Hola! Te referís a las personas jurídicas? Ontológicamente son incapaces de llevar a cabo "acciones" propiamente dichas, y por ello, la penalidad debe recaer en sus representantes, y pueden establecerse penas como la suspensión de la personería jurídica, multas, etc. Saludos!
Excelente explicacion.Gracias
Me sirvió muchisimo, muchas gracias
Se entiende totalmente!!! Muchas gracias
Gracias, gracias!! 🤩
muy bien explciado!! me surgio una duda: la responsabilidad penal son sujeto de accion ??? tienen responsabilidad penal?
Hola! Te referís a las personas jurídicas? Ontológicamente son incapaces de llevar a cabo "acciones" propiamente dichas, y por ello, la penalidad debe recaer en sus representantes, y pueden establecerse penas como la suspensión de la personería jurídica, multas, etc. Saludos!
Así es, me refería a las personas jurídicas, muchas gracias por responder!!! @@elprofetoxico