Teoría del Caso en Materia Familiar

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  • Опубликовано: 28 авг 2024
  • Teoría del Caso en Materia Familiar

Комментарии • 25

  • @10MARUCHAN
    @10MARUCHAN 29 дней назад

    Abogado se ve muy guapo exponiendo, que padre explica. Gracias por su conferencia

  • @merryloro2950
    @merryloro2950 7 месяцев назад +1

    Que modesto abogado Covarrubias, muy contundente su conferencia familiar. Muchas gracias.

  • @Sechechenet
    @Sechechenet Месяц назад

    en mi país se contemplan como medidas provisionales al divorcio, la Guarda y asistencia familiar, toda vez que los efectos de la desvinculación conyugal tienen consecuencias que interesan a los menores que gozan de atención prioritaria por el "interés superior del niño" y no pueden esperar a que la relación de los padres se esclarezca ya que los menores quedan en la incertidumbre durante el divorcio.

  • @gabbogalvez.musico
    @gabbogalvez.musico 11 месяцев назад +2

    Podrá compartir el nombre de su libro sobre paternidad por favor. Gracias por el conocimiento compartido.

  • @esthergarcia.4613
    @esthergarcia.4613 11 месяцев назад +2

    Excelente !

  • @rosarioenciso2191
    @rosarioenciso2191 4 месяца назад +2

    Ma Del Rosario Enciso Martinez, Folío 44124, debo realizar la aclaración que estoy revisando disertaciones anteriores,ya que mi número de folío de registro me fué dado el día 8 de abril, gracias,

  • @SANDRAHERNANDEZMARTINEZ-iy7en
    @SANDRAHERNANDEZMARTINEZ-iy7en 11 месяцев назад +1

    Buenas tardes. Muy interesante tema. Gracias por compartir. Sandra Hernández Martínez. Folio 26476

  • @juridicojh
    @juridicojh 5 месяцев назад +1

    MAESTRO AGUSTIN COBARRUVIAS, UNA PREGUNTA. EL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MEXICO A TRAVEZ DE SU ESCUELA JUDICIAL OTORGA LA CERTIFICACION SOBRE EL TEMA
    FAMILIAR?

  • @almagodinez3766
    @almagodinez3766 Месяц назад

    Cuándo inician la segunda vuelta de convocatoria para la certificación en materia familiar, pido información en la escuela judicial y me dicen que aún no hay fecha

  • @felixrobles9813
    @felixrobles9813 8 дней назад

    no se explico la relacion del elemento probatorio con los elementos factico y normativo

  • @fanciscoromero4445
    @fanciscoromero4445 11 месяцев назад +1

    lic.cosme Francisco Romero presente

  • @malg.MonicaLA
    @malg.MonicaLA 11 месяцев назад +1

    Hola Lic Covarrubias!!

  • @valentinacg3223
    @valentinacg3223 11 месяцев назад +1

    Buenas tardes! Presente, folio 26358.

  • @glorialopezcardoso5553
    @glorialopezcardoso5553 11 месяцев назад +1

    Lic Gloria López presente folio 26387

  • @yoyo-up1ko
    @yoyo-up1ko 9 месяцев назад +1

    Como se llama el libro?

  • @arroyoolveraandrea6334
    @arroyoolveraandrea6334 11 месяцев назад +1

    Andrea Arroyo Olvera 26253

  • @glorialopezcardoso5553
    @glorialopezcardoso5553 11 месяцев назад +1

    Presente folio 23687

  • @fanciscoromero4445
    @fanciscoromero4445 11 месяцев назад +1

    Folio 26242

  • @eliuescobar2847
    @eliuescobar2847 10 месяцев назад +1

    En el divorcio si se deben pedir alimentos, abusado.

    • @Pasub_m
      @Pasub_m 10 месяцев назад

      Ei

    • @agustincovarrubias5930
      @agustincovarrubias5930 2 месяца назад +2

      hola, respeto mucho su practica y costumbre litigiosa, pero el proceso de divorcio, es precisamente divorcio, las cuestiones inherentes se establecen en la propuesta de convenio de ambas partes, en su caso de no llegar a consenso, tendrán que hacerlo vía pretensión o incidental según la entidad, ahora bien, de sí mismo, de estar inmiscuidos NNyA en atención a dichos infantes o incluso grupo vulnerable, debe señalarse oficiosamente alimentos provisional por el juez, lo que es diverso a solicitar en vía de prestación en el cuerpo de la solicitud de divorcio, insisto, únicamente va a disolver el vínculo, pero respeto su actividad, al menos en mi experiencia, por ideas como la suya, se convierten en malas practicas como lo señalo en el minuto 27:15. Saludos.

    • @samaeljaldabaoth8450
      @samaeljaldabaoth8450 2 месяца назад

      No necesariamente, se puede prever en el convenio que se acompaña a la demanda o como medida provisional, máxime no es el momento procesal oportuno, ya que para ello existe la etapa de las pretensiones o controversia. #Abusado.

  • @dianellytrinidad3454
    @dianellytrinidad3454 2 месяца назад

    "Guardia y custodia", "lo que no haiga Sido" 🫠