Hola! Te referís a las personas jurídicas? Ontológicamente son incapaces de llevar a cabo "acciones" propiamente dichas, y por ello, la penalidad debe recaer en sus representantes, y pueden establecerse penas como la suspensión de la personería jurídica, multas, etc. Saludos!
Excelente tu explicación, gracias!
Me sirvió muchisimo, muchas gracias
Se entiende totalmente!!! Muchas gracias
Excelente explicacion.Gracias
Gracias, gracias!! 🤩
muy bien explciado!! me surgio una duda: la responsabilidad penal son sujeto de accion ??? tienen responsabilidad penal?
Hola! Te referís a las personas jurídicas? Ontológicamente son incapaces de llevar a cabo "acciones" propiamente dichas, y por ello, la penalidad debe recaer en sus representantes, y pueden establecerse penas como la suspensión de la personería jurídica, multas, etc. Saludos!
Así es, me refería a las personas jurídicas, muchas gracias por responder!!! @@elprofetoxico