excelente audio, solo con una observación, la teoría de personalidad que sigue la legislación guatemalteca es la de la concepción, puesto que se encuentra en la Constitución Política de la República de Guatemala, saludos.
Hola Alexa, muchas gracias Alexa, por tu comentario. Efectivamente la teoría de la concepción esta en la Constitución. La teoría eclectica comprende también la teoría de la concepción, pues intenta conjugar la teoría del nacimiento, teoría de la concepción, y teoría de la viabilidad. Esta fija el inicio de la personalidad en el momento de nacimiento, reconociendo desde la concepción derechos al ser aun no nacido, bajo las condiciones de que nazca vivo, otra tendencia de esta exigencia además del nacimiento, son las condiciones de viabilidad , es decir, de que sea viable, pues es apto para seguir viviendo. ARTICULO 1.- (Personalidad).- La personalidad civil comienza con el nacimiento y termina con la muerte; sin embargo, al que está por nacer se le considera nacido para todo lo que le favorece, siempre que nazca en condiciones de viabilidad.
Gracias Lic. Es importante estar refrescando contínuamente estos conceptos!!
Licenciado muchas gracias por proporcionar el material, es de mucha ayuda.
Gracias por tan extraordinario material licenciado!!!! Ya el otro año me tocan mis privados.
Que alegure Aleyda, deja compartir contigo material para imprimir. Solo lo busco y lo comparto contigo.
@@ElAbogadoVirtual Muchas gracias licenciado, se aprecia mucho el conocimiento compartido. Gracias por ayudarnos.
Excelente audio Lic. Muy buen material, de mucha ayuda
Saludos
Gracias por apoyar con este contenido tan esencial para nosotros como estudiantes de Derecho 👌
Muchisimas gracias a ti por tu comentario Rony. Nos motiva a seguir adelante y seguir compartiendo.
Gracias Licenciado por la compartirnos información.
Que bueno que te guste, es bastante util :)
Gracias Licenciado. !!
Excelente material, nos es de mucha ayuda.
Muchas gracias Sandra, que bueno que te sirva :)
excelente audio, solo con una observación, la teoría de personalidad que sigue la legislación guatemalteca es la de la concepción, puesto que se encuentra en la Constitución Política de la República de Guatemala, saludos.
Hola Alexa, muchas gracias Alexa, por tu comentario. Efectivamente la teoría de la concepción esta en la Constitución. La teoría eclectica comprende también la teoría de la concepción, pues intenta conjugar la teoría del nacimiento, teoría de
la concepción, y teoría de la viabilidad. Esta fija el inicio de la personalidad en el momento de nacimiento, reconociendo desde la
concepción derechos al ser aun no nacido, bajo las condiciones de que nazca vivo,
otra tendencia de esta exigencia además del nacimiento, son las condiciones de viabilidad
, es decir, de que sea viable, pues es apto para seguir viviendo. ARTICULO 1.- (Personalidad).- La personalidad civil comienza con el nacimiento y termina con la muerte; sin embargo, al que está por nacer se
le considera nacido para todo lo que le favorece, siempre que nazca en condiciones de viabilidad.
Excelente material muchas gracias
Muchas gracias Liseth, que bueno que te guste y que te este sirviendo
¡Gracias por el material! 😄
Excelente audio mil gracias 🙌🙏
Muchisimas gracias Rocio, que bueno que lo encuentres útil. :) Mas contenido va seguir siendo publicado :)
Gracias es de gran ayuda Dios lo Bendiga
Que Dios te bendiga, que bueno que te sirva
Gracias licenciado, muy buen material, de mucha ayuda, solamente del libro IV no habló 😉
Aww gracias Estefany ahora voy a subir más, muchas gracias, también voy a compartir el material para imprimirlo.
Muy bueno. Bendiciones 👍
Gracias, bendiciones Jany!
Excelente!!!!!
Gracias Isabel :)
Buenísimo!!!
Muchisimas gracias Karla :)