ASPECTOS RELEVANTES DE LA INFORMACIÓN EXOGENA NACIONAL DEL AÑO 2023. QUIÉN DEBE REPORTAR EXOGENA?
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- Опубликовано: 6 окт 2024
- La INFORMACIÓN EXOGENA es la principal herramienta que tiene el ESTADO para adelantar los programas de fiscalización tributaria contra los contribuyentes, por lo que su presentación por fuera del término, con errores o su no presentación genera las sanciones que prevé el artículo 651 del estatuto tributario.
Nosotros NO nos hacemos responsables por la aplicación de lo aquí expuesto, sólo es una forma de entender la norma en este momento. Cada caso debe ser analizado de manera particular.
Lo expuesto aquí, NO exime de consultar la ley que regula la materia.
Vea aquí:
✅COMO LIQUIDAR SANCIÓN POR NO ENVIAR INFORMACIÓN: ruclips.net/user/li...
✅Sanciones tributarias: • SANCIONES TRIBUTARIAS
✅ Actualización de sanciones Tributarias: ruclips.net/user/li...
Recuerda que se analizó el art. 1 de resolución 1255 de 2022, y del análisis del literal h) al no hacer distinción se entiende que los miembros de un CONTRATO DE CTAS EN PARTICIPACION DEBEN presentar exógena, sin embargo, en el ACÁPITE de los contratos de colaboración empresarial indica que es el Gestor, por eso es obligatorio analizar en su integralidad la resolución.
Gracias a todos los conferencistas que me acompañaron en esta SEMANA TRIBUTARIA Y a todos los colegas por su participación en estas capacitaciones. Dios los bendiga.
Dr.Muchad Gracias otro tema supremamente interesante a Mis Pili también muchas gracias es nuestra responsabilidad nuestra estar capacitando nos Dios les pague
Hola Rosa, gracias por su comentario y apoyo, es cierto, es responsabilidad de cada uno capacitarse y leer de manera integra la resolución de exógena. En esta clara solo se analizó el art. 1, por eso hay que ver el reporte de los contratos de colaboración empresarial donde es el gestor quien reporta, a pesar que con el literal h) del arte 1 se da a entender que son los dos.
Muy agradecidos por sus aportes en conocimiento contable y tributario. Dios lo bendiga
Nazly Rosalba, gracias por su comentario y apoyo. Puede compartir con sus amigos en las redes sociales los vídeos.
Muchas gracias y felicitaciones doctor Martín por esta semana tan productiva de capacitaciones 👏
Julián Andrés, muchas gracias por su comentario y apoyo. Puede compartir este o cualquier vídeo con sus amigos.
Martin Emilio Rey Castillo "bienvenidos a mi canal de youtube", gracias, infinitas gracias por su dedicación a la academia y el interés de compartir los conocimientos y la experiencia profesional.
@Infobioalemana844, muchas gracias por su comentario y apoyo y por seguir el canal. Todo lo hago con mucho amor y cariño.
Gracias, Seres Magnificentes 👌 por compartir vuestro conocimiento y claridad. 🤗 desde Alejandría Vda Fátima
Mary muchas gracias por su comentario y apoyo. Desde donde nos sigue?. Gracias por suscribirse al Canal y compartir los videos con sus amigos.
Buen día, excelente análisis de la norma. Nos despeja muchas dudas
Juana Carlos, muchas gracias por su comentario y apoyo. Dios te bendiga.
Mil gracias por esta semana tributaria,Dios les pagué!
Margarita, Dios te bendiga. Gracias por su comentario y apoyo.
Muchas gracias pero los que no exigen claro es la Dian y si ponen sanciones si no declaran lo que la dian no aclaran bien gracias por ayudar por este medio
Buenas noches
Gladys, gracias por su comentario y apoyo. Dios te bendiga.
Excelente aporte, muchas gracias. Doctor el literal o del art. 1 no es claro. Cúal es ese universo de informantes?? Gracias...
Hola Rigoberto, muchas gracias por su comentario y apoyo. El art. 1 de la resolución es de vital estudio, pero una vez entendido dicho artículo hay que irse al contenido de la resolución, por ejemplo, en los contratos de cuentas en participación quien reporta es el gestor según el art. 27, aunque del literal h) parece entenderse que son ambos.
@@martinreyc Muchas gracias Doctor muy pertinente y de suma atención la recomendación. En orden de ideas deacuerdo a este literal: "o) Las personas o entidades que elaboren facturas de venta o documentos equivalentes." Leído esto quiere decir que casí toda las personas deberan presentar dicha informción, verdad??? Gracias.
Hay normas que les falta poner en la dian
Buenas pregunto sino tengo contratos de ningun aspecto y presente todo en ceros debo presentar exogena ?en algun formato
Profe que precio tiene ?
Olga , está semana sale el valor de la inversión, pero es muy cómodo. Nadie tiene las horas de práctica como el nuestro. La espero, puede pagar con tarjeta crédito o débito.
VEA AQUÍ, TODO LO DEL DIPLOMADO EN PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO www.escuelaconfiar.com.co/diplomadopt.php?fbclid=IwAR3ds9ENB69H1H-pHSe1hHRlrck9Fpzy-VzI4QyZgh5J34GYmk-iWxAM-IA
Hola
Hola Gladys, buenas noches. Bienvenida a mi Canal.