertido en este equipo desde hace unos años y no se si dejarlo
Hola. El vídeo es muy claro. Muchas gracias por explicarlo.
Por otra parte, me gustaría una consulta, por favor. Tengo un Mavic 2 Pro, sin etiqueta. Es posible obtenerla? Ahora mismo, aunque es como un C1, en realidad no lo es. Muchas gracias
Hola, @cristobalcoletogarcia6266, para eso tendrás que contactar con el fabricante DJI.
@@manuelmartinavarro6681 Muchas gracias!!!
Una duda que tengo. Hasta qué distancia en vlos puedo mandar el dron? Vista de águila 500metros?
@@chochuedron4098 la normativa no especifica una medida concreta para la distancia en categoria open, solo especifica que el dron esté en alcance visual.
Dependerá del tamaño del dron, del color y de las luces que lleve instaladas para determinar cuando el piloto pierde de vista dicho dron.
Una pregunta voy a adquirir un mini cómo se registra en el Ministerio del Interior habría que registrarlo también en AESA
Hola, @innovatutoriales487, el sistema de registro de drones en el ministerio del interior aún no está disponible.
gracias manuel por tus explicaciones.
Gracias por comentar
Muchas gracias.
Gracias por comentar
Felicidades por las explicaciones tan concisas y claras- Muchas gracias por el esfuerzo para dar tanta información de forma tan clara.
Una pregunta, el certificado de radiofonista has comentado que tiene una validez de 2 años ..... despues hay que renovarlo o sacarselo otra vez?
Gracias por todo
Hola, @JesusMateo-w3j
Te lo explico todo sobre el certificado de radiofonista en este video, dale un vistazo:
ruclips.net/video/Zf4mqTw8-wA/видео.htmlsi=96Jbl_UCFQKxAmiD
¿Crees que en Enaire Drones cambiarán las áreas de los CTR para idicar dónde no se puede volar, y dónde se puede volar hasta 60 m de altura?
Hola, @igorhernandez7243, por supuesto, DEBEN cambiarlas... tal y como pasa con el mapa de Francia, donde te especifican la altura máxima a la que puedes volar con tu dron en cada espacio aéreo.
Buena explicación
Tengo un mavic air ,sin clasificación ,es posible registrarlo para poder seguir usandolo?
Y que clase de permiso sería necesario?
Gracias de antemano
@sauki30 tendrias que solicitar el marcado de clase al fabricante.
Si no tiene marcado de clase, lo puedes usar en Subcategoría A3 indefinidamente, o categoría específica STS-ES-01 hasta el 31/12/2025.
Voy a dar de alta mi Avata-2 en AESA y este modelo no aparece, si está el Avata. ¿Qué debo hacer?
hola, @javierprat8353, espera a que entre en vigor el RD UAS 517/2024, porque van a ir actualizando todos los contenidos.
Yo que iba a cogerme un potensic atom se combo y veo todas las restricciones yo lo quiero mas bien para hacer vuelo en campo o algo en zona de pueblo
En entorno A3, no tienes ninguna restricción en lo que se refiereal ministeriodelinterior, solo consultar drones.enaire.es para ver si hay algún espacio aéreo controlado, notams o estas cerca de aeródromos o helipuertos
Entonces si comprase un dji mini 4 que me haria falta para volarlo?
@volandocondiego1146, te lo explico en este video:
ruclips.net/video/fYXSRzWxF_c/видео.htmlsi=YG6RSdTPsvGI7j6T
Entonces los que compremos un dron de menos de 249 gramos de peso por ejemplo en la finca particular mía,se necesita que el dron esté registrado también ?
Si no es un juguete, si, todos deberían estar registrados
Hola, que tal, he visto muchos videos y aun no me queda claro, CON DRON DE MENOS DE 250g:
- Puedo volar en urbano hasta 120 metros de altura?
- Puedo Sobrevolar edificios y parques?
- Tengo que comunicar siempre al ministerio de interior que voy a volar en zona urbana?
- Puedo volar en CTR sin pedir permiso a 60 metros?
GRACIAS
Hola, @gustavosanchez-fotografo3659, te respondo:
- SI
- NO (necesitarás el permiso del propietario del edificio)
- SI
- SI (si estas a cierta distancia de las pistas)
Hola Manuel, me queda una duda. Si el dron es C0,
@@stikkpain para un UAS con marcado C0 no es obligatorio el seguro RC
Gracias Rafa. Mucha información útil !!! 👍
😅 soy Manuel
para obtener el STS necesito el certificado de radiofonista ?
@aquijugar1998 , No. El certificado de radiofonista será para volar cerca de aerodromos, aeropuertos, helipuertos, etc...
Hola! Nuevo suscriptor! Te he descubierto a raiz de buscar info sobre el nuevo RD. Por lo que veo solo tratas el tema de estabilizados pero sabrias decir algo sobre como afecta al FPV? Yo que tengo drones fpv que pesan menos de 250gr podria volarlos como si fuese C0 en el nuevo entorno urbano haciendo el aviso al Ministerio de Interior verdad?
Del dron que pesa mas de 500gr entiendo que solo en A3 ,por el peso y no tener ID.
Muchas gracias!
Hola, @andoerreka, si tus drones de
@@manuelmartinavarro6681 Yo estoy registrado como operador y tengo el A1/A3. Muchas gracias por tu respuesta.
Ojalá puedas arrojar algo de luz sobre el tema de volar FPV con el nuevo RD.
Un saludo desde Bilbao!
Con un marcado de clase C0 podemos evitar lo de los 5 metros en las calles pero no has dejado claro si sobrevolar edificios se puede?
@franciscoblparaalmeria , solo podras sobrevolar edificios si tienes permiso del propietario
Manuel, entonces con un C0 en entorno urbano, se pueden sobrevolar edificios, patios......?? volar a 6 kms de un CTR a 60m de altura??? y no hace falta pedir autorización al MºInterior???
No. Si estas en entorno urbano, deberas hacer el previso al MI, no podrás sobrevolar edificios a menos que tengas autorización del propietario, y podras volar en ctr a 60 mts de altura como máximo, siempre y cuando estes lejos de las pistas de aterrizaje (las distancias en kms vienen determinadas según el tipo de infraestructura aeroportuaria)
Tengo un c0 y con eso del preaviso al ministerio de interior estoy algo perdida. Ahora que ya no hay diferencias entre recreativo y profesional. Yo hasta ahora he sido recreativa, ¿Hay qué pedirlo igual? No me acaba de quedar claro en qué condiciones hay que comunicar al ministerio de interior, ya quw en teoría con el RD nos prohíbe volar en urbano.. entonces, ¿Tienes que comunicar al ministerio que vuelas con un c0... Pero en qué entornos? No me queda claro
Hola, @patris.3012, con un C0, tendras que hacer el preaviso al ministerio del interior siempre que vueles en entorno urbano (A1) .. y ¿que es entorno urbano?, te lo pego textual del RD UAS 517/2024:
"se consideran «entornos urbanos» aquellos que se circunscriban a alguna de las superficies siguientes:
a) Núcleos de población con áreas consolidadas por la edificación;
b) Áreas residenciales, comerciales o industriales cuyos terrenos cuenten, acumulativamente, al menos, con accesos rodados, vías públicas pavimentadas para acceso peatonal, evacuación de aguas y alumbrado público; y
c) Áreas recreativas, que sean de acceso público y en las existan construcciones o instalaciones, permanentes o eventuales para el ocio, el recreo o el deporte, entre las que, en todo caso, se encuentran las playas que reúnan ambos requisitos así como los parques o jardines de competencia de las Entidades locales"
@@manuelmartinavarro6681 muchisimas gracias! Como siempre!!
Muy útil el video de pedir permisos de vuelo, ¿Tienes alguno de como y donde registrar el dron? ya que es otra de las nuevas normas. Muchas gracias.
@luismiguelgrasa1000 , el registro de drones aún no esta vigente. En cuanto lo esté y habiliten una plataforma para hacerlo, haré un video 😎
Disculpa, con un dron C0 para volar en Ciudad tambien tengo que pedir autorizacion 5 dias antes?
Hola, @lucascavaliereleon2047, si, correcto.
@@manuelmartinavarro6681 Gracias.
RD=REAL DESPROPOSITO
Pero esta gente que ha redactado el RD que fuma?
Madre mía.
Gracias por la información Manuel.
Hola, @DronalAire 😮💨😓, no me imaginaba que lo pudieran hacer tan mal 😫
@@manuelmartinavarro6681pues viendo lo visto hasta ahora, yo no me esperaba nada mejor...
Gracias por la rápida respuesta y por la info.
Buenas manuel y los drones fpv sub 250 pueden volar en ciudad??? O solo loa clase C0???
Yloas drones fpv tb hay que registrarlos?? Mxs gracias!!!
@@Lopez85FPV Si pueden.
Lo que no me queda claro es lo de 150 metros de margen respecto a estructuras que comentas en 1:40. Según el nuevo RD, el Artículo 40, apartado 2 dice que:
"Las zonas geográficas de UAS generales por razón de la seguridad ciudadana y la protección de las personas y bienes en entornos urbanos se extienden:
a) Horizontalmente, sobre la superficie abarcada por el límite físico hasta donde se extiendan los entornos urbanos definidos en el apartado 1"
Es decir, parece que ya no existe ese margen de 150 metros y podríamos volar en entorno urbano (estoy pensando más en pequeños pueblos) justo por el borde exterior, siempre y cuando no sobrevolemos ninguna carretera ni estructura, ¿puede ser?
Hola, @Axelko, MUY BUENO este comentario:
Efectivamente, tienes Razón.
Yo indico que a +150mts estaríamos en entorno A3 según la norma Europea, por lo tanto no haria falta preaviso al MI.
PERO :
Según tu dices, en una casa, al final del pueblo y sin estar encima de la casa ni del patio o jardin de la casa, aún estaría en entorno A1, pero volando justo por el borde exterior de esa ultima casa (si es un C0 pegadito a la fachada de la casa y si es un C1 dejando un margen de 5mts a la fachada) y sin sobrevolarla, tampoco necesitariamos hacer la comunicación al MI
La playa ¿Es zona urbana?
hola, @myonedayhops, en este video te lo explico y te pongo ejemplos:
ruclips.net/video/fYXSRzWxF_c/видео.htmlsi=YG6RSdTPsvGI7j6T
Los marcados de clase C0, si se quieren volar en ciudad, de manera recreativa, tienen que hacer alguna comunicación con el Ministerio del Interior ? Gracias
Si, porque ya no existe el vuelo recreativo, tendrás que hacer la comunicacion al MI con 5 dias de antelacion al volar en entorno urbano A1 : "se consideran «entornos urbanos» aquellos que se circunscriban a alguna de las superficies siguientes:
a) Núcleos de población con áreas consolidadas por la edificación;
b) Áreas residenciales, comerciales o industriales cuyos terrenos cuenten, acumulativamente, al menos, con accesos rodados, vías públicas pavimentadas para acceso peatonal, evacuación de aguas y alumbrado público; y
c) Áreas recreativas, que sean de acceso público y en las existan construcciones o instalaciones, permanentes o eventuales para el ocio, el recreo o el deporte, entre las que, en todo caso, se encuentran las playas que reúnan ambos requisitos así como los parques o jardines de competencia de las Entidades locales."
@@manuelmartinavarro6681 Lo que están fomentando con todo esto, es que un porcentaje grande de gente pase de estas normas y sigan volando a su aire.......
Con un c0 podrás volar las personas el mínimo tiempo posible, no sobre volarlos continuamente como puede pasar si vuelas en urbano, otra cosa si no se puede volar carreteras ni coches, como vuelas por medio de la calle? La única forma seria en sts acotando la zona no? Pienso por lógica de las normas generales y del nuevo RC un saludo espero pueda contestarme
Hola, @ECHEYDE38, efectivamente, si puedes sobrevolar personas no participantes con un C0.
Respecto a volar por encima de la calle el RD UAS 517/2024 no dice nada, tampoco menciona el sobreovuelo de vehículos en movimiento.
Solo menciona, cuando habla de mantener esos 5 metros de distancia con los drones marcado C1:
"construcciones estables similares a edificios, casas, así como de cualquier otro domicilio de personas físicas, incluyendo en todos los casos sus zonas de recreo, patios y zonas análogas, ya sean de titularidad pública o privada, aun cuando la operación se realice fuera de dichas zonas"
@@manuelmartinavarro6681 Pero sí menciona las carreteras, en el artículo 39.1.b. Carreteras y demás infrastructuras de transporte. Sólo no se mencionan los vehículos, pero porque dan igual al tener que mantener 25m horizontales y 50 verticales a las carreteras...
@@anxoso Como te he comentado antes, una calle ya sea peatonal o no en el centro de una ciudad, no la veo enmarcada dentro de la definición de "estructura lineal" puesto que no es una infraestructura de transporte (en muchas ciudades, los camiones pesados no pueden circular por las calles céntricas de los cascos urbanos) que plantea este RD 517, sin embargo, esta es mi interpretación y tendremos que esperar a ver que nos dice AESA.
Muy buenas, escribo desde Vitoria, quiero hacer un vuelo sencillo urbano en una plaza. He comunicado el vuelo al Ministerio de Interior para dentro de 6 días. ¿Sabes si hay que comunicar también a la Ertzantza o están intercomunicados? ¿Al ser un vuelo en categoría abierta (C1) hay que pedir permiso al ayuntamiento para poder despegar? He leído por ahí que hay que pedir un permiso de ocupación del suelo pero supongo que será para categoría específica. Estupendo canal y gracias por anticipado.
@@ANDONIGAZ Hola, solo es necesaria la comunicación al ministerio del interior.
Respecto al permiso del ayuntamiento, si no existe ocupación de vía pública, no sería necesario avisarles, todo depende desde donde quieras despegar y aterrizar
Muchísimas gracias por la respuesta, el despegue sería en una plaza céntrica pero en una zona donde no suele haber gente y sería un sube y baja en vertical para hacer una foto 360º desde 45m. Entiendo que lo de la ocupación de vía pública se dará en categoría específica si hay que acordonar la zona. Un saludo.
@manuelmartinavarro6681 y perdon, el seguro de responsabilidad para pilotar un dji mini 4k (c0) es necesario? ya que en el permiso para el MI me pide un numero de Poliza obligatorio pero tenia entendido que para estos drones no es necesario un seguro a aprtir del nuevo boe. gracias otra vez!
Hola, @lucascavaliereleon2047, efectivamente, cuando entre en vigor el RD UAS 517, ya no será obligatorio el seguro para los drones C0 y C1
En la clase c0 categoría abierta también tiene que pedir permiso para sobrevolar alguna casa?
Hola, @aritzgoazen7585, Correcto.
Yo tengo una duda… se pueden sobrevolar carreteras? En algún momento se menciona esto? Si estoy en ciudad con un drone de menos de 250g, puedo sobrevolar una carretera?
Un saludo y gracias de antemano!
@@AlvaroFdezR si estas en nucleo urbano puedes sobrevolar las calles y avenidas.
Lo que no podras sobrevolar son autopistas y autovias por tratarse de infraestructuras lineales para el transporte
@@manuelmartinavarro6681entonces se pueden sobrevolar las carreteras dentro de una ciudad?
Una nacional se podría? (Lo comento porque has concretado autovías y autopistas y me ha generado esta duda)
Hay algún sitio evidente en el que se pueda ver la normativa para estos casos concretos?
Por cierto, muchas gracias por contestar. Se agradece mucho
@@AlvaroFdezR Si, esto lo puedes ver en el RD 517, artículo 39, que te dice:
"Son zonas geográficas de UAS generales por razón de la protección de las instalaciones e infraestructuras en las que se prestan servicios esenciales para la comunidad," (...) "Infraestructuras portuarias y ferroviarias, carreteras y demás infraestructuras de transporte,"
Por lo tanto, habla de carreteras que presten servicios de transporte esenciales para la comunidad.
Ten en cuenta que hay que diferenciar entre : la calle es principalmente urbana, la carretera facilita el tránsito rápido y eficiente entre ciudades, y el camino ofrece una ruta rústica.
@@manuelmartinavarro6681 precisamente esa parte del decreto no dice que no? Lo acabo de estar volviendo a leer y a parte de lo que pone Justo ahí, no se debería contemplar como estructura lineal y por lo tanto no permite acercarse a menos de 25m a lo ancho a menos que estemos a por lo menos 50m de altura?
La verdad es que tengo muchísima duda con el tema de las carreteras (sean en ciudad, campo, autopista, etc)
@@AlvaroFdezR Ten en cuenta que una calle no es una carretera, un camino tampoco es una carretera.
Y el RD habla de "infraestructuras en las que se prestan servicios esenciales para la comunidad"
Hola , tengo un dron DJI mavic Air 1, su peso es más de 250 gramos pero menos de 900 gramos. No tiene marcado de clase. Tengo curso hecho de piloto y mis preguntas son....
1. Puedo volar sin marcador de clase?
2. Es obligatorio tener la placa ignifuga con número de serie pegada en el dron? O es suficiente pegar número de serie de drone y mis datos en una pegatina simple?
Se de la nueva normativa que no hace falta tener seguro para drone, pero para volar necesito marcado de clase?
Gracias
Hola, @pro77kanalkozlowski57, en este video te explico como poder usar tus drones sin marcado de clase en entorno A1:
ruclips.net/video/gb_U3r4XuUI/видео.htmlsi=8RdfGv25BYW6j6-s
Gracias por tu ayuda
Hola como piloto de drones de 249g con registro y licencia A1/A3 y con intención de volar solamente los C0 ahora mi pregunta.. en valencia si quisiera volar un ejemplo en la ciudad de las ciencias ( a día de hoy sale ctr) pero imagino que con el nuevo mapa de enarie si se reduce y no llegara a tanto.. si no hay ctr entonces podría volar mi drone simplemente avisando 5 días antes? O habría que tener algo mas?
Hola, @tommy23v, correcto, en cuanto entre el vigor el RD UAS 517/2024, podras volar en esa zona (que esta dentro de CTR) sin necesidad de EARO ni certificado RTC. Tendras que hacer el preaviso al ministerio del interior con 5 días de antelación, y cumplir las relgas de vuelo con drones C0 en entorno A1.
@@manuelmartinavarro6681 por lo tanto con el A1/A3 podré hacer bastantes vuelos sin necesidad de sacar el sts siempre y cuando vuele drones de 249g?
@@manuelmartinavarro6681Ya esta publicado en el BOE.
Entiendo que además de con los C0, también se puede hacer con los MINIS 2, que no tienen marcado pero pesan menos de 250 gramos.
Y si aunque dentro de CTR, no es entorno urbano, no es necesaria la comunicación?
@@nstr_fpv correcto
@@DronalAire Correcto.
Si no esta considerado "Zonas geográficas de UAS generales por razón de la seguridad ciudadana y la protección de personas y bienes en entornos urbanos", no será necesario el preaviso al ministerio del interior
Hola y que altura se puede volar en Ciudad con un mini y si se puede sobrevolar edificios
20 metros máximo y en ningún caso se podrá sobrevolar edificios
@franciscoaragon979, Altura máxima en ciudad 120 mts (si no está afectada por restricciones al espacio aéreo) , Sobrevolar edificios: No.. Para hacerlo necesitas permiso del propietario
Esta claro que para un marcado de clase C0 también se tiene que pedir permiso al Ministerio de interior ¿Cómo se realiza este tramite? Gracias
En la sede electrónica del ministerio del interior
@luismiguelgrasa1000 Te lo explico en este video:
ruclips.net/video/vNMcHAn0bRc/видео.htmlsi=sgtwDM0H3cUtpYBH
@@manuelmartinavarro6681 Muchas gracias lo miro ahora.
La respuesta es no
Y qué pasa con los Legacy ( todos los drones comprados antes de 1 ene 2024 ) que no tienen marcado de clase y están obligados a volar en A3 ?
Hola, @luisgracia9203, te lo explico en este video:
ruclips.net/video/gb_U3r4XuUI/видео.htmlsi=8oeOQ7IWRiVn_iEE
Gracias
Los MAVIC 3 comprados antes 1 enero me acaban de pasar que si tienen marcado de clase .
@@luisgracia9203 Eso lo tendrás que solicitar al fabricante DJI
que pasara con quienes ya tengan el titulo de radiofonista a dia de hoy? se podrá convalidar por el titulo nuevo, como cuando cambión la normativa en 2020 con el titulo sts? o lo perderemos y estaremos obligados a volver a sacarnoslo? honestamente, dedico más horas de las que me gustaría a hacerlo todo de manera legal, pero se está poninendo imposible, sobretodo en zona urbana, me vas a decir como puedo yo realizar fotogrametria en en zonas pobladas, si para ello necesito minimo un mavic 3 enterprise de un kilo, para tener unas precisiones y calibraciones de cámara tolerables...
Hola, @Daniel-ui3ob, el certificado de Radiofonista, tendrá una validez de 2 años y luego habrá que renovarlo (ya nos dirán como).
Y lo de la fotogrametría con Mavic 3, .. chungo.
Estoy preparando otro video con Tips & Tricks sobre la nueva normativa UAS 517/2024. Ahí te comentaré como hacer ese tipo de operaciones.
@@manuelmartinavarro6681 ok, gracias por responder, estaré atento
Ya me veo hablando con los administradores de fincas para que en las reuniones de propietarios, en el orden del día pongan:" Permisos para vuelo de drones"...
@manelmelich6028, si, una auténtica locura,
Fuera bromas ya nos toco hacer algo parecido, tuve que hacer una inspección de tejados de un edificio de apartamentos y tuvimos que poner carteles en todos los portales para que los vecinos supieran que íbamos a volar un drone encima.
@@flashfast2007 Correcto, bajo la normativa RD1036 y RD1180 también necesitábamos permisos del propietario para estos trabajos con el Dron.
entonces si yo voy a volar dron varios días tengo que hacer varios comunicados????
Segun este nuevo RD 517, el preaviso podrá hacerse con una validez de 5 días
Buenas tardes y gracias por e video. Estos son los videos que necesitamos. Efectivamente el RD es un bodrio. Corte, recorte, prohibicion, registro, etc...... Una locura. Yo tengo Mini 2 y un Air 3. Una duda que me surge es: Ok con comunicación al MI, puedo volar, digamos, en una plaza amplia, puedo volar si no hay otras restricciones. ¿Que pasa con el Air 3? Puedo hacer lo mismo con el tema de las limitaciones de distancia a los edificios, no sobrevolar, etc...., por ser C1, pero sin estudio de seguridad aeronautico o tengo que cumplir otras cosas (STS, etc....)? Gracias
hola, @michidel6740, una vez en vigor el RD UAS 517/2024 no necesitarás EAS ni MO si eres operador unipersonal.
Con el C1, ten en cuenta que tienes que mantener 5mt de distancia a los edificios y no debes sobrevolar personas no participantes.
¿Debo pedir permiso al Ministerio del Interior si vuelo en parcelas o edificios de mi propiedad en un entorno urbano o industrial? Gracias
hola, @javierprat8353, Si, pero no es pedir permiso, es realizar un preaviso de tu vuelo. Aunque la parcela, nave industrial o finca de pisos sea de tu propiedad. Lo que te beneficia, es que siendo tu el propietario, podrás sobrevolar dichas construcciones, sin necesidad de pedir permiso a otros.
@@manuelmartinavarro6681 Es decir, aunque la parcela sea de mi propiedad ¿debo realizar el preaviso? Si es así, vaya engorro. Gracias
@@javierprat8353 correcto
Muy buenas Manuel, gracias por la información, queda claro entonces que los drones de marcado 0, no necesitan seguro y que se puede volar más fácilmente en ciudad no? Muchas gracias
hola, @zona11esp, Correcto.
¿Pero los marcados C0 hay que avisar también 5 días antes para poder volarlos?
@@innovatutoriales487si, en el RD no establece distinciones entre categorías a la hora de informar al ministerio de interior
@@martincf9147 ¿Y cómo se notifica al Ministerio? ¿Alguien puede pasar el enlace al trámite o algún documento tipo? Muchas gracias
Me respondo a mi mismo: ruclips.net/video/vNMcHAn0bRc/видео.htmlsi=sgtwDM0H3cUtpYBH
Hola Manuel. Que pasa si hemos obtenido la formación Radiofonista en 2022 en base al RD.1036?
Tiene caducidad? Tendré que hacer algún examen...
Me podrías informar, por favor
Hola, @enp4641, tu certificado RTC del 1036, tendrá una validez del 2 años a partir del 25/06/24 y luego lo tendrás que renovar (aun no sabemos como)
Los nuevos certificados RTC bajo el RD UAS 517/2024 también tendrán una validez de 2 años, y luego se tendrán que renovar.
Gracias por la respuesta, Manuel
Hola Manuel! Para poder volar drones de menos de 250gr (el mini 4 pro) a partir del 25 que entre el nuevo real decreto: ¿Qué examen o formación voy a necesitar si vuelo profesionalmente a menos de 60 metros en zonas CTR? ¿Qué permisos necesito para poder pedir permisos 5 días antes de las filmaciones a la administración? necesito tener algún título de piloto? (El de radio me ha quedado claro que no, ni es obligatorio el seguro)
Para un dron de
@@manuelmartinavarro6681 Gracias Manuel
Con un drone C0 ( Dji mini 4 pro ) se tiene que hacer el preaviso si quiero volar en mi pueblo que no tiene ningun ctr ni restriccion ??
Hola, @hectorroman7394, Efectivamente, SI,
Ahora ya no existen los vuelos recreativos (excepto si son drones marcados como juguete) para todos los demás preaviso al M.I. con 5 días de antelación.
@@manuelmartinavarro6681te equivocas majo leete el rd nuevo que no das información veraz y concisa
@@manuelmartinavarro6681 No entiendo , mi drone tiene el marcado de clase C0 ( Juguete) , aun siendo un juguete tengo que hacer el pre aviso ? , si es asi cualquier dia por tirar un avion de papel por la ventana me cae una sancion ...
@@hectorroman7394 el marcado C0 implica que no es un juguete.
Los juguete vienen con una marca CE y la directiva de juguetes anotada
Hola. Gracias por las aclaraciones pero hay una que no la veo.
Los drones de menos de 250 grs. podrán sobrevolar edificios ?
Si pido permiso del Ministerio los podría sobrevolar ?
Hola, @emilioaracil7210, no, no podras sobrevolar edificios, necesitas permiso del propietario.
@@manuelmartinavarro6681 Gracias
Perdona, pero no me queda claro, he visto comentarios y creo que hay que avisar. En un parque enorme dentro de ciudad con un sub 250, comunicado al ministerio, no?
@pereslot, Si, siempre y cuando ese dron
Hola buenas tardes, y los que tenemos el certificado de radiofonista, pasados los 2 años tendremos que volvernos a examinar solo del práctico o también del teórico????
Hola, @jrhgdron, todos los certificados de radiofonista, tanto los del RD1036, como los nuevos bajo normativa RD UAS 517, tendrán una fecha de caducidad de 2 años.
Se emitirá un certificado teorico y otro práctico.
a los 2 años, será necesario renovar el certificado práctico de Radiofonista.
@@manuelmartinavarro6681 hola, ósea que yo dentro de 2 años Apartir de la entrada en vigor del RD, solo tendría que renovar el práctico???…
@@jrhgdron Aún no lo han especificado, pero podría ser que si.
@@manuelmartinavarro6681 gracias…
Menos mal que me di cuenta a tiempo (gracias a vídeos como este) de que volar un drone te equipara a ser un delincuente.... (casi).
Yo tenía pensado comprar el mini 4 pro con todo tipo de accesorios y repuestos 😅.... pero entonces vi q no puedo volar ni mi pueblo, ni mi propia casa, ni la de familiares.... entonces ¿para qué voy a comprarlo? ¿para grabar arbolitos de bosques lejanos?
Lo gastaré en otro entretenimiento que no haga que tengas miedo constante a no darte cuenta de algo y así tengan excusa para meter la mano a tus ahorros (con los patinetes eléctricos van por el mismo camino).
Además han demonizado tanto a los drones, que me di cuenta que si hablas de drones con cualquier persona ajena a este mundillo, automáticamente piensan que habían que prohibirlos todos....
Lo dicho: ganarse el dinero y ahorrarlo cuesta tanto que no merece la pena arriesgarlo por los drones. Un despiste con alguna norma de esta dictadura (somos personas) y te saldrá muy caro.
Hola, @josemariamg5377, Efectivamente, es una pena tanta restricción, pero podemos hacernos oir si nos juntamos todos al unísono y reclamamos cambios en este RD UAS 517
@@manuelmartinavarro6681 tu lo crees de verdad...??
Mira: si vas a videos de otros canales antiguos, te das cuenta de que esto mismo que acabas de decir lo llevan diciendo desde mucho tiempo atrás... y q ha pasado??
Q las restricciones han ido a más... pero a mucho más restrictivas si comparas desde aquellos phantom primeros (creo que se escribe así...😅)
Te lo digo yo, que cuando se me metió la idea se comprar el mini 4 pro y di con videos como el tuyo, empeze a ver todos los vídeos q pude y me enteré bien para tomar finalmente la decisión de no comprarlo....
Tienes razón José Maria me pasa igual iba a coger ya un potensic atom se combo para empezar en este mundillo pero se me a cortado las ganas y con las ganas que tenia me da rabia pero gracias a este tipo de videos.
Buenas yo tengo una duda por si alguien me pudiera ayudar.... En el video se habla de volar en ciudad, pero no sé en vuestra ciudades pero al menos en la mía, León, si entras en el mapa de zonas de vuelo de ENAIRE está prohibido volar en toda la ciudad e incluso sus alrededores. Yo tengo un Drone de -250g, que tendría que hacer si quiero grabar un vídeo en mi ciudad? Muchas gracias
Hola, @mariofernandez8180, esa es una consulta muy específica, ponte en contacto conmigo a traves de www.alvol.es rellenando el formulario que aparece en el apartado contacto y quedaremos para hacer una videoconferencia y revisar todos los requisitos para tu vuelo.
Un saludo.
Osea que ahora puedo volar en espacio ctr a no mas de 60 metros?
correcto. Podras volar en "Los volúmenes de espacio aéreo controlado y de las zonas de información de vuelo" Siempre en VLOS y teniendo en cuenta que debes estar "fuera de las zonas geográficas de UAS generales por razón de la seguridad
operacional en el entorno de los aeródromos o helipuertos, civiles o militares,
establecidas en el artículo 41, o particulares"
@@manuelmartinavarro6681 hay una cosa que me preocupa y desconcierta bastante, supuestamente si ahora se podra volvar en "CTR" entiendo que antes por ejemplo en el parque del retiro que era zona CTR que necesitabas el permiso, actualmente ya no lo necesitarias y podrias volar, a no ser que lo prohiban despues, pero claro me surge la siguiente duda escuche que con la nueva ley ya no se podra volvar en urbano con ningun dron y que tendras que pedir permiso, entonces de que sirve poder volar en "CTR" si luego para volvar en urbano necesitas un permiso, entonces es todavia peor que antes no? o estoy confundido gracias
@@inuue92 , volar en CTR es mejor ahora, el preaviso al ministerio del interior igual lo necesitas hacre, igual que antes, lo único que no puedes sobrevolar edificios, a no ser que tengas autorizacion del propietario
@@manuelmartinavarro6681 aver, igual estoy super confundido por que estoy empezando en todo esto, yo entiendo que ahora en una zona "CTR" puedo volar mi dron a no mas de 60 metros y no necesito autorizacion no? por lo tanto entiendo que podria irme a el retiro a volvarlo tranquilamente, pero luego ala vez te dicen que tienes que pedir autorizacion para volvar en ciertas zonas como en este caso seria en el "retiro" entonces es algo que me confunde bastante igual algo estoy entendiendo yo mal
Hola,@@inuue92 si quieres, podemos hacer una videoconferencia y te asesoro en el vuelo que quieres realizar. Entra en www.alvol.es en el apartado contacto y rellena el formulario solicitando asesoria por videocall, así me pondré en contacto contigo y me preguntas todas las dudas que tengas. Un saludo.
Hay alguna mala noticia para categoria 0 ?
Yo creo que la mala noticia es la obligación de comunicar el vuelo al ministerio. Porque seguramente se van a prohibir casi todos esos vuelos
Hola, @miguelbautista5730, en principio es la categoría que ha salido mejor parada. Lo único malo, que desaparecen los vuelos recreativos, por lo que siempre habrá que realizar el preaviso al ministerio del interior cuando volemos en entrono A1
Estupendo. Suelta la bomba de que para cualquier vuelo urbano hay que avisar con cinco días de antelación y se queda tan ancho, ni lo comenta. O sea, tú vas de viaje, ves un bonito pueblo en la montaña y no puedes volar porque no habías pedido permiso cinco días antes para volar en ese punto y fecha concreta. Mucho peor que ahora. Pero, oye, como si nada el Manuel.
Hola, @joseangel4428, asi es. Pero si vuelas en entorno A3, no es necesario el preaviso al ministerio del interior.
@@manuelmartinavarro6681 ¿No lo es? Pero ¿qué tipo de drones entran pues en A3? ¿Los de menos de 250?
@@joseangel4428 te explico lo que es el entorno A3 en este video:
ruclips.net/video/fgEqeDun7Qs/видео.htmlsi=yYy2hX7iIWH9j75z
Te lo explico en este video:
ruclips.net/video/fgEqeDun7Qs/видео.htmlsi=yYy2hX7iIWH9j75z
@@manuelmartinavarro6681 Muchas gracias, voy a verlo, un saludo
¿Puedes confirmar que con un C1 son 5m y no 10m?
Hola, @joseagamezjimenez7074.. Te lo corto y pego directamente del RD UAS 517 :
" Cuando se trate de operaciones en la categoría «abierta» de la sección UAS.OPEN.020 del Reglamento de Ejecución con UAS de clase C1 con una MTOM, incluida su carga útil, igual o superior a 250 gramos, el piloto a distancia, durante la operación, debe mantener la aeronave no tripulada a una distancia de seguridad horizontal de al menos 5 metros de edificios"
Tengo un DJI mavic air 2 creo que lo venderé 😢
menos de 250 gr. a 120 metros de altura en entorno urbano, producen mas de 80 julios ,
Hola, @quimt.6440, dependerá del modelo del dron y de los materiales de fabricación. Yo tengo drones de juguete de 198gramos con chasis de poliexpan que no producen 80 julios de energia de impacto.
Pero en caso de que si los produjera, tendrías que registrarte como operador aéreo para utilizarlo en entorno urbano.
Un drone de 5 pulgadas, de menos de 900g, dices que no tengo que tener seguro de responsabilidad civil. Pero el drone tiene que estar asegurado?
Hola, @javipar, si es conforme a la normativa europea con marcado C0 o C1, no será obligatorio seguro de responsabilidad civil.
@@manuelmartinavarro6681 que marcado tiene un drone de carreras, de 5 pulgadas fabricado por piezas? Gracias por contestar
@@javipar Eso sería un dron de fabricación propia y por lo tanto no dispone de marcado de clase. Si lo vas a utlizar en campos radiocontrol homologados, consulta si dicho campo, club o asociación dispone de seguro de responsabilidad civil.
@@manuelmartinavarro6681 los que usamos este tipo de drones. Lo solemos volar todos los sitios digamos. En el campo, montaña, ruinas, un parque sin gente. Aunque se diga drone de carreras, es para freestile o vuelos cinematicos, o al menos el 90% de la gente lo usa para eso
@@javipar Sin duda, los que lo usais en "entorno urbano" y a modo recreativo, sois los que mas habeís perdido con este nuevo RD 517. Te tocará cumplir con todos los requisitos, ya no se diferencia entre vuelo recreativo y operaciones especializadas.
Otra opción es volar en entorno A3, ya que según veo, este nuevo RD 517, está enfocado a que los vuelos recreativos se hagan en dicho entorno.
Los de 249gr no tienen que registrarse, no? Pone ahí de 250gr o más...
Pero si lleva camara, si ha de registrarse, la norma dice: "se inscribirán las aeronaves no tripuladas con una MTOM de 250 g o más o que estén equipada con un sensor capaz de capturar datos personales cualquiera que sea su MTOM salvo que sea conforme con el Real Decreto 1205/2011, de 26 de agosto, sobre la seguridad de los juguetes"
Ni caso ni te registres ,las multas estado registrado son altísimas y sin registrar como mucho 100€ y son faltas administrativas ,lo que digo sale en el nuevo rd
Siguen sin haber novedades respecto a zonas de especial protección de aves?
Harto estoy de que en cada viaje no pueda grabar nada en ninguna de las zonas que veo más llamativos visualmente... Encima las peticiones me las rechazan.
Eso es un chiringuito, su cortijo, con sus subvenciones.... ahí estamos jodidos. Yo he pedido hoy para una presa (contratado por el gestor de la infrastructura) y me dicen en medio ambiente que son 15 dias y a hacer estudio de impacto, que vaya a molestar a algún ave....
Voy a pedir permiso todos los días aunque so vaya a volar....
Hola, @Ipse-ei8wv eso es lo que va a pasar, al final, todos vamos a pedir permiso todos los días y el ministerio del interior estará tan saturado, que no va a saber quien vuela y quien no
Me temo mi querido amigo, que el ejemplo que indicas de poder volar sobre una calle, será prácticamente imposible en cualquier caso para los que volamos de manera recreativa, Dará igual el peso del Dron y dará igual los metros a los edificios. Dará igual que sea una ciudad, o un pueblecito de 50 habitantes. Como comentas al principio, los entornos urbanos serán las propias calles. Sus aceras, sus farolas, una mediana ajardinada, un paso de cebra, una alcantarilla, etc, etc. Y tal y como indica el RD, cualquier autoridad te lo puede denegar en cualquier momento.. De las playas ya ni te cuento. Y ya no hablo de grabar encima de la arena. Hay bañistas hasta las boyas, barquitas de todo tipo, hasta de plástico, ya que también esa parte del mar es un área de ocio o deporte. Y repitiendo lo anterior, cualquier autoridad te lo podrá prohibir y multar... En fin... O volamos en estupendos eriales esperando que no haya debajo una tubería de agua o un estanque, o nuestro aparatito será un bonito pisapapeles.. Siento ser tan negativo, pero creo que nos la han metido y nos han impuesto una legislación llena de trabas, para no poder hacer nuestros pequeños videos en lugares medianamente interesantes, por el simple motivo de enseñar nuestras vacaciones a nuestras familias o amigos.
Gracias por comentar, un saludo.
Si el mapa enaire dice "no hay restricciones" en aquel zona, ¿No tendria que pedir ningun permiso para volar un mini 249g?
Por ejemplo hay playas que me gustraua grabar, no hay restricciones pero no se si se considera zona urbana. Y claro si hay gente?
He visto unos cuantos videos y mi cerebro a punto de explotar jajaj
En Portugal rellenas un formulario y te llega el permiso en unos dias, parece todo mas facil
hola, @myonedayhops, si , en otros paises de la UE es mucho mas facil que en España.
Ten en cuenta que está prohibido sobrevolar aglomeraciones de personas.
Si estas en la playa y no hay dichas aglomeraciones, puedes volar, pero si hay algún elemento considerado como "entorno urbano" según el RD UAS 517 y quieres volar dentro de sus límites, tendrás que realizar el preaviso al MI
NOS QUIEREN QUITAR DE EN MEDIO PARA QUE NO LOS DEMOS GUERRA 😢
Así es compi, jeje.
Ahora con un clase 0 tenemos que notificar que vamos a volar sea donde sea
Hola, @josemariagc4406, No es así.
Si vas a volar en entorno A3, no será necesario el preaviso al ministerio del interior.
@@manuelmartinavarro6681 entonces no entiendo la ley la verdad por que entiendo y gurudrone ha echo un video y dice literal se acabó eso de llevar un mini y decir voy a ir a tal lado por si lo vuelvo puesto que en a3 se tendrá que pedir permisos
Hola, @@josemariagc4406 , en entorno A3, no vas tener que hacer el preaviso al ministerio del interior. Pero tendras que comprobar si hay alguna otra restriccion (que ya las habia antes) como zonas ZEPA o espacio aereo controlado (CTR) todas esas gestiones en entorno A3, apenas cambian con la nueva normativa.
Algo que no me queda claro de tu vídeo es la parte en la que hablas de volar por el centro de la calle para mantener la distancia a edificios. Las vías de comunicación, como carreteras, también son zonas geográficas de UAS, y tienen una limitación de 25m a los lados y 50m de distancia vertical, por lo que tampoco podrías volar por la calle, salvo que sea a más de esa altura, ¿no es así? Pues a 25m de las calles, y sin sobrevolar parques, no hay ningún lugar en la ciudad donde puedas despegar.
hola, @anxoso, yo ahí entiendo que una calle (incluyendo las calles peatonales) en una ciudad no entra en la definición de "estructura lineal" que plantea el RD UAS 517. Por lo tantoy si que la podríamos sobrevolar, pero es mi interpretación, tendremos que esperar a ver que nos dice AESA
@@manuelmartinavarro6681 Vi que modificaste tu 1ª respuesta; gracias por comprobarlo, se valora mucho el ponerle tanto interés al tema. Yo no veo tan claro que no se incluyan, pero ojalá sea como tu dices, dado que en caso contrario sería imposible volar en ninguna ciudad. A nivel EASA sólo se consideran las autopistas y autovías en esta restricción, pero en el reglamento español han cambiado deliberadamente las palabras, por lo que lo dejan en un terreno gris. Espero que lo aclaren de forma oficial en algún momento...
¡Gracias por tu trabajo en este tema!
@@anxoso Te agradezco tu cometario, y efectivamente, he revisado bien la norma y por eso cambié la respuesta. Lo he comentado con el grupo de instructore UAS de nuestra escuela y coicidimos en la interpretacion que te he dicho: una calle no la vemos como "infraestructura lienal de transporte". Muchas gracias por tu comentario.
Hablar un poco de los drones clase c0 con menos de 250 gramos,donde pueden volar, porque en cada video que se publica,o no habláis o cada uno dice una cosa distinta
Porque no entienden lo que leen ,solo los drones de asta 250 y 900 gramos sin los más beneficiados al tener obligación de seguro
Hola, @estebanlobo9652, un dron C0 puede volar tanto en entorno A1, como en entorno A3, cumpliendo las reglas de cada entorno.
En posteriores videos analizaré las ventajas de los C0 respecto a los demás.
No he visto ningún video todavía de alguien que tenga cojones de explicar si con un C0 se puede en ciudad volar o no si es CTR
Según el rd nuevo si a una altura máxima de 20 metros ,para drones con pesos comprendidos entre los 250 asta los 900 gramos
@@jorgeherrero2854estas equivocado
Hola, @rubenlopez7932, Con un Dron C0, podrás volar en entorno urbano, que a la vez esté afectado por un CTR hasta 60 mts de altura. Ademas, tendrás que tener en cuenta las distancias a pistas y helipistas que indica el RD UAS 517/2024, porque el límite se establece en un máximo de 45 metros de altura, dependiendo de la distancia horizontal a las pistas. Pero todo esto lo explicaré en otro video.
Literalmente lo dice en el vídeo, lo has visto antes de comentar?
Pero hay que coordinar con el Ministerio de Interior?