Análisis completo y ASPECTOS LEGALES de la Mirilla CP4 de Ezviz
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- Опубликовано: 12 сен 2024
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En este video te ofrecemos un análisis completo y detallado de este producto, incluyendo sus características técnicas, funcionamiento y sus ventajas
Y eso no es todo.
También dedicaremos una parte importante del video a analizar los aspectos legales que debes tener en cuenta antes de instalar una mirilla electrónica como la CP4 de Ezviz.
Te informaremos sobre la legislación vigente en materia de protección de datos y privacidad para que puedas tomar una decisión responsable sobre la compra e instalación de este dispositivo.
A lo largo del video, te resolveremos las siguientes dudas:
• ¿Qué características tiene la mirilla CP4 de Ezviz?
• ¿Cómo funciona la mirilla CP4 de Ezviz?
• ¿Cuáles son las ventajas de la mirilla CP4 de Ezviz?
• ¿Es legal instalar la mirilla CP4 de Ezviz?
• ¿Qué debo tener en cuenta para cumplir con la Ley de Protección de Datos al usar la mirilla CP4 de Ezviz?
Este video es ideal para:
• Personas que estén pensando en comprar la mirilla electrónica CP4 de Ezviz.
• Usuarios que ya tengan la mirilla CP4 de Ezviz y quieran saber más sobre su funcionamiento y la legislación vigente.
• Cualquier persona interesada en la seguridad del hogar y la protección de la privacidad.
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#serendipityantonio #ezviz #ezvizcp4
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Excelente por la ayuda. Gracias!!
Un placer, @dd_velvet, saludos y gracias por tu comentario
El tema queda muy claro. Muchas gracias, por las molestias que te tomaste, para dar luz al este tema. Un saludo
Un placer, @joseluiscarrasco611, saludos y gracias por tu comentario
Hola Antonio, es evidente que estás muy bien informado. Yo que también he tenido una larga experiencia en temas de seguridad, doy fe, de que tus explicaciones sobre el tema legal son perfectas. Y tampoco he sido policía.
Un fuerte abrazo desde Madrid.
40 años trabajando en ese sector 😂🤣😂🤣😂🤣 gracias,
@picnocturno8550
Perfectamente claro el tema de la legalidad, gracias
Un placer, @hispano7617, saludos y gracias por tu comentario
Antonio, saludos desde Tabasco, México y como siempre sobre la marcha
Saludos desde Estepona, España, @joseangeldiazgutierrez302 te envío un abrazo y mil gracias por tu comentario
Buena aclaración sobre el tema de camaras " de circuito cerrado de tv"... ahora mismo tengo un tema con mi vecina que ha instalado una "camara" que apunta directamente a mi casa.
Ya veré cómo se soluciona....le entraron a robar en navidad y ahora...a poner cámaras a diestro et siniestro.
La mirilla una pasada.
Un abrazo amigo
Pues es muy sencillo de solucionar, carta certificada o burofax diciendo que la quite y dándole un plazo, si la quita bien, si no la quita, fotos y denuncia a la policía y a la APD, con el justificante de haberle avisado.
Muy interesante aunque yo me manejo con la mirilla óptica de "toda la vida", pero gracias por informarnos de lo que existe en el mercado.
Y yo hasta que he puesto esta 😂🤣😂🤣😂🤣 es interesante, saludos, Fermín
@@SerendipityAntonio Saludos D. Antonio
Gracias
Un placer, @eb5ua, saludos y gracias por tu comentario
encaso de ser una finca privada tambien necesito registrarlo? y hay que solicitar algun permiso? gracias
Sí, debes dar de alta el fichero en la Agencia de Protección de Datos, te darán un número de registro que tienes que poner en una pegatina diciendo que se está grabando
@@SerendipityAntonio muchísimas gracias, me has sido de muchísima ayuda, pensaba que al ser una finca privada no era necesario registrarla, muchas gracias, un saludo.
Muy bonito vídeo e interesante por tener la tarjeta de grabación y no tener los permisos adecuados saludos desde Madrid P.D. con que aplicación del móvil pones la mirilla como se llama la app para poderme descargarla muchas gracias
Gracias, José
La App se llama Ezviz en los dos sistemas, tanto para Android como para iPhone, la hay tambien para Mac, no sé si la habrá para Windows
Un saludo
magnifico si no pones targeta no hay problema estupendo dime el precio
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Buenos días:
Acabo de conocer este canal, el cual considero muy completo, aunque más que chatarrero, ni bricolaje, a mí me parece que más bien alcanza el nivel de ingeniería...
He dado con el video buscando este modelo de mirilla que me parece altamente funcional para el fin que se pretende, aparte de controversias de opiniones o de finalidades.
De hecho, yo no alcanzo a comprender la diferencia que parece señalarse con la condición de ser "circuito cerrado de tv", o no.
También me resultaría de interés conocer si la autorización de la Comunidad de Propietarios puede ser 'forzada' de algún modo por existir precedentes en otras comunidades, o la decisión es totalmente arbitraria y libre en el sentido que sea.
Y, por último, también tengo una duda respecto de la alimentación: ¿para recargar la batería es necesario desmontar la cámara, o se puede recargar conectándola a un enchufe o un powerbank?
Muchas gracias por la excelente elaboración de este video.
Saludos.
Lo primero agradecerte el comentario, José
Voy a intentar aclarar tus dudas:
1º Llamarla Circuito Cerrado de TV es solamente por llamarla cámara de se...dad, ese término no puedo emplearlo en los videos, aunque otros lo hagan, sé a los problemas legales que me puedo enfrentar y por eso no lo hago, no obstante, es lo mismo, sólo le pongo otro nombre y listo.
2º No, no se puede formar a la Comunidad de Propietarios a que autoricen el ponerla, es a libre albedrío de la junta de propietarios autorizar o no el que esté puesta, ahí tendrías que hacer una buena labor de concienciación y además animar a otros a que la instalen de esa forma la fuerza será mayor, en caso de que haya negativas. Además, recuerda que solo lo necesitarás si le pones una tarjeta o realizas grabaciones en la nube, si no hay grabaciones, no necesitas autorización alguna.
3º Tan simple como subir la pantalla para arriba y ya está lo llevas a un cargador y en dos o tres horas la tienes cargada, además si llevas el cable hasta la pantalla ya sea desde un enchufe o desde un powerbank, pues también la puedes cargar.
Espero haber podido ayudarte, José
Un saludo, amigo
@@SerendipityAntonio Buenos días Antonio:
Muchas gracias por tus precisiones.
Creo que me pondré a la faena de compra e instalación SIN tarjeta hasta que pueda contar con la autorización de la comunidad de propietarios.
A la vista del nivel que he visto en este video, trataré (no lo puedo prometer porque el tiempo es tan escaso...) revisar algún video más.
Seguro que aprendo mucho.
De momento, una suscripción...
Saludos cordiales.
@@joseasturex1236 Gracias por el apoyo 👍😀👍
No has sido policía seguro, 🤣🤣🤣 pués tienes pinta de inspector,🤣🤣bueno buen video de esta mirilla que tiene muy buena imagen y gracias por la aclaración sobre la ley.
Más de 40 años trabajando en el sector privado, nunca he trabajado para FFCC de seguridad del Estado
Buenas yo tengo una gran duda si instalo la mirilla sin consentimiento de la comunidad porque digo que no voy a grabar nada teoricamente podria instalarla no? pero? y si le pongo la tarjeta y grabo nadie se enteraria de que estoy grabando verdad? entonces como saben los vecinos si estoy o no haciendo grabaciones? nla cosa seria grabar a algien si manipula la puerta o merodea delante de ella ami los vecinos mela pelan hablando mal es por seguridad no se si me explico
Bueno, a ver esto es como las setas todas son comestibles, al menos una vez
El problema será que luego no podrás usar esas grabaciones para denunciar a los "merodeadores" so pena de que te caiga una buena multa, ya decides tú
Gracias, yo tambien tengo esta mirilla, en el video hablas de dar de alta el fichero en la agencia de protección de datos, que fichero es ese que hay su poner en la pagina de la agencia? podrías poner tambien el link del apartado donde hay que registrar los datos en la agencia de protección de datos, no te lo pongo yo aquí porque RUclips me borraría el mensaje.
El fichero es la grabación que genere la mirilla
Pero en el archivo/grabación seria por ejemplo si quieres denunciar una situación, ese es el archivo?, entiendo que no, ya que lo que se esta haciendo es un registro, pero tengo alguna duda, o seria un archivo/grabación, cualquiera, sin necesidad de tener ninguna presencia, solo con la intención de tener un archivo/grabación con las propiedades del video ?
@@SoCu2 No tienes que subir ningún archivo, tu te das de alta y dices que eres el responsable del archivo de video que se generará con las grabaciones de la mirilla, el archivo lo tienes tu y tu eres el responsable.
Vale gracias amigo, lo entendí mal, por eso no terminaba de comprender porque subir una grabación ( ͡ʘ ͜ʖ ͡ʘ)
@@SoCu2 👍😀👍
Interesante debate, pero por desgracia hay gente que no cumplirá con esos requisitos.
Bueno eso ya cada uno se arriesga lo que considera, saludos
chapo antonio solo dime cuanto vale
amzn.to/4dIu0KV
Entonces el ladrón queda avisado cuando pones pegatina boh
Piensa, que es mejor que te roben y los pillen o no, o que ni siquiera intenten entrar, tu decides
Guardia civil ?
No, no he trabajado para las FFCC de seguridad del Estado, trabajé en la parte privada
si graba es ilegal, te puede denunciar un particular, un saludo
O sea, que según tu, todas las cámaras que hay instaladas en la Unión Europea son ilegales si graban, no? 😂🤣😂🤣😂🤣
La información que Antonio ha proporcionado es totalmente correcta y si se cumple la normativa, es totalmente legal.
Estar bien informado es esencial.
Un saludo