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Juan José Peniche González
Добавлен 5 мар 2013
AUTO NO VINCULACION Y SOBRESEIMIENTO - ABUSO DE CONFIANZA EQUIPARADO - RESOLUCION (Parte 3)
RESOLUCION NO VINCULAR A PROCESO, Y DESECHAMIENTO DE PETICION PARA RECLASIFICAR EL DELITO IMPUTADO.
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AUTO NO VINCULACION - ARGUMENTOS DEFENSOR vs IMPUTACION ABUSO DE CONFIANZA EQUIPARADO - (Parte 2)
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Argumentos del Defensor Particular vs Fomulación de Imputación, alegando que la emisión de una factura fiscal acredita la existencia de un contrato de compraventa y, con ello, la posesion legal del bien, destruyendo así la teoria del Fiscal y del Asesor Técnico respecto de una supuesta posesión ilegitima del bien mueble ante la cancelacion de esa factura y un requerimiento para la devolucion de...
AUTO NO VINCULACION - IMPUTACION ABUSO DE CONFIANZA EQUIPARADO - (Parte 1)
Просмотров 26821 день назад
AUDIENCIA INICIAL IMPUTACION - ABUSO DE CONFIANZA EQUIPARADO (Parte 1). Querella en la que se alegó la comisión de ese delito, argumentando que la sola la cancelacion del certificado digital que ampara la emision de la factura fiscal, y un requerimiento efectuado con Notario Publico para la devolucion del bien automotor, actualiza los elementos de ese tipo penal. Como se comentó en video anteri...
Audiencia de Vinculación a Proceso, Omisiones del Fiscal, intervención del Asesor Particular
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Audiencia de Vinculación a Proceso por el delito culposo de homicidio ocurrido en hecho de transito, en la que el Juez de Control hace un extrañamiento al Fiscal por una deficiente presentación argumentativa del caso, pero resuelve vincular a proceso en base a los argumentos presentados por el Asesor Técnico de la victima indirecta sobre dos datos de prueba omitidos por el fiscal en su imputaci...
Muy bien pinche gordito
En mi criterio el Juez no debió declarar nula la declaración del testigo del cual se desconoce su identidad sino que no debió concederle ni gun valor probatorio. Cuando el Juez menciona que la declaración de la otra persona a quien se refirió el asesor jurídico hace llegar a saber quien tenía en posesión el vehículo....debió referirse a quien lo conducía y al hacerlo causó la muerte....pero muy bien por el Juez que protegió los derechos de la parte ofendida
Se mira divertido, pero si manejas no uses el celular
Gracias por compartir es una excelente enseñanza para nosotros los estudiantes del Derecho
Que fiscal tan est*úpido, solo cantinflea. Engreído ignorante! Asesor jurídico excelente!
👏👏👏x el asesor jurídico suplio la deficiencia del mp.no como otros q son unos inútiles,q solo se adhieren al mp.y dan vergüenza al no defender los derechos d la víctima.
Bien por el asesor jurídico
El MP al ASESOR JURIDICO: Gracias manito por ayudarme🤣🤣🤣🤣🤣
Jajaja vi el video solo por el Comentario, saludos
MUY INTERESANTE LA AUDIENCIA, EXCELENTE APOYO QUE BRINDO EL ASESOR PARTICULAR EN BENEFICIO DE LA VICTIMA, SE MANTUVO ALERTA Y SU ALEGATO MUY ACERTADO, POR LO QUE RESPECTA AL JUEZ, DA UNA AMPLIA EXPLICACION EN DONDE EVIDENCIA A LA DEFENSA Y AL FISCAL, MUY ILUSTRATIVO PARA LOS ESTUDIANTE DE DERECHO, COMO LO ES EN MI CASO.
Aunq ya es de hace un chingo de me hace gran mamada tanto alegato repetitivo , puto sistema judicial
tenia que ser el ministerio publico del ocho!!!
Argumentos repetitivos y sin base de manifestación, el testigo único si no firma,NO EXISTE.
ES EL UNICO JUEZ QUE HE VISTO QUE DA DETALLES DE SU PROCEDER... EXCELENTE MANERA DEL EJERCICIO DE SU CARGO
Cuando el fiscal usa expresiones como "más sin embargo" sabes que te hundirá si no llevas un buen asesor particular.
según la RAE es correcto decirlo para hacer énfasis al "sin embargo", pero en general como se considera repetitivo lo recomendable no es utilizarlo, es decir si es correcto utilizarlo, pero en la practica se escucha poco apropiado para temas de esta índole o de platicas profesionales en general,
yo comparto tu opinión de que se oye como poco profesional
Es que es "sin embargo" no *más sin embargó*
Buen video
Pude escuchar como 30 veces decir a todo mundo “en base”, nada más faltó el juez para completar la comedia. No entiendo como “licenciados en derecho”, pueden argumentar y pronunciarse en plena audiencia con semejantes neologismos.
Pues, hasta hoy día ,nadie es perfecto. Y mientras tanto , todos los operadores del sistema ,seguirán perfeccionando sus intervenciones. El mismo juez Les hace saber a las partes que tienen tres días para apelar . Me gustaría saber ,si se apelo al auto de vinculación a proceso Mientras tanto ,sigamos aprendiendo. Ñ
Con base en
Se dice a la figura GARANTISTA del asesor jurídico.....
Es errónea el término asesor particular, más bien se dice defensor particular, el asesor refiere a la figura legalista del asesor coadyuvante del MP, asesor jurídico de la víctima.....
*corregido. Saludos.
Bien por la defensa!!
Un homicidio por alcance, difícil para el señor Juez no vincular por ese tipo de acto
En cuanto al tipo penal si, pero en cuanto a la culpabilidad del imputado es dificl porque muchas veces huyen del lugar del accidente y no se puede comprobar quien manejaba el vehiculo, desafotunadamente.
Pudiera ser, pero la falta de un testigo presencial de los hechos y las omisiones del IPH en cuanto a la media filiacion del investigado que se negó a firmar el acta, complicaban mucho acreditar los requisitos del 316 y 317 del CNPP, y con ello superar el estandar minimo de razonabilidad. Ignoro el Estado desde el que escribes, pero en Yucatán los Jueces de Control son muy estrictos en cuanto al cumplimiento de estos requisitos; incluso es posible apreciar los conocimientos, pericia y capacidad de ese Juez para llevar la audiencia, a pesar de su aparente juventud. Mi intervencion no fue tan relevante en cuanto a la exposicion que hice, pero si lo fue en cuanto a incorporar un dato de prueba importante omitido por el MP en su imputación. Saludos.
FELICIDADES ABOGADO,,,,,,,,,,
Que bárbaro este chama-quita o chama quito de ministerio publico, estos chamados como el MP, uuuuuyyyyyy en la noche y en fiestas se sienten las reinas de la noche,,,,,,,,,,y mire,,,,,,,,que vergüenza
Gracias de mi parte muchas gracias abogado,,,,,,,,,,,ahora entiendo mas y mas que no debemos de confiarnos en lo que hará el ministerio publico, usted fue muy claro en su exposición,,,,,,,considero que en esta etapa no debe estar extremadamente acreditado como lo pidió la defensa,,,,,,,,,,,,,que no había dato en el cual se arrojara que su representado participo o cometió el hecho vial,,,,,,,,,,,,,solo se exijen probabilidades que haya participado en la comisión del ilícito penal, lo cual si se puntualizo en ese sentido es decir que participio en el hecho vial, puesto que ahí estuvo, ahí lo detuvieron, hubo una declaración del dueño del vehículo que indico que ese coche lo manejaba el imputado
Puede tener razon perooooo, su amigo del imputado no dijo que él manejaba, sólo se pronuncia que le presto su vehiculo, no se puede con eso afirmar que el manejaba, recordemos que en materia penal, la simple logica para dilusir y sentenciar esta prohibida.
Excelente Abogado !! Muy buena intervención. Es el primer video en el que encuentro que la participación del Asesor particular es de trascendencia absoluta para la imputación. De no ser por ello, no hubiese habido imputación y la señora se hubiera deprimido terriblemente. Esto da la importante lección de NO dejar que el Fiscal se maneje sólo.
Alguien me puede mandar El link de la primera parte.
PINCHE FISCAL MAS PUTO
Podrías subir el resto de las audiencias? Tu eres el Asesor?
En qué lugar fue esta audiencia ?
Centro de Justicia Oral Penal, en Mérida, Yuc.
@@guiselaflores7223 ESO NO ES DE TU INCUMBENCIA GRACIAS POR COMPRENDER