Hasta ahora pensaba que cualquier gasto era Pensión de Alimentos. Ahora tengo claro que solo lo son los gastos ordinarios. Gracias por la aclaracion ☺👍
La verdad es que tenía bastantes dudas sobre si determinados gastos se consideraban ordinarios o extraordinarios. Gracias a su video ahora lo tengo claro.👏👏👏
Es una buena pregunta. Habitualmente se atiende al 50%, pero el criterio que debe fijarse en Convenio es la proporcionalidad en base a los ingresos netos de cada progenitor.
Por no extendernos, el concepto que debe tener claro es que la Pensión de Alimentos la forman los gastos ordinarios, de los cuáles facilito algunos ejemplos en el video. Gracias.
Pensaba que los gastos extraordinarios iban al 50%. Le agradezco la aclaración de que se sufragarán proporcionalmente a las posibilidades económicas de cada progenitor
Creía, porque así lo dice mi convenio, que las actividades extraescolares también eran pensión de alimentos, pero usted me ha aclarado que no. Muchas gracias
Espero que te ayuden también estos videos:
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Desconocía este tema. No sabía que había tantos tipos de gasto.
Hasta ahora pensaba que cualquier gasto era Pensión de Alimentos. Ahora tengo claro que solo lo son los gastos ordinarios. Gracias por la aclaracion ☺👍
Gracias a usted por seguirnos...
A través de este enlace he visto su página web y me encanta la información tan nítida que da
Muchas gracias por su excelente explicación, me ha ayudado mucho.😊👏
Los conceptos están explicados para que todos los entendamos. Muchas gracias 😊👍
Muy útil estos videos. Como siempre.
Gracias por sus palabras.
Tenía dudas sobre los gastos ordinarios, pero con la tabla que incorpora me ha quedado claro. Muchas gracias
La verdad es que tenía bastantes dudas sobre si determinados gastos se consideraban ordinarios o extraordinarios. Gracias a su video ahora lo tengo claro.👏👏👏
Podría consultarle algunas dudas de gastos? Gracias 🖐🏻✔
Por supuesto, estaremos encantados de despejar sus dudas.
Cuando se acabaría la obligación de pasar la pensión de alimentos? Gracias🖐🏻
La P. de aalimentos acaba cuando el hijo es indeendiente económicamente; esta es la teoría general.
En el caso de los gastos extraordinarios, ¿Cómo se deciden si son proporcionados a las posibilidades del progenitor?
Es una buena pregunta. Habitualmente se atiende al 50%, pero el criterio que debe fijarse en Convenio es la proporcionalidad en base a los ingresos netos de cada progenitor.
¿ Debo entender como Gasto ordinario aquellos que son previsibles y periódicos?
Gracias👍🏻
Efectivmaente. Siempre puede haber matices o modificaciones de los progenitores pero lo que Ud. dice es siempre el criterio fundamental.
No llego a entender cuales son los distintos tipos de gastos de alimentos, podría aclarármelo? Gracias🖐🏻✔
Por no extendernos, el concepto que debe tener claro es que la Pensión de Alimentos la forman los gastos ordinarios, de los cuáles facilito algunos ejemplos en el video. Gracias.
He visto la tabla para su cálculo, y me ha sido muy sencillo obtener una estimación. Muchas gracias🤩👍
Gracias a ud, por seguirnos
Pensaba que los gastos extraordinarios iban al 50%. Le agradezco la aclaración de que se sufragarán proporcionalmente a las posibilidades económicas de cada progenitor
No obstante, si a pesar de las diferencias, los progenitores desean el 50%, tampoco hay problema.
Creía, porque así lo dice mi convenio, que las actividades extraescolares también eran pensión de alimentos, pero usted me ha aclarado que no. Muchas gracias
Así es la norma general. No obstante, los progenitores pueden pactar lo que deseen a este respecto.
Si uno de los progenitores hace gastos extraordinarios sin consultar al otro ¿puedo negarse a pagar el porcentaje de dichos gastos? Muchas gracias
Debe estar a lo que fije su Convenio. Pero la norma general es que cualquier gasto extraordinario debe ser consensuado.