Cómo actualizar el directorio de una Fundación o Corporación

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  • Опубликовано: 23 янв 2025

Комментарии • 15

  • @FundacionCostaSobrelaRoca
    @FundacionCostaSobrelaRoca 7 месяцев назад

    victor Rodriguez Corporacion costa sobre la roca, excelente video, trabajamos con jovenes y niños en riesgo en la costa norte de colombia

  • @juancarloshuenuvil4282
    @juancarloshuenuvil4282 3 месяца назад

    Buenas tardes dan algun certificado de directorio provisorio

  • @MarceloBornscheuer
    @MarceloBornscheuer 14 дней назад

    Respecto de cuando no hay ningún Director disponible, he visto en los estatutos de varios clubes y corporaciones que un porcentaje de los socios (por ej. el 10%) puede citar a Asamblea General (ordinaria o extraordinaria, según corresponda). Por lo tanto, si ya no quedan directores ubicables, solo basta que se reúna ese porcentaje de socios necesario según estatutos y ellos firmen y envíen la citación formal a los demás socios. Ahora, si no hay caso y no se logra juntar ese porcentaje de socios, ni tampoco algún Director... entonces la causa estaría ya medio perdida.
    Pero siempre vale el consejo que repiten (con mucha razón) varias veces en el video: hay que leer y estudiar los Estatutos. Generalmente ahí mismo está contemplada la solución.
    Suerte.

  • @giselleopazo1133
    @giselleopazo1133 Год назад

    Hola cómo se agrega un socio fundador?

  • @ricardoleiva1811
    @ricardoleiva1811 2 месяца назад

    Hola tendrán algún wasap por favor para poder pedir orientación por favor

  • @fundacioncidemar7598
    @fundacioncidemar7598 2 года назад +2

    Hola muchas gracias por el video... ¿Que pasa si se vence el directorio? ¿Pueden renovar los fundadores? Y la copia del acta legalizada ante notario, deben ir quienes firmaron el acta? O puede ir un encargado?

    • @patriciojoaquintorresbanci4333
      @patriciojoaquintorresbanci4333 Год назад

      Se debe actualizar tal y como se explica en el video. Las actas siempre se deben firmar por los directores que estuvieron presentes en la sesión y esta debe ser aprobada conforme a lo que se regule en los estatutos. Si en el acta se faculta a un mandatario para que realice el trámite puede ir esa persona, sino se deberá facultar a alguien mediante un poder otorgado por el directorio. En caso de contar con representante legal y ser su poder ámplio podría él acercarse a realizar el trámite de actualización. De todas formas, en las instrucciones de llenado del formulario del Registro Civil se sostiene que el presitente puede facultar a alguna persona para que realice el trámite. Lo anterior, se entiende como una forma de simplificar la gestión al momento de tener que actualizar y que no se haya facultado a un mandatario en el acta respectiva.

  • @cintyajimenez1303
    @cintyajimenez1303 Год назад

    Como puedo actualizar el directorio con otras personas

  • @ffsyyyejjjx
    @ffsyyyejjjx Год назад

    Hola pregunta, yo soy vicedirectora de una fundación y estamos con ese documento vencido, quería saber si al realizar el trámite en el registro civil quedamos como fundación sin poder trabajar o hacer cualquier solicitud de trabajo con la fundación.

    • @patriciojoaquintorresbanci4333
      @patriciojoaquintorresbanci4333 Год назад

      La fundación no queda inhabilitada de su funcionamiento, pero si el directorio no está actualizado, esto podría traer una serie de complicaciones al momento querer obligarse o generar compromisos con terceros. Lo recomendable es que se subsane esta situación lo antes posible para que estos problemas no se presenten.

  • @nicolasivanmunozhenriquez3296
    @nicolasivanmunozhenriquez3296 9 месяцев назад

    Las ONG , funciona de la misma forma, tenemos vencida la directiva hace un año , y queremos reactivarla , de que forma se puede actualizar el directorio?

  • @nenek3321
    @nenek3321 2 года назад

    Tengo la misma pregunta que el comentario anterior: qué pasa cuando el directorio está vencido?

  • @ffsyyyejjjx
    @ffsyyyejjjx Год назад

    Otra pregunta yo puedo hacer trámites por medio de las municipalidades, cómo poder presentarles los balances anuales a ellos o al ministerio de justicia?