Artículo 25 de la Constitución Española
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- Опубликовано: 17 окт 2024
- Lectura y explicación sencilla del art 25 de la CE.
1. Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento.
2. Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados. El condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de los derechos fundamentales de este Capítulo, a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria. En todo caso, tendrá derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la Seguridad Social, así como al acceso a la cultura y al desarrollo integral de su personalidad.
3. La Administración civil no podrá imponer sanciones que, directa o subsidiariamente, impliquen privación de libertad.
Continua con los vídeos. Ayudas muchísimo :)
Gracias Irene, me alegra oír eso. Ahora estoy en un periodo de descanso del canal, cultivando mi faceta de escritora. Ya volveré 😘
@@nuestraope Mucho ánimo! Pero ya te digo que acabo de ver el video del articulo 13 que gracias a ti lo he entendido y me he ido con toda la ilusión a ver la lista de reproducción para ver el resto y me he llevado la triste noticia que este ha sido tu último video, espero que vuelvas pronto. Ayudas una barbaridad! Un abrazo.
@@alumnofol3556 Gracias por tu comentario. Estoy volcada en mi faceta de escritora y me queda poco tiempo para estos vídeos, la verdad 😅
Muchas gracias por tu ayuda, ojalá vuelvas a retomar los videos porque lo haces realmente bien, suerte y repito, gracias!!
Muchas gracias por tu comentario. La verdad es que estoy muy centrada en ni faceta de escritora y no me queda mucho tiempo para nada más 😅
Solo tienes explicado hasta el artículo 25??
Hola. Tendrás algún vídeo sobre leininger
¡Hola Adriana! De momento no la tengo, quizá las haga en un futuro. Un saludo.
solo tienes hasta el articulo 25???
Un pasito más según parece os han hecho ya el reconocimiento medico a los de summa.... los de general sin noticias...
Yo no cojo plaza, así que si te soy sincera, ya no estoy muy pendiente de cómo va.
@@nuestraope Vaya, lo siento, pensé que sí que cogias plaza en el SUMMA...