PAGO DEFINITIVO PLATAFORMAS TECNOLOGICAS 2024

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  • Опубликовано: 14 окт 2024
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    ✅ Análisis de las constancias de retención 🤓
    ✅ Ejercicios prácticos para cada plataforma tecnológica 📈

Комментарии • 17

  • @AntonioMorale1008
    @AntonioMorale1008 2 дня назад

    Hola buenas tardes contador, si yo tengo el regimen sueldos y salrios por trabajar en fabrica, pero en mis dias libres trabajo en didi food y me puse como pagos definitivo, cada mes debo declarar lo de pago definitivo plataformas digitales ya al año declarara lo de sueldos y salarios??

  • @jorgeignaciosanchezgomez6102
    @jorgeignaciosanchezgomez6102 Месяц назад

    Buenas tardes contador, disculpe tengo una duda,
    El llevar la contabilidad de un contribuyente en pago definitivo por transporte de pasajeros, ¿Es obligatorio llevar contabilidad bajo un paquete contable o puedo llevarlo bajo puras hojas de trabajo en excel?.
    Muchas gracias por su apoyo y comentarios.

  • @gabrielaileanabarrosollane7582
    @gabrielaileanabarrosollane7582 4 месяца назад +1

    Hola contador en base al ejemplo que comento la venta de cómputo, la consulta de mi cliente por vender en local y plataformas debe ser régimen actividad empresarial no importa el monto, es así, gracias

    • @consultorescontablesmexico5398
      @consultorescontablesmexico5398  4 месяца назад

      DEBES DE ACUMULAR LA TOTALIDAD DEL INGRESO EN ACTIVIDAD EMPRESARIAL. R.M.F. 13.3.13 En caso de que las personas físicas mencionadas en el primer párrafo, perciban ingresos por conceptos distintos o adicionales a los obtenidos mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas o similares, excepto salarios e intereses, o se inscriban al padrón de beneficiarios del estímulo fiscal en materia de ISR de región fronteriza norte o sur, conforme a lo señalado en la regla 11.9.1., deberán realizar el pago provisional del ISR, a través de la “Declaración de ISR Personas Físicas, Actividad Empresarial y Profesional” o “Declaración de ISR Personas Físicas, Actividad Empresarial RF”, respectivamente, a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente al que corresponda el pago. Estas declaraciones deberán utilizarse a partir del mes en el que esto suceda, y durante los meses subsecuentes del año de calendario.
      Si las personas físicas señaladas en el párrafo anterior, dejan de percibir ingresos por conceptos distintos o adicionales a los obtenidos mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas o similares, deberán seguir presentando sus pagos provisionales de ISR, a través de la “Declaración de ISR Personas Físicas, Actividad Empresarial y Profesional”.
      En los casos en los que las personas físicas se hayan dado de baja del padrón de beneficiarios del estímulo fiscal en materia de ISR de la región fronteriza norte o sur, conforme a lo dispuesto en la regla 11.9.15., estas deberán presentar sus pagos provisionales de ISR, desde el inicio del ejercicio o desde el inicio de operaciones, a través de la “Declaración de pago del ISR personas físicas plataformas tecnológicas”.
      LISR 113-A, 113-B, RMF 2023 2.8.3.1., 11.9.1, 11.9.15.

  • @NUBITAMEX
    @NUBITAMEX 2 месяца назад +1

    EXCELENTE CONTADOR, SOLO PARA CONFIRMAR, ENTENDÍ QUE EN PAGOS DEFINITIVOS ESTOY OBLIGADO A LLEVAR CONTABILIDAD, PERO NO A ENVIARLA AL SAT, ES ASÍ CONTADOR ?.
    GRACIAS VA MI LIKE.

  • @emmanuellomelirodriguez3133
    @emmanuellomelirodriguez3133 3 месяца назад +2

    Hola buen dia contador,tengo una duda , en pago definitivo porque tenemos que declarar el efectivo que recibimos del cliente eso no lo entiendo muy bien, digamos que yo recibo 1000 pesos del cliente en efectivo y la aplicación a mi me debe mil pesos porque tengo que declarar que recibí 1000 pesos siendo que esos ya son mios aparte los mil que yo gane ya vienen con deducciones de la plataforma en este caso yo estoy en Uber ,te pongo otro ejemplo el cliente me da 1000 pesos en efectivo y yo para no deberle a Uber le depositó mil pesos no se supone que uno queda a mano con la aplicación

  • @gabrielaileanabarrosollane7582
    @gabrielaileanabarrosollane7582 4 месяца назад +1

    Hola contador duda una persona física al dar servicio Uber es plataforma la obligación, pero adicional vende zapatos en un local, puede tener también actividad empresarial, convive plataforma con actividades empresarial por otras ventas de artículos en local, le anticipo las gracias

    • @consultorescontablesmexico5398
      @consultorescontablesmexico5398  4 месяца назад

      DEBES DE ACUMULAR LA TOTALIDAD DEL INGRESO EN ACTIVIDAD EMPRESARIAL. R.M.F. 13.3.13 En caso de que las personas físicas mencionadas en el primer párrafo, perciban ingresos por conceptos distintos o adicionales a los obtenidos mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas o similares, excepto salarios e intereses, o se inscriban al padrón de beneficiarios del estímulo fiscal en materia de ISR de región fronteriza norte o sur, conforme a lo señalado en la regla 11.9.1., deberán realizar el pago provisional del ISR, a través de la “Declaración de ISR Personas Físicas, Actividad Empresarial y Profesional” o “Declaración de ISR Personas Físicas, Actividad Empresarial RF”, respectivamente, a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente al que corresponda el pago. Estas declaraciones deberán utilizarse a partir del mes en el que esto suceda, y durante los meses subsecuentes del año de calendario.
      Si las personas físicas señaladas en el párrafo anterior, dejan de percibir ingresos por conceptos distintos o adicionales a los obtenidos mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas o similares, deberán seguir presentando sus pagos provisionales de ISR, a través de la “Declaración de ISR Personas Físicas, Actividad Empresarial y Profesional”.
      En los casos en los que las personas físicas se hayan dado de baja del padrón de beneficiarios del estímulo fiscal en materia de ISR de la región fronteriza norte o sur, conforme a lo dispuesto en la regla 11.9.15., estas deberán presentar sus pagos provisionales de ISR, desde el inicio del ejercicio o desde el inicio de operaciones, a través de la “Declaración de pago del ISR personas físicas plataformas tecnológicas”.
      LISR 113-A, 113-B, RMF 2023 2.8.3.1., 11.9.1, 11.9.15.

  • @gabrielaileanabarrosollane7582
    @gabrielaileanabarrosollane7582 4 месяца назад +2

    Buenos días contador la plataforma como nos hace llegar la factura por la comisión que cobra, para poder deducir la comisión.

    • @consultorescontablesmexico5398
      @consultorescontablesmexico5398  4 месяца назад +1

      EN ESTE VIDEO LO EXPLICO ruclips.net/video/3KubXXD5WQc/видео.html&ab_channel=ConsultoresContablesM%C3%A9xico
      EN EL MOMENTO DEL VIDEO 1 HORA CON 25 MINUTOS LO ACLARO

  • @alexisgonzalezg.7841
    @alexisgonzalezg.7841 4 месяца назад +2

    Muy buen video conta, tengo una duda, ¿si soy Uber en pagos definitivos, tengo que expedir factura al publico en general?, ¿si es si, es por la ganancia bruta o neta? 🤔

    • @consultorescontablesmexico5398
      @consultorescontablesmexico5398  4 месяца назад

      si tienes que emitir CFDI. Expedición de CFDI a los adquirentes de bienes o servicios a través de plataformas tecnológicas
      12.3.4. Para los efectos de los artículos 29 y 29-A del CFF, en relación con los artículos 113-B, segundo párrafo, inciso c) de la Ley del ISR, 1o.-A BIS, y 18-M, tercer párrafo, fracción IV de la Ley del IVA, las personas que enajenen bienes, presten servicios, concedan hospedaje o el uso o goce temporal de bienes, a través de plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares, deberán enviar a los adquirentes de bienes o servicios, el archivo electrónico XML, así como la representación impresa del CFDI que ampare el monto de la contraprestación.
      Dicho CFDI deberá enviarse al correo electrónico que las personas físicas que hayan adquirido bienes o recibido servicios tengan registrado en las plataformas tecnológicas aplicaciones informáticas y similares indicando el importe consignado en el mismo, el cual deberá coincidir con el monto pagado por los adquirentes de bienes o servicios.

    • @davidlizardigarcia959
      @davidlizardigarcia959 3 месяца назад

      una pregunta si soy socio flotillero quién realiza la factura yo socio flotillero o el socio conductor

  • @DAVIDLOPEZ-t6b
    @DAVIDLOPEZ-t6b Месяц назад

    Qué pasa si estoy dado de alta por salarios. Mas plataformas tecnológicas.

  • @jessicanavarro5566
    @jessicanavarro5566 3 месяца назад

    Buenas tardes contador, esperando pueda ayudarme con las siguientes dudas
    1° En las obligaciones de mi régimen me aparecen PAGO DEFINITO MENSUAL DE IVA y PAGO DEFINITIVO MENSUAL DE IRS, trabajo a través de UBER y el me genera mi CONTS. DE RETEN y la factura de PUBLICO EN GRL. mi duda es la siguiente ; hablando del ISR para mis declaraciones mensuales tengo entendido que tengo que poner en la parte de ingresos por la plataforma la base que me aparece en mi RETEN estoy en lo correcto? y entonces en la parte de ingresos obtenidos del usuario ahí iría la factura de publico en general?
    2° Y hablando del IVA, como es definitivo en mi declaración mensual me aparece que ponga el ingreso obtenido por el usuario y como sabe hace el calculo solo y como es definitivo no me da la opción de poner lo del importe de la RET. DE MI CONSTANCIA, y con esto voy a mi duda; en mi CONST. DE RET. me aparece lo del IVA, en ese caso se perdería esa parte? o en todo caso en donde me pide lo del ingreso debo poner lo de la RET. o como le puedo hacer yo ahí?

    • @hombre7364
      @hombre7364 Месяц назад +1

      NO TIENE nada que ver la factura general con la forma de pago. Las facturas que emites son tus comprabantes de ingresos.
      A tus ingresos del mes RESTALE la BASE (ingresos) de tu CONTS. DE RETEN de ISR y tambien RESTALE las ganancias reportadas en CONTS. DE RETEN servicios de promocion, y el resultado son tus ingresos directamente del usuario.
      2. ingreso obtenido por el usuario, llenalo y pagas el 8%, y el resto ya lo pago la plataforma, en modalidad de pago definitivo.