Estoy cursando una Tecnicatura en Gestión de Cooperativas y Mutuales y realmente tu explicación me sirvió mucho, ojalá tuviéramos mas profesores como vos que expliquen de esta manera.
¡Me alegro que haya servido! Esa tecnicatura es una MUY buena elección. Hacen falta buenos técnicos para mejorar las cooperativas en muchos aspectos ¡Adelante que se puede!
Hola, tengo una consulta, para cambiar del estatuto, que solo tenga validez de un solo firmante que es del presidente para realizar diferentes tramites, que articulo o que hay que modificar del estatuto??
Excelente exposición! Tendrás algún material en audiovideo español sobre Friederich Wilhelm Raiffeisen? He buscado y lo que hay está en audio extranjero. En Google hay info pero no muy específica. Gracias!
Muchas gracias, Lorena. No, no tengo nada de Raiffeisen. Tenía pensado sumar al temario de 6to año un punto sobre "Grandes figuras del cooperativismo". Pero eso será en 2021 o 2022. Se me ocurre que tal vez Usted podría consultar en el INAES, en el CGCYM o en el IUCOOP o alguno por el estilo. Posiblemente alguna persona encargada de capacitación de esos organismos pueda ayudarla con el material que busca. ¡Saludos!
@@andresgrad genial!! Veré de contactarlos. Soy de zona rural en Mendoza y la verdad que el tema de Cooperativa me da vueltas y vueltas. Y voy entendiendo el porque no tienen tanto auge. Gracias!!!
¡Hola! Buen día. En Argentina (no sé en otros países) las cooperativas de trabajo no pueden tener empleados/as en relación de dependencia. Usted puede ver eso en la Resolución del INAES N°4664 del 2013. Sin embargo, en los otros tipos de cooperativas sí se puede. ¡Saludos!
Hola Gisela. Estimo que te referís al Capital Social que hay que depositar en un banco oficial o cooperativo, que es una vigésima parte del capital suscripto (es decir, un 5% del total que prometieron aportar todos/as los/as asociados/as fundadores/as. Si es así, ese 5% se deposita para tener un comprobante que permita ingresar el trámite en el INAES. O sea, es al inicio.
@@andresgrad muchas gracias por responder! Los tramites se iniciaron en 2020 y nos otorgaron recién este año la matricula aun no estamos trabajando pero nos piden abonar la cuota social basando desde el año 2020 no se si eso así o esta mal .
@@giselabenitez4984 Si se los pide el INAES o la Dirección de CooPerativas se su provincia, está bien. Como sea, tienen que generar ingresos cuanto antes. Reúnanse y busquen la forma de empezar a mover la rueda financiera de la cooperativa. Es tan importante como la rueda social ¡Buena suerte!
Buenas tardes profe. Disculpe la molestia. Junto a otras compañeras (somos beneficiarias del Potenciar Trabajo) y conformamos una cooperativa. Quería saber si, siendo cooperativa, podemos tener UNIDAD DE GESTIÓN?? Para así nosotras, como cooperativa, poder amparar o recibir a otras personas con el mismo beneficio?? Y si se puede, cómo podemos solicitar una UNIDAD DE GESTIÓN??
Hola! Sinceramente desconozco la mecánica del plan Potenciar Trabajo, y las Unidades de Gestión. Lo único que se me ocurre es recomendarte que consultes en el Ministerio de Desarrollo Social. Googleando encontré esto, fijate que tiene un 0800 para llamar gratis y un mail: www.argentina.gob.ar/desarrollosocial/potenciartrabajo Buena suerte!
Hola profe! muchas gracias por tu aporte, necesito comunicarme con vos, soy profe en un secundario para adultos y este año hemos iniciado un proyecto interdisciplinar con el tema de cooperativas, seguro nos vas a poder ayudar mucho, puede ser?? gracias
Buen día! En principio, sí. El mandato de los/as consejeros/as dura lo que diga el estatuto de la cooperativa, y la ley no establece un límite de reelecciones consecutivas. Sin embargo, es posible que el estatuto de esa cooperativa establezca algo diferente. Será necesario pedirlo al/a la síndico/a o consejo de administración y leerlo. ¡Buena suerte!
Hola buenas tardes mira te comento hace un año que estoy anotado en una cooperativa de trabajo tienen todos mis datos todos pero según la persona que nos inscribió en la misma cada ves que preguntamos y pedimos información nos dice que todavía no hay noticias .nos envió fotos de que el trámite está en proceso pero ya pasó más de un año .me podrías alludar con el tema obdarme alguna página como para poder averiguar algo que me de una solución con el tema desde ya muchas gracias
Hola Oscar. Si la cooperativa ya estaba constituída desde antes, y vos simplemente te asociaste (a una cooperativa ya existente), el trámite es muy rápido. No puede demorar más de una semana. Si, en cambio, vos participaste de una asamblea constitutiva donde se creó una nueva cooperativa, entonces sí, puede demorar 1 año hasta que el INAES les entregue la matrícula (que es la autorización para funcionar). Sea como sea, podrías ingresar a esta web y darle todos tus datos y los datos de la cooperativa para que te indiquen en qué estado está el trámite: www.argentina.gob.ar/inaes/contacto-covid19 ¡Saludos!
Hola. Como le va? Quisiera contactarme con usted para que me diera una clase respecto a esto. Via zoom. O el medio que considere. Estoy proyectandome a iniciar una coop. Pero necesito de una clase.
Buen dían Brian. Gracias por su mensaje. No estoy dando clases particulares. Un poco por falta de tiempo, y otro poco porque sé que hay profesionales especializados en el tema. Por favor, escríbame un e-mail a andresgrad@gmail.com y con gusto le podré recomendar a alguien. ¡Saludos!
hola, muy buena explicación, pero tengo una duda, ¡porque una persona aportaría mas dinero que otra si eso no le da mas poder a la hora de tomar alguna decisión?; ¿Cuál seria el beneficio que le otorga aportar mas dinero que otra persona.? gracias!
Hola. No necesariamente hay un motivo económico o que busca obtener alguna ventaja. Es un acto solidario. A menudo en las cooperativas algunas personas no tienen lo suficiente para aportar mientras que otras pasan un buen momento económico. Por esa razón, a veces sucede que para encarar determinados proyectos de crecimiento de la cooperativa, algunos asociados aportan más que otros. Por ejemplo: en la coop de trabajo donde yo doy clases como profesor, hace unos años compramos un edificio para dejar de alquilar. En ese momento, algunos profes teníamos más dinero que otros, y decidimos poner más para concretar ese sueño de la coop. Espero que te sirva. ¡Saludos!
Hola Sheula! La ley de cooperativas en Argentina no dice nada al respecto. Deberías fijarte en el estatuto social y en el reglamento interno de la cooperativa que formás parte. Esas normas son propias de cada cooperativa, y cambian de una a otra coop. Por ejemplo, en la coop de trabajo donde yo doy clases, el reglamento establece en el artículo 22 que las mujeres embarazadas tienen 6 meses de licencia. Si trabajás en una cooperativa que no es de trabajo, necesariamente sos empleada, y en ese caso rige la ley de contratos de trabajo 20744. En cambio, en una coop de trabajo sos una de las dueñas. ¡Buena suerte!
Buen día Santiago. Si el Consejo de Administración no cumple o no hace cumplir el estatuto y los reglamentos internos, lo lógico sería ir a dialogar con el/los/as síndicos/as de la cooperativa (que son quienes controlan al consejo de administración). Si estos/as tampoco accionan, los/as asociados/as pueden convocar a una asamblea extraordinaria (juntando como mínimo las firmas del 10% de los/as asociados/as). También sería necesario consultar con la autoridad zonal de aplicación (Dirección de Coop de tu provincia), o directamente con el INAES. No logré comprender la segunda parte de tu consulta. Saludos!
Buenas tardes. Cada empresa tiene sus particularidades. Pero en general, estos son los órganos más comunes: gerencia general, compras, producción, comercialización, expedición, depósito, administración, cobranzas, tesorería, administración del personal. Dependiendo de la empresa y del país, cada área tiene diferentes nombres. ¡Suerte!
Hola, si no tiene estatuto social, significa que no se ha matriculado aún (es decir, no se dio de alta, no hizo los trámites en el INAES para poder funcionar). Podrías consultar a las autoridades de la coop, o a las del INAES o del órgano local competente de tu provincia
@@danielg4851Estimado, si la nota convocando a Asamblea la hicieron por lo menos un 10% de los/as asociados/as de la cooperativa, entonces la asamblea debería hacerse pronto. También pueden recurrir al/a la síndico/a de la cooperativa, que está encargado/a de controlar al Consejo de Administración. Si nadie les responde, deberían recurrir al órgano local competente de su provincia, o al INAES. Para buscar el órgano local competente que le corresponde a su provincia debe ingresar a vpo3.inaes.gob.ar/OrganosLocales/BuscadorOrganosLocales Además, si desea verificar si la cooperativa está matriculada puede entrar aquí: www2.inaes.gob.ar/constanciamatricula Aquí hay varios e-mails de contacto del INAES: www.argentina.gob.ar/inaes/contacto-covid19 Por último, aquí puede encontrar el estatuto que le están negando: testimonios.inaes.gob.ar/Testimonios/TestimoniosenWeb/ Espero haberle ayudado. Saludos
Hola Salo. El texto actualizado de la ley de cooperativas podés encontrarlo acá: servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/15000-19999/18462/texact.htm Si querés el PDF, podés descargarlo desde esta carpeta de Google Drive: drive.google.com/folderview?id=1g0l4GYfZ0Pl45gkUe5VwYUlWVwClT0i4 Espero que te sirva. Abrazo
Buenas alguien que pudiera darnos euna charla introductiva . Somos un grupo de fleteros en buenos aires y queremos recibir asesoramiento sobre una fundación de cooperativa
Hola Leonardo. Si Ustedes viven en Buenos Aires, pueden ir al INAES para que los asesoren y los capaciten. El INAES está en Dirección: Av. Belgrano 1656 / Av. Belgrano 172 (CABA), y su web es www.argentina.gob.ar/inaes
Buen día. Primero que nada, sería necesario saber si dicha casa ha sido inscripta como bien de familia. En ese caso, no se podrá solicitar el desalojo ante la justicia. Sin embargo, generalmente la transferencia del inmueble en las cooperativas de vivienda suele darse al final, es decir, cuando ha sido saldado el monto total de la casa, y por ende, sí podría solicitarse el desalojo a la justicia. Como sea, lo mejor sería consultar a un/a abogado/a con conocimiento en cooperativas de vivienda. Además, será fundamental leer el estatuto y el/los reglamentos internos de la propia cooperativa (lo va a pedir el/la abogado/a). ¡Saludos!
Muy bueno,simple y entendible.soy sindico de una cooperativa de trabajo con 120 socios.saludos
Bendiciones lo felicito por su trabajo
Estoy cursando una Tecnicatura en Gestión de Cooperativas y Mutuales y realmente tu explicación me sirvió mucho, ojalá tuviéramos mas profesores como vos que expliquen de esta manera.
¡Me alegro que haya servido! Esa tecnicatura es una MUY buena elección. Hacen falta buenos técnicos para mejorar las cooperativas en muchos aspectos ¡Adelante que se puede!
donde estas estudindo eso??
Exelente explicación. Muy clara, pedagogica y comprometida con el cooperativismo. Felicitaciones. Gracias x brindarnos este material tan valioso.
Aprovecho para agradecer también la explicación brindada. Me sirvió su aporte! Estoy estudiando Administración bancaria. Saludos desde Rosario.
denle a la campanita para mas videos de cooperativas
Jajajaj
Muchísimas gracias me fue muy útil para acomodar mis ideas
Estoy estudiando coperativas y manuales y me sirvio mucho gracias amigo
Me alegro!! Gracias!
Muy claro y dinámico!!! 👏🏼👏🏼👏🏼
Muchas gracias,sirve mucho la explicacion para complementar!genio
excelente disertación, me sirvió un montón, muchas gracias.
Un placer. Buena suerte!
Si apruebo sera gracias a vos
Gracias por el video
Excelente explicación, me re sirvió!! Felicitaciones!!
¡Me alegro! ¡Buena suerte!
Muy claro el video!
gracias profe sos re capo te queremos
Muy bien profe. Ojo la casa no es bien de flia si no la constituye previamente. Lindo vídeo !
Buen aporte. ¡Gracias!
Hola, tengo una consulta, para cambiar del estatuto, que solo tenga validez de un solo firmante que es del presidente para realizar diferentes tramites, que articulo o que hay que modificar del estatuto??
Hasta donde yo sé, eso no es posible. Siempre firman los 3 saludos.
Excelente explicación!! Me salvaste
Buenardo Gra Gu
muy bueno grad te felicito
Gracias!!
gracias!!
Excelente exposición!
Tendrás algún material en audiovideo español sobre Friederich Wilhelm Raiffeisen?
He buscado y lo que hay está en audio extranjero.
En Google hay info pero no muy específica.
Gracias!
Muchas gracias, Lorena. No, no tengo nada de Raiffeisen. Tenía pensado sumar al temario de 6to año un punto sobre "Grandes figuras del cooperativismo". Pero eso será en 2021 o 2022. Se me ocurre que tal vez Usted podría consultar en el INAES, en el CGCYM o en el IUCOOP o alguno por el estilo. Posiblemente alguna persona encargada de capacitación de esos organismos pueda ayudarla con el material que busca. ¡Saludos!
@@andresgrad genial!! Veré de contactarlos.
Soy de zona rural en Mendoza y la verdad que el tema de Cooperativa me da vueltas y vueltas.
Y voy entendiendo el porque no tienen tanto auge.
Gracias!!!
Muy bien soy docente El dalvador
Hola.. tiene que ver tambien con las cooperativas de trabajadores en rrlacion de dependencia ?
¡Hola! Buen día. En Argentina (no sé en otros países) las cooperativas de trabajo no pueden tener empleados/as en relación de dependencia. Usted puede ver eso en la Resolución del INAES N°4664 del 2013. Sin embargo, en los otros tipos de cooperativas sí se puede. ¡Saludos!
💪👏
Hola quería saber si la cuota social se paga una ves ingresado el tramite o una ves recibida la matricula y autorización ?
Hola Gisela. Estimo que te referís al Capital Social que hay que depositar en un banco oficial o cooperativo, que es una vigésima parte del capital suscripto (es decir, un 5% del total que prometieron aportar todos/as los/as asociados/as fundadores/as. Si es así, ese 5% se deposita para tener un comprobante que permita ingresar el trámite en el INAES. O sea, es al inicio.
@@andresgrad muchas gracias por responder!
Los tramites se iniciaron en 2020 y nos otorgaron recién este año la matricula aun no estamos trabajando pero nos piden abonar la cuota social basando desde el año 2020 no se si eso así o esta mal .
@@giselabenitez4984 Si se los pide el INAES o la Dirección de CooPerativas se su provincia, está bien. Como sea, tienen que generar ingresos cuanto antes. Reúnanse y busquen la forma de empezar a mover la rueda financiera de la cooperativa. Es tan importante como la rueda social ¡Buena suerte!
Ok muchas gracias por tu respuesta fue de gran ayuda estoy poniéndome al día con tus videos ...
mooy bueno! gracias!
Buenas tardes profe.
Disculpe la molestia.
Junto a otras compañeras (somos beneficiarias del Potenciar Trabajo) y conformamos una cooperativa.
Quería saber si, siendo cooperativa, podemos tener UNIDAD DE GESTIÓN??
Para así nosotras, como cooperativa, poder amparar o recibir a otras personas con el mismo beneficio??
Y si se puede, cómo podemos solicitar una UNIDAD DE GESTIÓN??
Hola! Sinceramente desconozco la mecánica del plan Potenciar Trabajo, y las Unidades de Gestión. Lo único que se me ocurre es recomendarte que consultes en el Ministerio de Desarrollo Social. Googleando encontré esto, fijate que tiene un 0800 para llamar gratis y un mail:
www.argentina.gob.ar/desarrollosocial/potenciartrabajo
Buena suerte!
Hola profe! muchas gracias por tu aporte, necesito comunicarme con vos, soy profe en un secundario para adultos y este año hemos iniciado un proyecto interdisciplinar con el tema de cooperativas, seguro nos vas a poder ayudar mucho, puede ser?? gracias
Hola Gustavo. Acabo de ver tu mensaje. Si aún precisás ayuda, escribime a info@calcumania.com.ar
Saludos
Hola buenas, los asociados de la cooperativa pueden reelegir a los del consejo?
Buen día! En principio, sí. El mandato de los/as consejeros/as dura lo que diga el estatuto de la cooperativa, y la ley no establece un límite de reelecciones consecutivas. Sin embargo, es posible que el estatuto de esa cooperativa establezca algo diferente. Será necesario pedirlo al/a la síndico/a o consejo de administración y leerlo. ¡Buena suerte!
Hola buenas tardes mira te comento hace un año que estoy anotado en una cooperativa de trabajo tienen todos mis datos todos pero según la persona que nos inscribió en la misma cada ves que preguntamos y pedimos información nos dice que todavía no hay noticias .nos envió fotos de que el trámite está en proceso pero ya pasó más de un año .me podrías alludar con el tema obdarme alguna página como para poder averiguar algo que me de una solución con el tema desde ya muchas gracias
Hola Oscar. Si la cooperativa ya estaba constituída desde antes, y vos simplemente te asociaste (a una cooperativa ya existente), el trámite es muy rápido. No puede demorar más de una semana.
Si, en cambio, vos participaste de una asamblea constitutiva donde se creó una nueva cooperativa, entonces sí, puede demorar 1 año hasta que el INAES les entregue la matrícula (que es la autorización para funcionar).
Sea como sea, podrías ingresar a esta web y darle todos tus datos y los datos de la cooperativa para que te indiquen en qué estado está el trámite: www.argentina.gob.ar/inaes/contacto-covid19
¡Saludos!
Hola. Como le va? Quisiera contactarme con usted para que me diera una clase respecto a esto. Via zoom. O el medio que considere. Estoy proyectandome a iniciar una coop. Pero necesito de una clase.
Buen dían Brian. Gracias por su mensaje. No estoy dando clases particulares. Un poco por falta de tiempo, y otro poco porque sé que hay profesionales especializados en el tema. Por favor, escríbame un e-mail a andresgrad@gmail.com y con gusto le podré recomendar a alguien. ¡Saludos!
hola, muy buena explicación, pero tengo una duda, ¡porque una persona aportaría mas dinero que otra si eso no le da mas poder a la hora de tomar alguna decisión?; ¿Cuál seria el beneficio que le otorga aportar mas dinero que otra persona.? gracias!
Hola. No necesariamente hay un motivo económico o que busca obtener alguna ventaja. Es un acto solidario. A menudo en las cooperativas algunas personas no tienen lo suficiente para aportar mientras que otras pasan un buen momento económico. Por esa razón, a veces sucede que para encarar determinados proyectos de crecimiento de la cooperativa, algunos asociados aportan más que otros. Por ejemplo: en la coop de trabajo donde yo doy clases como profesor, hace unos años compramos un edificio para dejar de alquilar. En ese momento, algunos profes teníamos más dinero que otros, y decidimos poner más para concretar ese sueño de la coop. Espero que te sirva. ¡Saludos!
@@andresgrad muchas gracias por la aclaración, saludos!
Hola que derechos tiene una embarazda que trabaja en un cooperativa?
Hola Sheula! La ley de cooperativas en Argentina no dice nada al respecto.
Deberías fijarte en el estatuto social y en el reglamento interno de la cooperativa que formás parte. Esas normas son propias de cada cooperativa, y cambian de una a otra coop. Por ejemplo, en la coop de trabajo donde yo doy clases, el reglamento establece en el artículo 22 que las mujeres embarazadas tienen 6 meses de licencia.
Si trabajás en una cooperativa que no es de trabajo, necesariamente sos empleada, y en ese caso rige la ley de contratos de trabajo 20744. En cambio, en una coop de trabajo sos una de las dueñas. ¡Buena suerte!
hola que pasa si la administracion no hace cumplir el estatuto y cuando vos debes lo hace cumplir por su beneficio _?
Buen día Santiago. Si el Consejo de Administración no cumple o no hace cumplir el estatuto y los reglamentos internos, lo lógico sería ir a dialogar con el/los/as síndicos/as de la cooperativa (que son quienes controlan al consejo de administración). Si estos/as tampoco accionan, los/as asociados/as pueden convocar a una asamblea extraordinaria (juntando como mínimo las firmas del 10% de los/as asociados/as). También sería necesario consultar con la autoridad zonal de aplicación (Dirección de Coop de tu provincia), o directamente con el INAES. No logré comprender la segunda parte de tu consulta. Saludos!
cuales son los órganos necesarios para el funcionamiento de una empresa?
Buenas tardes. Cada empresa tiene sus particularidades. Pero en general, estos son los órganos más comunes: gerencia general, compras, producción, comercialización, expedición, depósito, administración, cobranzas, tesorería, administración del personal. Dependiendo de la empresa y del país, cada área tiene diferentes nombres. ¡Suerte!
Estoy en una cooperativa que no tiene estatuto que se puede hacer?
Hola, si no tiene estatuto social, significa que no se ha matriculado aún (es decir, no se dio de alta, no hizo los trámites en el INAES para poder funcionar).
Podrías consultar a las autoridades de la coop, o a las del INAES o del órgano local competente de tu provincia
@@andresgrad Los socios de la cooperativa hicimos una nota al consejo administrativo para pedir una asamblea cuanto tiemppo podria demorar?
@@danielg4851Estimado, si la nota convocando a Asamblea la hicieron por lo menos un 10% de los/as asociados/as de la cooperativa, entonces la asamblea debería hacerse pronto. También pueden recurrir al/a la síndico/a de la cooperativa, que está encargado/a de controlar al Consejo de Administración. Si nadie les responde, deberían recurrir al órgano local competente de su provincia, o al INAES. Para buscar el órgano local competente que le corresponde a su provincia debe ingresar a vpo3.inaes.gob.ar/OrganosLocales/BuscadorOrganosLocales
Además, si desea verificar si la cooperativa está matriculada puede entrar aquí: www2.inaes.gob.ar/constanciamatricula
Aquí hay varios e-mails de contacto del INAES: www.argentina.gob.ar/inaes/contacto-covid19
Por último, aquí puede encontrar el estatuto que le están negando: testimonios.inaes.gob.ar/Testimonios/TestimoniosenWeb/
Espero haberle ayudado. Saludos
Profe , yo busqué la página para descargar el PDF y no encontré nada , tiene algún link para eso ?
Hola Salo. El texto actualizado de la ley de cooperativas podés encontrarlo acá: servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/15000-19999/18462/texact.htm
Si querés el PDF, podés descargarlo desde esta carpeta de Google Drive: drive.google.com/folderview?id=1g0l4GYfZ0Pl45gkUe5VwYUlWVwClT0i4
Espero que te sirva. Abrazo
@@andresgrad muchísimas gracias , el tema está muy bien explicado
Buenas alguien que pudiera darnos euna charla introductiva . Somos un grupo de fleteros en buenos aires y queremos recibir asesoramiento sobre una fundación de cooperativa
Hola Leonardo. Si Ustedes viven en Buenos Aires, pueden ir al INAES para que los asesoren y los capaciten. El INAES está en Dirección: Av. Belgrano 1656 / Av. Belgrano 172 (CABA), y su web es www.argentina.gob.ar/inaes
Yo sinceramente trabajé 5 meses en una cooperativa Y todavía sigo sin cobrar
esta muy bien explicado muchas gracias!
Querría saber si los miembros de la coperativa tienen derecho a sacarle la casa a una adjudicaría fallecida? Xq es el problema q estamos teniendo
Buen día. Primero que nada, sería necesario saber si dicha casa ha sido inscripta como bien de familia. En ese caso, no se podrá solicitar el desalojo ante la justicia. Sin embargo, generalmente la transferencia del inmueble en las cooperativas de vivienda suele darse al final, es decir, cuando ha sido saldado el monto total de la casa, y por ende, sí podría solicitarse el desalojo a la justicia. Como sea, lo mejor sería consultar a un/a abogado/a con conocimiento en cooperativas de vivienda. Además, será fundamental leer el estatuto y el/los reglamentos internos de la propia cooperativa (lo va a pedir el/la abogado/a). ¡Saludos!
algún mail para consultarte algo?
Buenas noches Analía. Mi e-mail es andresgrad@gmail.com
si?