Cómo contabilizar una operación de leasing financiero

Поделиться
HTML-код
  • Опубликовано: 23 окт 2024

Комментарии • 16

  • @davidchiriboga8257
    @davidchiriboga8257 2 года назад

    Hola si el pago de la maquinaria es anual, como se haría los asientos contables?

  • @user-kg5nf7hp6d
    @user-kg5nf7hp6d 2 года назад

    Tiene justo lo que necesito 🥲. Aquí tengo dudas respecto a corto plazo. Mis fechas son desde 15/abril. Hasta donde pongo Corto plazo del primer año? Gracias

    • @emap-profesoraadministraci8149
      @emap-profesoraadministraci8149  2 года назад +1

      Puedes hacerlo de dos formas. La primera es poner a corto plazo lo que vayas a pagar hasta el 15 de abril y reclasificar todos los años a esa fecha, y la segunda opción es poner a corto plazo todos los pagos hasta el 31 de diciembre y hacer la reclasificación todos los años a esa fecha

    • @user-kg5nf7hp6d
      @user-kg5nf7hp6d 2 года назад +1

      @@emap-profesoraadministraci8149 muchísimas gracias 😇👍

  • @ulisesleonelquispemartinez5021
    @ulisesleonelquispemartinez5021 3 года назад

    Hola y de un bien inmueble como seria

  • @rubens250576
    @rubens250576 Год назад

    No entiendo muy bien el tema de la amortización por ser una ERD. Yo tenía entendido que la amortización contable tendría que ser por el 12% y lo que Hacienda nos permite es mediante unos ajustes extracontables en el Impuesto de Sociedades deducirnos ese doble de amortización que nos permite Hacienda.

  • @adrianmarcosdelatorre6085
    @adrianmarcosdelatorre6085 4 года назад

    Hola:
    Igual es una burrada lo que te voy ha plantear. Pero como decíamos que es un ERD a efectos fiscales podría deducirse el 50% de ese gasto? Por lo tanto, se podría llevar el 50% del leasing como gasto y el otro 50% como activo?
    Gracias

    • @emap-profesoraadministraci8149
      @emap-profesoraadministraci8149  4 года назад +1

      Hola Adrián. Lo que te puedes deducir como gasto en el leasing es la cuota de leasing pero con unos límites. En esa cuota se incluyen intereses y capital. En la parte de capital sólo podrás deducirte como tope máximo (si hablamos de una ERD) el resultado de aplicar el triple del coeficiente lineal máximo según tablas. Te voy a poner un ejemplo, imagina que la cuota de leasing fuera de 1.000€ (250 intereses y 750 capital). Imagina que aplicando el triple del coeficiente lineal máximo saliera 500€. Eso significa que solo podrás deducirte ese año 500€ y el resto (250€) lo podrás hacer en los 4 años siguientes y siempre respetando ese máximo indicado.
      No has de confundir lo que llevamos como gasto en Contabilidad (intereses y amortización técnica del bien) y el gasto que es deducible en el impuesto sobre sociedades (cuota de leasing = intereses + amortización financiera o capital).
      Espero haber aclarado tu duda

    • @adrianmarcosdelatorre6085
      @adrianmarcosdelatorre6085 4 года назад

      @@emap-profesoraadministraci8149 okey entendió muchísimas gracias !!!!

  • @beatrizcabanillas9302
    @beatrizcabanillas9302 2 года назад

    Cual es el video anterior. Link

    • @emap-profesoraadministraci8149
      @emap-profesoraadministraci8149  2 года назад

      Buenos días Beatriz. Si estás suscrita al canal, lo encontrarás en la lista de reproducción de Matemáticas Financieras. En cualquier caso, aquí tienes la url ruclips.net/video/zsV5PP7orlU/видео.html
      Un saludo

  • @user-kg5nf7hp6d
    @user-kg5nf7hp6d 2 года назад

    Buenas, mi ejercicio tiene intereses desde la primera cuota 😭

  • @jga9148
    @jga9148 4 года назад

    no entiendo el calculo de los 35 euros del ajuste de intereses por periodificacion.14016.48 ok el capital pte y tipo de interes ?.no podemos prorratear por dias sabiendo que los intereses totales son 70.08 del mes del 15/12/2018 al 15/01/2019?

    • @emap-profesoraadministraci8149
      @emap-profesoraadministraci8149  4 года назад +1

      Para periodificar los intereses se utiliza capitalización compuesta y por medio del interés efectivo y esa es la fórmula que he empleado en el ejercicio I = Co[(1 + i)^n - 1]. Como tú lo planteas, ese prorrateo, sería interés simple. Es cierto que, en este caso, la diferencia es mínima y, por tanto, no habría ningun problema en hacerlo así. Sin embargo, lo correcto es emplear interés compuesto